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Referencia del Consejo de Ministros

viernes, 15 de febrero de 2008

 

SUMARIO

Presidencia

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se modifica el artículo 59 del Reglamento por el que se desarrolla la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, aprobado por Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
  • REAL DECRETO de recursos propios de las entidades financieras.
  • REAL DECRETO sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309, de 4 de noviembre.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales en la Corporación RTVE, S.A., y en la Sociedad Mercantil Estatal TVE.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Administraciones Públicas por importe de 20.150.000 euros, para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 11/2008, de 11 de enero, por el que se desarrollan actuaciones previstas en el Real Decreto Ley 10/2007, de 19 de octubre, sobre medidas urgentes para reparar daños causados por intensas tormentas de lluvia y viento e inundaciones que han afectado a la Comunidad Valenciana durante los días 11 a 19 del mes de octubre de 2007.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Administraciones Públicas por importe de 8.230.000 euros, para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 1471/2007, de 2 de noviembre, por el que se amplía el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 7/2007, de 3 de agosto, sobre medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la firma de un convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2008-2015 y del ciclo integral de agua en Aragón.
  • INFORME sobre la situación actual de la economía española.

Justicia

  • ACUERDO por el que se decide la entrega en extradición a las autoridades de Argentina de Rodolfo Eduardo Almiron Sena por delitos de lesa humanidad y genocidio.

Defensa

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura, tramo: Cáceres-Mérida, subtramo: Cáceres-Aldea del Cano, longitud: 23,50 km", con un presupuesto de 65.565.620,48 euros, Cáceres.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Monforte del Cid-Aspe, longitud: 7,84 km", con un presupuesto de 63.019.426,28 euros, Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/ Comunidad Valenciana/ Región de Murcia, tramo: El Carrús-Elche, longitud: 4,52 km", con un presupuesto de 78.340.439,94 euros, Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Aspe-El Carrús, longitud: 3,48 km", con un presupuesto de 50.430.468,65 euros, Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Proyecto constructivo de la base de montaje de Villarrubia de Santiago, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad a Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Madrid-Cuenca-Valencia, con un presupuesto de 17.469.518,30 euros, Toledo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Proyecto constructivo de montaje de vía. Línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa, tramo: La Roca-Riudellots", con un presupuesto de 12.638.748,62 euros, Barcelona y Girona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras "Proyecto constructivo de montaje de vía e instalaciones auxiliares del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Siete Aguas-Valencia-Almussafes, longitud: 61,760 km de vía doble", con un presupuesto de 42.960.218,66 euros, Valencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras "Proyecto constructivo de montaje de vía del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad a Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Gabaldón-Siete Aguas, longitud: 102,65 km de vía doble", con un presupuesto de 34.117.772,62 euros, Cuenca y Valencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto “Eje Atlántico de alta velocidad, tramo: A Vacariza-Rialiño. Plataforma”, con un presupuesto de 115.908.278,31 euros, A Coruña.

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto “Eje Atlántico de alta velocidad, tramo: Vilagarcía de Arousa-Catoria. Plataforma”, con un presupuesto de 161.004.424,31 euros, Pontevedra.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Nueva calzada sentido sur de Despeñaperros, tramo: Venta de Cárdenas-Santa Elena”, con un presupuesto de 110.880.292,63 euros, Jaén.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Proyecto complementario núm. 1 de las obras: de mejora de la movilidad urbana y obras complementarias, cuarto cinturón de Zaragoza, tramo: ronda este”, con un presupuesto de 16.879.379,14 euros, Zaragoza.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Variante suroeste de Talavera de Reina, longitud: 6,5 km", con un presupuesto de 30.800.542,23 euros, Toledo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Autovía A21, Jaca-límite provincial Navarra, tramo: Santa Cilia–Puente la Reina de Jaca", con un presupuesto de 40.363.027,54 euros, Huesca.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Carretera N-340, tramo: Variante de L’ Aldea", con un presupuesto de 36.695.939,09 euros, Tarragona.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Autoridad Portuaria de Sevilla la enajenación de determinados terrenos ubicados en el entorno de la Avenida de las Razas de Sevilla, desafectados de la zona de servicio del puerto en virtud de la Orden Ministerial de 16 de noviembre de 2007.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio 2008 de Gestión Directa entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras ferroviarias de titularidad estatal.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Trabajo y Asuntos Sociales

  • REAL DECRETO por el que se crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas.
  • ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio 2008 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante del crédito presupuestario, por un importe de 200.000.000 de euros, al Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes así como a su refuerzo educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios de carácter informático de Administración Electrónica para el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios de carácter informático para el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • ACUERDO por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2008, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Industria, Turismo y Comercio


Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se completa la aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado y se regula el registro de los precios de mercado.
  • REAL DECRETO por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos.
  • REAL DECRETO por el que se establece la normativa básica referente a los paneles de catadores de aceite de oliva virgen.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1539/2006, de 15 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO sobre ampliación de medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 2646/1985, de 27 de diciembre, en materia de obras hidráulicas.

Cultura

  • INFORME sobre la futura creación del Centro Nacional de la Moda y del Museo Nacional de Etnografía y sobre el traslado de las colecciones del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas.

Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en la cuenca hidrográfica del río Ebro.
  • ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de agua desde la cuenca atlántica andaluza a la del Guadalquivir.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 2 del proyecto de colectores secundarios del interceptor general del Saja-Besaya, tramo II: el Cueto-Sorravides, saneamiento general de la cuenca del sistema fluvial Saja-Besaya (Cantabria).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la zona de actuación especial para la restauración forestal y medioambiental, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños producidos por los incendios forestales en la isla de Tenerife en 2007.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la zona de actuación especial para la restauración forestal y medioambiental, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños producidos por los incendios forestales en la isla de Gran Canaria en 2007.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la zona de actuación especial, para la restauración forestal y medioambiental, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños producidos por el incendio forestal de Frontera y Valverde, isla de El Hierro, en 2006.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la zona de actuación especial para la restauración forestal y medioambiental, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños producidos por los incendios forestales en la isla de La Gomera en 2007.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la zona de actuación especial para la restauración de cauces, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños causados por las inundaciones de los días 26, 27 y 28 de enero de 2007 en la isla de El Hierro.
  • ACUERDO por el que se autoriza por razones de utilidad pública a la Diputación Provincial de Huelva la ejecución del proyecto de construcción de un nuevo puente internacional sobre el río Chanza, y carreteras de acceso que comunique El Granado con Pomarao, en el término municipal de El Granado (Huelva), en terrenos de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, y se declara de utilidad pública la ejecución de dichas obras para la ocupación de terrenos del dominio público marítimo terrestre.

ACUERDOS DE PERSONAL

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se promueve a la categoría de Fiscal de Sala a Dª CONSUELO MADRIGAL MARTÍNEZ PEREDA y se le nombra Fiscal de Sala Coordinador de Menores.
  • REAL DECRETO por el que se promueve a la categoría de Fiscal de Sala a Dª ELVIRA TEJADA DE LA FUENTE.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Teniente Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado a D. PEDRO JOSÉ CRESPO BARQUERO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a Dª MARÍA ASUNCIÓN GÓMEZ MARTÍN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a Dª OLGA EMMA SÁNCHEZ GÓMEZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a Dª MARÍA DEL PILAR MARTÍN NÁJERA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo a D. RAFAEL ESCOBAR JIMÉNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado a Dª ALMUDENA LASTRA DE INÉS.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado a D. FRANCISCO MORENO CARRASCO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a D. PEDRO MARTÍNEZ TORRIJOS.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a Dª MARÍA TERESA SANDOVAL ALTELARREA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacinal a Dª ANA NOÉ SEBASTIÁN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía Antidroga a Dª PALOMA CONDE-PUMPIDO GARCÍA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada a Dª MYRIAM GLORIA SEGURA RODRIGO.


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ASUNTOS GENERALES

Economía y Hacienda

 

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda un Informe sobre la situación de la economía española. Según la primera estimación del Instituto Nacional de Estadística, hecha pública ayer, la economía española creció un 3,8 por 100 en 2007, 1,1 puntos más que la media de la zona euro. Además, en el último trimestre del año, el PIB creció un 0,8 por 100 respecto al tercer trimestre del año, el doble que la zona euro.

Los resultados de 2007 cierran una legislatura que ha registrado los mejores resultados económicos de la democracia y una mejora sustancial de todos los indicadores respecto al punto de partida en 2003.

Las primeras estimaciones del Gobierno para 2008 apuntaban a una desaceleración de la actividad económica que se ha visto agudizada, a partir del verano, por las turbulencias financieras internacionales y la escalada del precio del petróleo y los cereales en todo el mundo.

Según ha explicado el Vicepresidente segundo, España está bien preparada para hacer frente a este nuevo panorama internacional gracias a la política económica llevada a cabo a lo largo de la Legislatura: el superávit y la reducción de la deuda pública; la creación de empleo; la nueva orientación del gasto público hacía políticas productivas y las reformas estructurales llevadas a cabo en ámbitos como la defensa de la competencia, la vivienda, el sector financiero, el medio ambiente, el sector eléctrico, la fiscalidad, la atención a personas dependientes, el mercado laboral y la Seguridad Social.

