SUMARIO
Presidencia
- ACUERDO por el que se autoriza en el ejercicio 2006 una dotación adicional y materialización del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
- ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión a las instalaciones de combustión, incluidas en los apartados b) y c) del epígrafe 1 del anexo I de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que no han recibido asignación con anterioridad.
- ACUERDO por el que se aprueba la aportación de 25 millones de euros al Fondo Español de Carbono, fondo fiduciario de España en el Banco Mundial, correspondiente al año 2006.
- ACUERDO por el que se revisan las cuantías de las retribuciones e indemnizaciones correspondientes al desempeño de la función del Jurado.
Economía y Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para la suscripción de convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a realizar una o varias emisiones de deuda pública no apta para materializar las dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias (RIC), por un importe máximo de 75 millones de euros.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a realizar una o varias emisiones de deuda pública, hasta un importe máximo de 600 millones de euros.
- ACUERDO por el que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1.b) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide subordinar a la observancia de condiciones la operación de concentración económica consistente en la toma de control exclusivo de Europa Ferrys, S. A. y Viajes Eurotras, S. A. por Compañía Trasmediterránea, S.A.
- ACUERDO por el que se acuerda la incorporación y participación de la Administración General del Estado en el Consorcio Expo Zaragoza 2008.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de Responsabilidades que han de asumir el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación con respecto a la primera reunión del Órgano Rector del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de Responsabilidades entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación con respecto a la consulta de expertos en incendios forestales.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre España y las Naciones Unidas para la celebración en Madrid de la Mesa Redonda Ministerial sobre el marco legislativo contra el terrorismo para los Países de África Occidental y Central.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear.
Justicia
- REAL DECRETO por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a las oposiciones al título de Notario y al Cuerpo de aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, así como la provisión de plazas a su favor.
- ACUERDO por el que se decide la entrega en extradición a las autoridades de Marruecos de Mohammed Larbi Ben Sellam por delito de pertenencia a organización terrorista.
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 50/1981, de 31 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Interior
- ACUERDO por el que se autoriza a la Jefatura Central de Tráfico para contratar el servicio de mantenimiento de las instalaciones de regulación y control del tráfico y postes SOS en las carreteras dependientes del Centro de Gestión de Tráfico de Madrid.
- ACUERDO por el que se impone una sanción a la entidad mercantil Casa Gaillard, S. A., por infracción muy grave del artículo 14.3 de la Ley 3/1996, de 10 de enero, sobre medidas de control de sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas.
Educación y Ciencia
- ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Criminología, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, de la Universidad Internacional de Cataluña.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, del Centro de Enseñanza Superior "Ciudad de la Luz", adscrito a la Universidad Miguel Hernández, de Elche.
Trabajo y Asuntos Sociales
- REAL DECRETO para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios.
- REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de las subvenciones públicas a los beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados integrados en la red de Centros de Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad de Castilla y León, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social,, INSS) y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunidad de Madrid para el control de la incapacidad temporal.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS) y la Comunitat Valenciana, para el control de la incapacidad temporal.
Industria, Turismo y Comercio
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Ayuntamiento de Alaior y la Asociación Hotelera de Menorca, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Alaior (Menoría).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Albacete, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Albacete y la Federación de Asociaciones de Turismo Rural de Albacete, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Albacete.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga, la Asociación para la Promoción Turística de La Axarquía y la Asociación Centro de Desarrollo Rural de La Axarquía, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en La Axarquía (Málaga).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Mancomunidad de los municipios de Val de San Vicente y Ribadesella y la Federación Asturiana de Empresarios, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Bajo Deva, Asturias y Cantabria.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Ayuntamiento de Breña Alta, el Cabildo Insular de La Palma y la Asociación CEPYME-LA PALMA, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Breña Alta, en la isla de La Palma.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ciutadella de Menorca (Illes Balears).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Comarca de La Hoya de Huesca, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Huesca y la Asociación de Empresarios Turísticos de la Comarca de La Hoya de Huesca, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Comarca de La Hoya (Huesca).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de La Región de Murcia, el Ayuntamiento de Lorca y la Confederación Comarcal de Organizaciones Empresariales de Lorca, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Lorca (Murcia).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Galicia, el Ayuntamiento de Ourense, la Federación Provincial de Comercio de Ourense y la Federación Provincial de Hostelería de Ourense, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Diputación Provincial de A Coruña, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol y la Asociación de Hostelería de Ferrol, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ría del Ferrol, comarcas de Ferrol y Ortegal (A Coruña).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunitat Valenciana, el Ayuntamiento de Sagunto y la Asociación de Empresarios para el desarrollo turístico de Sagunto, para el Desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Sagunto, (Valencia).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunitat Valenciana, el Ayuntamiento de Xátiva y la Asociación de Empresarios de Xátiva y La Costera, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Xátiva (Valencia).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad de Madrid, la Mancomunidad Sierra del Rincón de Madrid y la Asociación de empresas de actividades turísticas de la Sierra del Rincón de Madrid, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Sierra del Rincón (Madrid).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y la Confederación Empresarial de Turismo de Extremadura, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en la zona de Los Lagos (Badajoz).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad de Castilla y León y la Diputación de Salamanca, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en zona sur de Los Arribes del Duero (Salamanca).
- ACUERDO por el que se declara de utilidad pública la subestación a 400 kv de Garraf (Barcelona).
- ACUERDO por el que se declara de utilidad pública la línea eléctrica aérea trifásica a 400 kv, doble circuito, de entrada y salida en la futura subestación de Garraf desde la línea Vandellós-Begas (Barcelona).
- ACUERDO por el que se declara de utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de la subestación de Penagos mediante la instalación de un parque de 400 kv, en Cantabria.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA), empresa pública de la Generalidad de Cataluña, para la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español, por un importe de 300.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA), empresa pública de la Generalidad de Cataluña, en materia de clasificación de canales porcinas, por un importe de 300.000 euros.
Administraciones Públicas
- REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en la Antigua República Yugoslava de Macedonia.
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación "Manuel Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico", para la realización de investigaciones referentes a las instituciones parlamentarias y al modelo de distribución territorial que representa el Estado Autonómico y su difusión.
Medio Ambiente
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto y addenda de regulación en el río Leza, presa de Terroba, términos municipales de Cameros y Terroba (La Rioja).
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para realizar un estudio sobre la ocupación de suelo por usos urbano-industriales en la Comunidad de Madrid.
- ACUERDO por el que se establecen las cuantías de contribuciones voluntarias a diferentes organismos internacionales para el año 2006 (II) en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, por un importe global de 2.868.903,14 euros.
Vivienda
ACUERDOS DE PERSONAL
Presidencia del Gobierno
- REAL DECRETO por el que se confiere a Su Alteza Real Don Felipe, Príncipe de Asturias, la representación de España en los actos de toma de posesión del Presidente de la República del Perú.
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se nombra Subgobernador del Banco de España a D. JOSÉ MARÍA VIÑALS ÍÑIGUEZ .
- REAL DECRETO por el que se nombra Consejera no nata del Consejo de Gobierno del Banco de España a Dª ANA MARÍA SÁNCHEZ TRUJILLO .
- REAL DECRETO por el que se toma conocimiento de la renuncia de D. MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ como Consejero no nato del Consejo de Gobierno del Banco de España.
Administraciones Públicas
- REAL DECRETO por el que se dispone el cese de D. FRANCISCO JAVIER VELÁZQUEZ LÓPEZ como Secretario General para la Administración Pública.
- REAL DECRETO por el que se dispone el cese de D. JOAN NAVARRO MARTÍNEZ como Director del Gabinete del Ministro de Administraciones Públicas.
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ASUNTOS GENERALES
Vivienda
APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE SUELO
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Suelo tras haber superado de forma positiva el proceso de consulta con administraciones públicas e instituciones representantes del sector y se inicia ahora su trámite parlamentario. El Proyecto de Ley de Suelo tiene como objetivo esencial apostar de una manera decidida por un desarrollo territorial y urbano sostenible, entendiendo éste como un desarrollo racional y viable a medio plazo que responda a unos mínimos de eficiencia económica, calidad ambiental y cohesión social.
Dictamen favorable
Durante la fase de consultas, que se inició tras la aprobación del Anteproyecto de Ley de Suelo el pasado 26 de mayo, éste ha recibido el dictamen favorable del Consejo Económico y Social. En este dictamen favorable sobre la futura legislación de Suelo han coincidido, por primera vez, tanto la patronal como los sindicatos. Asimismo, un total de veintitrés agentes sociales, empresariales y profesionales lo han valorado de forma positiva.
Con el objetivo de lograr el máximo consenso posible, la Ministra mantuvo ayer una conferencia sectorial con los responsables de urbanismo de las Comunidades Autónomas. También se reunió con representantes de IU-ICV, ERC y PSOE, que manifestaron su respaldo al Proyecto y su voluntad de colaborar para que supere con éxito su tramitación parlamentaria, en lo que es el primer paso para asegurar un amplio respaldo parlamentario a la Ley.
Estatuto de los ciudadanos
El Proyecto de Ley de Suelo establece un estatuto de los ciudadanos en el que se fija que por encima de los intereses inmobiliarios privados está el derecho de los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada; a las necesarias dotaciones públicas y equipamientos colectivos, y a la información y a la participación efectiva en el desarrollo y ordenación de las ciudades.
Transparencia y participación
El Proyecto establece los mecanismos necesarios para que los ciudadanos puedan participar en los procesos de ordenación y gestión del suelo. Para ello se someterán a información pública los planes y otros instrumentos, incluidos los convenios urbanísticos, y se exige la elaboración de un resumen ejecutivo de los planes para que los ciudadanos puedan valorar fácilmente qué se quiere hacer y en qué les afecta antes de que se tomen las decisiones urbanísticas.
