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Referencia del Consejo de Ministros

viernes, 29 de septiembre de 2006

SUMARIO

Presidencia

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores durante el ejercicio de 2005.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la firma de un convenio de colaboración con la Generalitat de Cataluña para el desarrollo de actuaciones de mejora y regeneración ambiental del Llobregat.
  • ACUERDO por el que se estima parcialmente la solicitud de Abertis Telecom, S. A. U., de modificación de condiciones impuestas por el Acuerdo de 14 de noviembre de 2003.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Francesa relativo a la Oficina de controles nacionales yuxtapuestos de Biriatou.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España, la República Francesa, el Reino de Bélgica, la República Italiana y la Unión Europea, relativo a la puesta a disposición de la Unión Europea de las imágenes de Helios II, así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de seguridad, acondicionamiento y ampliación de los edificios destinados a cancillería y residencia de la Embajada de España en Bagdad.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de las declaraciones de emergencia para la contratación de las obras de mejora de la seguridad de los perímetros fronterizos de las Ciudades de Ceuta y Melilla, por un importe total de 8.172.689 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la ejecución de las obras de establecimiento de nueva red de saneamiento para aguas residuales del Centro de internamiento de extranjeros de El Matorral (Fuerteventura), por un importe máximo de 230.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para la realización de obras de conservación y mejora de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Fomento

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en la línea de alta velocidad León-Asturias, tramo: túneles de Pajares (lote 3), por un importe de 8.267.902,35 euros.

Educación y Ciencia

  • ACUERDO por el que se establece la cuantía de la contribución del Ministerio de Educación y Ciencia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) durante el año 2006, por importe de 12.000 euros, por la participación en el estudio: "Encuesta de profesores, enseñanza y aprendizaje".
  • ACUERDO por el que se establece la cuantía de la contribución del Ministerio de Educación y Ciencia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) durante el año 2006, por importe de 10.000 euros, por la participación en el estudio: "Mejora del liderazgo en los centros".

Trabajo y Asuntos Sociales

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en materia de información y consulta de los trabajadores y en materia de protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se nombran los miembros del Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación General de la Universidad de Valladolid para la creación de un observatorio para el seguimiento de las leyes agrarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias para la realización del trabajo de investigación "Salmonelosis en ponedoras comerciales: Eficacia de la vacunación como herramienta de control y erradicación".


Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en relación con el Real Decreto 918/2006, de 28 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones a ayuntamientos para proyectos de acción social a favor de las personas mayores en situación de dependencia.
  • INFORME sobre mejoras de las retribuciones de los empleados públicos.

Sanidad y Consumo

  • REAL DECRETO por el que se determina la composición y estructura del Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Universidad Miguel Hernández de Elche para la realización del estudio ENEAS II sobre los efectos adversos ligados a la atención sanitaria.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Universidad de Salamanca para la realización de actividades relativas a la mejora de la seguridad en el uso de los medicamentos en los hospitales españoles.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se autoriza el modificado núm. 2 del proyecto de construcción de la presa de Enciso para la regulación del río Cidacos (La Rioja).
  • INFORME sobre la sequía.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Organismos Multilaterales Iberoamericanos a Dª ANUNCIADA FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA Y ALONSO-VIGUERA .
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. CARLOS MANUEL DE BENAVIDES Y SALAS.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. JUAN ANTONIO YÁÑEZ-BARNUEVO GARCÍA.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. FRANCISCO CÁDIZ DE LEITO.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. JOSE LUIS DICENTA BALLESTER.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. JUAN MANUEL EGEA IBÁÑEZ.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. ALBERTO ESCUDERO CLARAMUNT.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. MARIANO GARCÍA MUÑOZ.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. GUILLERMO KIRKPATRIK Y MENDARO.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. JAVIER NAVARRO IZQUIERDO.
  • REAL DECRETO por el que se asciende a la categoría de Embajador al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. FRANCISCO JAVIER RUPÉREZ RUBIO.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de Sala de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas a D. JOSE RAMÓN NOREÑA SALTO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Teniente Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional a Dª MARIA DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ CONDE .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a Dª MARÍA ÁNGELES GULLÓN PÉREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional D. EDUARDO ESTEBAN RINCÓN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a D. JESÚS MARÍA GARCÍA CALDERÓN .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a D. MANUEL MARTÍN-GRANIZO SANTAMARÍA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava a D. JESÚS IZAGUIRRE GERRICAGOITIA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha a D. EMILIO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de D. CARLOS BAUTISTA SAMANIEGO.

Educación y Ciencia


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo y Asuntos Sociales

 

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

El texto recoge las principales reivindicaciones de este colectivo, integrado por más de tres millones de trabajadores, y ha sido ratificado por las dos asociaciones mayoritarias del sector, ATA y UPTA.

Los contenidos más relevantes del Anteproyecto son los siguientes:

  • Se establece qué se entiende como trabajador autónomo: las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de un tercero, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Dentro de este amplio colectivo cabe destacar a aquellos autónomos profesionales de distintas actividades, que en su gran mayoría no tienen asalariados o, a lo sumo, dos y que son 2'2 millones de hombres y mujeres.

  • Se formula un catálogo de derechos y deberes de los trabajadores autónomos: derecho a la igualdad y no discriminación, derecho a la conciliación de la vida profesional y familiar y protección al menor de dieciséis años.
  • Se regulan las reglas de prevención de riesgos laborales, fundamentalmente cuando el trabajador autónomo trabaja en locales de otro empresario o con materias primas o herramientas proporcionadas por otro empresario.
  • Se establecen garantías económicas para el trabajador autónomo, entre las que destaca que, en el caso de obras subcontratadas se establece la responsabilidad que el empresario principal tiene con el autónomo cuando un contratista adeude cantidades a dicho trabajador autónomo.
  • Se regula el régimen profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente, que es aquel que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 por 100 de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas.
  • Se concretan condiciones específicas para determinar con claridad quiénes pueden ser considerados trabajadores autónomos económicamente dependientes, distinguiéndolos del autónomo con carácter general y del asalariado. De esta forma, se da seguridad jurídica al empresario que contrata y al trabajador autónomo que presta su servicio, evitando que se produzcan situaciones irregulares de contratación. No se pretende legalizar a los denominados "falsos autónomos", sino, al contrario, clarificar la situación y proteger a los autónomos cuyos ingresos dependen fundamentalmente de un cliente. No se fomenta esta figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, ya que el objeto fundamental de la promoción que incorpora esta Ley es que el autónomo amplíe su cartera de clientes y diversifique su actividad.
  • Se contempla la posibilidad de celebrar acuerdos de interés profesional entre asociaciones de autónomos o sindicatos y empresas, siempre que no vayan en contra de los postulados de la Ley de Defensa de la Competencia. Se garantiza un mínimo de condiciones de régimen de descanso y la necesidad de que la extinción de su contrato esté justificada, y se opta por procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos (mediación y arbitraje), asignándose la competencia a la jurisdicción de lo social para los litigios de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
  • Se reconoce un catálogo de derechos colectivos: derecho de asociación y derecho de ejercer la defensa colectiva de sus intereses profesionales de los trabajadores autónomos. Además, se establecen las bases para el reconocimiento de la representatividad de las asociaciones de autónomos, a través de una serie de criterios y previa determinación por una comisión de expertos que designará el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
  • Se crea un Consejo Estatal del Trabajo Autónomo, donde se residenciará la participación institucional de las asociaciones de estos trabajadores y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y en el que estarán presentes también la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
  • En materia de Protección Social, se aplican medidas tendentes a que el Régimen Especial de Trabajadores autónomos converja con el Régimen General de la Seguridad Social; se propone extender a todos los autónomos la protección social por incapacidad temporal y, en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes también estarán cubiertos por la protección por accidentes de trabajo y enfermedad profesional; se reconoce la posibilidad de establecer reducciones o bonificaciones en las bases de cotización o en las cuotas de la Seguridad Social para determinados colectivos de trabajadores autónomos en atención a sus características personales o a las características profesionales de la actividad ejercida. En concreto:
  • Quienes en función de otra actividad realizada coticen, sumando las bases de cotización, por encima de la base máxima del Régimen General de la Seguridad Social.
  • Los hijos de los trabajadores autónomos menores de treinta años que inicien una labor también como trabajadores autónomos en la actividad económica de la que es titular el padre o la madre.
  • Los trabajadores autónomos que se dediquen a la actividad ambulante o a la venta a domicilio.
  • Se permitirá la jubilación anticipada en el caso de trabajadores autónomos en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida, y en los mismos supuestos y colectivos para los que esté establecido dicho derecho respecto de los trabajadores por cuenta ajena.
  • Se mandata al Gobierno para que, siempre que estén garantizados los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera, y ello responda a las necesidades y preferencias de los trabajadores autónomos, establezca un sistema específico de protección por cese de actividad para los mismos, en función de sus características personales o de la naturaleza de la actividad ejercida.
  • Se establecen medidas de fomento del empleo dirigidas a promover la cultura emprendedora, a reducir los costes en el inicio de la actividad, la formación profesional y favorecer el trabajo autónomo mediante una política fiscal adecuada.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