Dado que la política monetaria está en manos del Banco Central Europeo, el principal instrumento de actuación en una fase de menor crecimiento es la política fiscal. El superávit registrado a lo largo de la legislatura ofrece al Gobierno margen de maniobra suficiente para mantener los planes de inversión en políticas productivas, cubrir los compromisos en políticas sociales y adoptar otras medidas adicionales, manteniendo la estabilidad presupuestaria a lo largo del ciclo.

El Informe del Vicepresidente Segundo insiste en que la economía española no necesita un plan de choque porque el Gobierno no ha dejado de tomar medidas ni un solo día. La decisión de no adoptar medidas de choque en la Unión Europea fue refrendada unánimemente por todos los Ministros de Economía europeos en la reunión del ECOFIN celebrado esta semana en Bruselas.

En el mismo se repasan todas las medidas adoptadas en los últimos meses, con aplicación en 2008 y que están contribuyendo a mejorar la situación de las familias, de los trabajadores, los pensionistas, las empresas, los autónomos o el mercado de la vivienda.

Medidas para familias, trabajadores y pensionistas

  • Deflactación de la tarifa del IRPF y actuación de los mínimos personales y de la reducción por rentas del trabajo.
  • 871 millones de euros para la aplicación de la Ley de Dependencia.
  • Subida de las pensiones mínimas entre un 5 y un 6,5 por 100.
  • Subida del Salario Mínimo Interprofesional de 540 a 600 euros.
  • Renta de emancipación para jóvenes: 210 euros mensuales para pago de alquiler (jóvenes entre 22 y 30 años, ingresos máximos de 22.000 euros brutos anuales).
  • Políticas activas de empleo: 7.900 millones de euros.
  • Para facilitar el reciclaje y el acceso al empleo de los trabajadores.
  • Políticas de cobertura de desempleo: La tasa de cobertura se encuentra en máximos históricos: el 80 por 100 de los desempleados cobra prestaciones.
  • Incremento de las prestaciones asistenciales por desempleo en un 3,5 por 100.
  • Rebaja de costes de la modificación de hipoteca (Ley Hipotecaria).
  • Pago de 2.500 euros por nacimiento o adopción.

Medidas para los empresarios y los autónomos

  • Rebaja de cinco puntos en el Impuesto de Sociedades 2007-2008.
  • Reducción de la cotización empresarial por desempleo: 0,5 puntos 2007-2008.
  • Congelación de módulos y reducción para sectores agrarios específicos.
  • 7.000 millones en líneas ICO para financiación de las pymes (línea ICO-PYME).
  • 1.000 millones de euros en avales del Estado a fondos de titulización de préstamos a pymes.
  • Bonificación de un 30 por 100 durante treinta meses a jóvenes y mujeres que se autoempleen (285.000 beneficiarios).
  • Incremento de la capitalización por desempleo del 20 al 40 por 100 en supuestos de autoempleo.


Medidas en el sector de la vivienda

  • Impulso a la vivienda de protección oficial: este año se construirán 100.000 viviendas.
  • Impulso al alquiler:
  • Ayudas para los inquilinos (renta de emancipación y desgravación fiscal del alquiler).
  • Ayudas para los propietarios: seis mil euros para los propietarios de viviendas que las pongan en alquiler.
  • Ayuda de seis mil euros para los promotores que pongan viviendas en alquiler, transcurrido un año desde su construcción.
  • Incentivos financieros para promotores que construyan vivienda protegida para venta o alquiler.
  • Se extienden las ayudas a la rehabilitación a la renovación urbana. En el programa electoral se incluyen propuestas de mejora fiscal para la rehabilitación de viviendas.
  • Avales de tres mil millones de euros del ICO para facilitar la financiación de la adquisición de vivienda de protección oficial.
  • Nueva Orden Ministerial de tasación que clarifica las implicaciones a efectos de valoración de la Ley del Suelo.
  • Modificación del Reglamento de las Instituciones de Inversión Colectiva (adoptada hoy en Consejo de Ministros)
  • Flexibilización de los límites de endeudamiento de las Instituciones de Inversión Colectiva dedicadas a la vivienda protegida en alquiler.
  • Fomento de la liquidez de la inversión en Instituciones de Inversión Colectiva inmobiliarias.

(INFORME)


Medio Ambiente

 

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA GESTIÓN DE LOS RECURSOS HIDRÁULICOS Y CORREGIR LOS EFECTOS DE LA SEQUÍA EN LA CUENCA DEL EBRO

  • La Confederación Hidrográfica tendrá facultades extraordinarias para modificar las condiciones de uso del agua.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en la cuenca hidrográfica del río Ebro.

El Gobierno ha decidido adoptar esta medida, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, a la vista de que la cuenca del río Ebro está sufriendo los efectos de la sequía, tal y como precisan los indicadores previstos en el Plan Especial de actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía de dicha cuenca hidrográfica. La situación es complicada en las zonas reguladas ubicadas dentro de las Comunidades Autónomas de La Rioja, Aragón, Navarra y Cataluña, y de normalidad en las cuencas del Bayas, Zadorra e Inglares y en el eje del Ebro.

El Real Decreto permite adoptar las medidas restrictivas necesarias en relación con la utilización del dominio público hidráulico para la explotación racional de los recursos hídricos, con el fin de garantizar el máximo posible de las demandas tanto de abastecimiento de las poblaciones, como ambientales, y, de manera equitativa, la de los distintos usos en función de la disponibilidad de agua en cada momento.

Autorizaciones a la Confederación Hidrográfica del Ebro

El Real Decreto que hoy se aprueba establece la autorización a la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Ebro para modificar temporalmente las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, y, en particular, para reducir las dotaciones en el suministro de agua que sean necesarias para racionalizar la distribución de los recursos hídricos; modificar los criterios de prioridad para la asignación de recursos a los distintos usos del agua, respetando en todo caso la supremacía del usos consignado en el art.60 del texto refundido de la Ley de Aguas, e imponer la sustitución de la totalidad o de parte de los caudales concesionales por otros de distinto origen y de calidad adecuada para el uso al que está destinado, con el fin de racionalizar el aprovechamiento del recurso.

También podrá modificar las condiciones fijadas en las autorizaciones de vertido y las asignaciones y reservas previstas en el plan hidrológico. Además, se podrá exigir a los usuarios la instalación inmediata de dispositivos de modulación, regulación y medición en las conducciones, así como adaptar el régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades para compatibilizarlos con otros usos.

Podrán modificarse temporalmente, y mediante resolución motivada, los requerimientos medioambientales establecidos en el plan hidrológico de cuenca, procurando asegurar los valores medioambientales de los ecosistemas afectados, y aplicar, si se considera necesario, medidas correctoras que garantizarán que no se ponga en peligro la recuperación del estado de dichos ecosistemas.

Comisión Permanente

Para el cumplimiento de estas funciones, el Gobierno garantizará la máxima transparencia y participación social, con objeto de evitar cualquier arbitrariedad. Así, la Junta de Gobierno del organismo de cuenca constituirá una Comisión Permanente, presidida por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de la que formarán parte el Comisario de aguas; el Director Técnico; el Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica; un representante de cada uno de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Industria, Turismo y Comercio; un representante de cada Comunidad Autónoma cuyo territorio esté situado en el ámbito de la Confederación Hidrográfica y representantes de colectivos de usuarios (abastecimiento, regadío y aprovechamiento energético).

El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro podrá adoptar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente y podrá ordenar, en concepto de medidas provisionales, la clausura temporal de las instalaciones de tomas de agua o vertido.

Igualmente, podrá realizar o imponer la ejecución de aquellas actuaciones de control o de medidas de caudales y de evolución de acuíferos que sean necesarias para una mejor distribución del agua, así como para ejecutar obras de captación, transporte o adecuación de infraestructuras.

El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro podrá autorizar también la puesta en marcha, por cuenta propia o ajena, de cualquier sondeo, cuente éste con instalación elevadora o no, que permita la aportación provisional de nuevos recursos. Esta facultad incluye la puesta en servicio de sondeos existentes o la ejecución de otros nuevos, en la medida en que sean imprescindibles para obtener los caudales suficientes con los que satisfacer las demandas más urgentes, y para aportar recursos para el mantenimiento de los valores ambientales de los ecosistemas asociados, especialmente en las zonas húmedas con riesgo de sufrir daños ambientales significativos. Tales sondeos serán clausurados cuando desaparezcan las condiciones de escasez y, en ningún caso, generarán nuevos derechos concesionales.

Procedimiento de urgencia e infracciones

Los procedimientos vinculados a la ejecución del Real Decreto se declaran de urgencia, al amparo de lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, al mismo tiempo, se simplifican los trámites para la modificación de las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, elemento central para garantizar la eficacia de esta regulación excepcional, asegurando en todo caso la necesaria participación y audiencia de los interesados.