También busca asegurar un desarrollo urbano sostenible sometido a una evaluación ambiental previa y garantizar la disponibilidad de suelo para vivienda protegida mediante el establecimiento de un porcentaje mínimo de reserva de suelo para dicho uso establecido en el 25 por 100 de los desarrollos urbanísticos. Además, pretende lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del mercado del suelo, desincentivando las prácticas de reclasificación y retención especulativa.
El Proyecto de Ley facilita las políticas urbanas de los municipios al abrir la horquilla que regula la participación de la sociedad en las plusvalías urbanísticas. Esta horquilla se establece entre el 5 por 100 y el 15 por 100 del aprovechamiento urbanístico en cuestión, lo que permitirá una mayor adaptación en cada caso a las plusvalías reales que se puedan generar.
Al mismo tiempo, se establece una mejor regulación de los suelos públicos, asegurando su carácter de patrimonio vinculado a determinados fines de interés social, prioritariamente la construcción de viviendas protegidas, con la flexibilidad suficiente como para que pueda adaptarse a las necesidades reales de cada municipio.
Valoraciones reales
Pero, sin duda, una de las mejoras de la gestión pública del suelo viene determinada por el nuevo régimen de valoraciones que se establece sobre la situación real en que se encuentre el suelo sin tener en cuenta las posibles expectativas que no se hayan concretado aún.
El Proyecto objetiva valores prudentes de mercado no especulativos y, en todo caso, garantiza a los propietarios una adecuada indemnización cuando no pueda participar en la gestión urbanística, del mismo modo que se valora la iniciativa empresarial en el sector.
Movilización de suelo
La vivienda protegida necesita suelo en condiciones favorables para su desarrollo y por eso desde su formación el Gobierno ha venido movilizando suelo de propiedad estatal para aplicarlo a la construcción de nuevas viviendas. En los dos años transcurridos de la presente legislatura se han movilizado catorce millones de metros cuadrados de suelo del Estado que permitirán construir 42.000 viviendas protegidas.
Para dar una idea del esfuerzo llevado a cabo en estos dos años en movilización de suelo público basta comparar esas cifras con las correspondientes a los ocho años comprendidos entre 1996 y 2003. En ese periodo se liberó suelo público para 26.753 viviendas protegidas, lo que significa que en dos años se ha movilizado suelo para más viviendas protegidas que en los ocho años anteriores.
Justicia
INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
- Se refuerza la seguridad ciudadana, endurece el castigo al delincuente profesional e introduce instrumentos más eficaces en la lucha contra la delincuencia organizada y los nuevos delitos, potenciando la protección a las víctimas.
- La protección de los derechos de los menores se refuerza, se recuperan medidas alternativas a la cárcel y que están dando buen resultado en otros países y se actuará con mayor contundencia frente al profesional del delito.
- Dentro de la lucha contra el crimen organizado, se introducen nuevos delitos y los jueces podrán decomisar el patrimonio del condenado que se presuma que proviene de la actividad delictiva organizada y que no se corresponda con sus ingresos legales declarados.
- En el campo de la seguridad vial, se adoptan nuevas medidas para reducir la siniestralidad que refuerzan la puesta en marcha del carné por puntos y siguen las directrices marcadas por la comisión parlamentaria creada a tal efecto.
- Se tipifican delitos basados en las nuevas tecnologías y el acoso laboral (mobbing).
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal, que permitirá emprender una lucha eficaz contra el crimen organizado y dar respuesta a las nuevas formas de criminalidad que se plantean en nuestra sociedad. El Código, que incorpora también en nuestra legislación el contenido de diversas normas de carácter comunitario, ofrece nuevas medidas a favor de la protección de la víctima.
La modificación del Código Penal responde a un estudio acotado de las carencias y necesidades del Código actual, en donde ha participado una comisión de expertos en Derecho Penal. Concluido dicho trabajo, el Ministerio de Justicia propone reformar aquellas medidas que han demostrado ser poco efectivas e incluir otras que den respuesta a nuevos hechos delictivos.
Así, algunas de las medidas anunciadas durante la legislatura anterior para afrontar la inseguridad ciudadana, que se plasmaron en las reformas de 2003, han resultado ineficaces, aunque, por elementales razones de prudencia política, no se plantea su eliminación, sino su mejora. Se proponen ahora otras alternativas que permitan hacer frente a la delincuencia de nuestro tiempo y que respondan a nuevos retos que se plantean en la sociedad. Al mismo tiempo, este Código mantiene todo lo que se ha demostrado efectivo frente al delito.
En este sentido, el Ejecutivo ha tenido muy en cuenta la aparición de nuevos fenómenos y formas de comisión de delitos, antes desconocidos o poco extendidos, que merecen también una respuesta nueva. Igualmente, ha quedado patente la necesidad de adaptar la legislación española a la de los países de nuestro entorno con el fin de combatir el creciente problema de la delincuencia organizada.
No se puede olvidar, además, que la Unión Europea se ha convertido en un motor de cambios legislativos que incluyen la materia penal, con la consolidación de un Espacio común de Libertad, Seguridad y Justicia. Es una tarea obligada, por tanto, adaptar el ordenamiento español a los compromisos adquiridos por la aprobación de Decisiones Marco o cualquier otro instrumento comunitario.
En este sentido, en países de nuestro entorno se ha demostrado una eficacia contrastada en las alternativas a la pena de prisión (arresto de fin de semana, localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad) y por eso resulta conveniente que los Jueces y Tribunales puedan acordarlas en casos muy determinados. Esto podrá ser en el caso de una persona que no sea delincuente habitual y por un delito menor, con una pena inferior a los dos años.
Mejoras en la protección de las víctimas
La reforma del Código Penal incide de manera especial en la mejora del trato dispensado a la víctima del delito, y en la protección de sus intereses. Si en la actualidad existe en la opinión pública un convencimiento muy extendido de que al delincuente le resulta sencillo burlar su obligación de indemnizar, el Código presenta varias medidas para evitarlo.
Destaca el nuevo tratamiento de la responsabilidad civil que se deriva del delito. Se mejora su aseguramiento facilitando a los jueces la investigación del patrimonio de aquél que ha delinquido.
En esta misma dirección se propone la tipificación como delito de la actuación del testaferro, o de las llamadas "sociedades tapadera", que pretenden, en realidad, ocultar los patrimonios de los verdaderos responsables penales.
También incide en una mayor protección de la víctima el nuevo tratamiento de las imprudencias leves con resultado mortal, o de lesiones, muy habituales en los accidentes de tráfico. Ahora serán perseguibles de oficio, y no a instancia de parte, y se asegura la intervención del Ministerio Fiscal.
Protección especial de los menores
Especial importancia se concede a la protección de los menores, ampliando el número de delitos que pueden ser cometidos contra ellos. Se introducen, además, variaciones en el cómputo de prescripción para favorecer su persecución. El plazo para que prescriban los actos delictivos (listado que se enumera a continuación) de los que fueron víctimas los menores no comenzará hasta que sean mayores de edad. El listado del artículo 132 contempla los siguientes delitos: tentativa de homicidio; aborto no consentido; lesiones; delitos contra la libertad; torturas y ataques contra la integridad moral, libertad e indemnidad sexuales; contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. La reforma del Código añade, además, los delitos patrimoniales de que sean víctimas los menores por parte de sus administradores.
En la realidad cotidiana se han observado algunas lagunas en el grave problema de las agresiones o abusos sexuales a los niños. La reforma que se propone del Código Penal sancionará más gravemente estos abusos ejecutados sobre menores de trece años, en el marco de actuaciones de organizaciones delictivas (pena de prisión de tres a cinco años). Igualmente, se introduce una sanción expresa al cliente que recurra a la prostitución con un menor de edad o persona declarada incapaz, con una pena de prisión de una a cinco años, con una multa de doce a veinticuatro meses.
Nuevo tratamiento de la reincidencia y de la habitualidad
El Código Penal ofrecerá un nuevo tratamiento a la reincidencia. Frente a los delincuentes reincidentes y habituales se incide especialmente sobre la ejecución de la pena. Este sistema, muy similar a los que funcionan en países como Francia, Alemania, Italia y Portugal, establece un severo paquete de medidas complementarias a la pena. Se opta por reducir los posibles beneficios que se podrían obtener si no se hubiera vuelto a delinquir: restricciones para acceder al tercer grado y a la libertad condicional. En estos casos el juez podrá, incluso, dictar una libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena.
Prescripción de delitos
La prescripción de delitos en su configuración actual plantea distintos problemas de interpretación por parte de la jurisprudencia. Con la reforma se clarifica su régimen, fijando criterios legales inequívocos para determinar cuándo se interrumpen los plazos.
Se amplían los plazos de prescripción en el caso de los delitos menos graves, pasando de tres a cinco años. En los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social se amplían a diez años. Este nuevo plazo favorecerá su descubrimiento y persecución en casos como la corrupción que, a menudo, se detecta tras periodo de tiempo bastante prolongado.
Delitos contra la seguridad vial
La seguridad vial se ha convertido en un objetivo nacional de primer orden para acabar con unos niveles de siniestralidad intolerables. El sistema penal se concibe como complementario de la tarea que en este campo desarrolla el Derecho Administrativo, teniendo en cuenta, además, la necesaria adaptación al sistema de carné por puntos, puesto en marcha desde primero del mes de julio. La reforma recoge los trabajos de la comisión parlamentaria a tal efecto.
Dentro de este ámbito se han valorado medidas que han resultado eficaces en otros países. Así, la persona que conduzca cuando el permiso le haya sido retirado por sanción administrativa o judicial será castigado con prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del carné de 1 a 6 años.
También se penalizará a quienes circulan con elevadas tasas de alcohol o a velocidades excesivas con penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del carné durante un periodo de uno a cuatro años. También está previsto el comiso del vehículo, considerado un instrumento del delito, en los supuestos de conducción temeraria.
En cuanto al régimen penal especial previsto para los delitos cometidos contra la seguridad vial que lleven a cabo los conductores profesionales de vehículos colectivos o de transporte en el ejercicio de su empleo, oficio o profesión, se prevé la posibilidad de que el juez module la pena en los casos de infracciones temerarias.