INTEGRACIÓN DE LOS AGRICULTORES POR CUENTA PROPIA EN EL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  • El Ministro de Trabajo ha informado sobre el Anteproyecto de Ley que mejoras las pensiones de los agricultores, moderniza el sector agrario e incentiva el trabajo en el campo de las mujeres y los jóvenes.
  • Tras un período transitorio la integración será plena el 1 de enero de 2008.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el Anteproyecto de Ley por el cual los agricultores por cuenta propia que cotizan a la Seguridad Social en el Régimen Especial Agrario (REASS) por cuenta propia se integrarán a partir del 1 de enero de 2008 en un sistema especial dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta norma sustituye a otra obsoleta vigente desde hace más de cuarenta años.

El Anteproyecto de Ley sigue las recomendaciones del Pacto de Toledo sobre integración de regímenes de la Seguridad Social y desarrolla el acuerdo alcanzado el pasado 20 de octubre por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministerio de Agricultura y las tres organizaciones profesionales de los agricultores y ganaderos españoles, ASAJA, COAG Y UPA, que suscribieron por primera vez un acuerdo con el Gobierno de forma conjunta.

La integración en el Régimen de Autónomos permitirá a los agricultores por cuenta propia mejorar las prestaciones que reciben de la Seguridad Social, modernizar sus explotaciones y aumentar su productividad e incentiva el trabajo de las mujeres y los jóvenes.

Mejora de prestaciones

Actualmente la pensión media en el REASS es de 419,70 euros, frente a los 644,08 euros de media del sistema. Con la integración en un sistema especial de trabajadores agrarios por cuenta propia dentro del Reta, estas personas aumentarán paulatinamente sus contribuciones, y por ello se ha establecido un periodo transitorio hasta 2008, pero también mejorarán sus pensiones.

Modernización del sector agrario

El Anteproyecto de Ley modifica una legislación vigente desde los años sesenta del pasado siglo. Al convertirse en autónomos, los agricultores por cuenta propia tendrán una mayor flexibilidad para contratar trabajadores (con un límite de dos fijos y de 546 jornadas al año para jornaleros). Estos límites se amplían proporcionalmente al número de cotitulares de la explotación, lo que incentiva la afiliación a la Seguridad Social de los cotitulares de explotaciones familiares agrarias. El Anteproyecto también permite a estos agricultores diversificar las explotaciones agrarias.

Incentivo al trabajo de las mujeres y los jóvenes

El Anteproyecto de ley quiere actuar de forma positiva en relación a la eliminación de desigualdades entre mujeres y hombres en el ámbito agrario y al cumplimiento de las políticas de igualdad. Para ello se establecen medidas como la reducción de un 30 por 100 en la cotización por contingencias comunes durante tres años a los cónyuges de los titulares de una explotación, medida que va dirigida directamente a las mujeres y a los jóvenes descendientes del titular de la explotación dedicados a la actividad agraria.

De la media actual de 260.000 afiliados al REASS por cuenta propia, un 70 por 100 son hombres y un 30 por 100 mujeres, mientras que en el conjunto del sistema de Seguridad Social las mujeres ya representan el 41 por 100 de los afiliados.

Según el Censo Agrario, en España el número de titulares de explotaciones con tierras supera 1.700.000, de los que un 70,4 por 100 son hombres y un 29,6 por 100, mujeres. Dicho Censo, que refleja un claro proceso de envejecimiento demográfico en este ámbito, pone igualmente de manifiesto que 1.300.000 titularidades corresponden a explotaciones marginales o secundarias, frente a poco más de 400.000 de carácter viable o próximo a la viabilidad económica. Finalmente, también hay que destacar que, mientras los hombres son titulares de esta última clase de explotaciones en un 82 por 100 de los casos, las mujeres sólo lo son en un 18 por 100.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

 

INFORME SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN MATERIAS DE INFORMACIÓN Y DE PROTECCIÓN

  • Se trata de la transposición al ordenamiento español de dos Directivas comunitarias sobre información y consulta de los trabajadores y de protección de los mismos en caso de insolvencia profesional

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Estatuto de los Trabajadores en materia de información y consulta de los trabajadores y en materia de protección de los mismos en caso de insolvencia empresarial.

Esta Ley viene a transponer al ordenamiento jurídico laboral español dos Directivas comunitarias sobre dichos temas y se realiza de forma conjunta por afectar exclusivamente al texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

El Anteproyecto de Ley introduce la transposición de ambas Directivas en un único artículo, que tiene como puntos fundamentales los siguientes:

  • En el ámbito de la información y consulta de los trabajadores:
  • La inclusión expresa del derecho de información y consulta de los trabajadores entre los derechos básicos de los mismos;
  • La definición de estos conceptos;
  • La reformulación de la legislación española en cuanto a algunas materias objeto de información o de consulta, como sucede con la consulta sobre la evolución futura del empleo en la empresa o centro de trabajo y las medidas preventivas al respecto;
  • La clarificación del contenido o modos de ejercicio de estos derechos para reducir los litigios jurisdiccionales existentes;
  • La remisión a la negociación colectiva para la definición de las modalidades prácticas de la información y la consulta;
  • Y, finalmente, la reformulación del régimen jurídico del sigilo profesional, con la incorporación la posibilidad de secreto, en términos mucho más precisos y desarrollados que los actuales, incluyendo la regulación de los posibles recursos administrativos o judiciales en esta materia.
  • En el ámbito de la protección de los trabajadores ante situaciones de insolvencia del empresario:
  • Inclusión del aspecto de transnacionalidad en la protección de los derechos de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario con centros de trabajo en varios Estados miembros, determinando la institución de garantía competente, junto a los mecanismos de cooperación y colaboración necesarios para hacer eficaz la protección en dicho supuesto.

Al mismo tiempo, se aprovecha la reforma del Estatuto para adecuar la normativa laboral a la Ley Concursal y reducir los múltiples procedimientos concursales en las declaraciones de insolvencia y, en consecuencia, a la intervención del FOGASA. En este sentido, se suprime la referencia a la suspensión de pagos, a la quiebra y al concurso de acreedores.