Con el fin de agilizar las actuaciones necesarias para combatir de modo eficaz la sequía, su ejecución revestirá carácter de emergencia.

Se concreta el régimen sancionador en lo que atañe a las infracciones cometidas en relación con las medidas excepcionales incluidas en el Real Decreto, para dotar a los órganos competentes de facultades acordes con la gravedad de la situación, en beneficio del interés público.

El período de aplicación de este Real Decreto se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 30 de noviembre de 2008. En su elaboración ha sido oída la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Hábitos de ahorro

El Gobierno pide a la población que siga manteniendo sus hábitos de ahorro, concienciación y sensibilidad frente a la delicada situación en la que nos encontramos en las zonas en las que persisten las condiciones de sequía.

Estas medidas cumplen con los principios del Programa A.G.U.A del Ministerio de Medio Ambiente, que incluye proyectos de mejora de gestión y del suministro de agua acordes con las necesidades existentes y futuras ligadas al desarrollo de los territorios de forma sostenible en términos económicos, sociales y ambientales, incluso en situación de sequía, así como medidas para la preservación del dominio público hidráulico y de los espacios asociados a los mismos.


Medio Ambiente

 

TRANSFERENCIA DE AGUA DE 4,99 HECTÓMETROS CÚBICOS DESDE LA CUENCA ATLÁNTICA ANDALUZA A LA DEL GUADALQUIVIR

  • Esta aportación contribuirá a asegurar el abastecimiento de los pueblos de la Mancomunidad de Municipios del Condado de Huelva.
  • Además, este volumen adicional permitirá la recuperación de los acuíferos de la zona contribuyendo al equilibrio hídrico del entorno del Parque Nacional de Doñana.

El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de 4,99 hectómetros cúbicos de agua desde la Cuenca Atlántica Andaluza a la cuenca del Guadalquivir. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 15 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional de 2001, con el fin de poder determinar las repercusiones ambientales de la transferencia se someterán a evaluación de impacto ambiental, de manera conjunta, todos los proyectos relativos a la misma.

Esta aportación contribuirá a asegurar el abastecimiento de los pueblos de la Mancomunidad de Municipios del Condado de Huelva, cuyo suministro a partir del embalse del Corumbel cuenta con escasa garantía. Además, este volumen adicional permitirá la recuperación de los acuíferos de la zona contribuyendo al equilibrio hídrico del entorno del Parque Nacional de Doñana.

La transferencia planteada tiene su base legal en el artículo 14 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional, que recoge la previsión de transferencias de pequeña cuantía. Dicha previsión permite salvar dificultades puntuales de suministro de agua y tiene su aplicación más clara en situaciones de sequía, como la que actualmente sufre la cuenca del Guadalquivir, que se enfrenta a su cuarto año consecutivo con precipitaciones por debajo de la media.

Desde que comenzó el periodo de sequía, el Gobierno ha invertido más de 660 millones de euros en actuaciones de urgencia y emergencia. Además, ha acelerado la puesta en funcionamiento de las plantas desalinizadoras previstas en el Programa A.G.U.A. y ha adoptado numerosas medidas de gestión, con lo que se han evitado las restricciones en las ciudades en el periodo más grave de sequía registrado en España.


Medio Ambiente

 

MÁS DE 300 MILLONES PARA UN CONVENIO CON ARAGÓN EN MATERIA DE CALIDAD DE LAS AGUAS

  • Permitirá desarrollar en Aragón el nuevo Plan Nacional de Calidad de las Aguas.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto, con cargo a ejercicios futuros, para el desarrollo de las actuaciones incluidas en el convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón sobre el nuevo Plan Nacional de Calidad de las Aguas y del Ciclo Integral del Agua.

Los compromisos de gasto que es necesario adquirir, entre los ejercicios 2009 a 2015, ascienden a 317 millones de euros. La anualidad 2008 se atenderá con cargo al presupuesto vigente, dotado con un crédito de treinta millones de euros.

Ya se ha elaborado un proyecto de convenio en el que se establecen las condiciones específicas para la gestión de la construcción y explotación por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón de las obras hidráulicas declaradas de Interés General del Estado y en el que se determina el régimen de colaboración financiera entre el Ministerio de Medio Ambiente y la citada Comunidad Autónoma.

Este convenio cumple con los principios del Programa A.G.U.A. del Ministerio de Medio Ambiente, que incluye proyectos de mejora de gestión y del suministro de agua acordes con las necesidades existentes y futuras ligadas al desarrollo de los territorios de forma sostenible en términos económicos, sociales y ambientales, incluso en situación de sequía, así como medidas para la preservación del dominio público hidráulico y de los espacios asociados a los mismos.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS RECIBIRÁN MÁS DE 2.808 MILLONES PARA POLÍTICAS ACTIVAS

  • Durante esta Legislatura los recursos para hacer frente al paro se han incrementado un 45 por 100.

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución de 2.808,7 millones de euros, que serán gestionados por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Con esta aprobación se formalizan los acuerdos fijados en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales que tuvo lugar el pasado día 6.

En la actual Legislatura los recursos para políticas activas han pasado de 5.409 millones destinados en los Presupuestos en el año 2003 a los 7.874 millones para 2008, lo que supone un incremento del 45 por 100. Paralelamente se ha producido un aumento de los fondos transferidos a las autonomías en un 59 por 100, al pasar de 1.761 millones en 2003 a los 2.808 millones de 2008.

La distribución de fondos para políticas activas incluye las cantidades destinadas a subvencionar programas de fomento de empleo y de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo; formación profesional para el empleo; modernización de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas; ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de Seguridad Social y subvenciones para el fomento de empleo en cooperativas y sociedades laborales y de apoyo a las inversiones en las mismas.

Políticas activas de empleo

Las subvenciones gestionadas por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas de las políticas activas de empleo financiadas con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal alcanzan un total de 2.782,7 millones de euros.

Distribución

La distribución de dichos fondos es la siguiente:

  • Programas de fomento de empleo y de Escuelas taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo, 1.482 millones de euros.


Los fondos para fomento de empleo se dedican a la contratación de desempleados a través de órganos de las Administraciones públicas e instituciones sin ánimo de lucro; a la contratación de parados por mediación de corporaciones locales; a la búsqueda de empleo y autoempleo, a programas experimentales y al desarrollo local e impulso de empresas calificadas como I+E.

Estos fondos se destinan también a la contratación de personas con discapacidad, a la promoción del empleo autónomo y a la subvención de cuotas empresariales a la Seguridad Social a los perceptores de prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único.

  • Programas de Formación para el Empleo, 1.211,9 millones de euros.
  • Modernización de los Servicios Públicos de Empleo, 88,05 millones de euros.

Además de las cantidades asignadas para políticas activas, hay otros Programas que recibirán ayudas como los de apoyo a la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales, y los de apoyo a la inversión. El objetivo del primero es mejorar el empleo y la competitividad, y la cuantía destinada para ello asciende a 10,2 millones de euros.

El segundo Programa tiene la finalidad de apoyar las inversiones en cooperativas y sociedades laborales y cuenta con la cantidad de 4,4 millones de euros.

Por último, el presupuesto para la distribución territorial de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social se eleva a 11,4 millones de euros.

(Propuesta de distribución)


Trabajo y Asuntos Sociales

 

200 MILLONES ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y AYUNTAMIENTOS PARA ACOGIDA E INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución de doscientos millones de euros para dotar el Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes y el Refuerzo Educativo.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, distribuirá este Fondo de Apoyo entre Comunidades Autónomas y ayuntamientos, Administraciones que verán aumentados los recursos para integración y refuerzo educativo en 2008.

De los doscientos millones de euros aprobados por el Consejo de Ministros, 105,8 millones de euros se destinarán a la partida de Acogida e Integración; 86,6 millones de euros, a Refuerzo Educativo y 7,5 millones de euros, a la atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias.

Desde que los Presupuestos Generales del Estado incluyeran por primera vez en 2005 el Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes y Refuerzo Educativo, la dotación económica ha pasado de 120 millones de euros hasta 200 millones de euros para 2008. El incremento es aún más significativo si se compara con los 7,5 millones de euros que se destinaron en 2004 a la cooperación con las Comunidades Autónomas en materia de integración.

El Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes y el Refuerzo Educativo fue creado por el Gobierno en 2005 con el objetivo de convertirse en un instrumento eficaz para establecer un modelo de cooperación entre las distintas Administraciones públicas. Este Fondo tiene por finalidad promover y potenciar las políticas públicas en estos ámbitos de actuación en base a principios de subsidiariedad, complementariedad y cooperación con las comunidades autónomas y corporaciones locales.

La propuesta formulada es resultado de marco de cooperación para la gestión de citado Fondo examinado en la reunión del Consejo Superior de Política de Inmigración celebrada el pasado 5 de febrero de 2008. Este Consejo Superior es un órgano colegiado de coordinación y cooperación entre la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades locales en las actuaciones con incidencia en la política de integración de los inmigrantes.


