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Referencia del Consejo de Ministros

viernes, 22 de junio de 2007

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO LEY por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por las tormentas de lluvia, granizo y viento que han afectado en la segunda quincena del mes de mayo de 2007 a diversas Comunidades Autónomas.
  • REAL DECRETO sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.
  • REAL DECRETO por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de una cualificación profesional de la familia profesional fabricación mecánica.
  • REAL DECRETO por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional seguridad y medio ambiente.
  • REAL DECRETO por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional transporte y mantenimiento de vehículos.
  • ACUERDO sobre violencia de género.
  • ACUERDO por el que se establece un nuevo componente del complemento específico para la aplicación del artículo 27.uno.d) de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007, al profesorado de niveles universitarios que preste servicios en centros dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de contrato de transporte terrestre, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 7.277.240 euros en el presupuesto del Instituto de Salud Carlos III, para financiar programas de estabilización e intensificación de la investigación.

  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 2.103.542 euros en el presupuesto del organismo autónomo Parques Nacionales, para posibilitar la firma de un anexo al Convenio de colaboración entre la Fundación Biodiversidad y el organismo autónomo Parques Nacionales, para la conservación y rehabilitación de los valores culturales y naturales de la finca Raixa en el término municipal de Bunyola (Mallorca).
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del "Acuerdo de Sede, Privilegios e Inmunidades, entre el Reino de España y la Empresa Común Europea para ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión", así como su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas relativo al Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre transporte internacional de viajeros y mercancías por carretera.

Justicia

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Jefatura Central de Tráfico para contratar la producción, gestión y explotación del Centro Estatal de Tramitación de denuncias automáticas.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la red ferroviaria de interés general.

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Conservación del firme. Rehabilitación estructural de firme, Autovía A-62, p.k. 9 al 40, tramo: conexión ronda oeste de Burgos a límite provincial Palencia; autovía BU30, p.k. 4 al 9, tramo: nudo Landa a conexión ronda oeste de Burgos ", con un presupuesto de 12.372.717,89 euros, Burgos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo: Riudellots-c/ Joan Torró, longitud: 8,02 km", con un presupuesto de 107.802.778,42 euros, Girona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo Montcada-Mollet, longitud: 6,12 km", con un presupuesto de 51.458.862,56 euros, Barcelona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma y vía de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo túneles urbanos y estación de Girona, fase 1, longitud: 3,64 km", con un presupuesto de 388.822.174,25 euros, Girona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma y vía de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo Serriá de Ter-Santa Juliá de Ramis, longitud: 4,96 km", con un presupuesto de 116.979.541,77 euros, Girona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Ejecución del proyecto de construcción de plataforma y vía de la línea de alta velocidad entre Bobadilla y Granada, tramo Tocón-Valderrubio, longitud: 14,08 km", con un presupuesto de 97.142.915,60 euros, Granada.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Fomento, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., para la promoción de inversiones en la red de titularidad del Estado en base al Contrato-Programa entre la Administración General del Estado y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, 2007-2010.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se determina la estructura, composición, funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje.


Trabajo y Asuntos Sociales

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito, por importe de 1.352.616,38 dólares USA, a la República de Colombia para financiar una central hidroeléctrica, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución española al Comité del Acero de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para el año 2007.
  • INFORME sobre el plan de extensión de la telefonía móvil.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución española a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), para la participación en la primera Conferencia Técnica Internacional sobre recursos zoogenéticos para la agricultura.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan estratégico de la acuicultura española.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de acción internacional de la acuicultura española.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria por el Real Decreto 235/1985, de 6 de febrero, en materia de protección a la mujer.
  • REAL DECRETO por el que se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se declara la utilidad pública de la finca Islote de Insuiña, Ponte de San Paio, término municipal de Pontevedra.
  • ACUERDO por el que se impone al Canal de Isabel II una sanción por importe de 300.506,06 euros y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico, por un importe de 60.507 euros, por vertido de aguas residuales procedentes de la EDAR de Torrelaguna al arroyo Vaquerillo, término municipal de Torrelaguna (Madrid).

Sanidad y Consumo

ACUERDOS DE PERSONAL

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de Teniente General al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire D. JUAN ANTONIO DEL CASTILLO MASETE y se le nombra Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire.

Trabajo y Asuntos Sociales

  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Consejo Económico y Social en representación de las organizaciones sindicales a D. VALERIANO GÓMEZ SÁNCHEZ.


CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor VYTAUTAS ANTANAS DAMBRAVA, Ex Embajador de la República de Lituania en España.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. MARCO ANTONIO ROEL FERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. JOSÉ LUIS GÓMEZ APARISI.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. GABRIEL DÍAZ DE VILLEGAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. ÁNGEL VIEIRA DE LA IGLESIA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a D. TOMÁS LOZANO ESCRIBANO.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort a D. DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACA HERNÁNDEZ.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al Almirante del Cuerpo General de la Armada D. JOSÉ MARÍA TERÁN ELICES.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JUAN ENRIQUE APARICIO HERNANDEZ-LASTRAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. RAFAEL COMAS ABAD.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. RAMÓN MARTÍN-AMBROSIO MERINO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. TOMAS RIVERA MORENO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ALBERTO ASARTA CUEVAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ALFONSO DE LA ROSA MORENA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ÁNGEL PONTIJAS DEUS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JUAN ANTONIO ALVAREZ JIMENEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JUAN ROMERO SERRANO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada de Intendencia del Ejército de Tierra D. JOSÉ SANTIAGO MARTÍNEZ NASAR.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra D. JOSÉ LUIS FALCÓ CAPILLA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra D. FRANCISCO LÓPEZ PRIEGO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar D. MIGUEL ANGEL BAZACO RUIGÓMEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. MANUEL MARTÍN POSADILLO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad D. MANUEL RODRÍGUEZ SALAZAR.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. GONZALO JAR COUSELO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. JOSÉ RAMÓN TOSTÓN DE LA CALLE.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al Teniente General del Ejército de Tierra de Bélgica señor CHARLES-HENRI DELCOUR.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Ejército de Tierra de Italia señor GIANFRANCO DI LUZIO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Ejército de Tierra de Italia señor SEBASTIANO OTTAVIO GIANGRAVE.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco a D. JOSÉ LUIS GRAULLERA MICO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco a D. JAVIER UCEDA ANTOLÍN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada D. ENRIQUE PÉREZ RAMIREZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire D. ANTONIO CIEZA GONZÁLEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. RICARDO MARTÍNEZ GRANDE.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ CARRIÓN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. LUIS MARIA NUCHE DEL RIVERO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. CARLOS LUIS TORTOSA SAAVEDRA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. JOSÉ ANGEL PITA RODRIGO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de Infantería de Marina D. JUAN PARDO DE DONLEBÚN MONTESINO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. FRANCISCO JAVIER ARA CALLIZO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Ejército de Tierra Alemán señor PETER NAGEL.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a Dª CONCEPCIÓN ESCOBAR HERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. PAULINO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ-CORUGEDO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. JUAN GONZÁLEZ-CEBRIÁN TELLO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. GREGORIO PECES-BARBA MARTÍNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al Almirante del Cuerpo General de la Armada D. FERNANDO DEL POZO GARCÍA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JUAN MIGUEL MATEO CASTAÑEYRA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. BENITO FEDERICO RAGGIO CACHINERO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada, D. EMILIO JOSÉ NIETO MANSO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. MANUEL MESTRE BAREA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General Auditor del Consejo Jurídico Militar D. FRANCISCO JAVIER DE MENDOZA FERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, a D. FRANCISCO FERNÁNDEZ SAÍNZ.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Dª MARÍA DOLORS ABELLÓ PLANAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. FERNANDO TEJERINO GARCÍA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. JOSÉ SEGOVIA PÉREZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. JUAN ROJO ALAMINOS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. FRANCISCO MICHAVILA PITARCH.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. LUIS LÓPEZ GUERRA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. ALFREDO FIERRO BARDAJÍ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a la ORDEN DE LAS ESCUELAS PÍAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. ANTONIO EMBID IRUJO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Dª MARÍA ROSA DE LA CIERVA Y DE HOCES.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Dª JOSEFINA CASTILLVÍ PIULACHS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. JUAN JOSÉ BADIOLA DÍEZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo y Asuntos Sociales

 

ACCIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS PROPUESTAS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que adoptan acciones para dar cumplimiento a las propuestas aprobadas por unanimidad en el Congreso de los Diputados en materia de violencia de género.

En primer lugar, el Ministerio de Trabajo presentará próximamente al Consejo de Ministros un Informe sobre la magnitud y evolución del fenómeno de la violencia de género, con determinación de la efectividad de las medidas de protección acordada para las víctimas. Asimismo, convocará antes de que finalice el mes de julio conferencias sectoriales para coordinar con las Comunidades Autónomas, entre otras, medidas de mejora en la protección económica de las víctimas de violencia de género, planta de los juzgados de violencia contra la mujer, su acceso efectivo a las ayudas para la vivienda y un servicio único de información telefónica de atención y ayuda a las víctimas.

Plan de comunicación

Igualmente, se diseñará un plan de comunicación que incluya campañas de sensibilización sobre el fenómeno de la violencia de género y se elaborará un proyecto de código ético que propondrá a los medios de comunicación la promoción del tratamiento adecuado de la imagen de las mujeres y de la violencia que se ejerce sobre ellas.

La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia de Género diseñará y gestionará, por su lado, una base de datos que contenga el sistema de indicadores variables y datos que permitan analizar los perfiles de víctimas y agresores, los distintos tipos de violencia que se ejercen sobre la mujer, incluida la económica, el nivel de riesgo, las medidas de protección adoptadas y el nivel de ejercicio de los derechos reconocidos en la Ley a las mujeres víctimas.

Administración de Justicia

Por su parte, el Ministerio de Justicia difundirá los criterios para la formación de los operadores jurídicos que actúan en los Juzgados de Violencia; aprobará el calendario de formación de los profesionales de la Administración de Justicia; promoverá una guía de buenas prácticas procesales en materia de violencia de género, entre las que figurará los posibles efectos de la renuncia a la orden de protección por la víctima y la llamada "retirada de la denuncia", y dictará instrucciones sobre la explotación por las unidades de valoración integral forense del denominado "Sistema Asklepios". Igualmente, promoverá un convenio con las Comunidades Autónomas y la FEMP para mejorar el funcionamiento de las oficinas de atención a la víctima y la cooperación con las redes de servicios sociales, locales y provinciales.

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

En cuanto al Ministerio del Interior, propondrá a las Comunidades Autónomas con policía propia y a la Federación Española de Municipios y Provincias los criterios comunes y homogéneas para la formación en igualdad y violencia sobre la mujer de los Cuerpos de Seguridad. Asimismo, culminará antes del 30 de julio próximo el incremento de la dotación de efectivos de las unidades especializadas en violencia de género de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Además, junto con el Ministerio de Justicia, acordará un protocolo de actuación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de abogados ante la violencia de género.

Sanidad

En materia sanitaria, el Ministerio de Sanidad presentará al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud una propuesta de criterios comunes de calidad para la formación de los profesionales sanitarios en la atención a la violencia de género, y, también con el Ministerio de Justicia elaborará un protocolo para facilitar la comunicación entre los servicios de salud ordinarios y las unidades forenses de valoración integral.