Medio Ambiente

 

GARANTIZADAS MEDIDAS CON AGUA DESALADA Y AGUAS SUBTERRÁNEAS PARA ABASTECIMIENTO A MURCIA Y ALICANTE

  • La Ley del Plan Hidrológico Nacional prohíbe trasvasar agua a la cuenca del Segura ante el nivel actual de los pantanos de la cabecera del Tajo ( 240 hm³)
  • El Gobierno evita las restricciones en el abastecimiento a pesar de la gravísima sequía, con la inversión de alrededor de 600 millones de euros en actuaciones de emergencia y acelerando la puesta en marcha de las plantas desalinizadoras
  • Por primera vez desde el inicio del funcionamiento del Trasvase Tajo-Segura, a principios de los años 80, el abastecimiento en Murcia y Alicante se garantizará sin recurrir a dicho trasvase.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Medio Ambiente las medidas de este Ministerio para garantizar el abastecimiento a toda la población atendida por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla (2,5 millones de personas de 79 municipios de Murcia y Alicante), ante la imposibilidad legal de autorizar, en estos momentos, un trasvase desde la cabecera del Tajo, cuyos embalses se sitúan hoy en 240,9 hm³.

La Ley del Plan Hidrológico Nacional de 2001 estableció el límite de 240 hm3 por debajo del cual está prohibido trasvasar agua, con objeto de poder atender las necesidades a de la cuenca del Tajo.

El plan de abastecimiento a la población servida por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, sin aguas procedentes del Acueducto Tajo-Segura en el trimestre octubre-diciembre de 2006, se describe en el siguiente cuadro:

Tabla Distribución Agua


Por primera vez desde el inicio del funcionamiento del Trasvase Tajo-Segura, a principios de los años 80, el abastecimiento en Murcia y Alicante se garantizará sin recurrir a dicho trasvase. Ello es posible gracias a la puesta en funcionamiento, a principios de 2006, de las desalinizadoras de San Pedro del Pinatar I y la ampliación de la de Alicante. Ambas suponen 30 hm³ de producción anual y han permitido aliviar los efectos de la sequía y evitar restricciones durante el año más seco de la historia de España. Actualmente acaba de comenzar a funcionar la planta desalinizadora de San Pedro del Pinatar II (24 hm3), están finalizando las obras de la planta de Valdelentisco (57 hm³), y asimismo, se encuentra en ejecución muy avanzada la planta de Alicante II (24 hm3).

Toda esta serie de actuaciones, contempladas dentro del Programa A.G.U.A. desarrollado por el Gobierno, servirán para minimizar el impacto de la sequía en el consumo humano para el próximo año hidrológico 2006-2007. Además, la Confederación Hidrográfica del Segura ya ha realizado veinticuatro sondeos, de los cuales diecisiete están actualmente en explotación, tres en ejecución avanzada y cuatro en prospección.

Inversión de seiscientos millones

Desde el inicio de la sequía el Gobierno ha invertido alrededor de seiscientos millones de euros en actuaciones de urgencia y emergencia, ha acelerado la puesta en funcionamiento de las plantas desalinizadoras previstas en el Programa A.G.U.A. y ha adoptado numerosas medidas de gestión, con lo cual se han evitado las restricciones en las ciudades en lo que es ya el periodo más grave de sequía registrado en España.

Tras el análisis de la situación prevista para este otoño, así como las medidas puestas en marcha desde el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno quiere transmitir un mensaje de tranquilidad a los ciudadanos de cara a este primer trimestre del año hidrológico, reiterando la necesidad de extremar un comportamiento responsable en el comportamiento del agua.

Por último, el Gobierno reitera su compromiso y agradecimiento a todos los ciudadanos afectados por la sequía, y en especial con el sector agrario que es que el mayor esfuerzo está soportando en esta situación.


Administraciones Públicas

 

INFORME SOBRE LAS RETRIBUCIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS 2007-2009

  • 2,5 millones de funcionarios ganarán, como mínimo, un 3 por 100 más.
  • El incremento de las retribuciones para los empleados de la Administración General del Estado asciende al 3,8 por 100.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Administraciones Públicas sobre las medidas adoptadas en la actual legislatura para dignificar el trabajo de los empleados públicos y que han supuesto una importante revalorización del papel de lo público y de los trabajadores del sector.

El documento resalta las actuaciones referidas a la mejora en las retribuciones de los empleados públicos en 2007, que será del 2 por 100, más otro 1 por 100 destinado a incorporar el complemento específico a las pagas extraordinarias.

Ese incremento es fruto de lo acordado entre la Administración y los Sindicatos de la Función Pública el miércoles pasado. En ese documento se fijan, por primera vez, las condiciones salariales de los funcionarios para un periodo de tres años. Con ello, se completan las medidas desarrolladas desde la firma del Acuerdo General sobre Diálogo Social en la Administración Pública, en septiembre de 2004, entre las que cabe destacar el Plan Concilia, las mejoras en el acceso al empleo público de las personas con discapacidad o las relativas a la protección contra la violencia de género de las empleadas públicas.

Mesa General de Negociación

La excepcionalidad del Acuerdo se ve reforzada por el hecho de que se ha alcanzado en el marco de una nueva Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas en la que, también por primera vez, se han visto representadas las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias.

De esta manera, las retribuciones de los 2,5 millones de empleados públicos de todas las Administraciones experimentarán un incremento del 3 por 100, distribuido de la siguiente forma: un aumento del 2 por 100 en todos los conceptos retributivos de carácter fijo y periódico y en los créditos que financian los incentivos al rendimiento, y un 1 por 100 adicional destinado al incremento de las pagas extraordinarias.

El Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año de vigencia del Acuerdo incluirá la previsión de este incremento del 1 por 100 anual de la masa salarial destinado a este fin, de forma que, al final del periodo de vigencia del Acuerdo, se habrá alcanzado la incorporación del 100 por 100 de complemento específico a las pagas extraordinarias.

Con ello quedará culminado el compromiso del Gobierno de completar las pagas extraordinarias de los funcionarios hasta igualarlas al importe de la nómina mensual, con los que los empleados públicos quedarán definitivamente equiparados al resto de los trabajadores.

El pacto, que sigue el camino de mejora del poder adquisitivo de los funcionarios comenzado hace dos ejercicios, se sumará al incremento que cada Administración negocie con sus respectivos interlocutores sociales.

Administración General del Estado

Adicionalmente, y para 2007, se ha acordado un incremento adicional del 0,8 por 100 de la masa salarial en la Administración General del Estado, distribuido en una aportación del 0,5 por 100 al Plan de Pensiones y del 0,3 por 100 a la adopción de medidas destinadas a la mejora de resultados e incremento de la eficacia de los servicios públicos, así como a la mejora de las condiciones de trabajo y profesionalización de los empleados.

En definitiva, el incremento de las retribuciones para los empleados de la AGE en 2007 asciende a 3,8 por 100.

Convenio del personal laboral

La firma del Acuerdo citado fue precedida por la aprobación de otro relevante pacto con los sindicatos de la Función Pública relativo al personal laboral.

El 12 de septiembre de 2006 se aprobó el II Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, que fija un incremento medio de retribuciones del 19 por 100 en un periodo de cuatro años (2005-2008) para un colectivo de más de 61.000 empleados públicos, que representa al 75 por 100 del personal laboral que presta sus servicios en la Administración General del Estado.