Beneficios tanto para personas inmigrantes como autóctonas

Los recursos del Fondo permiten desarrollar actuaciones que benefician tanto a personas inmigrantes, como autóctonas, en base a principios de igualdad de trato y no discriminación, promoviendo el acceso de la población inmigrante a los servicios públicos de carácter general, apoyando la cogida e refuerzo educativo y la educación cívica.

Las líneas prioritarias de intervención a las que se orientan los recursos del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes y Refuerzo Educativo pasan por reforzar los servicios públicos, complementar los programas deficitarios y formar a los profesionales de distintos sectores en la atención a la población de distintos orígenes y distintas culturas.

Los ejes de actuación de este Fondo son los siguientes: Acogida, Educación, Empleo, Vivienda, Servicios Sociales, Salud, Infancia y Juventud, Igualdad de Trato, Mujer, Participación, Sensibilización y Codesarrollo.

La distribución del Fondo entre las Comunidades Autónomas se ha efectuado en base a principios de equidad y transparencia, atendiendo a criterios objetivos como son el empadronamiento, la afiliación a la Seguridad Social y la escolarización del alumnado extranjero en la enseñanza no universitaria.

Tabla de fondo de integración de inmigrantes


Trabajo y Asuntos Sociales

 

REGULADO EL CONSEJO GENERAL DE LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

La Ley del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior de 24 de diciembre de 2006 establece el derecho a la participación en los órganos consultivos de la emigración y define la naturaleza y atribuciones del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, previsto como órgano de carácter consultivo y asesor adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Emigración. Este órgano consultivo sustituye al anterior Consejo General de la Emigración.

El Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior supone el reconocimiento en un solo texto normativo de los derechos de los españoles que están fuera del territorio nacional en situación de igualdad con los que viven en España.

El art. 10 del citado Estatuto establece la composición del Consejo y, por primera vez, incluye una representación de las Comunidades Autónomas, que han venido desempeñando servicios sociales específicos para los retornados y los emigrantes de su Comunidad, y de las asociaciones de emigrantes y españoles en el exterior, unas 1.400 en todo el mundo, que han venido desarrollando una labor asistencial e integradora tanto en países de Europa como de América.

El Real Decreto que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros regula esta nueva composición y funcionamiento del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, que sustituye al antiguo Consejo General de la Emigración, con veinte años de existencia.

Atribuciones

El Real Decreto establece, entre otras, las siguientes atribuciones para el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior:

  • Realizar estudios sobre cuestiones y problemas que afecten a la ciudadanía española en el exterior.
  • Formular propuestas y recomendaciones en relación con los objetivos y la aplicación de los principios inspiradores de las políticas dirigidas a la ciudadanía española en el exterior.
  • Ser informado sobre la actuación de los órganos de la Administración General del Estado, competentes en materia de atención a la ciudadanía española en el exterior y personas retornadas.
  • Establecer relaciones con los órganos consultivos de similar naturaleza en las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión Sectorial prevista en el Estatuto.
  • Conocer e informar, con carácter previo, Anteproyectos de Ley y Proyectos de Reales Decretos y de Ordenes relativos a las siguientes materias, en el ámbito de su competencia: derechos civiles, derechos laborales y proyección social, educativa y cultural, siempre que los mismos afecten directamente a los españoles en el exterior.
  • Solicitar anualmente audiencia a las Comisiones competentes de las Cortes Generales para informar sobre la situación de la ciudadanía española en el exterior.
  • Todos los órganos de la Administración General del Estado quedan vinculados a colaborar con el Consejo en el ejercicio de sus funciones.


Composición

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior estará integrado por el presidente, dos vicepresidentes, el secretario y los consejeros:

  • Un presidente, que será nombrado por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previa consulta a los miembros que integran el Consejo.
  • Dos vicepresidentes, uno de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y otro, de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores y Cooperación.
  • Los Consejeros serán elegidos por los Consejos de Residentes Españoles, hasta un máximo de cuarenta y tres de forma proporcional al número de españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes de cada país.
  • Ocho consejeros, a propuesta de las federaciones de asociaciones de españoles en el exterior.
  • Ocho consejeros en representación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
  • Un consejero en representación de cada una de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla que lo deseen.
  • Un consejero en representación de cada uno de los Ministerios siguientes: Justicia, Economía y Hacienda, Interior y Educación y Ciencia.


El Consejo General celebrará, al menos, una sesión ordinaria plenaria cada año y las sesiones extraordinarias que considere pertinentes el presidente, bien por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, el cincuenta por ciento de los miembros.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

CREADO EL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS

  • Como foro de encuentro de todas las partes interesadas, mantendrá un diálogo multilateral permanente y propondrá al Gobierno acciones de fomento de la Responsabilidad Social de las Empresas.

El Consejo de Ministros ha aprobado la creación del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas, como órgano colegiado, asesor y consultivo del Gobierno, de composición cuatripartita y paritaria, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La Responsabilidad Social de las Empresas es, según la definición de la Unión Europea, “la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones empresariales y sus relaciones con sus interlocutores”.

El nuevo órgano nace como consecuencia del compromiso del Gobierno español de diseñar una política de fomento de esta Responsabilidad, fruto del diálogo y el consenso de todos los agentes que participan en la consecución de una sociedad más cohesionada socialmente, que respete los derechos humanos, favorezca la inclusión de los excluidos sociales y respete el medio ambiente.

Actuaciones a lo largo de la Legislatura

Para lograr dicho objetivo, a lo largo de la Legislatura han tenido lugar distintas actuaciones, entre las que destaca: la creación de una Subcomisión parlamentaria para potenciar y promover la Responsabilidad Social de las Empresas; la elaboración de un informe por parte del Foro de Expertos, creado por el Gobierno y en el que han participado un amplio grupo de iniciativas empresariales que realizan acciones de Responsabilidad, asociaciones y organizaciones de defensa de los consumidores, derechos humanos y del medio ambiente, economía social, mundo académico, expertos independientes y diversos ministerios, y, por último, el documento aprobado por la Mesa de Diálogo Social, que recoge diversas medidas en dicha materia.

En todos estos foros se han producido distintas recomendaciones y, en concreto, ha existido un alto grado de coincidencia en la necesidad de crear un Consejo Estatal, encargado de impulsar y fomentar las políticas de Responsabilidad Social de las Empresas.


Con su aprobación por el Consejo de Ministros no sólo se da satisfacción a las demandas de los agentes sociales, sino que se cumple, además, con el mandato recogido en una moción del Pleno del Senado, en mayo del pasado año, que instaba al Gobierno a crear dicho Consejo.

Objetivos

  • Constituir un foro de debate sobre Responsabilidad Social de las Empresas entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, Administraciones públicas y otras organizaciones e instituciones de reconocida representatividad en ese ámbito.
  • Fomentar las iniciativas sobre Responsabilidad Social de las Empresas, proponiendo al Gobierno medidas que vayan en ese sentido, con especial atención a la singularidad de las PYMES.
  • Informar, en su caso, sobre las iniciativas y regulaciones públicas que afecten a las actuaciones de empresas, organizaciones e instituciones públicas y privadas, que constituyen un valor añadido al cumplimiento de sus obligaciones legales.
  • Promocionar herramientas más adecuadas para la elaboración de las memorias e informes de sostenibilidad y de Responsabilidad.
  • Analizar el desarrollo de la Responsabilidad Social de las Empresas en España, la Unión Europea y terceros países.

El Consejo se crea en el seno del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuyo titular será el presidente, y estará compuesto por cuarenta y ocho vocales, en cuatro grupos de doce miembros por grupo elegidos entre las organizaciones empresariales; las sindicales; las organizaciones e instituciones de reconocida representatividad e interés en el ámbito de la Responsabilidad Social y las Administraciones Públicas.


Sanidad y Consumo

 

MEJORAS EN EL SISTEMA EXTRAJUDICIAL DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE CONSUMIDORES Y EMPRESAS

  • Se facilita la resolución de las controversias inferiores a 300 euros y se establece el arbitraje de consumo colectivo y el arbitraje electrónico.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo. En el convenio se establece la posibilidad de que un solo árbitro resuelva controversias entre consumidores y empresas inferiores a 300 euros, la acumulación de solicitudes de arbitraje presentadas frente a un mismo reclamado, la creación del arbitraje de consumo colectivo, la regulación de la tramitación electrónica y la mediación previa para alcanzar un acuerdo entre las partes.

Se trata de la primera variación que se introduce, desde su creación en 1993, en este sistema voluntario de resolución extrajudicial de conflictos entre los consumidores y los proveedores, cuyas características son la gratuidad, la sencillez de la tramitación y la rapidez de la decisión final, o laudo arbitral, que es de obligado cumplimiento para las partes.