Lucha contra la delincuencia organizada y su proyección internacional
En este ámbito se establece una tipificación específica de la "asociación para delinquir". El castigo por pertenecer a esta asociación delictiva se añade a la pena específica que corresponda por el delito concreto cometido.
También se introduce la medida del "comiso ampliado". Esto permitirá la presunción legal de que el patrimonio del condenado proviene del mundo del delito siempre que su valor resulte desproporcionado en relación con sus ingresos legales. Por esta razón podrán ser decomisados.
Expulsión de extranjeros
Según la reforma introducida por el Código en 2003, la expulsión de ciudadanos extranjeros irregulares, con sentencias inferiores a seis años, se aplica de forma automática. La contundencia de esta medida se ha revelado poco eficaz en la lucha contra la delincuencia, al tiempo que ha resultado discriminatoria para los ciudadanos nacionales ante condenas similares. El nuevo sistema que se propone permite al juez realizar una valoración individualizada sobre la oportunidad de acordar o no la expulsión.
Delitos basados en las nuevas tecnologías
Es necesario actualizar y modernizar la respuesta penal ante determinados delitos que se producen en sectores nuevos, producto de los últimos avances tecnológicos.
En el sector de la biomedicina se tipifica la manipulación genética para la clonación de seres humanos con fines reproductivos. Por el contrario, se opta por la despenalización de la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación humana, como por ejemplo en la investigación.
Se caracterizan como delitos las intromisiones ilegales en sistemas informáticos ajenos (hackers). Se castigarán tanto los ataques contra la intimidad, como los posibles delitos por daños que puedan producir grave perjuicio a empresas u organismos públicos. También queda tipificado como delito la clonación, uso y posesión de tarjetas de crédito.
Tráfico de droga
El nuevo articulado del Código Penal en esta cuestión recoge las previsiones comunitarias de una Decisión Marco, que agrava la sanción de la comisión de estos delitos por parte de los miembros de una organización delictiva.
Acoso laboral
Esta reforma afronta la lucha contra este tipo de conductas inadmisibles que comúnmente se conocen como acosos laborales (mobbing) y humillan a quien los sufre. Su encaje se realiza en el artículo dedicado a los ataques contra la integridad moral, con una pena de prisión de seis meses a dos años.
Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Como novedad, la responsabilidad penal se extiende a las sociedades mercantiles de forma complementaria a la que recaiga sobre las personas físicas que las gobiernen, o bien a aquellos sujetos que cometan los hechos delictivos, sometidos a la autoridad de esas personas físicas, que así se lo han indicado, o que, simplemente, no han ejercido el debido control para evitar esos delitos.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas está asumida y admitida en el ordenamiento jurídico de los países de nuestro entorno: Gran Bretaña, Finlandia, Suecia, Noruega, Islandia, Alemania, Bélgica Dinamarca, Austria, Luxemburgo, Francia, Italia, Portugal, Letonia. Lituania, Estonia y Holanda.
Delitos societarios y económicos
Se introducen importantes cambios, mejorando la tipificación de figuras como la administración desleal en el ámbito de la sociedad. Se incluyen los manejos abusivos del administrador o de los socios, que desvían los beneficios que deberían recaer en la empresa para la que trabajan.
El delito contable permitirá castigar los falseamientos de las cuentas de una sociedad que tienen el propósito de perjudicar económicamente a la misma. Se colma también en este aspecto una laguna como es la ausencia de la responsabilidad de los auditores y censores de cuentas dentro de una actuación irregular.
Con el fin de incrementar la lucha contra las organizaciones criminales, se introduce un nuevo delito relacionado con la creación o mantenimiento de sociedades falsas, o tapaderas. Éstas tienen como fin prioritario el encubrimiento de actividades económicas ajenas, consiguiendo burlar sus obligaciones y ocultar delitos como el blanqueo de dinero.
Con el ánimo de proteger los intereses del consumidor, se penaliza la conducta de quien manipula de forma ilícita el mercado para difundir informaciones falsas que hagan captar inversores. El nuevo delito de "estafa de inversiones" se dirige expresamente a los administradores de sociedades que, cotizando en el mercado de valores, falseen los balances o informaciones sobre su situación.
También se penaliza la utilización de información privilegiada para realizar operaciones que proporcionen indicios falsos o engañosos, o para conseguir, en concierto con otros, el precio en un nivel anormal o artificial, o asegurarse una posición dominante en el mercado.
La información financiera de una persona pasa a ser considerada información reservada y, como tal, su divulgación se considera como un supuesto de abuso de información privilegiada.
Delito de concurso punible (antiguamente denominada quiebra)
Existía una necesidad de describir con mayor precisión el delito de concurso punible. Esto se ha hecho con la enumeración de una serie de conductas previas al concurso que no se vinculan con la insolvencia, sino que más bien ponen de manifiesto la existencia de una administración conscientemente desordenada que ha conducido al fiasco económico. También se establecen reglas para la valoración de otros delitos que se vinculan de manera muy frecuente con este concurso delictivo, como son las falsedades contables o la apropiación indebida.
Igualmente, se desarrolla una Decisión Marco comunitaria relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado, que ha provocado una modificación en estos delitos. Así, para los administradores de empresas privadas se prevé una figura similar a la del cohecho en los funcionarios públicos.
(Reforma del Código Penal)
Justicia
INFORME SOBRE LA REFORMA DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO FISCAL
- La Fiscalía General del Estado tendrá su propia asignación presupuestaria singularizada y se modifica el régimen de nombramiento del Fiscal General del Estado; que deberá comparecer ante una Comisión del Congreso de los Diputados antes de ser nombrado por el Rey.
- Se introducen causas tasadas de cese, que puede revisar el Tribunal Supremo, del Fiscal General que tendrá un mandato de cuatro años no reelegible.
- Se introduce la intervención de la Junta de Fiscales de Sala para cualquier asunto que afecte a miembros del Gobierno.
- Se acomete una reorganización territorial, mediante la creación del Fiscal Superior de la Comunidades Autónomas, que sustituirá a los actuales Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Con ello se dará al ministerio público mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento del mandato constitucional de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley.
Después de veinticinco años sirviendo de base para la regulación del ministerio fiscal, la Ley de 30 de diciembre de 1981 necesitaba incorporar una serie de modificaciones para adaptarse a las nuevas exigencias de la sociedad. Por ello, la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ha buscado reforzar la autonomía del ministerio fiscal y la mejora de su capacidad funcional, con especial atención a la Fiscalía General del Estado. Asimismo, persigue actualizar su estructura, conforme a un criterio de especialización y de reordenación de su modelo de implantación geográfica.
Se refuerza la autonomía del Ministerio Fiscal
Entre las medidas para conseguir dotar al ministerio fiscal de autonomía funcional en el desempeño de sus funciones, destaca la modificación del régimen de nombramiento y cese del Fiscal General del Estado: se establecen garantías adicionales en su regulación, respetando, en todo caso, el sistema de designación que se regula en el artículo 124 de la Constitución.
En este sentido, el candidato a Fiscal General propuesto por el Gobierno, tras la audiencia preceptiva del Consejo General del Poder Judicial, deberá someterse a una comparecencia ante una Comisión del Congreso de los Diputados antes de ser nombrado por el Rey. Al tiempo, se introducen unas causas objetivas de cese: a petición propia, por incompatibilidad o prohibición establecidas en la Ley, por incapacidad o enfermedad, por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones y por fin del mandato del Gobierno que lo propuso. Por tanto, el Fiscal General tendrá un mandato de cuatro años no reelegible. Se establece así una garantía más del margen de autonomía del Fiscal General, al desaparecer el carácter discrecional del cese por parte del Ejecutivo y convertirse así en un acto administrativo revisado ante los tribunales.
De forma paralela, se redimensionan las relaciones entre el Gobierno y el Fiscal General: se introduce la necesaria intervención de la Junta de Fiscales de Sala, máximo órgano asesor del Fiscal General en materia jurídica, siempre que el Fiscal General vaya a impartir instrucciones a sus subordinados en cualquier asunto que afecte a miembros del Gobierno.
En esta misma línea, se modifica el régimen de abstención del Fiscal General del Estado, de manera que cuando en él concurra alguna de las causas de abstención establecidas para los jueces y magistrados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, ya no resolverá el Ministro de Justicia, como hasta ahora, sino la Junta de Fiscales de Sala, aprovechando su condición de órgano colegiado de perfil esencialmente jurídico.
Asimismo, se reafirma el carácter neutral y operativo de los órganos técnicos de la Fiscalía General del Estado, lo que supone incluir una expresa previsión legal de que los miembros de la Secretaría Técnica, la Unidad de Apoyo y la Inspección Fiscal no puedan presentarse como candidatos a las elecciones al Consejo Fiscal.
Finalmente, se incluye una asignación presupuestaria singularizada para el Fiscal General del Estado, lo que reforzará su ámbito de autonomía.
Se moderniza su estructura
Con el doble objetivo de racionalizar y modernizar la estructura del ministerio fiscal, se potencia la figura del Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, redefiniendo sus funciones de dirección ordinaria de la fiscalía del alto Tribunal y de sustitución del Fiscal General. Esta mayor relevancia se refleja en el sistema de provisión del cargo, al exigir una antigüedad de al menos tres años en la primera categoría de la carrera fiscal.
Por otro lado, se introduce la Unidad de apoyo como órgano integrado por fiscales y funcionarios, que queda encargado de labores de asistencia a la Fiscalía General del Estado en materia de representación institucional y relaciones con los Poderes públicos. Además, se encargará de las relaciones con los medios y gestión de la atención al ciudadano, así como del análisis y evaluación de las propuestas relativas a necesidades de organización y funcionamiento del ministerio fiscal en materia de estadística, informática, personal, medios materiales, información y documentación.
