Flexibilizada la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria a Entidades Locales

  • Se exime de presentar un Plan Económico Financiero de reequilibrio a las entidades locales que hayan incurrido en un déficit no excesivo.

El Consejo de Ministros ha acordado hoy flexibilizar la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria a las Entidades Locales, dadas las actuales circunstancias económicas, tal y como se comprometió con la Federación Española de Municipios y Provincias el pasado mes de diciembre de 2008.

La medida de flexibilidad deberá ser concretada en las próximas semanas en la Comisión Nacional de Administración Local, en la que se determinará el déficit que, con carácter excepcional y para el conjunto de las entidades locales, se permitirá para el año 2008, así como el porcentaje equivalente a este respecto a los respectivos ingresos no financieros de las entidades locales.

De este modo, de manera excepcional, las entidades locales que, una vez aprobada la liquidación de sus presupuestos 2008, presenten un déficit no superior al porcentaje que se determine de sus ingresos no financieros, no tendrán que presentar un plan económico-financiero de reequilibrio o iniciar ninguna otra medida ante los órganos que tienen atribuida su tutela financiera: según los casos, Ministerio de Economía y Hacienda o Comunidades Autónomas.

En el caso del año 2009, año en que se ha puesto en marcha el Fondo de Inversión Municipal de 8.000 millones de euros, se aplicarán también en su momento, e igualmente con carácter excepcional, los mismos criterios y procedimiento de flexibilidad.

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