Cada año se presentan en España unas 60.000 solicitudes de arbitraje. Esta cifra incluye las presentadas en todas las juntas arbitrales de consumo (municipales, de mancomunidad, provinciales, autonómicas y nacional), que son los órganos de gestión del arbitraje institucional del consumo a los distintos niveles y prestan servicios de carácter técnico, administrativo y de secretaría, tanto a las partes como a los árbitros.

Más allá de los aspectos innovadores, el nuevo Real Decreto, manteniendo las características esenciales del arbitraje de consumo, introduce las modificaciones necesarias para incrementar la seguridad jurídica de las partes y la homogeneidad del sistema, como presupuestos necesarios para reforzar la confianza de las empresas o profesionales y consumidores en el sistema.

Adicionalmente, se crean dos instituciones, ambas adscritas funcionalmente al Instituto Nacional del Consumo, para asegurar el funcionamiento integrado del arbitraje de consumo y para garantizar la seguridad jurídica de las partes: la comisión de las juntas arbitrales y el consejo general del sistema arbitral de consumo.

Comisión de las Juntas Arbitrales

La Comisión de las Juntas Arbitrales es un órgano colegiado con competencia para establecer criterios homogéneos en el sistema arbitral del consumo y resolver los recursos que se presenten contra las resoluciones del presidente de la junta arbitral de admitir o no a trámite una solicitud de arbitraje.

Está integrada por su presidente, que será el de la Junta Arbitral Nacional, y dos vocales designados de entre los presidentes de las Juntas Arbitrales Territoriales, por un período de dos años por el Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo, la otra nueva institución.

Contará con un secretario, con voz pero sin voto, designado entre el personal del Instituto Nacional del Consumo, y con la asistencia de dos árbitros también designados, por un período de dos años, por el Consejo General del Sistema Arbitral del Consumo, entre los representantes en dicho órgano del Consejo de Consumidores y Usuarios y de las organizaciones empresariales y profesionales.

El Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo, por su parte, es un órgano colegiado de representación y participación en materia de arbitraje de consumo. Sus funciones, entre otras, son seguir, apoyar y realizar propuestas de mejora del arbitraje de consumo; aprobar programas de formación de árbitros y fijar criterios de honorabilidad y cualificación para su acreditación; aprobar planes estratégicos de impulso del sistema arbitral del consumo; establecer criterios homogéneos sobre la creación de órganos arbitrales especializados; y habilitar instrumentos que favorezcan la cooperación y comunicación entre las juntas arbitrales y los árbitros.

Está constituido por un presidente y un vicepresidente, que serán, respectivamente, el presidente y el director del Instituto Nacional del Consumo; y por varios consejeros, entre los que figuran el presidente de la Junta Arbitral Nacional; representantes de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas; de la Federación Española de Municipios y Provincias; del Consejo de Consumidores y Usuarios; de las organizaciones empresariales y profesionales, del Consejo Superior de Cámaras de Comercio y del Consejo General de la Abogacía. La Secretaría estará desempeñada por el titular de la Subdirección General de Normativa y Arbitraje de Consumo del Instituto Nacional del Consumo.

Árbitro único

El colegio arbitral que resuelve las controversias planteadas por los consumidores frente a los proveedores está constituido por tres árbitros, dos de los cuales representan, respectivamente, a las organizaciones de consumidores y a las organizaciones empresariales, mientras que el tercero, que actúa como presidente, es propuesto por la Administración entre sus funcionarios.

No obstante, la nueva norma contempla la posibilidad de un árbitro único cuando las partes así lo acuerden o cuando lo acuerde el presidente de la Junta Arbitral de Consumo, órgano administrativo de gestión del arbitraje institucional de consumo, siempre que la cuantía de la controversia sea inferior a 300 euros y la falta de complejidad del asunto así lo aconseje. Con carácter general, el árbitro único será designado entre los árbitros acreditados propuestos por la Administración Pública.

Por otra parte, el presidente de la Junta Arbitral de Consumo podrá acordar la acumulación de las solicitudes presentadas frente a un mismo reclamado en las que coincida la reclamación para que sean conocidas en un único procedimiento.

Otra novedad importante es la introducción de la figura del arbitraje colectivo, para resolver en un único procedimiento arbitral de consumo los conflictos originados cuando, por la misma causa, una empresa o profesional haya podido lesionar los intereses colectivos de los consumidores y usuarios y afecte a un número determinado o determinable de éstos.

Si, iniciado el procedimiento, la empresa o profesional acepta someter la resolución al sistema arbitral del consumo, en un único procedimiento, se efectuará un llamamiento a los consumidores afectados para que hagan valer sus legítimos derechos e intereses individuales en este procedimiento arbitral mediante la publicación en el Diario Oficial que corresponda al ámbito territorial del conflicto.

Arbitraje de consumo electrónico

El Real Decreto regula también el arbitraje de consumo electrónico que permitirá que todas las actuaciones, incluidas las notificaciones, puedan realizarse por medios electrónicos, sin perjuicio de que alguna actuación arbitral deba practicarse por medios tradicionales.

El arbitraje electrónico se sustanciará a través de la aplicación informática habilitada por el Ministerio de Sanidad y Consumo y se incorporarán a ella las Juntas Arbitrales que se adscriban a este tipo de arbitraje cuya utilización será fomentada por las administraciones públicas en materia de consumo.

La norma contempla también que en el arbitraje de consumo convencional podrán utilizarse medios electrónicos en la audiencia a las partes, bien escritos, bien a través de videoconferencia.

Con este Real Decreto el Gobierno cumple con el mandato establecido por la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, que recogía que en el plazo de un año se regulara el arbitraje virtual dentro de una nueva ordenación del sistema arbitral de consumo, contando con el parecer de las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Consumo y con audiencia del Consejo de Consumidores y Usuarios.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

LA FORMACIÓN PROFESIONAL CONTARÁ CON UNA RED DE CENTROS DE REFERENCIA NACIONAL

  • Permitirá desarrollar la innovación y experimentación para lograr una formación profesional más competitiva y responder a los cambios en la demanda de cualificación de los sectores productivos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.

Estos Centros, cuya finalidad es desarrollar la innovación y experimentación en formación profesional, se constituirán en red con implantación en todas las Comunidades Autónomas, estarán especializados en los sectores productivos y darán cobertura a todas las familias profesionales en las que se estructura el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

La creación de la red de centros permitirá una formación profesional más competitiva, en la línea del objetivo establecido por el Consejo Europeo de Lisboa de 2000 de mejorar la calidad, la equidad y la eficacia de los sistemas de formación y educación, para conseguir el progreso económico y el crecimiento del empleo, así como dar respuesta a los cambios en la demanda de cualificación de los sectores productivos.

Entre los requisitos básicos, fines y funciones de los Centros de Referencia Nacional, destacan los siguientes:

  • La titularidad de estos Centros podrá ser de la Administración General del Estado o de la Administración autonómica.
  • El desarrollo de sus funciones se realizará sobre un Plan de Actuación Plurianual, elaborado por los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Educación y Ciencia. Se realizará en colaboración con las Comunidades Autónomas y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el seno del Consejo General de Formación Profesional.
  • Cada Centro elaborará un Plan de trabajo anual que será aprobado y reflejado en un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica, a partir de la propuesta aprobada por el Consejo Social del Centro.

  • Para su financiación, la Administración General del Estado garantizará los recursos económicos suficientes para el desempeño de las funciones asignadas a los Centros de Referencia Nacional y de las actividades establecidas en el Plan de Actuación plurianual, y facilitará, en su caso, las inversiones requeridas para la actualización de los equipamientos. Las Administraciones competentes podrán, asimismo, regular el procedimiento que permita a los Centros de Referencia Nacional obtener recursos complementarios mediante la oferta de servicios, de acuerdo con su normativa presupuestaria.
  • El texto regula la composición del Centro: dirección, administración y las áreas con contenido propio, entre las que se encuentran las de observación e investigación; de desarrollo, innovación, experimentación y formación y de reconocimiento.
  • Los Centros de Referencia Nacional contarán con un Consejo social u órgano de participación social, compuesto por representantes de la Administración General del Estado, de las administraciones autonómicas y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito estatal.
  • Se contempla la posibilidad de revocar la condición de los Centros cada cuatro años en base a las evaluaciones anuales de las actuaciones de estos centros.


Industria, Turismo y Comercio

 

REGULADA LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA MEJORAR LA CALIDAD DEL SERVICIO A LOS CONSUMIDORES

  • Las inversiones en las redes de distribución se canalizarán a aquellas zonas que más lo requieran, al mismo tiempo que, también por primera vez, se introducen incentivos para las empresas en función de la calidad del suministro y de la reducción de pérdidas.
  • La nueva regulación introducirá certidumbre y estabilidad en los programas de inversión de las empresas, que hasta ahora no tenían incentivos para invertir en sus instalaciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el régimen retributivo de la actividad de distribución de energía eléctrica. Esta normativa introduce certidumbre y estabilidad en las programaciones inversoras de las empresas y, en consecuencia, una mayor calidad al sistema de distribución de la energía eléctrica a los consumidores, incentivando la reducción del número y duración de las interrupciones del suministro.