Presupuestos

Por último, el Ministerio de Economía y Hacienda incluirá en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 partidas que permitan:

  • Promover proyectos autonómicos y locales innovadores en materia de asistencia social integral, que contemplen, en todo caso, la situación de las mujeres víctimas de violencia de género especialmente vulnerables, así como la atención de los mejores a su cargo.
  • Consolidar el plan específico de empleo para mujeres víctimas de violencia de género, con especial indicación de las bonificaciones para la contratación de estas mujeres.
  • Desarrollar las medidas previstas en el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género en su segundo año de ejecución, dentro de las competencias de la Administración General del Estado.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

INFORME SOBRE EL BALANCE DE LOS DOS AÑOS DE APLICACIÓN DE LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

  • Entre 2005-2007 la Administración General del Estado ha destinado 28 millones de euros a las Comunidades Autónomas para garantizar el derecho a la asistencia social integral.
  • En el ámbito laboral, desde 2004 hasta abril de 2007 se han registrado en las Oficinas de Empleo 1.317 contratos bonificados. A 30 de abril de 2007, 6.850 trabajadoras desempleadas perciben la Renta Activa de Inserción, 21 por 100 más que al final de 2006.
  • En los próximos días se dispondrá de un teléfono gratuito de información y asesoramiento a las víctimas las veinticuatro horas del día.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el que se hace balance de resultados de la aplicación de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dos años después de la entrada en vigor de la totalidad de las disposiciones de la Ley, que fue aprobada el 28 de diciembre de 2004.

El Ejecutivo se anticipa así al mandato de la Ley, en virtud del cual el Gobierno, "en colaboración con las Comunidades Autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de la Ley Integral elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe..". La realización del primer balance a mitad del período de tres años fue aprobado por el Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2006, y remitido al Congreso de los Diputados, en el que además se aprobaron:

  • El Plan Nacional de Sensibilización y Prevención, con 102 medidas, que establece dos objetivos estratégicos: mejorar la respuesta frente a la violencia de género; y conseguir una nueva actitud social frente a la violencia de género. A seis meses de su aprobación, el 61,7 por 100 de las medidas están siendo desarrolladas.
  • El Catálogo de Medidas Urgentes: Veinte medidas agrupadas en cuatro grandes objetivos: aumentar la atención y sensibilización; reforzar los mecanismos judiciales; mejorar la coordinación de todos los cuerpos profesionales y conseguir la máxima inhibición de los agresores. Todo ello se reforzó con la aprobación, en el Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2007, de diez medidas adicionales contra la violencia de género, dirigidas a la promoción de estudios sociológicos y estadísticos; incremento de los recursos; potenciación del servicio de teleasistencia, y la movilización de la sociedad, entre otras.

Dicha Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género ha sido evaluada continuamente por el Gobierno, a través de la Delegación Especial del Gobierno, en colaboración con el Observatorio Estatal de Violencia sobre la mujer, en cuanto a su eficacia, sus resultados y la sensibilización de la sociedad. Los principales resultados de la aplicación de dicha normativa han sido:

  • Fortalecimiento de las medidas de sensibilización, en el ámbito educativo, los medios de comunicación y la formación de profesionales:
  • Incorporación de contenidos destinados a promover la educación en valores. El Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar y el Consejo Escolar del Estado incluyen la lucha contra la violencia de género como una de sus actuaciones prioritarias.
  • Mayor implicación de los medios de comunicación.
  • Incremento de la formación especializada de profesionales en colaboración con las Administraciones e instituciones competentes.
  • Mejora de la información y atención a las víctimas:
  • Derecho a la Información, a través de la edición de guías y folletos; especial atención de la mujer rural, y en verano se pondrá en marcha, un sistema de asesoramiento on-line a través de la página web de la Delegación Especial.
  • Asistencia social integral: entre 2005-2007 la Administración General del Estado ha destinado veintiocho millones de euros a las Comunidades Autónomas para garantizar el derecho a la asistencia social integral. Se destinarán subvenciones, por importe de 6'5 millones de euros, para financiar programas innovadores de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en garantía del derecho de las víctimas a la asistencia social integral.
  • Ámbito Sanitario: Detección y atención a la violencia de género en el nivel de atención primaria; protocolo común para la actuación sanitaria ante situaciones de violencia de género en el Sistema Nacional de Salud.
  • Ámbito laboral: Desde 2004 hasta abril de 2007, se han registrado en las Oficinas de Empleo un total de 1.317 contratos bonificados. A 30 de abril de 2007, 6.850 trabajadoras desempleadas perciben la Renta Activa de Inserción, un 21 por 100 más que al final de 2006.
  • Sistema integral de tutela institucional para coordinación y seguimiento:
  • Protocolos para la acción conjunta y coordinada de todas las instancias implicadas. Simplificación del procedimiento de cambio de apellidos a las víctimas de la violencia de género (dificulta su localización por el agresor).
  • Se impide que los condenados por delito doloso de homicidio o lesiones puedan acceder a algún tipo de pensiones o beneficios sociales ligados a su víctima.
  • Mejora del conocimiento: Incorporación de la violencia de género en la Encuesta Nacional de Salud o la Encuesta de discapacidad. Módulo de registro sobre Violencia de Género en el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales. Publicación periódica de la estadística estatal sobre la evolución del fenómeno violento a través del boletín trimestral del Observatorio Estatal contra la Violencia sobre la Mujer.
  • Tutela judicial
  • Incremento del número de letrados del turno de oficio especializado. Protocolo sobre actuaciones del médico forense.
  • Incremento de la seguridad de las víctimas
  • Aplicación informática que permite reunir todos los datos de que disponen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado e Instituciones Penitenciarias. Instrumento para la valoración del riesgo. Aplicación del sistema de control GPS a los agresores.
  • Programas dirigidos a maltratadores impartidos en veintinueve centros penitenciarios en el período 2005-2006. En 2007 prevista su extensión a 31 centros. Se han incrementado los recursos de los servicios sociales penitenciarios.
  • Convenio Marco de colaboración en materia de seguridad ciudadana y seguridad vial (firmado por el Ministro del Interior y el Presidente de la FEMP el 20 de febrero de 2007) que incluye la violencia de género.
  • Teleasistencia Móvil: Incremento del 20 por 100 en lo que va de año respecto a diciembre de 2006: a 25 de mayo, 6.798 usuarias.
  • Incremento del nivel de protección de las victimas:
  • Desde hace dos años, las denuncias se han incrementado en un 8,07 por 100;en 2006, 62.170 mujeres interpusieron denuncias contra sus agresores y pudieron solicitar medidas de protección. En 2006 se incrementó en un 3,4 por 100 la media mensual de solicitudes respecto de 2005. Entre el 75 por 100 y el 80 por 100 de las mujeres que solicitaron una orden de protección en 2005 y 2006, la obtuvieron.
  • Avance en la implicación de toda la sociedad:
  • Pendiente de suscribir convenios de colaboración con ocho empresas para promover la sensibilización en materia de violencia de género y la contratación de mujeres víctimas de violencia de género. Colaboración con el Consejo Superior de Deportes, las correspondientes Federaciones Españolas y la Liga de Fútbol Profesional, para desarrollar actuaciones de sensibilización. Lanzamiento de un elemento gráfico identificativo de la lucha contra la violencia de género.

  • Incremento de recursos destinados a la atención de las situaciones de violencia de género:
  • Más de 140 millones de euros en 2007.
  • De 16 Juzgados exclusivos en junio de 2005 a 83 en 2007
  • De 12 unidades forenses de valoración integral en 2005, a 30 en junio de 2007.
  • De 742 efectivos de las unidades especializadas de las FF y CC de Seguridad del Estado en diciembre de 2004 a 1.614 en 2007.
  • Unidades de Violencia sobre la Mujer en todas las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
  • En los próximos días se dispondrá de un teléfono gratuito de información y asesoramiento a las víctimas las veinticuatro horas del día.


Interior

 

AYUDAS PARA HACER FRENTE A LAS INUNDACIONES DE LA SEGUNDA QUINCENA DE MAYO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas durante la segunda quincena del mes de mayo por el temporal de lluvia, granizo y viento que tuvo especial incidencia en la zona centro de la Península y que provocó daños en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Andalucía, Murcia, Madrid y Extremadura.

Para dar una respuesta inmediata a la grave situación generada por estas inundaciones, el Consejo de Ministros, en su reunión del pasado día 25 de mayo, acordó medidas para agilizar las valoraciones de los daños y tramitar con la máxima urgencia posible los procedimientos administrativos de pago de los daños susceptibles de ser resarcidos conforme a lo previsto en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

Las medidas recogidas en el Real Decreto se aplicarán a la reparación de estos daños y afectan a diversos ámbitos: infraestructuras locales; ayudas para daños en producciones agrícolas; beneficios fiscales; medidas laborales y de seguridad social; ayudas de emergencia y línea de crédito preferencial.

1.- Infraestructuras locales

Se financian hasta un máximo del 50 por 100 de su coste las obras de reparación o restitución de todo tipo de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal, y para reparar la red viaria de las Diputaciones Provinciales hasta un máximo de diez millones de euros.

2.- Ayudas para daños en producciones agrícolas

Se indemnizan los daños en producciones agrícolas cuando afecten a producciones aseguradas en las que el riesgo catastrófico no esté cubierto por la póliza de seguros; a producciones que no son susceptibles de aseguramiento y a producciones que fueron aseguradas el año anterior, sin que en el vigente se haya iniciado el período de contratación del nuevo seguro.


3.- Beneficios fiscales

a.- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Exención correspondiente al ejercicio 2007 para viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y locales de trabajo o similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o parcial de personas o bienes.

b.- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Reducción proporcional al tiempo de paralización de la actividad para aquellas industrias, establecimientos mercantiles y aquellos profesionales cuyos locales de negocio hayan sido dañados como consecuencia directa de las inundaciones y hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o de cierre temporal de la actividad.

c.- Tasas de tráfico

Supresión de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducir o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.

d.- Reducciones en el IVA y en el IRPF

Se habilita al Ministerio de Economía y Hacienda para que reduzca los módulos de las actividades agrarias, a efectos de la determinación de la cuota de estos impuestos.

4.- Medidas laborales y de Seguridad Social

En el caso de suspensiones o extinciones de contratos de trabajo motivadas por las inundaciones, en el primer caso, el trabajador pasará a percibir las prestaciones por desempleo y el empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión y, en el segundo, las indemnizaciones por despido correrán cargo del Fondo de Garantía Salarial.

Asimismo, las empresas y los trabajadores por cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, correspondientes a los dos meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro.

5.- Ayudas de emergencia

Se prevé la concesión de ayudas personales por daños en la vivienda habitual y enseres de primera necesidad, así como de subvenciones a Corporaciones Locales por los gastos de emergencia realizados en el ámbito de sus competencias, a las cuales les será de aplicación el procedimiento previsto en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

6.- Línea de crédito preferencial

Se pone en marcha una línea de préstamos por parte del Instituto de Crédito Oficial en condiciones ventajosas con el fin de que los afectados puedan atender la reparación o reposición de instalaciones industriales, mercantiles, agrícolas, automóviles, motocicletas y ciclomotores de uso particular, vehículos comerciales, embarcaciones particulares y locales de trabajo que se hayan visto inutilizados.