Además de la actualización del texto del primer Convenio Único mediante la incorporación al mismo del Acuerdo de Racionalización de Complementos, se establece una nueva tabla salarial para 2005 y la tabla salarial para 2008, en virtud de lo cual se produce una importante mejora para los trabajadores, en especial para los niveles más bajos, de forma que los salarios mínimos llegarán, al final del periodo, a casi mil euros mensuales.

Tabla Incremento Sueldo Funcionarios


Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

 

4.500.000 EUROS A LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito por importe de 4.500.000 euros a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

Las condiciones financieras serán de cuarenta años de plazo total de amortización, incluyendo veintiséis años de gracia, a un tipo de interés anual del 0,1 por 100, con vencimientos semestrales.

Los recursos de este crédito serán destinados a:

  • Financiación del plan Iberoamericano de Alfabetización (2.000.000 euros).
  • Financiación del Espacio Iberoamericano del Conocimiento (1.500.000 euros).
  • Pacto Iberoamericano por la Educación (1.000.000 euros).

Se designa al Instituto de Crédito Oficial como Agente Financiero para la instrumentación del Crédito con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), en orden a la negociación, firma y ejecución del Convenio y de los documentos que, a tales efectos, sean necesarios o convenientes.


Sanidad y Consumo

 

NUEVA COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO INTERMINISTERIAL PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS

El Consejo de Ministros un Real Decreto por el que se determina la nueva composición y estructura del Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas, con el fin de adaptarla a la nueva realidad del fenómeno de las drogas y a la organización actual de la Administración General del Estado.

Este órgano interministerial, en el que participan todos aquellos Departamentos implicados en el fenómeno de las drogas, está encargado de adoptar y, en su caso, proponer al Gobierno, medidas y actuaciones en materia de drogodependencias, cuya competencia corresponde al Estado. Fue creado por Real Decreto en septiembre de 1985, en aplicación del Plan Nacional sobre Drogas y, desde entonces, su composición se ha ampliado sucesivamente con la incorporación de nuevos Departamentos ministeriales, en función de la dinámica experimentada por el consumo y tráfico de drogas en nuestro país.

El Real Decreto otorga la presidencia del Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas al Ministerio de Sanidad y Consumo, dada la adscripción desde el inicio de esta legislatura de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas a este Departamento, en una clara muestra de la voluntad del Gobierno de tratar el tema de la drogadicción con una perspectiva fundamentalmente socio-sanitaria. Asimismo, incorpora al Secretario General de Sanidad a este órgano colegiado, cuya presencia en el mismo ha sido solicitada por la propia Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas.

La participación del Secretario General de Sanidad en este Grupo Interministerial permitirá estrechar la colaboración de este organismo con el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y con su Comisión Delegada, órganos de los que el Secretario General de Sanidad es Secretario y Presidente, respectivamente.

Otros Ministerios

A este grupo se incorporan también el Ministro de Administraciones Públicas, de cuyo Departamento dependen la coordinación de la Administración General del Estado en todo el territorio nacional, los laboratorios de análisis de droga incautada y las unidades de recepción, custodia y destrucción de la misma; así como el Ministro de Asuntos Exteriores, habida cuenta de que el fenómeno de las drogas hoy día es transnacional. Por su parte, la presencia del Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior supone reforzar la colaboración entre el Plan Nacional sobre Drogas y los dispositivos de lucha contra la droga que dependen de Interior.

Así, el Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas queda integrado por los Ministros de Sanidad y Consumo, Interior, Justicia, Educación y Ciencia, Trabajo y Asuntos Sociales, Administraciones Públicas y Asuntos Exteriores; por los Secretarios de Estado de Seguridad (Ministerio del Interior), Hacienda y Presupuestos y Economía (Ministerio de Economía y Hacienda), Relaciones con las Cortes (Ministerio de la Presidencia), y por el Secretario General de Sanidad. Por su parte, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas continúa ostentando la Secretaría del Grupo Interministerial, con voz pero sin voto.

Por otro lado, en cada uno de los Ministerios representados en este Grupo, además del Ministerio de Defensa, se nombrará a un coordinador interno, con rango de Subdirector General o asimilado.


Interior

 

CONVENIO CON ASTURIAS PARA CONSERVACIÓN Y MEJORA DE ACUARTELAMIENTOS DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias por el que se comprometen conjuntamente a aportar un total de 1.800.000 euros durante los ejercicios 2006, 2007 y 2008 con el objeto de rehabilitar los Acuartelamientos de la Guardia Civil en Asturias.

Esta aportación será paritaria, de tal manera que el Ministerio del Interior aportará 900.000 euros durante este período, a razón de 300.000 euros por ejercicio, con cargo a los Presupuestos de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aportará los 900.000 euros restantes con la misma distribución anual que el Ministerio del Interior y con cargo a su Presupuesto.

Además, está previsto la creación de una Comisión Mixta General, de composición paritaria entre las partes, presidida por la Consejera de la Presidencia de la Administración Autonómica, que determinará las actuaciones concretas que serán financiadas con cargo al presente Convenio.

Con este convenio, el Ministerio del Interior continúa su labor de mejora de las infraestructuras de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para prestar un mejor servicio a los ciudadanos en la lucha contra la delincuencia.


Interior

 

OBRAS DE EMERGENCIA EN EL CENTRO DE EXTRANJEROS DE EL MATORRAL, EN FUERTEVENTURA

El Ministerio del Interior ha dado cuenta al Consejo de Ministros de la Resolución del Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad por la que se declararon de emergencia las obras necesarias para establecer una nueva red de saneamiento en el Centro de Internamiento de Extranjeros de El Matorral en Fuerteventura.

El importe estimado de estas obras asciende a 230.000 euros, de los cuales 200.000 euros corresponden a la ejecución de las obras y 30.000 euros a la asistencia técnica necesaria para la ejecución de las mismas, que se financiarán con cargo a los créditos de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Ceuta y Melilla

Además, el Ministerio del Interior ha dado cuenta también al Consejo de Ministros de dos Resoluciones del Secretario de Estado de Seguridad por las que se declararon de emergencia las obras de mejora de la seguridad de los perímetros fronterizos de Ceuta y Melilla.

Se trata de mejoras en puestos fronterizos y en la Comisaría de Melilla, así como de la finalización del proceso de instalación de una sirga tridimensional en el perímetro de Melilla. El importe estimado de estas obras asciende a 8.172.689 euros, que se financiarán con cargo a los créditos de la Secretaría de Estado de Seguridad.


Presidencia

 

REGLAMENTOS DE LA EXPO ZARAGOZA 2008

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se da cuenta al Gobierno del Reglamento General, los Reglamentos Especiales y el Contrato de Participación de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008.

El 10 de junio de 2005 el Consejo de Ministros aprobó un Acuerdo por el que se solicitaba el reconocimiento de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008 por parte de la Oficina Internacional de Exposiciones (OIE), a la vez que se aprobaba el documento de garantía de indemnizaciones y se autorizaba la documentación presentada con dicha solicitud. Esta documentación constaba de un Reglamento General, unos Reglamentos especiales núm. 1 y núm. 2 y un contrato de participación.

La Sociedad Estatal "Expoagua Zaragoza 2008, S.A." sometió esta demanda de reconocimiento ante la OIE. Su Asamblea General, con fecha 1 de diciembre de 2005, procedió a dicho reconocimiento y se aprobaron los Reglamentos y la documentación presentados, con una serie de modificaciones.

Estas modificaciones han sido aprobadas por la Sociedad Estatal "Expoagua Zaragoza 2008, S.A." y ahora, a iniciativa del Comisario de la Exposición, se ha dado cuenta al Consejo de Ministros, para su conocimiento, de las modificaciones, que no alteran el contenido normativo sustantivo ni generan nuevos derechos y obligaciones.