Así, el Real Decreto representa una de las acciones fundamentales del Gobierno en su compromiso de mejorar la calidad del suministro eléctrico a los consumidores y evitar los posibles fallos en el sistema. Hay que recordar que en el sistema anterior esta retribución se fijaba globalmente y no individualizada por empresas. Ahora, cada una de las empresas verá modificada su retribución en función del crecimiento de la demanda de energía de su zona y no de la media del resto, canalizando así las inversiones a aquellas zonas que más lo requieren.

En la actualidad, la retribución de la distribución de energía eléctrica depende de un régimen provisional creado mediante un Real Decreto de 1998, que ha permanecido inalterable desde aquella fecha. Dicho régimen adolece de importantes deficiencias derivadas, en primer lugar, del hecho de que los incrementos anuales de la retribución de esta actividad se establecen a nivel global para todo el conjunto de empresas, sin considerar las especificidades propias de cada zona geográfica (en especial, las variaciones zonales de la demanda), lo que introduce desincentivos a la inversión en aquellas zonas en las que la demanda crece por encima de la media. Por otra parte, dicho régimen no tiene en cuenta incentivos a la mejora de la calidad de las instalaciones, ni a la reducción de pérdidas.

Criterios de retribución

Los criterios para determinar la retribución de la actividad de distribución contenidos en el Real Decreto tienen por objeto incentivar la mejora de la eficacia de la gestión, la eficiencia económica y técnica y la calidad del suministro eléctrico. De este modo,

  • El modelo de retribución de la actividad de distribución se determinará atendiendo a periodos regulatorios de cuatro años de duración. Anualmente, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio establecerá la retribución de la actividad de distribución para cada distribuidor.
  • El Real Decreto busca la objetividad en la retribución de la actividad, motivo por el cual se apoyará en el llamado “Modelo de Red de Referencia” (MRR). Se trata de un modelo informático que muestre el esquema teórico “ideal” de distribución en todo el Estado, tanto desde el punto de vista técnico, como económico. La Comisión Nacional de la Energía deberá disponer de este Modelo en un plazo de seis meses.
  • El incentivo a la calidad del servicio será asociado al grado de cumplimiento durante el año anterior de los objetivos para los índices de calidad del servicio. Por su parte, el incentivo a la reducción de pérdidas se calculará como la diferencia entre el valor de las pérdidas reales atribuibles a cada distribuidor y el valor de pérdidas objetivo de dicho distribuidor.
  • Finalmente, los distribuidores estarán obligados a aportar información para permitir la adecuada supervisión y control de su actividad por parte de las autoridades regulatorias.

Primas a cogeneración, biomasa y residuos

Por otro lado, el Real Decreto aprobado hoy también ajusta las primas a las instalaciones de cogeneración, biomasa y residuos, cuya retribución, regulada en un Real Decreto, había sido calculada teniendo en cuenta la cuantía correspondiente a la garantía de potencia, suprimida posteriormente por una Orden Ministerial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de 27 de septiembre de 2007. Así, con el Real Decreto aprobado hoy se compensa a estas instalaciones por la desaparición de aquel concepto retributivo.


Industria, Turismo y Comercio

 

REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión (más de un kilovoltio) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. El texto constituye la nueva regulación completa de las líneas aéreas de alta tensión, desde el punto de vista técnico, de seguridad y administrativo.

Los objetivos fundamentales de este Reglamento son los siguientes: proteger las personas y la integridad y funcionalidad de los bienes que pueden resultar afectados por las mismas, conseguir la necesaria regularidad en los suministros de energía eléctrica y facilitar desde la fase de proyecto de las líneas su adaptación a los futuros aumentos de carga racionalmente previsibles.

El anterior Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión fue aprobado en 1968 y contiene únicamente prescripciones técnicas. Por este motivo, y para la aplicación legal del mismo, a lo largo de estos años ha sido necesario recurrir a otras disposiciones que regulaban las materias relativas a la autorización administrativa previa, la determinación de las condiciones de mantenimiento e inspecciones periódicas, etcétera.

Cables enterrados

En cuanto a su contenido, dicho Reglamento se refería solamente a las líneas aéreas de alta tensión ejecutadas con cables desnudos, por lo que es necesario regular las líneas de alta tensión destinadas a ser enterradas o protegidas mediante aislamiento de los conductores, y que no estaban recogidas. Por estos motivos se ha procedido a la revisión del Reglamento que, a diferencia del anterior, no sólo contiene disposiciones técnicas, sino también disposiciones administrativas generales.

Por otra parte, y según indica también el nuevo Reglamento, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elaborará de una Guía Técnica para la aplicación práctica del Reglamento y de sus Instrucciones Técnicas Complementarias.

Este Real Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE. No obstante, lo dispuesto en el Reglamento será de obligado cumplimiento para las instalaciones contempladas en su ámbito de aplicación, a partir de los dos años de la fecha de su publicación en el BOE (hasta entonces seguirá vigente el Reglamento de 1968). Sin embargo, se podrá aplicar voluntariamente desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto que ahora se aprueba.


Fomento

 

792 MILLONES PARA OBRAS EN LA RED FERROVIARIA DEL ESTADO

  • En Cataluña se acometen nuevas inversiones en Cercanías de Barcelona y se inician las obras para dar continuidad al tramo binacional Figueres-Perpignan en alta velocidad.
  • Se completan obras en el tramo Utrera-Jerez, de la Línea de Alta Velocidad Sevilla-Cádiz.
  • Entre Zamora y Lubián continúa la construcción de la plataforma de nuevos tramos de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia.

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un convenio de Gestión Directa entre el Ministerio de Fomento y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT) para la realización de diversas obras ferroviarias por importe de 792 millones de euros.

Es el tercer convenio en esta Legislatura entre el Ministerio de Fomento y la SEITT que es autorizado por el Gobierno para la construcción de infraestructuras ferroviarias. Las inversiones y obras que está previsto acometer son las siguientes:

  • Línea de alta velocidad Sevilla-Cádiz. Tramo Utrera-Jerez: 120 millones de euros.
  • Cercanías de Barcelona: 340 millones de euros.
  • Variante de Figueres (1ª fase): 40 millones de euros.
  • Plataforma Zamora-Lubián (1ª fase): 292 millones de euros.

Descripción de las obras

Mediante este convenio, se da un impulso definitivo a las obras entre Utrera y Jerez de la Línea de Alta velocidad Sevilla-Cádiz, completando la actuación con los tramos no incluidos en el anterior convenio.

En las Cercanías de Barcelona se va a acometer el soterramiento de la línea convencional en los accesos a la estación de Sants. De este modo, se completan las obras con motivo de la construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa.

Con las obras de la primera fase de la Variante de Figueres se dará continuidad a la Sección Internacional Figueres-Perpignan de la Conexión en alta velocidad entre España y Francia, actualmente en construcción. Se permite así adelantar su puesta en explotación a través de la línea Barcelona-Port Bou.

Por último, se van a acometer nuevas obras de plataforma en la Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia, iniciando la construcción del tramo entre Zamora y Lubian, que da continuidad al Olmedo- Zamora, cuyas obras se han contratado recientemente.

La SEITT, que se constituyó formalmente el 30 de noviembre de 2005, tiene como uno de sus principales objetivos la gestión de la construcción de infraestructuras del transporte terrestre (ferrocarril y carreteras) de titularidad estatal.

Características del convenio

El Convenio que hoy se ha autorizado tiene como finalidad regular las relaciones entre el Ministerio de Fomento y la SEITT para la construcción de obras en la red ferroviaria de titularidad del Estado, que afectan tanto a líneas de altas prestaciones como a líneas de la Red Convencional y de Cercanías.

El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Ferrocarriles, lleva a cabo la redacción de los proyectos de las obras incluidas en esta encomienda y se encargará también de la dirección de las obras, así como de las expropiaciones de los bienes y derechos necesarios para su ejecución.

Por su parte, la SEITT será responsable de la contratación de las obras, cuya financiación se realizará con cargo a sus presupuestos.

El Convenio autorizado hoy entrará en vigor el día de su firma y terminará al concluir la ejecución de la totalidad de las obras. Las primeras obras se licitarán de forma inmediata tras la firma de este Convenio.


Fomento

 

MÁS DE 286 MILLONES PARA OBRAS DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD A LEVANTE

  • Las actuaciones contemplan las obras de plataforma de vía de tres tramos en la provincia de Alicante, situados entre Monforte del Cid y Elche, con una longitud total de 15,84 kilómetros.
  • Además, se incluye la construcción de una base de montaje en Villamayor de Santiago (Toledo), y el montaje de vía en 164 km situados entre Gabaldón (Cuenca) y Almussafes (Valencia).

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar obras de la línea de alta velocidad Madrid - Castilla La Mancha - Comunidad Valenciana - Región de Murcia por un importe total de más de 286,3 millones de euros. Este importante volumen de inversiones demuestra la decidida apuesta del Gobierno por la construcción de la línea de alta velocidad a Levante.