Asimismo, se incorpora como órgano del ministerio fiscal la figura de la Fiscalía Jurídico Militar, con absoluto respeto del régimen de la Ley Orgánica de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar de 15 de julio de 1987. También se regula la figura de los Fiscales de Sala delegados, que supone la consagración legal del clásico sistema de delegación de funciones por parte del Fiscal General (Ej.: Fiscal Delegado de Violencia de Género, Fiscal Delegado para Delitos Urbanísticos y de Medio Ambiente). Dichos fiscales podrán tener responsabilidades en materia de coordinación, a nivel estatal, de la actuación de los fiscales especializados en su materia; de la determinación de criterios para formar fiscales especialistas y de propuesta al Fiscal General de aquellas circulares o instrucciones que consideren necesarias. Estos cambios supondrán una descarga del exceso de concentración de tareas en la figura del Fiscal General del Estado.
Especialización
Otro de los objetivos que persigue la reforma pasa por lograr una mayor eficacia en la actuación del ministerio fiscal. En esta reforma se opta decididamente por dar un mayor impulso al principio de especialización como respuesta a las nuevas formas de criminalidad que han ido surgiendo en los últimos tiempos. Esta opción tiene su máxima expresión en las Fiscalías Especiales, cuya denominación ha sido modificada. Ahora reciben el nombre de Fiscalía Antidroga, y Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.
La Fiscalía Antidroga extiende su ámbito de actuación, además de a todos aquellos expedientes y procedimientos que se refieran a su materia, a los delitos de blanqueo de capitales relacionados con el tráfico de estupefacientes.
Con relación a la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, se actualiza la lista de delitos objeto de su actividad. Así, se contempla la futura incorporación al Código Penal de los delitos de corrupción en el sector privado, fruto de los compromisos europeos de España en materia de armonización legal. El gran cambio, en todo caso, se produce al ampliar su radio de actuación a un género de actividades presuntamente delictivas que hasta el presente podían quedar fuera de su marco competencial y que coinciden con la noción genérica de delincuencia organizada.
Asimismo, el Anteproyecto contempla la posibilidad de crear secciones especializadas en las materias que se determinen legalmente, o que por su singularidad o por el volumen de actuaciones que generen requieran de una organización específica, situando al frente de dichas secciones a la nueva figura del Fiscal Decano. Se mantienen, en cada fiscalía de las Comunidades Autónomas y en cada Fiscalía Provincial, las secciones de menores, contra la violencia sobre la mujer y de medio ambiente y ordenación del territorio.
Reorganización territorial
La nueva regulación busca alcanzar la adecuación al Estado Autonómico y permitir un despliegue territorial más eficiente. Por ello, se refuerza la figura del fiscal en el ámbito de las Comunidades Autónomas, mediante la creación de la figura del Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma, que viene a sustituir a los actuales Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia. Este nuevo Fiscal Superior asume la representación institucional del Fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, además de hacerse cargo de la dirección efectiva del ministerio público en dicho territorio.
En este contexto, también se crea la Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, que pretende articular en un vértice colegiado esa dimensión territorial del fiscal.
La reorganización territorial incluye cambios organizativos. Por ejemplo, en el ámbito provincial se sustituye la clásica denominación de Fiscalía de la Audiencia Provincial por la de Fiscalía Provincial, pues se constata que este órgano no sólo atiende a la Audiencia, sino que también presta servicio al conjunto de los juzgados y tribunales de la provincia.
Otra novedad es la regulación de la estructura infraprovincial, que se realiza sobre la base de dos nuevas figuras: las Fiscalías de Áreas y las Secciones Territoriales de las Fiscalías Provinciales. La finalidad de estas figuras es superar el actual sistema de adscripciones permanentes -los conocidos como destacamentos- y crear una estructura del ministerio fiscal, a nivel provincial, que permita una eventual asunción de la dirección de la investigación penal por parte de los fiscales.
Cambios en la organización de la carrera fiscal
Finalmente, se introducen cambios en este marco para facilitar la movilidad y la temporalidad en el desempeño de los cargos, así como la modernización del régimen de infracciones y sanciones.
Se reafirma el carácter temporal de todos los cargos con responsabilidad directiva o de coordinación propia. También se extiende la vigencia del principio de temporalidad a los fiscales de la Secretaría Técnica y de la Unidad de Apoyo, y se introduce un plazo máximo total de diez años para el desempeño de las funciones de fiscal de la inspección.
En relación con el régimen disciplinario, se adapta para los fiscales la posibilidad, ya existente para los jueces, de que la sanción de separación de la carrera por haber perpetrado un delito doloso pueda ser flexibilizada por el Fiscal General en determinados casos menos graves.
Por otra parte, se incluyen entre las conductas sancionables aquellas que supongan una ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes como fiscal; que impliquen una ausencia absoluta o manifiesta de la motivación de sus decisiones, o que puedan poner en peligro la imparcialidad del representante del ministerio público por su participación en actos de naturaleza política o por dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de fiscal o sirviéndose de esa condición.
Trabajo y Asuntos Sociales
NUEVA DOTACIÓN DE 3.800 MILLONES AL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- Con esta nueva aportación el Fondo asciende a 35.221.476.982,27 euros y su cuantía que equivale al 3,89 por 100 del PIB, permitiría pagar durante casi siete meses la nómina actual de pensiones
- En la presente legislatura se han autorizado aportaciones al Fondo por 21.200 millones de euros
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se amplía la cuantía del Fondo de Reserva de la Seguridad Social con una dotación de 3.800 millones de euros.
Esta aportación, junto a la realizada el pasado 10 de febrero por importe de 3.700 millones de euros, cifra las aportaciones del año 2006 en 7.500 millones de euros y hace que el importe total del Fondo de Reserva ascienda a 35.221.476.982,27 euros. Con el saldo actual del Fondo de Reserva se podría pagar durante casi siete meses la actual nómina de pensiones.
El Fondo de Reserva se nutre con el excedente presupuestario que generan las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Según la Intervención General de la Seguridad Social, el importe de ese excedente presupuestario en 2005 alcanzó los 7.704,92 millones de euros y el conjunto de excedentes generados desde 1999 totaliza 33.916,19 millones de euros. Estos datos indican que el 96,33 por 100 de excedentes del Sistema de Seguridad Social se han dedicado a engordar el Fondo de Reserva. En la presente legislatura las aportaciones autorizadas por el Consejo de Ministros al Fondo de Reserva suman ya 21.200 millones de euros.
3,89 por 100 del Producto Interior Bruto
Los 35.221.476.982,27 euros del Fondo equivalen al 3,89 por 100 del Producto Interior Bruto de España, que según datos del instituto Nacional de Estadística alcanzó 904.323 millones de euros durante 2005.
La cuantía del Fondo se desglosa de la siguiente forma: 32.672,92 millones de euros corresponden a dotaciones de excedentes presupuestarios autorizadas en Consejo de Ministros desde el año 2000 hasta la fecha actual; 25,47 millones de euros, al exceso de excedentes de gestión de las Mutuas de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales de la prestación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes, y 2.523,09 millones de euros corresponden a rendimientos netos por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.
En la actualidad, la práctica totalidad del Fondo de Reserva está invertido en activos financieros públicos por un importe de 30.541,20 millones de euros. La cartera de activos, además de los emitidos por el Reino de España (65,39 por 100 sobre el total) incluye también deuda no española de los siguientes Estados: Alemania, Francia y Países Bajos (34,61 por 100 sobre el total).
El importe depositado en la cuenta del Fondo de Reserva en el Banco de España, junto con la dotación aprobada y los rendimientos que vaya generando, será invertido próximamente por la Tesorería General de la Seguridad Social en activos financieros públicos.
Los activos financieros públicos en que se invierta esta nueva dotación tendrán la composición, vencimiento y características que determine el Comité de Gestión del Fondo de Reserva con el asesoramiento de la Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Su adquisición se efectuará por el Banco de España, que actuará como agente.
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social fue creado con el objetivo de constituir reservas que permitan atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones.
Con la creación del Fondo de Reserva en el año 2000, se dio cumplimiento a la Recomendación número dos del Pacto de Toledo suscrito por todos los partidos políticos y a los compromisos adquiridos en el Acuerdo alcanzado con los sindicatos más representativos en octubre de 1996, recogidos en la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de la Seguridad Social de 1997.
Dotaciones aprobadas por Acuerdo de Consejo de Ministros:

Evolución General del Fondo de Reserva
(incluye la dotación aprobada el 14 de julio de 2006)

Trabajo y Asuntos Sociales
MEJORA DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios que recoge las medidas incluidas en el Acuerdo firmado el pasado mes de diciembre por el Ministro de Trabajo y los secretarios generales de las Federaciones Agroalimentarias de UGT y CC OO, para regularizar el mercado de trabajo y promover la estabilidad en el empleo.
Mayor tiempo de prestación por desempleo
Entre otras medidas, el Real Decreto recoge la modificación de la escala de la duración de la prestación por desempleo contributiva de los trabajadores eventuales agrarios, que pasarán de obtener un día de protección por cada cuatro cotizados a un día de protección por cada tres, igualándola a la del resto de los trabajadores. Esta medida afecta a seiscientos mil potenciales beneficiarios eventuales agrarios de toda España.
También se regula el cálculo del periodo de ocupación cotizada para determinar el acceso y la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo de todos los trabajadores agrarios, eventuales, fijos y fijos discontinuos, multiplicando el número de jornadas reales cotizadas al Régimen Especial Agrario por 1,337, para incluir en ese periodo los días que corresponden a domingos, festivos y vacaciones anuales.
La norma aprobada hoy permite, asimismo, la eliminación de los límites temporales de obtención de la Renta Agraria en favor de los eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura, que en la actualidad sólo pueden obtener como máximo seis derechos de carácter anual. Esta medida garantiza, sin incertidumbres, la protección del colectivo, al no limitarla en función de los derechos previos obtenidos y evita que sesenta mil trabajadores queden fuera de dicha protección.
Prórroga de la reducción de jornadas
En el texto se incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre del presente año de la reducción de las jornadas reales exigidas, de 35 a 25, para acceder al subsidio por desempleo agrario o a la renta agraria por los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura en los municipios afectados por las heladas, al subsistir las condiciones de pérdida de trabajo que justificaron la reducción hasta junio del presente año y que se calcula puede afectar a trescientos mil beneficiarios.