La documentación consta de:

  • Reglamento General de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008, donde se establece las disposiciones para la organización general de la misma. Regula, entre otros aspectos, las autoridades gubernamentales; derechos y obligaciones de los participantes oficiales, condiciones generales de participación, emplazamientos; instalaciones y costes; actividades comerciales; disposiciones aduaneras y de seguridad; propiedad intelectual e industrial; premios; concesionarios e indemnizaciones en caso de cancelaciones.
  • Reglamento especial número 1 relativo a la definición del tema de la exposición y a los medios para expresarlo por parte de la organizadora y de los participantes.
  • Reglamento especial número 2 relativo a las de los Estados, las organizaciones internacionales y los expositores privados.
  • Contrato modelo de participación donde se regulan las relaciones entre la organizadora y los participantes.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

NORMAS DE CALIDAD PARA QUESOS Y QUESOS FUNDIDOS ELABORADOS EN ESPAÑA

  • En las denominaciones se tendrán en cuenta factores como el origen de la leche, su maduración, el contenido en grasa, sus ingredientes y calidad y los aditivos autorizados.

El Consejo de Ministros ha aprobado las normas de calidad para quesos y quesos fundidos elaborados en España que estén destinados a su comercialización.

Deberán ajustarse a la nueva normativa todos los quesos elaborados en España, incluso los que utilicen el nombre de alguna variedad de queso española o extranjera. No obstante, en los quesos amparados por Denominaciones de Origen Protegidas o Indicaciones Geográficas Protegidas prevalecerán las características establecidas en su norma específica.

En el texto se dispone una definición de queso por la que se entiende que es "el producto fresco o madurado, sólido o semisólido, obtenido de la leche total o parcialmente desnatada, de la nata, del suero de mantequilla o de una mezcla de alguno o de todos estos productos".

En cuanto a las denominaciones de "queso", los productos objeto de esta norma utilizarán la palabra "Queso" y se completarán dependiendo de varios factores: el origen de la leche, su maduración, sus factores esenciales de composición y calidad y los aditivos autorizados.

Quesos fundido

Por otro lado, el Real Decreto también define queso fundido, que es "el producto obtenido por molturación, mezcla, fusión y emulsión, de una o más variedades de queso con o sin adición de leche, productos lácteos y otros productos alimenticios".

La denominación "queso fundido" queda reservada al producto que contenga un extracto seco total de mínimo del 35 por 100 masa/masa y podrá completarse de acuerdo con su contenido en grasa, el nombre de una variedad de queso, siempre que ésta constituya el 50 por 100 de las materias primas, según los factores esenciales de composición y calidad, y los aditivos autorizados.

La expresión "para untar" o "para extender" también podrán formar parte de la denominación, siempre que el queso fundido se destine a este fin.

Ámbito de aplicación

Este Real Decreto se aplica sin perjuicio de las normas sanitarias y otras disposiciones específicas que afecten a la producción y comercialización de los quesos y quesos fundidos.

Además, no se aplicará a los quesos y quesos fundidos legalmente fabricados o comercializados en los otros Estados miembros de la Unión Europea ni a los productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Turquía.

Este Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado; sin embargo, los productos que no se ajusten a lo dispuesto en él podrán seguir comercializándose durante los seis meses siguientes a la fecha de publicación siempre que cumplan con las condiciones anteriores.

En la elaboración de este Real Decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados, habiendo emitido informe favorable la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.


Medio Ambiente

 

MODIFICADO EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA DE ENCISO (LA RIOJA)

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del proyecto de construcción de la presa de Enciso para la regulación del río Cidacos (La Rioja). El Ministerio de Medio Ambiente, una vez sometido el proyecto a información pública, aprobó esta modificación por un presupuesto de 61.529.989 euros.

Este proyecto responde a los principios del Programa A.G.U.A. (Actuaciones para la Gestión y la Utilización del Agua) del Ministerio de Medio Ambiente, que incluye proyectos de mejora de gestión y del suministro de agua acordes con las necesidades existentes y futuras ligadas al desarrollo de los territorios de forma sostenible en términos económicos, sociales y ambientales.

Las modificaciones propuestas consisten, esencialmente, en las siguientes:

  • Modificaciones derivadas de la adaptación al nuevo Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses y a la nueva Normativa E H E de Hormigón Estructural.
  • Variación de la procedencia de los áridos al comprobarse que los procedentes de la cantera YR-7 no son aptos por su mala calidad. Se utilizará la cantera de Antoñanzas por resultar la mas optima por cantidad y calidad de los áridos, lo que produce un incremento adicional de precio debido al transporte de los áridos desde la nueva cantera y un aumento del precio del metro cúbico de hormigón por el acopio intermedio de los áridos.
  • Modificaciones debidas a las nuevas vías de comunicación.
  • Variaciones motivadas por el cambio de las características del hormigón del cuerpo de presa y del proceso de su puerta en obra, con sustitución del hormigón.
  • Cambio de ubicación de la galería perimetral en el cuerpo de presa, situándola fuera del cimiento.
  • Cambio del diseño del aliviadero, con construcción escalonada coincidiendo con los escalones del cuerpo de presa.
  • Ejecución de juntas intermedias cortadas entre las de los bloques.
  • Mejoras en la auscultación de la presa.
  • Construcción de una ataguía para cubrir las necesidades de agua en la obra, garantizando el aporte necesario durante la construcción.
  • Modificación de los órganos de desagüe de fondo que se alojarán en la ladera derecha.
  • Cambios en el cuenco amortiguador, reduciendo sus dimensiones.
  • Eliminación del montacargas previsto.
  • Cambio del sistema de excavación del cimiento de la presa, mediante voladura controlada y el empleo de medios mecánicos en los dos últimos metros de la excavación.
  • Inclusión de ciertas diferencias en algunas mediciones.


Medio Ambiente

 

27 MILLONES PARA ACTUACIONES DE REGENERACIÓN AMBIENTAL EN EL RÍO LLOBREGAT

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para desarrollar actuaciones de mejora y regeneración ambiental en el río Llobregat, que contarán con un presupuesto total de veintisiete millones de euros.

El Ministerio de Medio Ambiente y la Generalitat de Cataluña firmarán un convenio de colaboración para realizar las actuaciones de regeneración ambiental previstas en el Llobregat, incluido su Delta.

El presupuesto se distribuirá en tres anualidades, de 2006 a 2008, con el reparto presupuestario que se detalla en el cuadro:

Tabla Distribución Anualidades


Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

OBRAS EN LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN BAGDAD

El Consejo de Ministros ha tenido razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de seguridad, acondicionamiento y ampliación de los edificios destinados a cancillería y residencia de la Embajada de España en Bagdad.

El objetivo es concentrar en un solo edificio los servicios de la Cancillería de la Embajada de España en Bagdad y el alojamiento del personal español de la Embajada y otros Organismos dependientes de la misma. El inmueble alquilado está situado al lado de la República del Embajador.

La instalación en el nuevo inmueble exige la ejecución de obras de seguridad, acondicionamiento y ampliación del edificio de Cancillería y Residencia, para lo que se dispuso un libramiento de fondos que ascendió a 1.513.564,70 dólares, que equivalen a 1.175.219,11 euros.


Economía y Hacienda

 

NO SE MODIFICA LA VIGENCIA DEL MODELO DE ACCESO A LAS INFRAESTRUCTURAS DE ABERTIS TELECOM EN CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha acordado no modificar la vigencia del modelo de acceso a las infraestructuras de Abertis Telecom en Cataluña, prevista en el Acuerdo de noviembre de 2003, tal y como solicitaba la compañía de telecomunicaciones.