Otras medidas

Además, el Real Decreto Ley prevé la posibilidad de que la Administración General del Estado celebre Convenios de Colaboración con las Administraciones Públicas afectadas para la aplicación de las medidas recogidas en el Decreto. En particular, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá suscribir los Convenios de Colaboración necesarios para la restauración de aquellas parcelas de viñedo y otros cultivos leñosos (árboles frutales y olivos), que se hubieran visto afectadas en su potencial productivo.

Asimismo, se crea una Comisión Interministerial para la aplicación de las medidas establecidas en este Real Decreto Ley, coordinada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias e integrada por los representantes de los Ministerios implicados, por los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas afectadas, así como por un representante del Consorcio de Compensación de Seguros y otro del Instituto de Crédito Oficial (ICO).


Economía y Hacienda

 

INFORME SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES

  • Se mejoran las medidas de protección de los inversores, con el fin de que las empresas que prestan servicios de inversión sean más transparentes y adecuen las ofertas de inversión al perfil del inversor.
  • Se modernizan los mercados financieros para adaptarlos a las nuevas necesidades de inversión y de operatividad.
  • Se adaptan los requisitos de organización de las Empresas de Servicios de Inversión a las nuevas exigencias de solvencia y funcionamiento interno.
  • Se mejora la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y se potencia la cooperación transfronteriza entre supervisores.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Vicepresidente Segundo y Ministro de Economía y Hacienda sobre el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley del Mercado de Valores, con el fin de trasponer una Directiva comunitaria de 2004, relativa a los mercados de instrumentos financieros, más conocida como MIFID; esta Directiva comunitaria también de 2004 relativa a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión y términos definidos en dicha Directiva; y una tercera Directiva comunitaria, esta vez de 2006, sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito.

Este Anteproyecto de Ley, que ha sido enviado al Consejo de Estado para su dictamen preceptivo, persigue los siguientes objetivos:

  • Mejorar las medidas de protección de los inversores, con el fin de que las empresas que prestan servicios de inversión sean más transparentes y adecuen las ofertas de inversión al perfil del inversor.
  • Modernizar los mercados financieros para adaptarlos a las nuevas necesidades. Así, se amplían los servicios de inversión, la gama de instrumentos financieros y los sistemas para la ejecución de operaciones, para mejorar los sistemas de inversión y su operatividad.
  • Adaptar los requisitos de organización de las Empresas de Servicios de Inversión (ESIS) a las nuevas exigencias de solvencia y funcionamiento interno.
  • Mejorar la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y potenciar la cooperación transfronteriza entre supervisores.


Protección de los inversores

En la protección al inversor son varios los aspectos que viene a mejorar en las normas de conducta para la prestación de los servicios de inversión a los clientes:

  • Obligaciones de información. Las ESIS están obligadas a proporcionar la información necesaria para que el cliente comprenda la naturaleza y riesgos del servicio que se le ofrece. Así, deberán informar sobre su organización y funcionamiento, y sobre los instrumentos financieros y estrategias de inversión, entre otras. Por su parte, el cliente ha de proporcionar a la ESI información sobre sus características, conocimiento y experiencias en el ámbito financiero.
  • Existencia de un registro de contratos. Las ESIS deberán contar con un registro de todos los contratos con sus clientes. En estos registros deberá hacerse constar el carácter particular o profesional del cliente. En el caso de clientes minoristas/particulares, estos contratos deberán celebrarse por escrito, salvo si la actividad realizada con el cliente es exclusivamente de asesoramiento. En dicho contrato se especificarán los derechos y obligaciones de la ESI y del cliente.
  • El Anteproyecto contiene una lista de las categorías de clientes que se consideran profesionales y los define como cliente que posee la experiencia, la cualificación y los conocimientos necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y para valorar correctamente los riesgos.
  • Gestión y ejecución de órdenes. Las ESIS han de establecer una política de ejecución de órdenes que defina la importancia que se atribuirá al precio, costes, rapidez y eficiencia en la ejecución y liquidación, y cualquier otro elemento que se juzgue relevante para la ejecución. En concreto, las ESIS deberán indicar si pueden ejecutar las órdenes al margen de un mercado regulado o de un Sistema Multilateral de Negociación y deberán identificar los mercados o sistemas que permitan obtener, de forma consistente, el mejor resultado para las órdenes de sus clientes. Asimismo, será necesario que la ESI comunique al cliente su política de ejecución de órdenes y aquél deberá aceptarla expresamente. Por otro lado, cuando se trate de clientes minoristas, la ejecución óptima se identificará con aquella que consiga el mejor precio, descontados los costes y las comisiones de ejecución, excepto si el cliente ha dado instrucciones precisas a la ESI de cómo desea realizar la ejecución, en cuyo caso la ESI deberá seguirlas.
  • Las empresas de inversión tendrán que disponer de procedimientos y sistemas que aseguren la ejecución puntual, justa y rápida de las órdenes de los clientes. Será de especial importancia seguir el orden temporal de recepción de las órdenes para proceder a su cumplimiento y hacerlo con la mayor rapidez. También habrán de preverse los procedimientos para el tratamiento de las órdenes con precio limitado, cuando no puedan cumplirse inmediatamente.


Modernización de los mercados financieros para adaptarlos a las nuevas necesidades

  • Se amplían los servicios de inversión, con la creación de una nueva categoría de ESIS, las Empresas de Asesoramiento Financiero (EAFI), que se añade a las tres existentes en la actualidad: sociedad de valores, agencia de valores y sociedad gestora de carteras. Así, se ha tenido en cuenta el carácter peculiar de las ESIS que sólo presten este servicio de asesoramiento (sus riesgos son mucho menores al no permitirles tomar fondos o valores de sus clientes), y se permite que el ejercicio de esta actividad se realice por personas físicas o jurídicas. En cualquier caso, la EAFI se somete a las normas de conducta en las mismas condiciones que el resto de empresas de servicios de inversión.
  • Además, se regula el asesoramiento en materia de inversión entendido como la realización de recomendaciones personalizadas a un cliente, sea a petición de éste o por iniciativa de la empresa de inversión, con respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros. Se excluye expresamente el asesoramiento que se dé en el ejercicio de otra actividad profesional principal no regulada en la presente Ley, siempre que dicho asesoramiento no sea específicamente remunerado.
  • La normativa amplía el número de sistemas para la ejecución de operaciones sobre instrumentos financieros. A los mercados regulados o secundarios oficiales se les suman los sistemas de negociación multilateral (SMN) y los sistemas de internalización. Las entidades gestoras de estos sistemas deberán de ser ESIS o rectoras de mercados regulados.

En cuanto a los SMN (conocidos en la normativa actual como Sistemas Organizados de Negociación), el Anteproyecto regula con mayor detalle estos sistemas y establece, por ejemplo, el contenido mínimo de su reglamento de funcionamiento, reglas para permitir el acceso remoto de miembros extranjeros o normas de transparencia sobre la negociación de acciones en estos sistemas. Estos SMN gozan de pasaporte y podrán desarrollar su actividad en todo el territorio de la Unión Europea, y competir en condiciones de igualdad con los SMN autorizados en otros Estados miembros.

Por su parte, el sistema de internalización es la empresa de servicios de inversión que, de forma organizada, frecuente y sistemática negocia instrumentos financieros por cuenta propia mediante la ejecución de órdenes de clientes al margen de un mercado regulado o un SMN. Con ello se aumenta el número de centros de ejecución de órdenes. La normativa establece unas obligaciones específicas en materia de transparencia, de manera que deberán hacer públicas sus cotizaciones en firme con relación a acciones admitidas a negociación en mercados regulados para las que sean internalizadores sistemáticos y para las que exista un mercado líquido.

Además, en los mercados secundarios oficiales se amplía el conjunto de normas que los regulan: requisitos referentes al otorgamiento y la revocación de la autorización; condiciones para el ejercicio de la actividad; experiencia y honorabilidad de las personas que los dirigen; idoneidad de los accionistas significativos; requisitos de organización; capacidad del mercado para establecer normas de admisión, de suspensión y exclusión de cotización; normas sobre los miembros de los mercados, y requisitos de transparencia con carácter anterior y posterior a la negociación para garantizar la representatividad del precio de cotización de las acciones en un mercado regulado, entre otras.

A su vez, entre las funciones que se les encomiendan a las sociedades rectoras de los mercados secundarios oficiales, destaca la especial naturaleza de estas entidades al desempeñar funciones públicas, a pesar de ser sociedades privadas, por su capacidad para suspender y excluir de la negociación a un instrumento financiero. Por este motivo, el Anteproyecto de Ley, fiel a la transposición de la Directiva, establece obligaciones de información sobre el accionariado y la denegación de la autorización cuando el accionista significativo pueda suponer una amenaza para la gestión del mercado, tal y como ya se había regulado recientemente en la normativa relativa a la adquisición de control y participaciones significativas en las sociedades rectoras de los mercados secundarios oficiales.

  • Se amplía la gama de instrumentos financieros negociables y a los tradicionales se le suman todos los posibles tipos de derivados, incluidos los derivados con subyacente financiero y no financiero.

Adaptación de los requisitos de organización de las Empresas de Servicios de Inversión a las nuevas exigencias de solvencia y funcionamiento interno.

  • Se establece un nuevo régimen de solvencia, impuesto por la transposición de la Directiva de Adecuación de Capitales, que aproxima la medición de los riesgos de la ESIS a efectos de cálculo de recursos propios a la forma de medir los riesgos de las propias empresas de servicios de inversión, y se estimula el desarrollo de procedimientos internos adecuados de gestión de dichos riesgos.

El Anteproyecto de Ley también obliga a las empresas de servicios de inversión a divulgar en el mercado información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo. Esta información irá contenida en un documento denominado "información sobre solvencia" que tendrá, al menos, una periodicidad anual. Esta obligación se conoce como "la disciplina de mercado", ya que se pretende que la divulgación al público y la presión de la competencia alienten la adopción de mejores prácticas y aumenten la confianza del inversor.

  • Se les exige llevar un registro de todas las operaciones que realicen, de tal manera que se facilite el seguimiento de su propia actividad por parte de la ESI y la mejor supervisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Deberán tomar las medidas adecuadas para proteger los valores y el efectivo que les confíen sus clientes.

Mejora de la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores e incremento de la cooperación transfronteriza entre supervisores .

  • La autoridad de origen, donde tenga su domicilio social la empresa de servicios de inversión, será la que ostente la competencia de autorización y supervisión, mientras que, la autoridad de acogida, es decir, donde estén las sucursales de las ESIS o aquellas que trabajen mediante libre prestación de servicios, será la competente para asegurar que la sucursal cumpla las obligaciones previstas en la Directiva sobre las normas de conducta y para adoptar medidas preventivas en el caso de que estuvieran actuando en perjuicio de los inversores o contra el correcto funcionamiento de los mercados.
  • Deberán intercambiar información y colaborarán en actividades de investigación o supervisión. Para facilitar estas tareas, las autoridades supervisoras de los Estados designarán como punto de contacto a una sola autoridad competente que será la encargada de centralizar la labor de cooperación. En el caso español, la designación recae sobre la Comisión Nacional del Mercado de Valores.