Opción entre distintas prestaciones
Además, en Andalucía y Extremadura, y con objeto de favorecer el empleo estable, se permite la opción por la protección por desempleo como fijo discontinuo agrario o por el subsidio o renta agraria como eventual agrario, acumulando las jornadas reales cotizadas por los trabajos agrarios.
Trabajo y Asuntos Sociales
CERCA DE 280 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL EN 2006
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dieciséis convenios de colaboración para el control de la Incapacidad Temporal entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Comunidades Autónomas (a excepción de País Vasco y Navarra que tienen diferente sistema), Ceuta y Mellilla para los ejercicios 2006, 2007 y 2008. Por este concepto, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2006, las Comunidades y las dos Ciudades Autónomas, estas últimas a través del Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA), recibirán una transferencia por importe máximo para todo el conjunto de 279.763.560 euros, cuya liquidación está sujeta al cumplimiento de objetivos.
Los convenios fijan el marco de colaboración entre las Comunidades Autónomas y el Instituto nacional de la Seguridad Social (INSS) con los objetivos de racionalizar costes y obtener una mayor eficacia en la gestión para mejorar el control de la Incapacidad Temporal. Las cantidades correspondientes a 2007 y 2008 se establecerán en las Leyes de Presupuestos correspondientes dentro del Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal (aprobado en la Ley de 27 de diciembre de 2001).
El reparto del fondo se hace en relación con la población protegida por el sistema de Seguridad Social existente en cada Comunidad Autónoma. La distribución es la siguiente:

En 2004, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Comunidades Autónomas revisaron los convenios suscritos anteriormente, lo que permitió que por primera vez las segundas recibieran 229.810.000 euros del Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. En 2005, el Estado transfirió a las Comunidades 274.278.000 euros, al cumplir por segundo año consecutivo los objetivos previstos.
La prestación de Incapacidad Temporal (IT) es reconocida y gestionada en el ámbito del Ministerio de Trabajo por las Entidades Gestoras de la Seguridad Social (esencialmente el Instituto Nacional de la Seguridad Social) y por las entidades colaboradoras (Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales). En el ámbito de las Comunidades autónomas, los facultativos de atención primaria de los Servicios Públicos de Salud expiden los partes médicos de baja y de alta, que determinan el inicio, la permanencia y la finalización de los procesos de IT.
Trabajo y Asuntos Sociales
REGULADAS LAS SUBVENCIONES PARA LOS CENTROS DE ACOGIDA A REFUGIADOS
- Las ayudas están destinadas a resolver las necesidades personales y familiares más urgentes de los residentes en estos centros.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las normas reguladoras de las subvenciones públicas a los beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados, integrados en al Red de Centros de Migraciones.
El Real Decreto pretende adaptar y regular el objetivo, los beneficiarios y el procedimiento de gestión a la nueva estructura administrativa derivada del cambio de organismos, al pasar la competencias del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
Estas subvenciones, que son complementarias a los servicios desarrollados en los Centros de Acogida a Refugiados, tienen como finalidad permitir a los beneficiarios de estos centros hacer frente a las necesidades personales y familiares más urgentes relacionadas con el desarrollo normal de la vida diaria, así como facilitarles los medios destinados a su mayor autonomía personal y su futura integración social.
A estas ayudas públicas, que se concederán en régimen de concesión directa, podrán acceder las personas que residan en los centros mencionados o aquellas otras que se encuentren viviendo fuera de ellos, pero siguiendo un programa de atención iniciado como residentes. Para ser beneficiarios estas personas tendrán que carecer de recursos económicos y sus necesidades no han de estar cubiertas por parte de los servicios sociales de otras administraciones públicas o organismos privados.
Prioridades
La normativa de las subvenciones que hoy aprueba el Consejo de Ministros establece como prioritarios los solicitantes que se encuentren en los siguientes supuestos: parejas con hijos menores; familias monoparentales con hijos menores; personas con discapacidad; personas de edad avanzada; mujeres embarazadas; personas que hayan padecido torturas; violaciones u otras formas graves de violencia psicológica física o sexual; personas con alto riesgo por motivos sociopolíticos de su país de origen y personas que formen parte de programas especiales de la Administración española.
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 recogen una cuantía anual de 921.240 euros para la financiación de las ayudas económicas a residentes en los Centros de Migraciones (Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes y Centros de Acogida a Refugiados).
Justicia
LOS DISCAPACITADOS TENDRÁN UN CUPO DE ACCESO EN LAS OPOSICIONES A NOTARIOS Y REGISTRADORES
- En cada convocatoria la proporción de plazas reservadas no será inferior a un 5 por 100 y contarán con un tiempo adicional y los medios que precisen para la realización de las pruebas.
- Los locales donde se ubiquen las Notarías y los Registros estarán completamente adaptados, tanto en el acceso, como en los puestos de trabajo específicos.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a las oposiciones al título de Notario y al cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, así como la provisión de plazas a su favor. La nueva medida garantiza la reserva de un cupo no inferior al 5 por 100 del total de plazas convocadas.
Con esta iniciativa se busca garantizar la no discriminación y la igualdad efectiva de oportunidades para las personas con minusvalías en el acceso a las funciones y cargos públicos, reguladas por diversas leyes transversales aprobadas en diciembre de 2003. Esta nueva regulación viene a desarrollar otras medidas aprobadas en la presente legislatura, como el Real Decreto de 3 de diciembre de 2004, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y la Orden del pasado 9 de junio de 2006 por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Real Decreto regula las condiciones para hacer efectivo el cumplimiento del acceso reservado a las personas con minusvalía. Así, la opción a estas plazas reservadas tendrá que formularse en la propia solicitud de participación en las oposiciones, con declaración expresa de los interesados de que reúnen el grado de discapacidad requerido, pertinentemente acreditado por los órganos, estatales y autonómicos competentes.
El porcentaje de plazas reservadas que no hayan sido cubiertas por las personas con discapacidad será acumulativo y se podrá incrementar el cupo de la convocatoria siguiente, hasta un límite máximo del 10 por 100.
Otra medida recogida en este Real Decreto, que aspira a remover barreras de discriminación para los discapacitados, es la obligatoriedad de que los locales donde se ubiquen las Notarías y los Registros estén completamente adaptados, tanto en el acceso como en las condiciones del puesto de trabajo, a las personas con discapacidad. Asimismo, se establece que éstos dispongan de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios, además de los medios materiales, humanos o tecnológicos que precisen para ello; y que, una vez realizadas las pruebas de oposición, se elabore una lista única de todos los opositandos que las hayan superado, ordenados según la puntuación obtenida.
El Real Decreto prevé la posibilidad de que la Dirección General de Registros y Notariado convocante altere el orden de asignación de plazas en un ámbito territorial, en función de impedimentos debidamente justificados y acreditados por los discapacitados que han obtenido el título, como dependencia personal, dificultades para el desplazamiento, etcétera. Otra medida innovadora es que la afección por una discapacidad se incluye como criterio de valoración positiva para la participación en los cursos de formación convocados por la Dirección General de Registros y Notariado o los Colegios Profesionales de Notarios y Registradores.
Justicia
INCREMENTADAS LAS RETRIBUCIONES POR EL DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN DE JURADO
El Consejo de Ministros ha aprobado una propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y Economía y Hacienda por la que se revisan las cuantías de las retribuciones por el desempeño de la función de jurado, así como las indemnizaciones correspondientes a los gastos de viaje, alojamiento y manutención.
El régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de la función de jurado quedaría establecido de la forma siguiente:
La última revisión fue aprobada en Consejo de Ministros el 5 de septiembre de 2002. La actual modificación obedece a la evolución sufrida por los precios de los alojamientos, carburantes y manutención.

Industria, Turismo y Comercio
CONVENIOS PARA QUINCE PLANES DE DINAMIZACIÓN DEL PRODUCTO TURÍSTICO
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de Convenios de Colaboración para el desarrollo de quince Planes de Dinamización del Producto Turístico por un importe total de 13.513.361 euros, en aplicación del programa de "Calidad de Destinos Turísticos" incluido en el Plan Integral de Calidad del Turismo Español (PICTE 2000-2006). Van destinados a las siguientes localidades y comarcas: Alaior (Menorca); Albacete; La Axarquía (Málaga); Bajo Deva (Asturias y Cantabria); Breña Alta (La Palma); Ciutadella de Menorca (Illes Balears); Comarca de la Hoya (Huesca); Lorca (Murcia); Ourense; Ría del Ferrol; comarcas de Ferrol y Ortegal (A Coruña); Sagunto (Valencia); Xátiva (Valencia); Sierra del Rincón (Madrid); Los Lagos (Badajoz) y Los Arribes del Duero(Salamanca).
Los Planes se instrumentan mediante convenios de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Comunidades Autónomas, Administración local y sector privado, y se cofinancian entre las Administraciones participantes. El gasto correspondiente al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se financiará con cargo a los presupuestos de la Secretaría General de Turismo.
A través de los Planes se desarrollarán actuaciones que permitan alcanzar los siguientes objetivos:
- Aumento de la calidad de los servicios turísticos del destino.
- Mejora del medio urbano y natural del municipio.
- Ampliación y mejora de los espacios de uso público.
- Aumento, diversificación y mejora de la oferta complementaria.
- Puesta en valor de recursos turísticos.
- Creación de nuevos productos.