El Consejo de Ministros tan sólo ha acordado acortar el plazo de la condición relativa a la separación jurídica de las sociedades en que se residencian las redes de Abertis en Cataluña, ya que queda superada por la obligación de separación de cuentas que se impone al operador con poder significativo de mercado en la reciente regulación sectorial.

El Acuerdo de noviembre de 2003 dispuso un modelo de acceso a las dos redes de transmisión de señal de televisión existentes en Cataluña que pasaban a estar controladas por Abertis como consecuencia de la operación de concentración entre Abertis y Retevisión I. En dicho Acuerdo se establecía que Abertis debía desprenderse del derecho de decidir con respecto al acceso a las mismas por terceros operadores. Así, la compañía de telecomunicaciones no podría denegar el acceso sin el consentimiento previo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, dicho acceso debería producirse con precios orientados a costes y tales precios deberían ser públicos. Se exigía, además la separación jurídica de las redes de Abertis en Cataluña.

En febrero de 2006 la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones adoptó una Resolución por la que regulaba el mercado de transmisión de señales de televisión e imponía a Abertis ciertas obligaciones tendentes a garantizar el acceso de terceros a su red nacional, con precios orientados a costes y sin exigir separación jurídica alguna. Sin embargo, estas obligaciones, al contrario que las contenidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de noviembre de 2003, no contemplan ni la publicación de una tarifa de referencia, ni la necesidad del consentimiento previo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para negar el acceso a terceros a la red de Abertis.

Petición de Abertis

Abertis Telecom ha estimado que esta nueva regulación le permite acogerse al supuesto de modificación del plazo de vigencia de las condiciones impuestas en el Acuerdo de noviembre de 2003 y solicita la modificación del plazo de vigencia de las condiciones recogidas en dicho Acuerdo.


El Tribunal de Defensa de la Competencia señala que las diferencias entre las condiciones del Acuerdo de 2003 y la Resolución de la Comisión de 2006 son necesarias para permitir la competencia de terceros operadores e informa desfavorablemente acerca de la solicitud de Abertis.

En consecuencia, en línea con el Tribunal, el presente Acuerdo no estima pertinente modificar la vigencia del modelo de acceso a las infraestructuras de Abertis Telecom en Cataluña previsto en el Acuerdo de noviembre de 2003.

Por último, el Acuerdo introduce un mecanismo que permite la eliminación de duplicidades en las obligaciones impuestas a Abertis en materia de contabilidad de costes en el marco de la regulación sectorial y del control de concentraciones.


Economía y Hacienda

 

DISTRIBUCIÓN DEL RESULTADO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES EN 2005

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) durante el ejercicio de 2005 que asciende a 24.457.738,55 euros, según lo establecido en la Ley del Mercado de Valores. De esta cantidad le corresponden al Estado 12.682.331,36 euros, mientras que las restantes 11.775.407,19 euros se destinan a la Reserva Especial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

ACUERDO PARA PONER A DISPOSICIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA LAS IMÁGENES DEL SATÉLITO HELIOS II

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España, la República Francesa, el Reino de Bélgica, la República Italiana y la Unión Europea, relativo a la puesta a disposición de la Unión Europea de la imágenes de Helios II, así como su aplicación provisional.

El sistema HELIOS II es un sistema de observación militar europeo, en el que participan Francia, Bélgica, Italia y España. Originariamente, se trató de una iniciativa franco-belga, a la que se unieron España en 2001 e Italia en 2005.

La Unión Europea, en apoyo del proceso de toma de decisión en el ámbito de la Política Exterior y de Seguridad Común, tiene interés en acceder a los productos de imagen de HELIOS II. En consecuencia, los Ministros de Defensa participantes y el Secretario General del Consejo de Unión Europea, Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, han elaborado un Acuerdo que está previsto firmar con ocasión de la reunión informal de los Ministros de Defensa europeos, que se celebrará en Helsinki los próximos días 2 y 3 de octubre.

El objeto del Acuerdo es determinar y articular las condiciones (cantidad, modo, plazos, etc.) en que se van a poner a disposición de la Unión Europea las imágenes del sistema Helios II y los productos elaborados a partir de éste, garantizando al mismo tiempo el respeto a los principios fundamentales siguientes: proteger las prestaciones del sistema Helios II y seguir controlando la difusión de las imágenes Helios II.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

ACUERDO CON FRANCIA SOBRE LA OFICINA DE CONTROLES NACIONALES DE BIRIATOU

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Francia relativo a la Oficina de controles nacionales yuxtapuestos de Biriatou.

El 7 de julio de 1965 se celebró el Convenio relativo a las Oficinas de Controles Nacionales Yuxtapuestos en la frontera geográfica entre España y Francia. El objetivo era regular las ubicaciones exactas de las oficinas administrativas que ambos Estados despliegan en la frontera, pues las ubicaciones están condicionadas por las infraestructuras (carreteras, vías de ferrocarril), lo que supone que oficinas francesas y españolas se sitúen en ocasiones dentro del otro país, lo que se reguló mediante el citado Convenio.

El 18 de junio de 1978 España y Francia hicieron uso de tal base jurídica para regular el emplazamiento del puesto fronterizo de Biriatou al paso de la autopista A63 entre España y Francia. Actualmente, reformas y modificaciones en esa autopista aconsejan modificar de nuevo la ubicación de los controles de peaje y de la Oficina de Controles Nacionales Yuxtapuestos, que se ha desplazado 125 metros hacia el territorio español en la autopista A63 entre España y Francia.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

NOMBRADOS LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES AGROALIMENTARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se nombra los miembros del Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, en el que tienen cabida representantes de las diferentes administraciones, así como de organizaciones vinculadas con el sector y de los consumidores.

En representación de la Administración General del Estado, figuran los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Economía y Hacienda, de Sanidad y Consumo, y de Educación y Ciencia. Por parte de las Comunidades Autónomas se encuentran las de Andalucía, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña y Galicia. En cuanto a las organizaciones profesionales agrarias están la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores, la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, y la Unión de Pequeños Agricultores, mientras que la Confederación de Cooperativas Agrarias de España representará a las cooperativas agrarias.

La representación de las organizaciones pesqueras estará a cargo de la Asociación Española de Importadores Mayoristas de Alimentos del Mar, de la Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas de Pescados y Mariscos, de la Organización Nacional de Asociaciones Pesqueras y de la Asociación Empresarial de Productores de Cultivos Marinos. Por su parte, la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas y el Comité de Gestión de Cítricos representarán a la industria y al comercio agroalimentario, mientras que la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes lo hará por el Consejo de Consumidores y Usuarios.


Sanidad y Consumo

 

CONVENIO PARA EL II ESTUDIO NACIONAL SOBRE EFECTOS ADVERSOS

  • El estudio permitirá profundizar en el análisis de los efectos adversos ligados a la hospitalización, estimar su incidencia por grupos relacionados con el diagnóstico y conocer la situación de los efectos adversos en Atención Primaria

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Universidad Miguel Hernández de Elche, para la realización del II Estudio Nacional sobre Efectos Adversos ligados a la atención sanitaria. El Ministerio aportará 155.000 euros a la financiación del convenio que tendrá carácter plurianual y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2007.