Justicia

 

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL CONTRATO DE TRANSPORTE TERRESTRE

  • La futura regulación comprende el contrato de transporte terrestre de mercancías y de pasajeros y se equipara con los ordenamientos más avanzados de los países de nuestro entorno.
  • Se regula por primera vez la responsabilidad por daños o pérdida de equipajes y la ampliación del plazo de prescripción de acciones de responsabilidad por daños personales a los viajeros hasta tres años.
  • Se especifica con detalle todo lo relativo al acondicionamiento y a la entrega de las mercancías y se establece una norma específica para los servicios de paquetería y pequeños envíos.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de Contrato de Transporte Terrestre, que tiene como objetivo actualizar el régimen jurídico en el transporte de mercancías y de pasajeros, tanto por carretera como por ferrocarril.

La futura regulación, que ahora ha de someterse a la consulta del sector de los transportes, las Comunidades Autónomas y Administraciones Públicas afectadas, pondrá fin a la anacrónica situación actual, presidida todavía por la regulación decimonónica del Código de Comercio y acabará con la inseguridad jurídica que en la actualidad existe en esta materia.

Hasta ahora, el contrato de transporte se hallaba regulado básicamente en el texto codificado del Código de Comercio de 1885, en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 1987 y en su Reglamento de 1990 (recientemente modificado), mientras que el transporte de viajeros por ferrocarril se regía por el Reglamento de 8 de septiembre de 1878, con el consiguiente desfase entre realidad y normativa.

En el mismo sentido, la política de la Unión Europea en materia de transporte no es ajena a estas preocupaciones. La Comisión Europea publicó el 12 de septiembre de 2001 el "Libro Blanco sobre la política europea de transportes de cara al 2010: la hora de la verdad", en el que se analizaba la situación de los transportes en relación con las necesidades futuras en un "ampliado mercado interior unificado".

Los objetivos relevantes del Libro Blanco son los de alcanzar el reforzamiento del transporte por carretera, que sigue siendo el más demandado, y el de conseguir la integración del transporte por ferrocarril, a fin de que los porcentajes de utilización se eleven sensiblemente en ambos medios con vistas al horizonte marcado para el año 2020.


El camino de otros países europeos

En cuanto a su contenido, el Anteproyecto adapta, en lo sustancial, el Derecho del contrato de transporte terrestre español al modelo que suponen los convenios internacionales, básicamente al Convenio de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR) y a las Reglas Uniformes CIM/1999, siguiendo así el camino trazado por otros países europeos.

Sobre esta base, se regulan aspectos como las responsabilidades de las partes, las limitaciones de las mismas, el contrato de mudanza o la prescripción de acciones, que, con carácter general, suponen un aumento de la protección de los consumidores. Así, se especifica la responsabilidad por daños o pérdida de equipajes -hasta ahora sin regulación- y la ampliación del plazo de prescripción de acciones de responsabilidad hasta tres años por daños personales a los viajeros.

La Ley opta por regular unitariamente el contrato de transporte terrestre en sus dos variantes, por carretera y por ferrocarril. De esta manera, los preceptos son comunes a ambos modos, sin perjuicio de ofrecer soluciones específicas para el transporte ferroviario de mercancías en los lugares oportunos, cuando ello resulte conveniente.

Como regla general, se admite que las partes puedan pactar en sus relaciones contractuales términos distintos de los que se derivan de la Ley, siempre que ello tenga lugar mediante pacto negociado individualmente o mediante condiciones generales que resulten más beneficiosas para el adherente y no se trata de normas imperativas.

Entrega de mercancías

Se regula con detalle todo lo relativo al acondicionamiento y a la entrega de las mercancías al porteador y a las obligaciones de carga y estiba y se opta por eliminar la dicotomía entre carga completa y carga fraccionada. En su lugar, se establece una norma específica para los servicios de paquetería y pequeños envíos, atribuyendo, en principio, las labores de carga y descarga y, en todo caso, las de estiba y desestiba, al porteador.

Sobre el transporte de mercancías, la Ley sigue muy de cerca los convenios CMR y CIM, así como en lo relativo a los impedimentos al transporte y a la entrega y al plazo de entrega. En este último punto, la Ley establece una solución diferenciada para el transporte por carretera y por ferrocarril.

Dado que no se encuentra precedente en los convenios internacionales, la Ley opta por un planteamiento novedoso en la regulación legal de la obligación de pago del precio del transporte. Destaca la responsabilidad subsidiaria de pago que asume el cargador en aquellos casos en que se pacte el pago de los portes por el destinatario. Con ellos se busca poner fin a ciertos abusos cometidos en perjuicio de los legítimos intereses del porteador, propiciados por la consideración del destinatario como un tercero ajeno al contrato de transporte.


La norma dedica especial atención a la determinación de los sujetos del transporte, que ha sido fuente de continuos problemas y, de modo particular, a los problemas que plantea la intervención en el transporte de varios sujetos. Con ello se trata de clarificar la posición contractual de los transitarios, operadores y agencias de transporte y demás personas que intermedien en el transporte, obligando a tales intermediarios a contratar el transporte siempre en nombre propio y a asumir la posición del porteador.

Asimismo, el Anteproyecto ha introducido el supuesto de transporte continuado, para designar el contrato de transporte que está encuadrado en una relación continuada entre las partes, y se deberá concretar cada uno de los envíos o expediciones. También se incorpora la regulación del contrato de mudanza, como transporte que recae sobre un objeto especial y que conlleva unas obligaciones accesorias igualmente especiales.

Especial protección al pasajero

Uno de los principales preceptos que contiene la Ley es la especial protección al pasajero. Como en el caso del transporte de mercancías, la Ley no ha pretendido una ruptura abrupta con las reglas en que hasta ahora se apoyaba la contratación de transporte de viajeros. No obstante, también aquí se han tenido en cuenta las normas contenidas en los convenios internacionales.

Resulta especialmente significativo que, por primera vez, se aborde en nuestro ordenamiento en el ámbito mercantil la responsabilidad por los daños personales sufridos por los viajeros, hasta ahora únicamente tratados desde las normas relacionadas con la seguridad vial y el aseguramiento obligatorio.

En el ámbito del transporte de pasajeros se ha definido lo que es bulto de mano y equipaje para establecer el correspondiente régimen. Contempla también la hipótesis del transporte de animales de compañía, supuesto cada vez más frecuente.


Industria, Turismo y Comercio

 

INFORME SOBRE EL PLAN DE EXTENSIÓN DE LA TELEFONÍA MÓVIL

  • Ha llevado ya la cobertura a casi 230.000 ciudadanos.
  • Telefónica Móviles y France Télécom, concesionarios de las frecuencias de la banda de 900 Mhz adjudicadas en 2005, comprometieron inversiones de 833,8 millones, de los que 531,8 se destinan a zonas específicas incluidas en el Plan
  • El Plan incluye 5.222 núcleos de población rurales, zonas de influencia de centrales nucleares y complejos petroquímicos e infraestructuras de comunicación de alta capacidad

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Industria, Turismo y Comercio sobre el desarrollo de las actuaciones incluidas en el Plan de Extensión de la Telefonía Móvil.

El Plan es consecuencia del concurso convocado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para la adjudicación de tres concesiones para la prestación del servicio de telefonía móvil GSM en la banda de 900 Mhz. Tras la resolución del concurso, se firmaron los acuerdos entre el Ministerio de Industria y los dos concesionarios, Telefónica Móviles (una concesión) y France Télécom (dos concesiones), para identificar las zonas específicas de extensión del servicio de telefonía móvil.

Objetivos del Plan

Los objetivos del Plan son extender el servicio de telefonía móvil proporcionando o mejorando la cobertura en zonas específicas, especialmente en el ámbito rural, mejorar la calidad en la prestación del servicio e incrementar la competencia.

Gracias a este Plan, la cobertura el servicio de telefonía móvil alcanzará el 99 por 100 de la población nacional, con lo que España se situará a la cabeza de los países europeos en este ámbito.

Inversiones

Ambos operadores comprometieron una inversión total de 833,8 millones de euros, de los que 531,8 millones de euros deben ir destinados a las zonas específicas incluidas en el Plan de Extensión de la Telefónica Móvil (zonas rurales, zonas estratégicas e infraestructuras de comunicación de alta velocidad) y el resto a otras zonas del territorio nacional.


Zonas rurales

Las inversiones en zonas rurales incluyen núcleos con población comprendida entre 50 y 1.000 habitantes que no tienen cobertura con ningún operador o la tienen pero no es de buena calidad, así como núcleos de población en los que se introduce un segundo operador. También se incluyen actuaciones prioritarias sobre los municipios afectados por los incendios forestales de 2005 y 2006.

El Plan beneficia a 5.222 núcleos de población con una población de 1.053.000 habitantes. Del total de núcleos, 3.222 corresponden a Telefónica Móviles y el resto, a France Télécom.

Zonas de interés estratégico

En este apartado se incluyen zonas de influencia de instalaciones de generación de energía eléctrica con tecnología nuclear y complejos petroquímicos en un radio de 30 kilómetros.

Infraestructuras de comunicaciones de alta capacidad

El Plan prevé la ampliación y mejora de la cobertura de todas las autopistas y autovías, así como de las infraestructuras ferroviarias de alta velocidad.

Grado de ejecución del Plan

Zonas rurales

Dentro de las zonas rurales, los 1.017 núcleos de población ya cubiertos suponen una población de 226.639 habitantes que cuenta con nueva cobertura de telefonía móvil. Asimismo, existen 1.049 núcleos de población con obras en desarrollo.

Zonas de interés estratégico

Todas las centrales nucleares y complejos petroquímicos disponen ya de cobertura.

Infraestructuras de comunicación de alta capacidad

En este ámbito, hay 124 obras finalizadas y existen 64 obras en desarrollo.


Sanidad y Consumo

 

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL POR MENORES

  • Entre las últimas acciones realizadas por el Ministerio destaca la campaña de sensibilización social "El alcohol daña tu cuerpo y tu cerebro. El alcohol te destroza por partida doble", presentada el pasado 11 de junio, que se difunde en televisión, radio, prensa e Internet.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Sanidad y Consumo sobre la situación actual del consumo de bebidas alcohólicas por parte de los menores de edad y sobre las actuaciones de prevención puestas en marcha por el Departamento para combatir este problema. El informe recoge datos sobre la situación actual, la percepción del problema por la sociedad, las últimas actuaciones de la Unión Europea en este ámbito y las actuaciones a nivel nacional, tanto las iniciativas parlamentarias como las acciones de sensibilización social o la colaboración con diferentes sectores empresariales.

Situación actual

El informe ofrece datos sobre el consumo de alcohol por jóvenes menores de edad y sobre sus perjudiciales efectos sobre la salud. Los estudios ponen de manifiesto que es especialmente alarmante el daño que produce el alcohol en el cerebro en desarrollo de los adolescentes.

Por otra parte, está demostrado que las personas que consumen alcohol a una edad temprana están más predispuestas a convertirse en alcohólicas, de acuerdo con los resultados de la investigación del Instituto Estadounidense de Abuso de Alcohol y Alcoholismo.

A pesar de estos indicadores de salud, los adolescentes consideran el consumo de alcohol como una práctica "normal y bien vista", y lo utilizan como articulación del ocio y de las relaciones sociales junto con otras drogas.

La Sociedad Española de Urgencias de Pediatría alertaba el pasado año sobre el aumento de intoxicaciones por alcohol entre niños y niñas de 14, 13, 12 e incluso de 11 años, habiéndose incrementado muy significativamente el número de urgencias por coma etílico.