- Sensibilización e implicación de la población y agentes locales en una cultura de la calidad.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Baleares, el Ayuntamiento de Alaior y la Asociación Hotelera de Menorca (ASHOME) para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Alaior (Menorca). El importe total del gasto es de 1.057.000 euros con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 309.201 euros; 2007, 302.402 euros; 2008; 181.147 euros y 2009, 264.250 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Albacete, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Albacete y la Federación de Asociaciones de Turismo Rural de Albacete para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Albacete. Tendrá un importe de 985.000 euros a distribuir del siguiente modo: 2006, 384.186 euros; 2007, 375.737 euros y 2008, 225.077euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma. de Andalucía, la Diputación Provincial de Málaga, la Asociación para la Promoción Turística de la Axarquía y la Asociación Centro de Desarrollo Rural de La Axarquía (Ceder-Axarquía) para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en La Axarquía (Málaga). El importe total del gasto es de 1.385.000 euros con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 405.150 euros; 2007, 396.241 euros; 2008, 237.359 euros y 2009, 346.250 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, las Comunidades Autónomas de Asturias y Cantabria, la Mancomunidad de los Municipios de Val de San Vicente y Ribadesella y la Federación Asturiana de Empresarios para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Bajo Deva (Asturias y Cantabria). Su presupuesto es de 666,667 euros que se repartirán así: 2006, 260.025 euros; 2007, 254.306 euros y 2008, 152.336 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Ayuntamiento de Breña Alta, el Cabildo Insular de La Palma y la Asociación CEPYME-LA PALMA para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Breña Alta en la isla de La Palma. Su importe asciende a 502.025 euros a distribuir del siguiente modo: 2006, 146.856 euros; 2007, 143.627 euros; 2008, 86.036 euros y 2009, 125.506 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Baleares y el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ciutadella de Menorca (Illes Balears). El importe total del gasto es de 990.334 euros con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 386.266 euros; 2007, 377.772 euros y 2008, 226.296 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Comarca de La Hoya de Huesca, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Huesca, y la Asociación de Empresarios Turísticos de la Comarca de La Hoya de Huesca para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Comarca de La Hoya de Huesca. Su importe es de 1.185.000 euros, distribuidos así: 2006, 462.193 euros; 2007, 452.029 euros y 2008, 270.778 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Murcia, el Ayuntamiento de Lorca y la Confederación Comarcal de Organizaciones Empresariales de Lorca (CECLOR) para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Lorca (Murcia). El presupuesto asciende a 869.000 euros a repartir así: 2006, 338.942 euros; 2007, 331.488 euros y 2008, 198.570 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Galicia, el Ayuntamiento de Ourense, la Federación Provincial de Comercio de Ourense y la Federación Provincial de Hostelería de Ourense, para el Desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ourense. El importe total del gasto es de 1.835.000 euros, con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 540.201 euros; 2007, 528.321 euros y 2008, 316.478 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Diputación Provincial de A Coruña, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol y la Asociación de Hostelería de Ferrol, para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Ría del Ferrol, Comarcas de Ferrol y Ortegal (A Coruña). El gasto previsto supone 951.667 euros a repartir de este modo: 2006, 371.185 euros; 2007, 363.022 euros y 2008, 217.460 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Valencia, el Ayuntamiento de Sagunto y la Asociación de Empresarios para el desarrollo turístico de Sagunto (ADETURSA) para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Sagunto (Valencia). Su importe asciende a 666,6667 euros distribuidos así: 2006, 260.025 euros; 2007, 254.306 euros y 2008, 152.336 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Valencia, el Ayuntamiento de Xátiva y la Asociación de Empresarios de Xátiva y La Costera, para el Desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Xátiva (Valencia). El importe total del gasto es de 600.000 euros, con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 234.022 euros; 2007, 228.876 euros y 2008, 137.102 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Madrid, la Mancomunidad Sierra del Rincón de Madrid y la Asociación de empresas de actividades turísticas de La Sierra del Rincón de Madrid, para el Desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Sierra del Rincón (Madrid). El presupuesto es de 651.667 euros, así repartidos: 2006, 254.174 euros, 2007, 248.584 euros y 2008, 148.909 euros.
Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Diputación (Área de desarrollo local) Provincial de Badajoz y la Confederación Empresarial de Turismo de Extremadura para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Zona de Los Lagos (Badajoz). Tiene un importe de 851.667 euros a distribuir de este modo: 2006, 332.181 euros; 2007, 324.876 euros y 2008, 194.610 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Diputación de Salamanca para el desarrollo de un Plan de Dinamización del Producto Turístico en Zona Sur de Los Arribes del Duero (Salamanca). El importe total del gasto es de 766.667 euros con la siguiente distribución de anualidades: 2006, 224.271 euros; 2007, 219.339 euros; 2008, 131.390 euros y 2009, 191.667 euros.
Economía y Hacienda
AUTORIZADA CON CONDICIONES LA TOMA DE CONTROL POR TRASMEDITERRÁNEA DE DOS EMPRESAS NAVIERAS
El Consejo de Ministros, siguiendo el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha acordado autorizar con condiciones la operación de concentración económica consistente en la toma de control exclusivo de Europa Ferrys, S.A. y Viajes Eurotras, S.A. por Compañía Trasmediterránea, S.A.
Tanto Europa Ferrys, S.A. como Compañía Trasmediterránea, S.A. operan en el transporte marítimo regular de carga general y pasajeros en la ruta entre el Sur de la Península y el Norte de África.
Condiciones
En línea con la propuesta del Tribunal de Defensa de la Competencia, la operación se autoriza con cuatro condiciones sustantivas:
- Exige la venta de las participaciones minoritarias que el grupo resultante mantiene en empresas activas en el transporte marítimo de carga general o pasajeros entre el Sur de la Península y el Norte de África. Adicionalmente, se somete a autorización previa durante cinco años la adquisición por el grupo resultante de participaciones no de control en empresas activas en el transporte marítimo de carga general o pasajeros entre el Sur de la Península y el Norte de África, con el objeto de asegurar la plena efectividad de la condición propuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia; todo ello sin perjuicio del preceptivo control de concentraciones al que está sujeta la adquisición de participaciones de control.
- Se dispone que el grupo resultante de la operación no podrá disponer del uso en exclusiva de más de un atraque en el puerto de Ceuta.
- Se impide al grupo resultante establecer acuerdos de exclusividad con los puntos de venta minorista de billetes para el transporte marítimo de pasajeros en la ruta entre el Sur de la Península y el Norte de África.
- Se impide al grupo resultante la suscripción de pactos de no competencia con los vendedores de las empresas adquiridas.
Adicionalmente, se incorpora una última condición por la que Transmediterránea deberá presentar ante el Servicio de Defensa de la Competencia un plan detallado de actuaciones para la instrumentación de las condiciones anteriores con el objeto de facilitar la vigilancia de su cumplimiento.
En todo caso, la operación se autoriza sin perjuicio de la normativa sectorial aplicable y del ejercicio de las competencias administrativas establecidas en ella.
Industria, Turismo y Comercio
APROBADO EL PROYECTO DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE PENAGOS (CANTABRIA)
- También se declara de utilidad pública la ejecución del proyecto
El Consejo de Ministros ha declarado de utilidad pública y aprobado el proyecto de ejecución de la subestación de Penagos (Cantabria) mediante la ejecución de un parque de 400 kv.
El proyecto cuenta con la preceptiva declaración de impacto medioambiental, que el Ministerio de Medio Ambiente formuló el 31 de mayo de 2005, y la Dirección General de Política Energética y Minas autorizó la ampliación de la subestación por Resolución de 19 de enero de 2006.
Una vez ampliada la subestación mediante la incorporación de un parque a 400 kv, se garantizará la alimentación al mercado de Cantabria directamente desde la red de transporte a 400 kv, a través del nodo principal de dicha red en la comunidad autónoma, cubriendo el déficit existente de energía, tanto en Santander capital y su periferia, como en Cantabria en general.
Asimismo, se garantizará la incorporación a la red de transporte de la energía producida en Asturias, reduciéndose las pérdidas de transporte.
La ampliación de la subestación de Penagos mediante la instalación de un parque a 400 kv estaba recogida en los Estudios de Planificación realizados por Red Eléctrica de España, S.A. para el desarrollo de las redes de transporte de energía eléctrica en el norte de España con anterioridad a 1997, fecha en la cual se autorizó en un principio la ampliación. Actualmente, se encuentra recogida en la Revisión de la Planificación de los Sectores de Gas y Electricidad para el período 2005-2011.
Conjuntamente con las líneas a 400 kv Soto de Ribera-Penagos y Penagos-Güeñes, la nueva instalación constituirá un eje de gran importancia a 400 kv en el norte de España, que permitirá evacuar energía generada en Asturias e incorporarla a la red de transporte, y conectar a Cantabria a la red de 400 kv, lo que redundará en la calidad y continuidad del suministro en esta comunidad autónoma. Mediante la línea Penagos-Güeñes se reforzará también el mallado a 400 kv facilitando el abastecimiento del mercado en el País Vasco y la incorporación a la red de transporte de la energía generada.
Industria, Turismo y Comercio
UTILIDAD PÚBLICA PARA LA SUBESTACIÓN A 400 KV DEL GARRAF, EN BARCELONA
El Consejo de Ministros ha declarado de utilidad pública la instalación de 400 kv de Garraf, en la provincia de Barcelona, declaración que permitirá aprobar posteriormente el proyecto de ejecución de la subestación.
La nueva subestación, cuyo titular es Red Eléctrica de España, permitirá reforzar la actual red de transporte a 400 kv, así como la red de distribución a 110 kv de la zona.
La finalidad de la subestación es solucionar los elevados problemas de sobrecarga detectados en la red de 110 kv que suministra energía a los pueblos costeros existentes entre Tarragona y Barcelona, para lo cual en la subestación se efectuará una transformación 400/110 kv.
La subestación estaba ya recogida en el Documento de Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de septiembre de 2002. Con su puesta en marcha se podrán evitar las situaciones de elevados flujos en las líneas existentes, que darían lugar a incumplimiento de los criterios de seguridad en el suministro. Asimismo, el eje costero contará con un apoyo próximo al centro de gravedad de las cargas.
LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA TRIFÁSICA
De forma complementaria, el Consejo de Ministros ha acordado también declarar de utilidad pública la línea aérea trifásica a 400 kv, doble circuito, de entrada y salida en la futura subestación de Garraf desde la línea Vendellós-Begas. La línea alimentará la subestación a 400 kv, y reforzará el mallado de la red de transporte en la zona.