Las licitaciones que se llevarán a cabo por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) son las siguientes:

  • Obras de plataforma de vía en los tramos Monforte del Cid-Aspe, Aspe-El Carrús, y El Carrús-Elche, todos ellos situados en la provincia de Alicante.
  • Construcción de una base de montaje en Villarrubia de Santiago (Toledo).
  • Montaje de vía e instalación de aparatos de vía en los tramos Gabaldón (Cuenca)-Siete Aguas (Valencia), y Siete Aguas-Almussafes (Valencia).

Con las obras autorizadas hoy entre Madrid, Alicante y Murcia, sólo 37 kilómetros, situados entre Elche y Murcia, están pendientes de entrar en fase de obras, así como la segunda fase de la integración urbana en Alicante (1,1 km); los 35,7 kilómetros entre Almansa y La Encina, que incluyen el nudo de La Encina; y la adaptación del trazado entre Albacete y Almansa, y entre La Encina y Xátiva, actualmente en servicio de ancho ibérico a 200 km.

Cabe recordar que la línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia cuenta con financiación de la Unión Europea, un total de 748 millones de euros, procedentes de distintos fondos: Cohesión (575 millones), Feder (125 millones) y RTE (48 millones).


OBRAS DE PLATAFORMA EN LA PROVINCIA DE ALICANTE

El importe total de los tres tramos situados en la provincia de Alicante cuya licitación ha sido autorizada hoy por el Consejo de Ministros asciende a 191.790.334,87 euros. Estos tramos tienen una longitud conjunta de 15,84 kilómetros y cuentan con un plazo de ejecución que oscila entre veintidós y veinticinco meses.

Las obras contemplan los trabajos necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, obras de drenaje, reposición de servicios y servidumbres afectadas, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea.

Tramo Monforte del Cid-Aspe

Cuenta con un presupuesto de licitación de 63.019.426,28 euros y un plazo de ejecución de veintidós meses, tiene una longitud de 7,84 km y discurre por los términos municipales de Monforte del Cid y Aspe.

Como elementos singulares hay que destacar tres viaductos y un túnel:

  • Viaductos sobre el río Vinalopó, con una longitud de 335 m, y sobre el Barranco de los Ojos, con una longitud de 166 m.
  • Viaducto sobre la autovía A-31, de 97,7 metros de longitud.
  • Túnel de la Temerosa, con una longitud de 485,37 m y una sección libre de 95 m2.

Tramo Aspe-El Carrús

Su presupuesto de licitación es de 50.430.468,65 euros y un plazo de ejecución, de veintiséis meses. Tiene una longitud de 3,48 km y discurre por los términos municipales de Aspe y Elche.

Como elementos singulares hay que destacar dos viaductos y un túnel:

  • Viaductos sobre la Rambla del Angosto, con una longitud de 90 m, y sobre el Barranco de las Monjas, con una longitud de 132 m.
  • Túnel del Murón, con una longitud de 1.730 m y una sección libre de 86 m2.

Tramo El Carrús-Elche

Cuenta con un presupuesto de licitación de 78.340.439,94 euros y un plazo de ejecución de veinticinco meses, tiene una longitud de 4,52 km y discurre en su totalidad por el término municipal de Elche.


Como elementos singulares hay que destacar un viaducto y un túnel:

  • Viaducto sobre el río barranco de Barbasena, con una longitud de 66 m.
  • Túnel de Elche, con una longitud de 1.288 m y una sección libre de 86 m2.

BASE DE MONTAJE EN VILLARRUBIA DE SANTIAGO (TOLEDO)

El presupuesto de licitación para la construcción de la base de montaje es de 17.469.518 euros. El plazo de ejecución de las obras es de doce meses. La base se ubicará en el término municipal de Villarrubia de Santiago (Toledo) y desde ella se realizarán las operaciones necesarias de suministro, abastecimiento y transporte de los elementos necesarios para el montaje de la vía de ancho internacional.

Como paso previo a la instalación de un tramo de tendido férreo sobre la plataforma, es necesario disponer de una base de montaje encargada de realizar todas las operaciones logísticas de acopio, suministro, gestión y distribución de los diferentes materiales que componen la estructura de la vía, elementos de transferencia de carriles, etcétera. Desde la base se realiza el estudio de los acopios intermedios de balasto, traviesas y carriles para poder llevar a cabo el montaje de vía.

MONTAJE DE VÍA ENTRE GABALDÓN (CUENCA) Y ALMUSSAFES (VALENCIA)

El presupuesto de licitación para el montaje de vía en los tramos Gabaldón-Siete Aguas y Siete Aguas-Almussafes asciende a un total de 77.077.991,28 euros. Las obras consisten en el montaje de vía, así como la instalación de traviesas y de aparatos de vía y la colocación de carril de 60 kg/m, en los siguientes tramos:

  • Tramo Gabaldón (Cuenca)-Siete Aguas (Valencia): El importe de licitación asciende a 34.117.772,62 euros. El trayecto tiene una longitud de 102,6 km que transcurre por las provincias de Cuenca y Valencia, concretamente por los términos municipales de Cuenca, Gabaldón, Motilla del Palancar, El Peral, Iniesta, Castillejo de Iniesta, Minglanilla, Villalgordo del Cabriel, Venta del Moro, Fuenterrobles, Caudete de las Fuentes, Utiel, Requena y Siete Aguas. El plazo de ejecución se establece en catorce meses.

  • Tramo Siete Aguas-Almussafes: El importe de licitación asciende a 42.960.218,66 euros El tramo tiene una longitud de 61,7 km que discurren enteramente por la provincia de Valencia, por los términos municipales de Siete Aguas, Buñol, Chiva, Cheste, Quart de Poblet, Aldaia, Alaquas, Torrent, Picanya, Xirivella, Valencia, Catarroja, Albal, Beniparrell, Alcasser, Silla y Picassent. El plazo de ejecución se establece será de dieciocho meses.

Los contratos licitados en la línea de alta velocidad hacen especial hincapié en detalles logísticos de montaje de elementos de la estructura de la vía y medidas de control gestión ambiental que se tendrán en cuenta durante la realización de los trabajos.

Beneficios de la actuación

Los principales beneficios derivados de la construcción de estos tramos, correspondientes a la línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia son los siguientes:

  • Establecimiento de una nueva relación ferroviaria entre Madrid-Cuenca-Valencia/Albacete-Alicante-Murcia
  • Aumento de la seguridad con la disposición del vallado a ambos lados de la vía y ausencia de pasos a nivel a todo lo largo de la línea.
  • Aumento del confort, con unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
  • Ahorro del tiempo de viaje entre Madrid y las provincias de Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana y Región de Murcia.

Mapa AVE Levante


Fomento

 

 

AUTORIZADOS DOS TRAMOS DEL EJE ATLÁNTICO GALLEGO DE ALTA VELOCIDAD

  • Forman parte de la variante Vilagarcía de Arousa-Padrón, de 26,5 km de longitud, y permitirán enlazar ambas poblaciones con doble vía y características propias de alta velocidad.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de los subtramos A Vacariza-Rialiño (A Coruña) y Vilagarcía de Arousa-Catoira (Pontevedra), pertenecientes al Eje Atlántico Gallego de Alta Velocidad, por un importe total de licitación de casi 277 millones de euros.

El Eje Atlántico Gallego de Alta Velocidad se extiende desde Ferrol hasta la Frontera Portuguesa, pasando por A Coruña, Santiago de Compostela, Vilagarcía de Arousa, Pontevedra y Vigo. Está integrado en la Red de Altas Prestaciones, definida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte 2005-2020, aprobado por el Gobierno el 15 de julio de 2005.

Los dos subtramos cuya licitación de obras ha autorizado hoy el Consejo de Ministros forman parte de la variante Vilagarcía de Arousa-Padrón, de 26,5 km. de longitud, y permitirán enlazar ambas poblaciones con doble vía y características propias de alta velocidad, dando continuidad así a los restantes tramos del Eje Atlántico ya proyectados con parámetros similares. Se encuentran situados a ambos lados del río Ulla, donde se ha proyectado un viaducto singular para el paso del tren de Alta Velocidad.

El presupuesto de licitación del subtramo (A Vacariza-Rialiño ) es de 115.908.278,31 euros, y el de Vilagarcía de Arousa-Catoira asciende a 161.004.424,31 euros. El plazo de ejecución para ambos es de cuarenta meses.

Situación del Eje Atlántico

El tramo central Vigo-A Coruña del Eje Atlántico tendrá una longitud final de 155,6 km. lo que recorta en 22 km la longitud existente al principio de la actuación. En este tramo Vigo-A Coruña han finalizado las obras y se encuentran en servicio nueve tramos que suman un total de 50,1 km.

En la parte Norte del Eje, entre Santiago y A Coruña, hay siete subtramos finalizados que suponen 36,2 km., y el resto del trayecto (25,5 km.) se encuentra con las obras en ejecución.