Percepción social

Según una reciente encuesta, el 94 por 100 de las personas mayores de dieciocho años preguntadas cree que el consumo de alcohol por menores es un problema muy o bastante importante, mientras que sólo algo más del 15 por 100 considera que este problema les afecta directamente y, por tanto a sus hijos, lo que demuestra todavía una falta de concienciación sobre el mismo. Y casi el 82 por 100 de la población española considera que "las Administraciones Públicas deben poner en marcha medidas que eviten que los menores beban alcohol porque es obligación de las mismas protegerles".

Actuación de la Unión Europea

En las últimas décadas, la Comisión de la Unión Europea ha elaborado diversas estrategias sobre alcohol y el Consejo ha adoptado diferentes actos en esta materia, como la Recomendación de 5 de junio de 2001 sobre consumo de alcohol por parte de los jóvenes y, en particular de los niños y adolescentes. En esta actitud de preocupación, se enmarca el Reglamento del Parlamento y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, que será de obligado cumplimiento a partir del 1 de julio, y que dispone que en las bebidas con una graduación superior al 1,2 por 100 en volumen de alcohol no podrán figurar declaraciones de propiedades saludables.

Actuaciones a nivel nacional

El Parlamento no ha permanecido indiferente a este grave problema de salud pública y el pasado 20 de marzo el Pleno del Senado, con el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios, aprobó una moción en la que se insta al Gobierno a realizar todo un conjunto de medidas destinadas a promover iniciativas para proteger a los niños y adolescentes del consumo de todo tipo de drogas legales: alcohol, tabaco o fármacos sin control médico.

Por otra parte, el Ministerio presentó el pasado día 11 de junio una campaña de sensibilización social, dirigida a los adolescentes y a sus familias, para prevenir el consumo de alcohol. Bajo el lema "El alcohol daña tu cuerpo y tu cerebro. El alcohol te destroza por partida doble", la campaña se desdobla en dos creatividades, una dirigida a los adolescentes y otra específica para los padres. Se difundirá entre el 11 y el 27 de junio en televisión, radio, prensa e Internet.

El mismo día que se presentaba la campaña de sensibilización, se firmaba un Convenio de Colaboración con la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE). En este Convenio se prevé que AEDE elaborará un código de autorregulación por el que se comprometen a no insertar publicidad de bebidas alcohólicas en ninguna publicación o sección que vaya dirigida específicamente a menores ni en las portadas y contraportadas, así como a que en los anuncios no aparezcan niños o adolescentes.

Además, el pasado 13 de junio se firmaron sendos convenios con las asociaciones de empresas de distribución comercial; concretamente, con la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS) con la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED).

Otras iniciativas destacables han sido el Seminario Internacional sobre alcohol y daño cerebral en menores, que se celebró el pasado 16 de abril en la sede del Ministerio y reunió a importantes expertos internacionales en la materia; o la I Conferencia de Prevención y Promoción de la Salud en la Práctica Clínica, celebrada los pasados 14 y 15 de junio en Madrid, con la participación del Ministerio, las Comunidades Autónomas y 34 sociedades científicas.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

INFORME SOBRE PLANES DE ACUICULTURA

  • El Plan Estratégico de la Acuicultura Marina Española y el Plan de Acción Internacional de la Acuicultura Española forman parte de una estrategia para impulsar y consolidar el sector de la acuicultura española tanto a nivel nacional como internacionalaada

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el Plan Estratégico de la Acuicultura Marina Española y el Plan de Acción Internacional de la Acuicultura Española.

Ambos planes, que serán presentados próximamente al sector, responden a una estrategia para impulsar y consolidar la acuicultura española tanto a nivel nacional como internacional mejorando su competitividad y fortaleciendo su proceso de internacionalización, siempre bajo el prisma de un desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

Acuicultura Española

Así, el Plan Estratégico de la Acuicultura Española define las líneas estratégicas a seguir que permitan a medio y largo plazo aumentar la competitividad de la acuicultura marina española, optimizando los recursos en el nuevo marco de la Unión Europea y considerando los requerimientos económicos, sociales, sanitarios, ambientales y los nuevos mercados.

Este Plan tiene como objetivos más concretos el de hacer de la acuicultura marina española un instrumento generador de empleo que permita recuperar zonas socialmente deprimidas, el desarrollo de nuevas y mejores técnicas de cultivo, ampliar el número de especies cultivables, impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica y asegurar la calidad y trazabilidad del producto; todo ello en un marco de respeto hacia el entorno del litoral y el medio ambiente para lo que se establecerán canales de coordinación de políticas entre las distintas Administraciones con competencias en el litoral.

En resumen, este Plan Estratégico de Acuicultura Marina tiene como finalidad situar a España entre los primeros países en producción acuícola; crear empleo en zonas costeras y mejorar la formación; definir la acuicultura como un instrumento para mejorar la estabilidad en el suministro de pescado nacional; difundir la acuicultura entre la opinión pública y las instituciones como una opción real y óptima; mejorar los conocimientos científicos y técnicos sobre nuevas especies y nuevas técnicas de cultivo y preservar el medio ambiente.


Acción Internacional

Por su parte, el Plan de Acción Internacional de la Acuicultura Española parte de la necesidad de que el sector español de acuicultura marina y continental esté dotado de las mejores herramientas informativas y alianzas estratégicas internacionales para poder competir en óptimas condiciones en un mercado global.

En este sentido, durante el segundo semestre de 2007 y a lo largo de 2008 se pondrá en marcha un importante conjunto de iniciativas destinadas a conocer los mercados estratégicos de interés; fomentar los acuerdos bilaterales entre España y varios países y organizaciones internacionales; establecer redes internacionales de colaboración entre el sector español y el tejido empresarial europeo e iberoamericano e impulsar proyectos de cooperación con retorno.

En el capítulo de conocimiento y auditoria de mercados estratégicos se han definido como países de interés prioritario en el ámbito europeo Estonia, Lituania, Letonia, Rumania, Turquía, Eslovenia, Polonia, República Checa y Rusia; en el ámbito iberoamericano, Brasil, Chile, Perú, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Honduras, República Dominicana, Colombia, Méjico, Argentina, Panamá y Venezuela; y, en relación con el continente africano, Marruecos, Mauritania, Mozambique y Angola.

En el capítulo de las acciones de partenariado y alianzas estratégicas se contemplan colaboraciones con FAO, EUROMED, EUROFISH, FEAP (Federation of European Aquaculture Producers), Fundación INNOVAMAR y The World Conservation Unión, la mayor y más importante red de conservación mundial.

Sistema de Seguimiento de mercados

Este Plan de Acción Internacional de la Acuicultura Española incluye, además, la creación de una herramienta única que tendrá una gran utilidad para el sector, el Sistema de Seguimiento de Mercados, que permitirá, vía Internet, acceder a diario a los mercados internacionales con información sobre especies, volúmenes de mercado y precios, entre otras variables.

Se trata de disponer de información fiable y actualizada sobre los ámbitos de referencia, con un máximo de once países iberoamericanos y diez países europeos, trabajando principalmente sobre las seis especies de mayor interés para el sector español: dorada, lubina, rodaballo, salmón, trucha y mejillón. También podrán llevarse a cabo actuaciones puntuales sobre los mercados de nuevas especies como la corvina, la seriola, etcétera.

Asimismo, se propondrá en 2008 la creación del "Cluster Nacional de Acuicultura" con el objetivo de reforzar la imagen y la presencia internacional del sector español, tras constatar que, a nivel mundial y en el ámbito de la Unión Europea, la organización de "Clusters" como elementos representativos de los sectores y como interlocutores válidos ante las instituciones europeas e internacional son de gran utilidad y están proliferando ampliamente.


Fomento

 

APROBADO EL REGLAMENTO SOBRE SEGURIDAD EN LA CIRCULACIÓN DE LA RED FERROVIARIO DE INTERÉS GENERAL

  • Se creará una Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios y una Comisión Asesora de Seguridad en la Circulación Ferroviaria.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General.

En materia de seguridad de la circulación ferroviaria, la Unión Europea ha demandado la armonización de la estructura reguladora en todos los Estados miembros mediante la incorporación a las legislaciones nacionales de una serie de nuevas figuras, organismos y asignación de responsabilidades que, en lo que a España se refiere, ya han sido ya integrados, en parte, en la reforma llevada a cabo en el sistema ferroviario español a través de la Ley del Sector Ferroviario, de 17 de noviembre de 2003.

El Real Decreto aprobado hoy traspone así una Directiva comunitaria de 29 de abril de 2004 sobre la seguridad de los ferrocarriles comunitarios y modifica algunas de las previsiones que, en esta materia, recogía el Reglamento del Sector Ferroviario, de 30 diciembre de 2004, sobre todo, aquellas relativas a la seguridad del tráfico y a la investigación de los accidentes ferroviarios.

En materia de seguridad, la nueva normativa tiene como objetivo fundamental identificar la responsabilidad de todos los agentes que operan en el sistema ferroviario, cada uno en su ámbito de actuación, al objeto de seguir mejorando las garantías de protección de personas y bienes, conforme al progreso científico y técnico, y habida cuenta de la competitividad del modo del transporte ferroviario.

Certificado de seguridad

Por tanto, las principales novedades que incorpora la normativa se refieren a la exigencia de la preceptiva certificación de seguridad para el desempeño de las funciones. Así, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias deberá disponer de autorización de seguridad y las empresas ferroviarias de certificado de seguridad.

En la estructura orgánica del Ministerio de Fomento se crearán una Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios y una Comisión Asesora de Seguridad en la Circulación Ferroviaria.


En el futuro está previsto que la Agencia Estatal de Seguridad en el Transporte Terrestre, cuya creación está autorizada por la Ley de 18 de julio de 2006, asuma gran parte de las competencias derivadas de la condición de autoridad responsable de la seguridad en la circulación ferroviaria. Hasta su constitución efectiva será la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento quién asumirá estas funciones y regulará la normativa aplicable en materia de seguridad ferroviaria.


Fomento

 

2.127 MILLONES PARA MODERNIZAR Y MEJORAR LA RED FERROVIARIA DE TITULARIDAD DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un Convenio entre el Ministerio de Fomento y los organismos Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT), ambos dependientes del Ministerio de Fomento. El convenio tiene por objetivo la promoción de inversiones en la Red Ferroviaria de Titularidad del Estado, en base al Contrato-Programa entre la Administración General del Estado y ADIF 2007-2010, por importe total de 2.127,13 millones de euros.

Mediante este acuerdo se regularán las relaciones entre Fomento, ADIF y SEITT, en orden a la promoción de las inversiones, por parte de la Sociedad Estatal, en la red de titularidad del Estado. Las actuaciones a realizar se irán determinando mediante resoluciones de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación del Ministerio de Fomento. En ellas se establecerá el alcance de las actuaciones, así como su importe estimado y su distribución por anualidades.

Primeras actuaciones previstas

En el convenio autorizado hoy viene ya incorporada una primera resolución de encomienda con las siguientes actuaciones por valor total de 1.504,45 millones de euros:

  • Nuevas actuaciones en cercanías, mejora de la seguridad y de la funcionalidad de la red ferroviaria, modernización de activos y renovaciones integrales por un importe total de 730,8 millones de euros.
  • Supresión y protección de pasos a nivel por un importe total de 299,96 millones de euros.
  • Inversiones puntuales para la reposición y modernización de activos en la Red Titularidad del Estado hasta un importe total de 473,69 millones de euros.