El registro de acontecimientos adversos constituye uno de los elementos básicos de la infraestructura de calidad del Sistema Nacional de Salud. Su existencia permite obtener información sobre aquellas prácticas que hayan resultado un problema potencial de seguridad para el paciente. El estudio contrastado de esta información y su posterior tratamiento se convierten en una valiosa herramienta de trabajo para profesionales y gestores sanitarios a la hora de reducir o evitar los efectos adversos ligados a la atención sanitaria. De acuerdo con las conclusiones del primer estudio ENEAS (Estudio Nacional de Efectos Adversos), un 8,4por 100 de los pacientes ingresados presenta algún efecto adverso, resultado semejante al que arrojan otros estudios similares en países como Reino Unido, Francia, Dinamarca o Canadá.

La realización del II Estudio Nacional sobre Efectos Adversos permitirá continuar con el trabajo sobre los efectos adversos ligados a la hospitalización y profundizar en el análisis de la relación entre las características del paciente y la probabilidad de aparición de efectos adversos. Además, el segundo estudio ENEAS abordará la incidencia de efectos adversos por grupos relacionados con el diagnóstico y la situación de los efectos adversos en Atención Primaria.

De hecho, los objetivos específicos del estudio, que estará dirigido por el Departamento de Salud Pública de la Universidad Miguel Hernández, se dividen en dos grandes áreas: asistencia hospitalaria y atención primaria.

Una aplicación web para la asistencia sanitaria

Según los resultados del primer estudio ENEAS, las tres causas básicas de efectos adversos en los hospitales se relacionan con el uso de los medicamentos (37,4 por 100), con las infecciones hospitalarias (25,3 por 100) y con la aplicación de procedimientos quirúrgicos (25 por 100). El estudio estima asimismo que un 42,8 por 100 de los efectos adversos son evitables.

En lo que respecta a la asistencia hospitalaria, el segundo estudio ENEAS se propone los siguientes objetivos específicos: determinar los grupos relacionados con diagnóstico que acumulan más efectos adversos; identificar los grupos clave para monitorizar la seguridad clínica del paciente; adecuar los formularios y la base de datos ENEAS para la evaluación de rutina de efectos adversos en el medio hospitalario; diseñar un sistema de vigilancia y control, con tecnología web, para el estudio de los efectos adversos relacionados con la asistencia hospitalaria "on line"; y ampliar la cultura de investigación de los profesionales con la difusión de la metodología de análisis del estudio ENEAS.

Frente a la versión descentralizada del sistema desarrollada hasta el momento, la aplicación web mejorará la gestión de los usuarios, simplificará las actualizaciones, y agilizará el control y la gestión de la información en una base de datos central. Además, esta aplicación supondrá una mejora cualitativa del sistema, al que se podrá acceder de forma sencilla a través de un navegador y una conexión a Internet.

Un sistema piloto de registro en atención primaria

En lo que respecta al área de Atención Primaria, el segundo estudio ENEAS pretende conocer las barreras de los profesionales de esta especialidad frente a la seguridad clínica del paciente. Además, se acometerá la implantación de un sistema piloto de notificación y registro de efectos adversos en Atención Primaria y se seleccionarán los efectos adversos clave para el estudio y el análisis de sus causas profundas.

Para el formulario de notificación y registro se diseñará una aplicación informática y se realizarán registros durante una semana de cada trimestre natural para completar un año controlando la estacionalidad.


Sanidad y Consumo

 

CONVENIO PARA PROMOVER Y MEJORAR LA SEGURIDAD DEL USO DE LOS MEDICAMENTOS EN HOSPITALES

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio plurianual de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Universidad de Salamanca para la realización de actividades relativas a la mejora de la seguridad del uso de los medicamentos en los hospitales españoles. El Ministerio de Sanidad y Consumo realizará una aportación a la Universidad por un importe de 139.200 euros para los ejercicios 2006 y 2007. En 2006 habrá un primer pago de 45.000 euros y, en 2007, los otros dos de 45.000 y 49.200 euros, respectivamente.

Este convenio, que se inscribe en el marco de las medidas previstas en el Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud, pretende mejorar la seguridad de los pacientes atendidos en los centros sanitarios. Para ello se fomentará el análisis de medidas preventivas de posibles errores asociados a un mal uso de los medicamentos, dado que este mal uso constituye una de las causas más frecuentes de efectos adversos, tanto en pacientes hospitalizados, como en el ámbito de la atención primaria.

El convenio se desarrollará en tres fases: elaboración de un cuestionario de evaluación, realización de un estudio de la situación de seguridad de los sistemas de utilización de los medicamentos en los hospitales españoles y preparación del material para implementar una práctica de mejora de la seguridad de los medicamentos de alto riesgo.

La Universidad de Salamanca cuenta con expertos de reconocido prestigio en este ámbito y con experiencia en la realización de informes similares a éste.


Sanidad y Consumo

 

LIMITADA LA CONCENTRACIÓN DE FTALATOS EN JUGUETES Y ARTÍCULOS DE PUERICULTURA

  • Esta norma está dirigida a aumentar la protección de la salud de los niños menores de tres años, que pueden estar expuestos a estos aditivos tóxicos al introducir en la boca los juguetes o artículos de puericultura en los que están presentes

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se limita definitivamente la concentración de seis tipos de ftalatos en juguetes y artículos de puericultura (DEHP, DBP, BBP, DINP, DIDP y DNOP), con el objetivo de proteger al máximo la salud de los niños, especialmente la de los más pequeños (hasta tres años).

Los ftalatos son aditivos, clasificados como sustancias tóxicas, utilizados en la fabricación de productos de material plastificado. En el caso de juguetes y artículos infantiles, estas sustancias podrían liberarse cuando los niños se introducen estos objetos en la boca.

Se entiende como artículo de puericultura, según la nueva norma, todo producto destinado a facilitar el sueño, la relajación, la higiene y la alimentación de los niños o su amamantamiento, como anillos de dentición, tetinas, sonajeros, etcétera.

Limitaciones de utilización

El uso de ftalatos ya estaba restringido desde 1999 por una Decisión de la Comisión Europea cuya validez se ha ido renovando hasta la publicación de la Directiva de 2005, que ahora se adapta al ordenamiento jurídico español y que garantiza la continuidad de la limitación. Esa Decisión europea de 1999 se había venido aplicando en España por Resoluciones del Instituto Nacional del Consumo de 1999, 2000 y 2001.

Con el nuevo Real Decreto ninguno de los seis ftalatos podrán tener una concentración superior al 0,1 por 100 en masa del material plastificado de los mencionados productos destinados a los niños. En tres de ellos (DEHP, DBP y BBP) esta limitación es aplicable a todos los juguetes y artículos de puericultura; en los otros tres (DINP, DIDP y DNOP) la limitación afecta a aquellos que puedan ser introducidos en la boca por los niños.

En consecuencia, no podrán comercializarse los juguetes y artículos de puericultura que contengan dichos ftalatos en concentraciones superiores a las especificadas.


Sanidad y Consumo

 

L A LYCRA INCORPORADA A LA LISTA DE LAS FIBRAS A INCLUIR EN EL ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se añade una nueva fibra, el elastomultiéster, denominación del tejido elástico conocido popularmente como lycra, a la lista de las que se deben incluir en el etiquetado de composición de los productos textiles.

La nueva norma incorpora al ordenamiento jurídico español una Directiva europea de enero de este año que modifica disposiciones anteriores para su adaptación al progreso técnico y tiene como objetivo aumentar la información que se facilita a los consumidores sobre los productos que adquieren.