También esta línea estaba recogida en el Documento de Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de septiembre de 2002
La declaración de utilidad pública permitirá aprobar posteriormente el proyecto de ejecución y construcción de la línea, infraestructura que, junto con la subestación de Garraf, contribuirá a solucionar los graves problemas que pueden presentarse en el suministro de forma muy inmediata al encontrarse saturadas las líneas de distribución que alimentan en 110 kv las subestaciones intermedias en el eje Barcelona-Tarragona.
Medio Ambiente
ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO A NUEVAS INSTALACIONES
El Consejo de Ministros ha aprobado la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones de combustión incluidas en los apartados b) y c) del epígrafe 1 del anexo I de la Ley de 2005, que regula el régimen del comercio de derechos de emisión.
La modificación de la Ley para ampliar su ámbito de aplicación extendió la definición de "instalación de cogeneración" aplicable a las instalaciones incluidas en el epígrafe 1 (actividades energéticas) de la misma, y que corresponde a las de más de 20 MW térmicos con equipos que quemen cualquier tipo de combustible para la producción de electricidad, energía mecánica, fluido térmico (vapor, aceite, agua caliente), independientemente de su finalidad. Esta definición incluye, principalmente, dispositivos para la generación eléctrica, cogeneraciones, calderas, turbinas y motores.
Estas instalaciones no habían recibido asignación con anterioridad y su inclusión en el ámbito de la Ley obligó a modificar el Plan Nacional de Asignación 2005-2007. Para ello, el pasado 23 de junio el Gobierno aprobó un Real Decreto que establecía la cantidad adicional de derechos de emisión necesaria para asignar derechos a todas las instalaciones, una vez incorporadas las instalaciones de combustión de más de 20 MW.
Asignación directa
Dada la diversidad de sectores industriales afectados por la ampliación del ámbito de aplicación de la Ley, no se ha determinado una asignación sectorial, sino que se ha partido directamente del nivel de instalación individualizada, aplicando los criterios y principios metodológicos establecidos en el Real Decreto de 6 de septiembre de 2004, por el que se aprobó el Plan Nacional de Derechos de Emisión 2005-2007.
La asignación afecta a 271 instalaciones y 13.548.991 derechos para el periodo 2006-2007, con una media anual de 6,77 millones de toneladas. De estas 271 instalaciones, 52 estaban ya incluidas en el Plan Nacional de Asignación y ahora se introducen dispositivos adicionales, por lo que se les asigna ahora una cantidad adicional a la que aprobó el Consejo de Ministros el 21 de enero de 2005.
Medio Ambiente
CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA DE TERROBA EN EL RÍO LEZA (LA RIOJA)
El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras correspondientes al proyecto y addenda de regulación en el río Leza, presa de Terroba, en los términos municipales de Cameros y Terroba (La Rioja). El presupuesto de estas obras asciende a 21.886.697 euros y su plazo de ejecución es de treinta meses.
Estas actuaciones forman parte del Programa A.G.U.A. (Actuaciones para la Gestión y Utilización del Agua) del Ministerio de Medio Ambiente, que materializa la reorientación de la política del agua, mediante acciones concretas diseñadas para garantizar la disponibilidad y la calidad del agua en cada territorio.
El objetivo del proyecto es la construcción de una presa en el río Leza, entre los términos municipales de Soto en Cameros y Terroba, para garantizar un caudal de agua en el río durante todo el año que permita conseguir una reserva de agua para abastecimiento, la laminación de avenidas en el cauce del río, la creación de un foco de atracción turístico-recreativo en el embalse, la disminución de concentraciones salinas en el río, la consolidación de los riegos existentes y la posibilidad de aprovechamiento hidráulico.
La presa tendrá una altura sobre cimientos de 45,60 metros, una longitud de coronación de 356,35 metros y un volumen de embalse aproximado de 8,14 hectómetros cúbicos.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LOS ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear.
El 13 de abril de 2005 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear. Se suma a las doce Convenciones y Protocolos Internacionales en materia de terrorismo de las Naciones Unidas.
- El referente más directo del Convenio es la Convención Internacional para la supresión de los Actos de Terrorismo con Bombas de 1997, muchos de cuyos artículos recoge, y la Convención Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo de 1999, ambos ratificados por España.
Se trata de un instrumento de Derecho Penal Internacional por el que los Estados firmantes se comprometen a penalizar conductas de personas y organizaciones que, "de modo ilícito e intencionadamente, posean, fabriquen, utilicen material radioactivo o un dispositivo, con el propósito de causar la muerte o lesiones corporales graves o causar daños considerables a bienes o al medio ambiente…" (Art. 2).
Cada Estado se compromete a adoptar las medidas necesarias para tipificar conforme a su legislación nacional estos delitos y a sancionarlos con penas adecuadas a su naturaleza grave. Asimismo, las disposiciones del Convenio no se aplicarán a las actividades de las Fuerzas Armadas durante un conflicto armado.
También se establecen las cláusulas de no justificación por motivos de índole política de los delitos regulados, normas de cooperación internacional y la exigencia de que los Estados firmantes hagan todo lo posible por proteger el material radioactivo.
Además, se regulan las obligaciones de investigación, procesamiento o extradición, así como las obligaciones para el control, la incautación y la entrega de material radioactivo, conforme con las salvaguardias de la OIEA, la legislación nacional y el acuerdo entre los Estados interesados.
Economía y Hacienda
25 MILLONES PARA EL FONDO ESPAÑOL DE CARBONO DEL BANCO MUNDIAL
El Consejo de Ministros ha aprobado la aportación de veinticinco millones de euros como segunda contribución de España al Fondo Español de Carbono, Fondo Fiduciario del Banco Mundial.
El Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Medio Ambiente de España firmaron un acuerdo con el Banco Mundial para crear el Fondo Español de Carbono (FEC), con el que se pretenden comprar 34 Millones de toneladas CO2 de proyectos que benefician al medioambiente global a la vez que transfieren tecnologías limpias para el desarrollo sostenible de países en desarrollo y países con economías en transición.
El Fondo Español de Carbono es gestionado por el Banco Mundial y supone una contribución total del Gobierno de España de 170 millones de euros que deben haber sido aportados en 2015, siguiendo lo establecido en el calendario de desembolsos acordado.
Los proyectos del Fondo Español del Carbono tienen como objetivo apoyar un amplio rango de tecnologías y regiones, y prestan especial atención a los proyectos de eficiencia energética y energías renovables y a los que se desarrollen en Latinoamérica, Norte de África y Europa.
Administraciones Públicas
CREADA LA MISIÓN DIPLOMÁTICA DE ESPAÑA EN LA ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA
El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de la Misión Diplomática Permanente de España en la Antigua República Yugoslava de Macedonia, con sede en su capital, Skopje.
Entre las principales razones que aconsejan la creación de esta representación diplomática hay que destacar las de tipo político, como son la futura integración de este país en la OTAN y la Unión Europea, así como el importante papel estratégico con vistas a la previsible estabilización de los Balcanes.
Medio Ambiente
2,8 MILLONES A ORGANISMOS INTERNACIONALES PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS CIUDADANOS Y PROTEGER LOS RECURSOS NATURALES
El Consejo de Ministros ha autorizado el acuerdo que establece las cuantías de las contribuciones voluntarias que el Ministerio de Medio Ambiente aportará a diferentes organismos internacionales para financiar planes y programas que promueven la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y la protección de los recursos naturales. El importe total asciende a 2.868.903 euros.
Uno de los proyectos que recibirán financiación es el de capacitación para la conservación de recursos naturales y de desarrollo sostenible en reservas de la biosfera y en áreas de manejo similares en América Latina. Se trata de una iniciativa que forma parte del Programa Hombre y Biosfera (MAB) de la UNESCO, cuya coordinación en España corresponde al Organismo Autónomo de Parques Nacionales.
Otros de los programas que se beneficiarán de estas contribuciones son los de Promoción de Desarrollo Sostenible en el ámbito del Parque Nacional de Montaña Celaque (Honduras) y de la Reserva de la Biosfera Jaragua-Barhouco-Enriquillo (República Dominicana), el de conservación de la biodiversidad en Mauritania y los planes de la FAO para el fortalecimiento del manejo sostenible de los recursos naturales en las áreas protegidas de América Latina y para promover el desarrollo sostenible en la región de Apolobamba (Bolivia).
Asimismo, incluyen contribuciones al Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)y a la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) para la restauración ambiental de las zonas afectadas por el maremoto del Océano Indico ocurrido en diciembre de 2004, y para promover la conservación de los espacios naturales y el desarrollo sostenible en Marruecos.
También recibirán aportaciones programas de EUMETNET, la red integrada de estaciones meteorológicas de Europa, entre ellos el de la Red Europea de Apoyo Climatológico; el Plan de Acción Iberoamericano de Meteorología; el Centro Internacional para la Investigación del Fenómeno de El Niño; el Centro Africano de Aplicaciones Meteorológicas para el Desarrollo y la Sociedad Meteorológica Europea.
El Programa de Trabajo del Convenio de Aarhus sobre "Acceso a la información, participación de los ciudadanos en la toma de decisiones y acceso a la justicia en materia de medio ambiente", la iniciativa trasnacional ESPON 2006 de observación del desarrollo territorial, la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE), la Red Internacional de Organismos de Cuenca (RIOC), la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) y la Oficina Regional para América Latina y el Caribe del PNUMA son otras de las entidades y actuaciones que recibirán aportaciones.

Administraciones Públicas
SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN GIMÉNEZ ABAD
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede una subvención de 95.000 euros a la "Fundación Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico", para la realización de investigaciones referentes a las instituciones parlamentarias y al modelo de distribución territorial que representa el Estado Autonómico y su difusión. Entre los fundadores de esta Fundación figuran las Cortes de Aragón y el Ayuntamiento de Jaca.