El resto de las actuaciones a realizar en el marco de este Convenio se determinarán a través de sucesivas resoluciones de encomienda hasta completar el importe total de 2.127,13 millones de euros establecido en el Convenio.

La promoción de las inversiones se realizará a través de la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, constituida el 30 de noviembre de 2005, que tiene entre sus principales objetivos la gestión de la construcción de infraestructuras del transporte terrestre (ferrocarril y carreteras) de titularidad estatal.

El Convenio autorizado hoy entrará en vigor el día de su firma y estará vigente durante el periodo 2007-2010, periodo que coincide con la vigencia del Contrato-Programa Administración General del Estado-ADIF.


Fomento

 

PLATAFORMA DE VÍA EN CUATRO TRAMOS DE BARCELONA Y GIRONA EN LA ALTA VELOCIDAD MADRID-FRONTERA FRANCESA

  • El presupuesto total de licitación asciende a más de 665 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras para la construcción de plataforma de vía en cuatro tramos de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-Frontera francesa. Tres de ellos se sitúan en la provincia de Girona y uno, en la provincia de Barcelona. Las obras cuentan con un presupuesto total de licitación que asciende a 665.063.357 euros y serán licitadas por ADIF, entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Fomento.

Los tres tramos de la provincia de Girona corresponden a los túneles urbanos y la estación de Girona, Sarrià de Ter-Sant Julià de Ramis y Riudellots-C/Joan Torró. el cuarto tramo, Montcada i Reixac-Mollet del Vallès, queda ubicado en la provincia de Barcelona.

Los proyectos contienen las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura, tales como movimientos de tierras, estructuras, túneles, viaductos, reposición de los servicios y servidumbres afectadas, y obras de drenaje, así como las conexiones transversales que aseguren la permeabilidad de la línea. Los nuevos trazados se han diseñado con ancho de vía internacional para doble vía de alta velocidad.

Con estas obras autorizadas hoy el Gobierno mantiene y reitera su compromiso de impulsar la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa.

Túneles urbanos y estación de Girona

Este tramo tiene una longitud de 3,64 kilómetros y discurre íntegramente por el término municipal de Girona.

Como elementos singulares hay que destacar la ejecución de dos túneles, mediante tuneladora, de diámetro exterior de 11,750 metros y sección libre de 69 m2, de denominaciones Girona I y Girona II, de 1.297 m. y 1.564 m. de longitud, respectivamente, y la Fase I de la nueva estación intermodal, consistente con los accesos a los andenes de la línea de alta velocidad y la reposición de la estación de autobuses, a excepción del vestíbulo en superficie.

El presupuesto de licitación asciende a 388.822.174,25 euros, y el plazo de ejecución de las obras es de treinta y dos meses.


Sarrià de Ter-Sant Julià de Ramis

El tramo tiene una longitud de 4,96 kilómetros y discurre por los términos municipales de Girona, Sarrià de Ter y Sant Julià de Ramis.

Como obras singulares destacan la construcción de dos túneles ejecutados mediante el método de excavación en mina. El primero, denominado túnel de Sarrià, es la prolongación del túnel Girona II y las obras prevén la construcción de 3.042 m, para formar una única estructura soterrada con una longitud total de 4.606 m. El segundo tramo, denominado túnel de Montagut, tiene una longitud de 475 m.

El presupuesto de licitación asciende a 116.979.541,77 euros y el plazo de ejecución de las obras también es de treinta y dos meses.

Riudellots-C/Joan Torró

El tramo tiene una longitud de 8,02 kilómetros y discurre por los términos municipales de Vilobí d'Onyar, Riudellots de la Selva, Aiguaviva, Fornells de la Selva y Girona.

Como obras singulares del tramo hay que destacar cuatro viaductos, cuyas longitudes son de 100 metros sobre la carretera N-156 (que conecta la autopista AP-7 con el aeropuerto de Girona-Costa Brava), de 145 metros sobre la AP-7, de 140 metros sobre la futura conexión entre la carretera N-II y la AP-7 y de 340 metros sobre el Rec de Can Gibert.

También se adecuarán canalizaciones de aguas pluviales en un tramo de más de 1.600 metros y los elementos de by-pass diseñados en las pantallas que garantizarán la adecuada transmivisidad de un acuífero.

Las obras cuentan con un presupuesto de licitación que asciende a 107.802.778,42 euros y un plazo de ejecución de dieciocho meses.

Montcada i Reixac-Mollet del Vallès

El tramo tiene una longitud de 6,12 kilómetros y discurre por los términos municipales de Montcada i Reixac, La Llagosta y Mollet del Vallès, en la provincia de Barcelona.

Como elementos singulares figura la construcción de tres viaductos sobre la Riera de Caldes, de 105 m; sobre la Riera Seca, de 205 m., y sobre la Riera de Gallecs, de 31 metros. Además, en este tramo se construirán los últimos 260 m del denominado túnel de Montcada, cuya longitud total es de 3.969 metros, pues los 3.709 m restantes corresponden al tramo anterior, Nudo de la Trinidad-Montcada.


Este proyecto tiene como principales beneficios una reducción del tiempo de viaje entre Madrid y la frontera francesa; un aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en los sistemas de conducción automática de trenes, así como el vallado a ambos lados de la vía y la ausencia de pasos a nivel; un incremento de la capacidad y la regularidad como resultado de disponer de doble vía en todo el trayecto y un aumento del confort para los viajeros al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura.

Mapa Tramo Barcelona Sants-Figueres


Fomento

 

OBRAS DE PLATAFORMA Y VÍA DEL TRAMO TOCÓN-VALDERRUBIO EN LA ALTA VELOCIDAD ANTEQUERA-GRANADA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de plataforma y vía del tramo Tocón-Valderrubio de la línea de alta velocidad entre Antequera y Granada. El tramo, que tiene una longitud de 14,082 kilómetros, está ubicado en la provincia de Granada a su paso por los términos municipales de Íllora y Pinos Puente. Cuenta con un presupuesto base de licitación de 97.142.915,60 euros y un plazo de ejecución de 35 meses.

Con la autorización de hoy son ya seis los tramos autorizados, licitados o adjudicados, con una longitud global de aproximadamente cincuenta kilómetros, de los once tramos en que se divide la línea, al que se suma el tramo de integración ferroviaria en la ciudad de Granada.

La construcción de la línea de alta velocidad Antequera-Granada en doble vía de ancho internacional (U.I.C.), y que discurre por las provincias de Málaga y Granada a lo largo de unos 119 km, se encuentra incluida en la Red Ferroviaria de Interés General. Está prevista su adaptación como línea de altas prestaciones en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (P.E.I.T.) 2005-2020, elaborado por el Ministerio de Fomento.

Características técnicas

El tramo Tocón-Valderrubio tiene una longitud de 14,082 metros de vía doble en ancho U.I.C. El comienzo del tramo se sitúa en el término municipal de Íllora, sobre la línea actual, cerca del límite con el término municipal de Villanueva de Mesía (sin atravesarlo). La parte final del trazado se sitúa sobre el término municipal de Pinos Puente.

Como uno de los elementos a destacar incluye el Puesto de Adelantamiento de Trenes (P.A.E.T.) de Tocón, ubicado en la gran longitud de recta existente, para la adecuada explotación de la línea de alta velocidad. Esta instalación tendrá una longitud total de 1.320 metros de alineación recta y estará formada por dos vías generales y dos vías de apartado, con una longitud de 400 metros.

La construcción de este tramo hace necesaria la ejecución de tres viaductos. El primero de ellos en sentido Este es el que atraviesa el arroyo de Brácana, con una longitud de 734 metros y una altura máxima de 27 metros sobre el cauce del arroyo. Está formado por dieciséis vanos de entre 30 y 48 metros. La luz con la que se proyectan los vanos del viaducto está condicionada por la necesidad de minimizar la afección sobre la fauna y la vegetación de ribera asociada a este cauce.


Un segundo viaducto discurrirá sobre el arroyo del Charcón, con una longitud de cincuenta metros y una altura máxima de catorce metros sobre el cauce del río. El tercer viaducto se construirá para salvar el yacimiento arqueológico conocido como "El Tesorillo". Tendrá una longitud de 150 metros, una altura máxima del orden de cinco metros, con una sección transversal de catorce metros sobre el yacimiento citado. Este viaducto contará con cuatro pilas y cinco vanos de treinta metros cada uno.

Otro elemento constructivo a destacar es la construcción del túnel artificial de Íllora de 650 metros de longitud. Además, a lo largo del tramo se construirán siete pasos superiores y cinco inferiores.

La línea está diseñada como vía doble electrificada en ancho internacional (U.I.C.) para desarrollar una velocidad superior a 300 km/h.

Mapa Tramo Tocón-Valderrubio


Interior

 

VEINTICINCO MILLONES PARA LA PUESTA EN MARCHA EN LEÓN DEL CENTRO DE TRATAMIENTO DE DENUNCIAS AUTOMATIZADAS DE TRÁFICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un inversión de veinticinco millones de euros para contratar la producción, gestión y explotación del Centro Estatal de Tramitación de Denuncias Automatizadas de Tráfico. Este centro se ubicará en León y será conocido con el nombre de Centro ESTRADA.

La Jefatura Central de Tráfico inició el pasado mes de abril los trámites para la creación e implantación del Centro ESTRADA para integrar la gestión de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico. En los últimos años, el volumen de estos expedientes alcanza los 2,5 millones anuales. Esta cifra se incrementará sensiblemente por la instalación muy reciente de unos 500 radares fijos.

Denuncias de radares fijos

El nuevo Centro tramitará, de forma automatizada y centralizada, las denuncias correspondientes a infracciones captadas a través de rádares fijos. Con la creación del Centro ESTRADA se pretende lograr una mayor eficacia, disminuyendo los tiempos de tramitación de denuncias, pero garantizando la seguridad jurídica del procedimiento y los derechos de los ciudadanos, puesto que se automatizan sólo, básicamente, los aspectos de captación de infracciones y remisión de notificaciones, en línea con las experiencias que ya han llevado a cabo otros países de nuestro entorno.

Para ello, el Centro ESTRADA dependerá de la Subdirección General de Normativa y Recursos de la Dirección General de Tráfico y al frente del mismo se situará un funcionario superior de la Administración General del Estado. La creación del Centro ESTRADA se llevará a cabo a través de una Orden del Ministro del Interior, cuya tramitación se halla prácticamente finalizada.

Para asegurar la producción, la gestión y la explotación del Centro ESTRADA el Consejo de Ministros ha autorizado este viernes al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico a celebrar el contrato necesario. La duración del contrato será de dos años y su adjudicación se llevará a cabo por concurso y en procedimiento abierto.

Dos Fases

La ejecución del contrato constará de dos fases: una primera fase de implantación y puesta en marcha, cuya duración será de seis meses desde la firma del contrato, y una segunda fase de gestión y explotación del Centro ESTRADA, que finalizará a los dos años de la firma del contrato, con posibilidad de prórroga por otros dos años.

La primera fase implicará, fundamentalmente, la realización de las siguientes actividades: acondicionar y dotar al edificio del Centro de todas las funcionalidades precisas; desarrollar todos los sistemas de información y de telecomunicaciones; adquirir el mobiliario; crear una página web; contratar y formar personal, y practicar pruebas de funcionamiento y puesta en marcha.