El Real Decreto aprobado define el elastomultiéster como una fibra formada por la interacción de dos o más macromoléculas lineales químicamente distintas que, en las proporciones y proceso que determina la norma, y una vez sometida al tratamiento adecuado, adquiere la propiedad de que, cuando se estira hasta una vez y media su longitud y se suelta, recobra de forma rápida su longitud inicial.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

CONVENIO PARA UN ESTUDIO SOBRE VACUNACIÓN FRENTE A LA SALMONELOSIS EN GALLINAS PONEDORAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto Valenciano de investigaciones Agrarias, para la realización de un trabajo de investigación sobre la eficacia de la vacunación como herramienta de control y erradicación de la salmonelosis en ponedoras.

Este estudio tiene como objetivo disponer de datos sobre la eficacia de la vacunación preventiva como medida de lucha y erradicación de la enfermedad en las gallinas ponedoras, y para la reducción de los niveles de contaminación en huevos para consumo en fresco. Así se cumplen las obligaciones que, en materia de sanidad animal, impone la normativa vigente.

Para el desarrollo de las investigaciones, el Ministerio financiará los trabajos a desarrollar aportando 72.000 euros y facilitando toda la información y documentación disponible, de interés para la elaboración del estudio.

Por su parte, el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, que ya desarrolla programas de investigación dirigidos a identificar los factores de riesgo asociados con la presencia de salmonelosis en avicultura de puesta y carne para su control en granjas avícolas, llevará a cabo los trabajos de investigación previstos en el Convenio de Colaboración y aportará el personal investigador, las instalaciones y los equipos necesarios.

El Convenio, que estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2007, establece también la creación de una Comisión de Seguimiento, en la que habrá una representación del Ministerio y del Instituto Valenciano, cuya labor será analizar los resultados de las actuaciones llevadas a cabo, proponiendo medidas complementarias cuando estas sean necesarias.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

CONVENIO PARA UN OBSERVATORIO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS LEYES AGRARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado hoy un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación General de la Universidad de Valladolid, cuyo objetivo es la creación y funcionamiento de un observatorio para el seguimiento de las leyes agrarias. Los trabajos incluidos en este convenio de colaboración comprenden un período de cuatro ejercicios, desde 2006 a 2009. El compromiso económico asumido por el Ministerio es de 85.000 euros.

En dicho acuerdo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se compromete a elaborar y ejecutar el plan informático del Departamento, a gestionar la infraestructura técnica y de las comunicaciones que precisen los distintos órganos y unidades del departamento, y a participar en el desarrollo de las actividades del Observatorio, el cual deberá estar formado por profesionales conocedores del Derecho Agrario.

Por su parte, la Fundación General de la Universidad de Valladolid creará una página Web del Observatorio de leyes agrarias, facilitará al Ministerio los contenidos que precise para sus propios fines y llevará a cabo las labores administrativas, contables y financieras que se deriven del presente convenio.

Igualmente, aportará los medios materiales y personales necesarios para su desarrollo y suministrará periódicamente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la información que se obtenga del funcionamiento del Observatorio para su utilización en la Plataforma de Conocimiento del Sistema Agroalimentario y del Medio Rural.

La iniciativa de crear un Observatorio para el seguimiento de leyes agrarias se inserta en la creciente preocupación internacional. Los estudios de impacto normativo pretenden realizar una evaluación de las políticas legislativas durante su proceso de elaboración con objeto de anticipar sus efectos.


Educación y Ciencia

 

PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN DOS ESTUDIOS EDUCATIVOS DE LA OCDE

El Consejo de Ministros ha acordado abonar 22.000 euros a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en 2006 como cuota de participación en los estudios "Encuesta de profesores, enseñanza y aprendizaje" y "Mejora del liderazgo en los centros".

El proyecto "Encuesta de profesores, enseñanza y aprendizaje" tiene como objetivo principal contribuir a la elaboración de indicadores internacionales que ayuden a los países a desarrollar su política educativa respecto a los profesores y el proceso de enseñanza - aprendizaje. La encuesta se llevará a cabo a través de dos cuestionarios, uno dirigido a los profesores y otro a los directores de los centros y en ella toman parte alrededor de treinta países de la OCDE y asociados. La participación en este estudio, cuyo informe final se publicará en 2009, implica el abono de cuotas anuales hasta ese año. En 2006 España invertirá 12.000 euros.

El estudio "La mejora del liderazgo en los centros" plantea realizar una investigación que permita comprender los procesos de selección, formación, desarrollo de las capacidades y evolución profesional de los líderes de los centros educativos. El objetivo de este estudio es contribuir a proveer a las autoridades educativas de la suficiente información y análisis para desarrollar políticas de apoyo y desarrollo del liderazgo en los centros y así mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje. España abonará en el presente ejercicio 10.000 euros como cuota de participación.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

Directora General de Organismos Multilaterales Iberoamericanos

Dª ANUNCIADA FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA Y ALONSO-VIGUERA.

Nacida el 1 de abril de 1958 en Madrid, es Licenciada en Derecho e ingresó en 1983 en la Carrera Diplomática.

Ha sido Directora-Jefe de Medios de Comunicación en la Oficina de Información Diplomática, Vocal Asesora del Ministro de Cultura, Consejera Técnica y Jefa del Gabinete Técnico del Secretario General para las Comunidades Europeas y Directora de Actividades en la Secretaría General de la Casa de S.M. el Rey. En 2004 fue nombrada Subdirectora General de Programas y Convenios Culturales y Científicos, y actualmente era Embajadora en Misión Especial para las Cumbres Iberoamericanas y Asuntos Multilaterales de Iberoamérica.

Justicia

 

Fiscal Jefe de Sala de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal

de Drogas

D. JOSE RAMÓN NOREÑA SALTO.

Nacido el 25 de agosto de 1952, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1977 en la Carrera Fiscal. Ha estado destinado en las Fiscalías de Tarragona y Sevilla, y desde marzo de 1993 era Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

 

Teniente Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional

Dª MARIA DE LOS ÁNGELES SÁNCHEZ CONDE.

Nacida el 26 de diciembre de 1956, es Licencida en Derecho e ingresó en 1982 en la Carrera Fiscal. Ha estado destinada en las Fiscalías de Cádiz, Barcelona, León, Vizcaya y Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Desde 1997 era Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

 

Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

D. JESÚS MARÍA GARCÍA CALDERÓN.

Nacido el 10 de agosto de 1959, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1986 en la Carrera Fiscal. Ha estado destinado en las Fiscalías de Huelva, Sevilla y Lugo, donde fue Fiscal Jefe. Desde 2001 era Fiscal de la Fiscalía de Granada.

 


Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

D. MANUEL MARTÍN-GRANIZO SANTAMARÍA.

Nacido el 23 de junio de 1955, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1982 en la Carrera Fiscal. Ha estado destinado en las Fiscalías de Barcelona y Palencia, de cuya Audiencia Provincial es Fiscal Jefe desde 1991.

 

Fiscal Jefe de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

D. EMILIO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA.

Nacido el 11 de noviembre de 1958, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1984 en la Carrera Fiscal. Ha desarrollado toda su carrera en la Fiscalía de Albacete, donde se encontraba destinado en la actualidad.

Educación y Ciencia

 

Directora General de Política Tecnológica

Dª MARÍA DEL CARMEN ANDRADE PERDRIX.

Es Profesora de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas con destino en el Instituto de Ciencias de la Construcción "Eduardo Torroja", del que ha sido Directora durante más de diez años. En la actualidad es Vicegestora del Área de Promoción del Desarrollo Industrial del Programa de Ciencias y Tecnología para el Desarrollo (CYTED) e investigadora principal de un proyecto Consolider recientemente aprobado dentro del programa Ingenio 2010.

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