La subvención se realizará a través del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), organismo en el que ocupó cargos destacados Manuel Giménez Abad, senador y presidente del PP en Aragón, asesinado por ETA en mayo de 2001.
Economía y Hacienda
AUTORIZACIONES DE DEUDA A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE MADRID Y CANARIAS
El Consejo de Ministros ha autorizado emisiones de Deuda a las Comunidades Autónomas de Canarias y Madrid.
A la Comunidad Autónoma de Madrid se le autoriza realizar una o varias emisiones de Deuda Pública por un importe máximo de 600.000.000 euros y a la Comunidad Autónoma de Canarias a realizar una o varias emisiones de Deuda Pública, no apta para materializar las dotaciones a la RIC (Reserva para Inversiones en Canarias), por un importe máximo de 75.000.000 euros.
Ambas operaciones corresponden a los Programas de Endeudamiento para 2006 de dichas Comunidades Autónomas.
Interior
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE CONTROL DE TRÁFICO DEL CENTRO DE GESTIÓN DE MADRID
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Jefatura Central de Tráfico para que contrate los servicios de mantenimiento de las instalaciones de regulación y control, y postes SOS de las carreteras dependientes del Centro de Gestión de Tráfico de Madrid.
El contrato implica la realización, de manera unificada, de todos los servicios de mantenimiento de los equipos ubicados en dichas carreteras, a través de los cuales se reciben datos del tráfico, la meteorología, los postes de emergencia SOS, etcétera, y se disponen medidas correctoras, entre ellas, los mensajes de los paneles de información al ciudadano.
La adjudicación del contrato se hará por el procedimiento abierto, al que podrá presentarse cualquier empresario interesado, y por concurso, con arreglo a los criterios establecidos en el Pliego correspondiente.
El importe máximo de la licitación es de 14.500.000 de euros distribuidos en tres anualidades (2006-2008).
Economía y Hacienda
DESIGNADOS LOS PARTICIPANTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL CONSORCIO EXPO ZARAGOZA 2008
El Consejo de Ministros ha acordado la incorporación y participación de la Administración General del Estado en el Consorcio Expo 2008, con la designación de los titulares de los siguientes órganos superiores y directivos:
- Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos.
- Subsecretaría de Economía y Hacienda.
- Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Dirección del Gabinete de la Vicepresidencia Primera del Gobierno.
- Delegado Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Aragón.
- Dirección del Gabinete de la Secretaría General de Hacienda.
El Consorcio "Pro Expo Zaragoza 2008" se creó por un Acuerdo de 17 de julio de 2000 del Ayuntamiento de Zaragoza, con objeto de promover la candidatura de Zaragoza para la obtención de la Exposición Internacional del 2008.
El Consejo Rector del Consorcio acordó, en su reunión de 22 de abril de 2005, la modificación de los Estatutos de la entidad, que pasó a denominarse Expo Zaragoza 2008, incorporando al Estado en el Consorcio con seis miembros de su Administración.
Medio Ambiente
ESTUDIO DE LA OCUPACIÓN DE SUELO PARA USOS URBANO-INDUSTRIALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para realizar un estudio sobre la ocupación de suelo por usos urbano-industriales, aplicado a la Comunidad de Madrid.
Este acuerdo desarrolla el Convenio Marco de Colaboración que el 25 de enero de 2005 suscribieron el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid con el objetivo de establecer un marco general de cooperación entre ambas instituciones en el campo de la información, formación e investigación en medio ambiente y en las tecnologías que son de interés común.
La Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, en el marco de sus fines para un desarrollo territorial sostenible y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, está interesada en analizar las tendencias de ocupación del territorio y promover patrones de comportamiento más sostenibles en los sistemas urbanos, como elementos esenciales del modelo territorial. Con este propósito considera oportuno realizar un estudio sobre la ocupación de suelo para usos urbano-industriales directos e indirectos.
La Universidad Politécnica de Madrid será la encargada de realizar el estudio, cuyo presupuesto, que será abonado por la Secretaria General para el Territorio y la Biodiversidad, ascenderá a 129.507 euros.
Últimos cincuenta años
El trabajo incluirá la elaboración de un informe sobre la ocupación directa e indirecta del suelo por los procesos de urbanización y crecimiento urbano e industrial en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid y su evolución, referido a los años 1956, 1980 y actual.
Asimismo, formulará dos tipos de recomendaciones tanto para las Administraciones regionales y municipales: una sobre la metodología de confección de un sistema de información geográfica que siga permanentemente la evolución de todos los usos territoriales que tienen lugar en la superficie geográfica del término municipal o la región; y otra sobre posibles estrategias e instrumentos básicos para el control, gestión y ordenación sostenible de los usos del territorio y de los flujos físicos en los procesos de urbanización del entorno de las ciudades.
Agricultura, Pesca y Alimentación
CONVENIO CON CATALUÑA SOBRE EL BANCO DE DATOS DEL PORCINO ESPAÑOL
- También ha sido autorizado un Convenio para colaborar en materia de clasificación de canales porcinas.
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, empresa pública de la Generalitat de Catalunya, para la promoción y explotación del Banco de datos del porcino español.
Este Convenio, tercero de los suscritos entre ambas instituciones, tras los firmados en 1997 y 2001, tiene como finalidad ampliar el sistema mediante la inclusión de nuevos datos y la obtención de nuevas informaciones de referencia, con el fin de ofrecer mas elementos de ayuda en la toma de decisiones, continuando, por otra parte, con el objetivo de adaptar las explotaciones porcinas a la nueva situación tecnológica del sector, dada su evolución hacia un aumento de tamaño de las explotaciones y a una mayor complejidad de los sistemas de producción.
Mediante este Convenio se pretende también continuar la labor de facilitar y promover la adhesión del mayor número posible de explotaciones de porcino en toda España, dado que actualmente este Banco gestiona unas 400.000 animales pertenecientes a unas 800 explotaciones.
Para conseguir estos objetivos, el Ministerio aportará 300.000 euros para la financiación de las actuaciones previstas y se encargará también de fijar los criterios de ampliación del sistema patrocinando, en el ámbito de los premios Porc d´Or, un premio especial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la empresa que disponga y aplique el plan sanitario, medioambiental y de bienestar animal más riguroso, de acuerdo con la normativa vigente.
Por su parte, el Instituto catalán, empresa pública dedicada a la investigación y transferencia de tecnología en el ámbito agroalimentario, con objeto de contribuir a la modernización y desarrollo del sector, deberá, conforme a las cláusulas del Convenio, realizar la gestión, el mantenimiento y la explotación del Banco de Datos, de forma que este Banco pueda llevar a cabo la recepción y validación de los datos técnicos básicos de las explotaciones, el cálculo de los índices y las medias de los criterios analíticos de las mismas, elaborando igualmente informes personalizados, estadísticas y estudios sobre las bases de datos.
CONVENIO PARA LA CLASIFICACIÓN DE CANALES PORCINAS
El Consejo de Ministros ha autorizado también la suscripción de un convenio de colaboración en materia de clasificación de canales porcinas entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, cuyo objetivo es establecer la cooperación interadministrativa para la participación de expertos españoles en las reuniones convocadas por el Comité de Gestión de la carne porcina en la clasificación de las canales de cerdo, así como para la calibración, actualización y validación de las fórmulas oficiales de clasificación de canales porcinas y de los equipos actualmente autorizados por la Comisión Europea.
Tal como se recoge en el Convenio, el Ministerio, a través de la Dirección General de Ganadería, se compromete a coordinar la postura de España en el seno del Comité de Gestión de la carne porcina en materia de clasificación de canales y a establecer las directrices a seguir en relación con la calibración, actualización y validación de las fórmulas oficiales de clasificación de canales porcinas.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación también facilitará los datos a su disposición, en relación con la situación de la cabaña porcina española, para la elaboración de protocolos para nuevas calibraciones y actualizaciones de los equipos de clasificación de canales porcinas actualmente oficiales y aquellos otros que puedan ser aprobados, y, además, proporcionará la información relativa a situación y valores del mercado de la carne de porcino.
Por su parte, el Instituto de Investigación y Tecnología Alimentaria, realizará la evaluación, revisión y valoración de los protocolos de trabajo de los países de la Unión Europea que deben evaluarse en el Comité de Gestión de la carne porcina, redactará informes y asistirá a las reuniones convocadas por el Comité de Gestión de la carne porcina, en el ámbito de los grupos de expertos en materia de clasificación de canales porcinas, entre otras actuaciones.
Este convenio estará vigente hasta diciembre de 2008 y del presupuesto global el Ministerio aportará hasta un máximo de 300.000 euros, que se destinarán a sufragar las actuaciones que para la ejecución del convenio desarrolle el Instituto.
BIOGRAFÍAS
Economía y Hacienda
Subgobernador del Banco de España
D. JOSÉ MARÍA VIÑALS ÍÑIGUEZ.
Es Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad de Valencia, Master en Economía por la London School of Economics y Doctor en Economía por la Universidad de Harvard.
Comenzó su experiencia profesional en Estados Unidos y en el año 1984 se incorporó al Banco de España donde ha sido Jefe de Estudios Económicos y Jefe de Estudios Monetarios y Financieros. Posteriormente, fue Jefe del Equipo de Asesores Económicos del Comité de Gobernadores de Bancos Centrales de la Unión Europea y en 2000 accedió al puesto de Director General de Asuntos Internacionales del Banco de España, cargo que desempeña actualmente.
Consejera no nata del Consejo de Gobierno del Banco de España
Dª ANA MARÍA SÁNCHEZ TRUJILLO.
Nacida en 1946 en Madrid, es Doctora en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid.
Ha desempeñado cargos directivos en el Banco de España, donde fue Directora de la Oficina de Coyuntura y Estudios Económicos en la Dirección General del Servicio de Estudios, y de la Oficina de Balanza de Pagos en la Dirección General de Asuntos Internacionales. Ha representado al Banco de España en numerosos comités y grupos de trabajo en organismos internacionales. Ha ejercido el profesorado en la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad Nacional de Educación a Distancia.