La segunda fase supondrá la realización de las siguientes actividades: recepción, tratamiento y archivo de las imágenes captadas y notificación del procedimiento sancionador; archivo digital de las alegaciones y recursos planteados por los interesados; envío de anuncios para su publicación; explotación y mantenimiento de los sistemas de información y telecomunicaciones; mantenimiento y seguridad de las instalaciones; digitalización de documentos; otras tareas de soporte a la tramitación; archivo físico de alegaciones y recursos; adquisición de consumibles necesarios para la operación del Centro; y soporte administrativo instrumental en la tramitación del procedimiento sancionador.

El importe máximo total del contrato es de 25.048.504,00 euros, que se financiarán con cargo a los Presupuestos de 2007, 2008 y 2009.


Industria, Turismo y Comercio

 

CRÉDITO FAD A COLOMBIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito a la República de Colombia por importe de 1.352.616,38 dólares con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) para financiar la construcción y suministro llave en mano de una pequeña central hidroeléctrica.

El proyecto se localiza en la costa Pacífica del Departamento del Cauca, aprovechando las aguas del río Brazo Seco. En una primera etapa se proveerá energía eléctrica a las poblaciones de los municipios de Guapi, Timbiqui e Iscuandé, de las que se beneficiarán unos 80.000 habitantes. En una segunda etapa se cubrirían las necesidades de otros tres municipios aledaños con lo que se duplicaría la población beneficiada. La disposición de una fuente de energía constante y confiable mejorará, en gran medida, la forma de vida de la población con un mayor acceso a la educación, a la salud, la alimentación y la posibilidad de industrializar y explotar sus recursos naturales, especialmente la pesquería.

La población de la zona son campesinos, en su mayoría comunidades indígenas asentadas a lo largo de la costa y aisladas del resto del país. Viven en condiciones de pobreza y miseria como consecuencia de su marginalidad, y llevar energía a estas regiones es inviable a través del sistema interconectado nacional. Desde hace años el Gobierno presta un servicio de energía a través de sistemas diesel, pero ello resulta costoso, insuficiente y contaminante, pues trabajan sólo unas horas al día por la limitación de la existencia y alto costo del combustible.

Las condiciones financieras del crédito serán de quince años de plazo total de amortización, incluyendo seis años de gracia, a un tipo de interés anual del 1,3 por 100, con vencimientos semestrales.


Educación y Ciencia

 

COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA SALUD Y EL DOPAJE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la estructura, funcionamiento y composición de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje, órgano colegiado adscrito al Consejo Superior de Deportes cuya creación se establece en la Ley Orgánica de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte aprobada en noviembre pasado. Es el primer Real Decreto de desarrollo de esta Ley.

Este órgano sustituye a las ya existentes Comisión Nacional Antidopaje y Comisión Nacional para la Protección de la Salud del Deportista. Se trata de un órgano representativo que aglutina a todos los actores tanto en la lucha contra el dopaje, como en la protección de la salud de los deportistas. Así, estará integrado por representantes de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las federaciones deportivas españolas, las ligas profesionales, deportistas y personas de reconocido prestigio en los ámbitos científico-técnicos, deportivo, médico y jurídico.

Entre los objetivos de la Comisión está tanto la protección de la salud de los deportistas, como la lucha contra el dopaje, puesto que el rechazo y la tolerancia cero hacia el dopaje tienen, básicamente, un componente de protección de la salud individual y de salud pública, así como una inequívoca dimensión ética de compromiso con los valores del juego limpio y la libre competición entre iguales.

En cuanto a la organización, la presidencia de la Comisión la ejercerá el Director General de Deportes. Habrá una subcomisión de Protección de la Salud y otra subcomisión contra el Dopaje. Junto a estos órganos, se crea el Consejo de Cooperación Interterritorial contra el Dopaje, instrumento de cooperación y de colaboración entre el Consejo Superior de Deportes y las Comunidades Autónomas en materia de protección de la salud y lucha contra el dopaje en el deporte. Finalmente, se crea un Comité Asesor que será, a su vez, el órgano de asesoramiento científico-técnico, médico y veterinario de la Comisión, que estará compuesto por expertos de reconocido prestigio en la materia


Administraciones Públicas

 

TRASPASADA A CANTABRIA LA GESTIÓN DE LA JUSTICIA

  • Asume también las funciones del Instituto de la Mujer en materia de información de los Derechos de la Mujer.

El Consejo de Ministros ha aprobado sendos Reales Decretos por los que se traspasa a la Comunidad Autónoma de Cantabria la gestión de la competencia de Justicia, por un lado, y se amplían medios en materia de protección a la mujer. Ambas medidas son consecuencia del acuerdo alcanzado entre ambas administraciones en el seno de la Comisión Mixta Estado-Cantabria del 22 de mayo pasado.

El traspaso de la gestión de la Justicia incluye 668 puestos de trabajo y 18 inmuebles, con un coste total de 26,4 millones de euros, a los que hay que añadir otros cinco millones en inversiones que se entregarán en los próximos cuatro años.

Con este traspaso, que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2008, Cantabria se convierte en la segunda Comunidad Autónoma que pasa a asumir la gestión de la Administración de Justicia en lo que va de legislatura, tras Asturias, y se sitúa como la tercera que más traspasos ha recibido en los últimos tres años, con un total de once materias.

También en la presente legislatura Cantabria es la segunda Comunidad Autónoma en traspaso de fondos (34,9 millones de euros), y en personal transferido, 726 empleados.

El otro traspaso acordado hoy es el Centro de Información de los Derechos de la Mujer, a partir del día 1 de julio de 2007. Ese día Cantabria asumirá las funciones y servicios de este centro que hasta ahora venía realizando el Instituto de la Mujer. Este acuerdo también supone el traspaso de los medios económicos a la comunidad autónoma, que tienen un coste de 63.500 euros.


Medio Ambiente

 

CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE SOBRE ARSÉNICO, CADMIO, MERCURIO, NÍQUEL E HIDROCARBUROS AROMÁTICOS POLICÍCLICOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los valores objetivo de concentración de arsénico, cadmio, mercurio y níquel, y de los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes tanto en el aire, como en depósito, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente.

Este Real Decreto es resultado de la transposición de una Directiva comunitaria de 2004 relativa a dicha materia y que completa el ámbito del régimen jurídico sobre contaminación atmosférica en la Unión Europea, tal como establece otra Directiva de 1996. Se trata de la transposición de la cuarta Directiva 'hija' sobre distintos contaminantes atmosféricos. Previamente se habían regulado los óxidos de azufre y nitrógeno, partículas en suspensión (PM10), plomo, benceno, monóxido de carbono y el ozono troposférico.

Los sectores afectados han sido consultados y el texto ha sido aprobado por las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. Las Comunidades Autónomas serán las encargadas en adoptar, según sus competencias, las medidas necesarias que no generen costes desproporcionados para garantizar que a partir del 31 de diciembre de 2012 las concentraciones de estas sustancias no superen los valores objetivo establecidos.

Las Comunidades Autónomas deberán elaborar una lista de las zonas y aglomeraciones en las que se hayan rebasado los valores objetivo fijados, especificando dónde se registran las superaciones y fuentes que contribuyen a las mismas.

Puntos de muestreo

Independientemente de los niveles de concentración, el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y en colaboración con las Comunidades Autónomas, establecerá un punto de muestreo cada 100.000 km2 para la medición indicativa de dichas sustancias. También se medirá el mercurio particulado y el mercurio gaseoso divalente.

Para cumplir con el deber de informar a la Comisión Europea, las Comunidades Autónomas facilitarán al Ministerio antes del 1 de julio de cada año, y por primera vez en el año 2009, los datos correspondientes a 2008, en las zonas y aglomeraciones donde se supere alguno de los valores objetivo establecidos. Del mismo modo, las Administraciones públicas deberán garantizar la puesta a disposición de manera regular de dichos datos a los ciudadanos.

Los equipos necesarios para la realización de dichas medidas han supuesto una inversión, con cargo a los Presupuestos de 2007, de casi 92.000 euros. Estos valores no exigirán costes desproporcionados, ya que las medidas que se adopten se ceñirán a las mejores técnicas disponibles según la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC), de 2002.

Tabla de Valores


Educación y Ciencia

 

ACUERDO PARA ACOGER EN BARCELONA LA EMPRESA COMÚN EUROPEA PARA EL ITER

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma del Acuerdo de Sede, Privilegios e Inmunidades entre el Reino de España y la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión, dentro del plazo de tres meses establecido por la Decisión del Consejo de la Unión Europea que constituyó la Empresa Común el pasado 27 de marzo. Acoger la Empresa Común para el ITER situará a España en una posición preeminente en el contexto europeo y mundial en investigación de fusión.

Este Acuerdo de acogida regula las condiciones de establecimiento de la sede en Barcelona de la Empresa Común, contempla las facilidades que España ofrece a la Empresa Común en cuanto a locales y servicios, y otorga a su director y personal los privilegios e inmunidades recogidos en el Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades del personal al Servicio de las Comunidades Europeas.

El Proyecto ITER, cuya construcción se está iniciando en Cadarache (Francia), tiene por objeto acometer un paso decisivo en el proceso de obtención de energía por medio de la fusión termonuclear controlada mediante la construcción de un gran reactor experimental de fusión en un marco de cooperación internacional, del que forman parte Europa, Japón, Rusia, Estados Unidos, India, Corea, y China. Su objetivo es demostrar la viabilidad de esta fuente de generación de energía, limpia, segura e inagotable que supondría un paso decisivo para la humanidad en su camino por alcanzar un esquema energético duradero y sostenible en nuestro planeta.

La Empresa Común Europea para el ITER, cuya sede se ubicará en Barcelona, será la responsable, entre otros aspectos, de gestionar la participación europea en el ITER, incluyendo los suministros industriales que Europa se ha comprometido a aportar al proyecto, cuyo montante económico ascenderá a más de dos mil millones de euros durante los próximos años.


Economía y Hacienda

 

7,2 MILLONES PARA PROGRAMAS DE ESTABILIZACIÓN E INTENSIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

El Consejo de Ministros ha concedido un suplemento de crédito en el Presupuesto del Instituto de Salud Carlos III, por importe de 7.277.240 euros, para financiar programas de estabilización e intensificación de la investigación.

En la III Conferencia de Presidentes celebrada el 11 de enero de 2007 se acordó, entre otras medidas relacionadas con la I+D+I, la adopción de la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología con horizonte 2015, para reforzar la capacidad investigadora del Sistema Nacional de Salud y facilitar el traslado de estas investigaciones a mejoras de la práctica clínica.

Por ello se declaró la necesidad de realizar un esfuerzo conjunto entre la Administración General del Estado y las Administraciones Autonómicas que se concreta en los siguientes compromisos: aumentar la contratación estable de investigadores excelentes en el Sistema Nacional de Salud; incrementar la dotación de personal asistencial dedicado a la investigación; crear un fondo financiado por la Administración General del Estado para que las Comunidades Autónomas contraten de forma estable técnicos de apoyo a la investigación y crear un fondo para favorecer la incorporación estable de investigadores en las Comunidades Autónomas menos avanzadas en I+D+I Biomédica y Sanitaria.


Justicia

 

NACIONALIDAD ESPAÑOLA PARA UN INTÉRPRETE DEL CONTINGENTE ESPAÑOL EN KOSOVO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Irfad Basic, de origen bosnio, que trabaja como intérprete para el Ministerio de Defensa desde junio de 1999.

Nacido en Bilecia (Bosnia-Herzegovina), en 1960, Irfad Basic es parte integrante del contingente español de KFOR en Kosovo, donde desarrolla sus servicios en el ejército español con profesionalidad y a plena satisfacción de los distintos contingentes de las Fuerzas Armadas Españolas.

La concesión de nacionalidad española por carta de naturaleza es una potestad discrecional del Gobierno, en base a circunstancias excepcionales que concurran en el interesado. Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).


Educación y Ciencia

 

NUEVO COMPLEMENTO ESPECÍFICO PARA EL PROFESORADO DE LA UNED

El Consejo de Ministros ha acordado, a iniciativa de la Ministra de Educación y Ciencia y a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, un nuevo componente del complemento específico para la aplicación del artículo 27.1 D) de la Ley de Presupuestos Generales del Estado al profesorado universitario de la Universidad de Educación a Distancia (UNED).

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007 establece un aumento adicional en el complemento específico de los sueldos que perciben los funcionarios, que se suma al previsto con carácter general.

Para los funcionarios docentes de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Consejo de Ministros ha acordado el método para aplicar las previsiones del artículo 27 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, determinando las cuantías mensuales del complemento específico.

En el caso de los funcionarios docentes universitarios de la UNED que presten sus servicios a tiempo completo, el complemento se abonará en catorce pagas de las que doce serán iguales y otras dos, que se percibirán los meses de junio y diciembre, serán de un tercio de la percibida mensualmente.

A los funcionarios docentes de niveles universitarios en régimen de tiempo parcial se les abonarán dos pagas adicionales del mismo importe en los meses de junio y diciembre.


Medio Ambiente

 

UTILIDAD PÚBLICA DE LA COMPRA DEL ISLOTE DE INSUIÑA, EN PONTEVEDRA

  • Se incorporará al Dominio Público Marítimo-Terrestre.

El Consejo de Ministros ha autorizado la declaración de utilidad pública de la adquisición, por parte de la Dirección General de Costas, de la finca Islote de Insuiña, situada en Ponte San Paio, en el término municipal de Pontevedra, para su incorporación al Dominio Público Marítimo-Terrestre. La superficie de la finca supera los tres mil metros cuadrados.

Mediante la adquisición de esta finca se reforzarían los objetivos que persigue la Ley de Costas: por un lado, frenar el deterioro de la franja litoral debido a diversas acciones antrópicas en las áreas paisajísticamente más bellas; y, por otro, ordenar el litoral, especialmente los alrededores de aquellas zonas que sufren una mayor presión urbanística, asegurando que el dominio público queda protegido.

Esta iniciativa forma parte del "Programa de Adquisición de Fincas" que el Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha para reforzar la protección de la costa y ampliar la superficie de Dominio Público Marítimo-Terrestre.

El objetivo del Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Costas, es garantizar la conservación de estos espacios naturales y su uso público, impidiendo que en el futuro se produzca un desarrollo urbanístico que provoque una degradación y usos no sostenibles.

El número de fincas sobre las que se hará una valoración en todo el litoral español supera las 160. La Dirección General de Costas ha realizado ya una valoración sobre más de treinta, cuya superficie total supera los ocho millones de metros cuadrados y su precio estimado se sitúa en torno a los veintiocho millones de euros.


Fomento

 

REHABILITACIÓN DEL FIRME EN VARIOS TRAMOS DE LA A-62 Y BU-30 EN BURGOS

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de rehabilitación estructural del firme del tramo de la Autovía A-62 situado entre la conexión de la Ronda Oeste de Burgos con el límite provincial de Palencia, y el tramo de la Autovía BU-30 entre el Nudo Landa con la conexión Ronda Oeste de Burgos, ambos en la provincia de Burgos. El presupuesto de licitación asciende a 12.372.717,89 euros.

Con esta actuación se rehabilita el firme en el antiguo corredor de la N-620 que incluye los siguientes tramos alrededor de Burgos:

  • A-62, Autovía de Castilla. Del p.k. 9+000 al 40+700. Tramo: Conexión Ronda Oeste - límite de provincia de Palencia. Longitud del tramo: 31,7 km.
  • BU-30. Del p.k. 4+000 al p.k. 9+000. Tramo: Nudo Landa - Conexión Ronda Oeste. Longitud del tramo: 5 km.
  • Ramales del Nudo Landa. Longitud del tramo: 0,5 km.

Características técnicas

Entre las actuaciones a realizar destacan las siguientes:

  • Rehabilitación de firme en los tramos mencionados de la A-62 y en la BU-30.
  • Mejora del drenaje con reperfilado de cunetas y/o el borde de la vía, así como la instalación de 88 m de juntas de neopreno.
  • Mejora de las protecciones de obstáculos fijos, pilas y huecos, donde se sustituye la actual barrera metálica por 2.304 metros de barrera rígida de hormigón.
  • Instalación de 7.589 metros de barrera de seguridad.
  • Colocación de nuevos hitos de arista, captafaros, pretiles metálicos en estructuras, hitos delineadores y el traslado de veinte señales.

La actuación se completa con la reposición de marcas viales y con la realización de plantaciones arbustivas y arbóreas para conseguir una mejora medioambiental y del entorno de la carretera, y favorecer la formación de una pantalla vegetal en la mediana que impida los deslumbramientos y dificulte los rebases de la mediana.

Mapa rehabilitación del firme


Economía y Hacienda

 

2,1 MILLONES PARA CONSERVAR Y REHABILITAR LA FINCA RAIXA , EN MALLORCA

El Consejo de Ministros ha concedido un suplemento de crédito en el Presupuesto de Parques Nacionales, por importe de 2.103.542 euros, destinados a dotar los recursos necesarios para la firma de un anexo al Convenio de Colaboración suscrito entre la Fundación Biodiversidad y el Organismo autónomo Parques Nacionales para la conservación y rehabilitación de los valores culturales y naturales de la finca Raixa, situada en el término municipal de Bunyola (Mallorca).

El Convenio, suscrito en 2003, tiene como finalidad la conservación, protección y, en su caso, mejora de los valores naturales, culturales sociales, histórico-artísticos, educativos, recreativos, ambientales, antropológicos y etnológicos de la finca.


Educación y Ciencia

 

ESTABLECIDAS CINCO NUEVAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos por los que se añaden cinco nuevas cualificaciones profesionales y su formación asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, lo que permitirá tener una oferta de enseñanzas de Formación Profesional actualizada. Con éstas, ya son 249 las cualificaciones profesionales establecidas desde la creación del Catálogo en la Ley de Cualificaciones y de la Formación Profesional de 2002.

Las cualificaciones profesionales son el conjunto de competencias con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación o a través de la experiencia laboral. Cada cualificación se organiza en unidades de competencia y cada una de éstas lleva asociado un módulo formativo donde se describe la formación necesaria para adquirir esa competencia. El objetivo es que el trabajador o estudiante pueda acumular competencias hasta conseguir la acreditación de la cualificación completa mediante un Título de Formación Profesional o un Certificado de Profesionalidad.

Las cualificaciones aprobadas hoy pertenecen a tres familias profesionales y son: "Diseño en la industria naval" (familia profesional de Fabricación Mecánica), "Gestión de servicios para el control de organismos nocivos" e "Interpretación y educación ambiental" (familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente) y "Mantenimiento de sistemas de rodaje y transmisión de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil, sus equipos y aperos" y "Mantenimiento del motor y de los sistemas eléctricos, de seguridad y confortabilidad de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil" (familia profesional de Transporte y Mantenimiento de Vehículos).

Las nuevas cualificaciones y los módulos formativos a ellas asociados los diseña el Instituto Nacional de las Cualificaciones, con la participación y colaboración de las Comunidades Autónomas y demás Administraciones Públicas competentes, así como los interlocutores sociales y los sectores productivos. En febrero de 2004 se aprobaron las primeras 97 cualificaciones; en septiembre de 2005, otras 65 y en octubre del año siguiente, 61 más. En lo que va de año se han aprobado 26.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

 

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CANJE DE NOTAS SOBRE EL ACUERDO DE TRANSPORTE POR CARRETERA CON KAZAJSTÁN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas relativo al Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre transporte internacional de viajeros y mercancías por carretera, que fue autorizado por el Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2005.

Este Acuerdo tiene por finalidad promover el transporte internacional de viajeros y mercancías por carretera entre ambos Estados y en tránsito a través de sus territorios, en base al principio de asistencia mutua, cooperación y reciprocidad entre los dos países.

Contempla las cláusulas habituales en este tipo de Acuerdos y se exigen, en función del tipo de transporte que se realice, las autorizaciones correspondientes de las Autoridades competentes, salvo en determinados supuestos que se declaran exentos de tal necesidad o sujetos a permisos especiales, y se establece un plazo máximo de vigencia de las autorizaciones en función del tipo y la naturaleza de los transportes.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

APORTACIÓN A LA FAO PARA LA CONFERENCIA SOBRE RECURSOS ZOOGENÉTICOS PARA LA AGRICULTURA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aportación a la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) de 73.806 euros como contribución para la celebración la I Conferencia Técnica Internacional sobre recursos zoogenéticos para la Agricultura, que se celebrará en Interlaken (Suiza) del 1 al 7 de septiembre de este año.

En esta Conferencia se presentará el Primer Informe sobre la situación de los recursos zoogenéticos mundiales, en cuya preparación han participado 160 países y cuya valoración y análisis proporcionará una clara visión de conjunto de la situación en que se encuentran, así como la capacidad de gestión de los mismos.

Los resultados del Informe servirán de base para el establecimiento de unas prioridades estratégicas para el ordenamiento de los recursos zoogenéticos para la Alimentación y la Agricultura para los próximos diez años, lo que permitirá así ofrecer una visión a largo plazo de la Estrategia Mundial.

España ha realizado durante las últimas décadas un papel decisivo en la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura de la FAO. Fruto de este trabajo fue la aprobación del Tratado Internacional sobre recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TIRFAA) que contó con la ratificación española en 2004, y la organización en Madrid el pasado año de la 1ª Reunión del Órgano Rector del TIRFAA.

En este ámbito de colaboración España también organizará y financiará la reunión de la Asociación Europea de Producción Animal (EEAP), organismo responsable en Europa de la recogida de datos sobre los recursos zoogenéticos, prevista para 2009.


BIOGRAFÍAS

Defensa

 

Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire.-

Teniente General D. JUAN ANTONIO DEL CASTILLO MASETE.

Nacido el 16 de abril de 1948, casado, con cuatro hijos. Ha estado destinado en el 803 Escuadrón de Fuerzas Aéreas, en la Escuela Superior del Aire, en el Estado Mayor del Aire y en el Gabinete Técnico del Secretario de Estado de Defensa.

Ha sido Jefe del Ala número 48, Director del Gabinete del Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Jefe de la División de Logística y Recursos del Estado Mayor Militar de la Unión Europea, Asesor del Jefe del Estado Mayor del Aire en Asuntos Logísticos, Segundo Jefe del Mando del Apoyo Logístico del Ejército del Aire y Jefe Interino del Mando del Apoyo Logístico.

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