En la parte Sur del Eje, entre Vigo y Santiago, se encuentran en servicio 13,9 km., a los que se pueden añadir los 13,1 km. de la Variante de Portas, cuya puesta en servicio se va a realizar de inmediato. Están en obras 31,4 km y en breve plazo se van a licitar las de los tramos restantes, a excepción de la entrada en Vigo, con lo que prácticamente todo este tramo estará en servicio o en fase de obra. (Ver cuadro anexo de situación del Eje Atlántico).

Subtramo A Vacariza-Rialiño

Tiene 8 km. de longitud y aprovecha el corredor de la Vía Rápida de Barbanza. El trazado discurre por los términos municipales de Rianxo y Dodro y conecta por el Norte con el subtramo Rialiño-Padrón y por el Sur con el Viaducto del río Ulla, cuyas obras están a punto de licitarse.

En este Proyecto destacan como obras singulares los túneles de Monte Ceán y de Monte Pozas, de 372 y 866 m. de longitud, respectivamente, así como cinco viaductos sobre las carreteras PO-8001 y AC-306 (759 m. de longitud), Rego dos Campelos (483 m. de longitud), núcleo de Bexo Oeste (345 m. de longitud), Rego do Imo (862 m de longitud) y Rego do Manselle (915 m. de longitud).

También se ha proyectado una estructura para el cruce del ferrocarril bajo la Vía Rápida de Barbanza, y otros tres pasos superiores necesarios para la reposición de los viales afectados.

Subtramo Vilagarcía de Arousa-Catoira

Tiene 8,3 km. de longitud y afecta a los términos municipales de Vilagarcía de Arousa y Catoira. El nuevo trazado abandona la línea ferroviaria actual que discurre a lo largo de la costa de la ría de Arousa y del ámbito urbano Norte de Vilagarcía, y adopta un recorrido interior por las laderas del Monte Xiabre hasta el cauce del río Ulla. Enlaza por el Sur en Vilagarcía de Arousa con la variante de Portas, que se va a poner en servicio próximamente, y por el Norte con el Viaducto del río Ulla, cuyas obras está previsto licitar en breve.

En este proyecto destacan como obras singulares los túneles de Quinteiro, (1.970 m. de longitud), Valicobas (1.335 m. de longitud), Abalo (625 m. de longitud) y Túnel Artificial de Outeiro (560 m. de longitud), todos ellos para vía doble, con 85 m2 de sección mínima interior. Se disponen túneles artificiales en las boquillas para la integración ambiental de las mismas.

Se contempla, asimismo, la remodelación de la playa de vías y zona de andenes de la estación de Vilagarcía de Arousa, con la modificación de la cabecera de la estación lado Santiago, así como el ramal de enlace al Puerto de Vilagarcía. Esta modificación hace posible el abandono del trazado actual a través del núcleo urbano de Vilagarcía hacia Carril. Se proyecta también un paso superior y cuatro pasos inferiores que permiten la reposición de la red viaria atravesada por el ferrocarril.

En ambos casos, la plataforma de la vía quedará preparada para la ejecución posterior de la Superestructura y las Instalaciones de Seguridad y Electrificación, y está prevista la utilización de traviesas polivalentes para realizar después el cambio de ancho ibérico a ancho U.I.C.

Tabla de situación del Eje Atlántico
Fomento

 

OBRAS DEL TRAMO DE ALTA VELOCIDAD CÁCERES-ALDEA DEL CANO

  • Con éste, ya son tres los tramos de la línea de alta velocidad entre Madrid y Extremadura en fase de obras, un total de 60 km.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), las obras de construcción de la plataforma del subtramo Cáceres-Aldea del Cano, incluido en el tramo Cáceres-Mérida, de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura-Frontera portuguesa.

Este subtramo, con una longitud de 23,50 kilómetros que discurren íntegramente por el término municipal de Cáceres, cuenta con un presupuesto de licitación de 65.565.620,48 euros y un plazo de ejecución de veintiún meses.

Con esta autorización, el Gobierno imprime un importante impulso a la conexión de las comunidades madrileña y extremeña con la frontera portuguesa, al permitir la entrada en fase de obras del primero de los tramos de la línea de alta velocidad en la provincia de Cáceres y el tercero de la línea que permitirá enlazar también con la frontera portuguesa.

Con este subtramo ya se encuentran en fase de obras, en esta línea de alta velocidad, incluida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (P.E.I.T.), tres tramos con una longitud conjunta de alrededor de sesenta kilómetros.

Descripción del proyecto

El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructuras tales como movimiento de tierras; reposición de servicios y servidumbres afectadas; estructuras; construcción de conexiones transversales que aseguren la permeabilidad viaria; acondicionamiento de las obras de drenaje y cumplimiento de las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental.

De igual forma, el trazado del subtramo Cáceres-Aldea del Cano se ha diseñado como doble vía de alta velocidad en ancho internacional (U.I.C.) para tráfico mixto de viajeros y mercancías en todo el corredor.

Como elementos singulares hay que destacar:

  • Un paso bajo la autopista A-66.
  • Viaductos sobre el Río Salor, de 104 metros de longitud, y sobre el Río Ayuela, de 132 metros de longitud.
  • Un Puesto de Adelantamiento y Estacionamiento de Trenes (PAET), situado en Aldea del Cano, con 2.285 metros de longitud.

El proyecto de línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura, tramo Cáceres-Mérida, subtramo Cáceres-Aldea del Cano, forma parte de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura-Frontera portuguesa,

Resultados de la actuación

Con la nueva línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura se obtendrán los siguientes beneficios:

  • Aumento del confort, al establecer unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
  • Aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en los sistemas de conducción automática de trenes y ausencia de pasos a nivel a todo lo largo de la línea.
  • Reducción del tiempo de viaje entre las ciudades conectadas, al permitir conexiones directas entre ellas, con un trazado de alta velocidad.

Mapa tramo Talayuela


Fomento

 

MONTAJE DE VÍA EN LA ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), las obras de montaje de vía en los 48,9 kilómetros del tramo La Roca-Riudellots, de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-Frontera francesa. Las obras cuentan con un presupuesto de licitación que asciende a 12.638.748,62 euros.

El proyecto comprende las operaciones necesarias para ejecutar el montaje de la vía en este trazado, cuyas obras de construcción de plataforma de vía se encuentran en avanzado estado de ejecución.

Con este acuerdo del Consejo de Ministros el Gobierno reitera su firme compromiso de impulsar de forma decisiva la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa. Este proyecto tiene como principales beneficios una reducción del tiempo de viaje, un aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en los sistemas de conducción automática de trenes, así como el vallado a ambos lados de la vía y la ausencia de pasos a nivel; un incremento de la capacidad y la regularidad como resultado de disponer de doble vía en todo el trayecto, y un aumento del confort para los viajeros al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura.

Características técnicas

El tramo tiene una longitud total de 48,922 km, se inicia en el término municipal de La Roca del Vallès (Barcelona) y finaliza en el término municipal de Vilobí d’Onyar (Girona). Discurre por los municipios de Llinars del Vallès, Santa Maria de Palautordera, Sant Celoni, Gualba, Riells i Viabrea, Sant Feliu de Buixalleu, Hostalric, Massanes, Maçanet de la Selva, Riudarenes y Sils.

Este tramo se ejecutará en vía doble con un entreeje de 4,70 m, con traviesas para ancho UIC (1.435 mm) y carril de 60 kg/m. Todo el trazado se equipará con vía sobre balasto. El montaje de vía se realizará desde la base situada en Sant Feliu de Buixalleu y se han previsto tres de zonas de acopio de material, ubicadas en La Roca del Vallès, Santa Maria de Palautordera y Riudarenes.


Para el montaje de vía se utilizarán 200.589 m de carril, 10.877 m de vías auxiliares, 1.263 soldaduras aluminotérmicas, 550.000 toneladas de balasto, 161.053 traviesas de hormigón pretensado, además de aparatos de vía.

La construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa está cofinanciada en un 72,25 por 100 mediante el Fondo de Cohesión de la Unión Europea.


Medio Ambiente

 

AUTORIZADA LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RÍO CHANZA

El Consejo de Ministros ha autorizado por razones de utilidad pública, a la Diputación Provincial de Huelva la ejecución del proyecto de construcción de un nuevo puente internacional sobre el río Chanza y las carreteras que comuniquen El Granado (Huelva) con Pomarao (Portugal), en el término municipal de El Granado y en terrenos de servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre.

El objetivo de esta actuación es potenciar las comunicaciones y accesibilidad entre la provincia de Huelva y Portugal, para propiciar una mejor relación entre regiones físicas naturales. Este planteamiento responde a un modelo más racional de distribución geográfica, ya que las zonas circundantes a ambos lados de la frontera entre España y Portugal constituyen la misma comarca física correspondiente al valle bajo del río Guadiana, en donde la vertiente izquierda es del lado portugués y la vertiente derecha del lado español. Estos vínculos existentes de comarca natural se han reflejado continuamente a lo largo de la historia de ambas zonas limítrofes, siempre limitados por el carácter de frontera política.

El proyecto consiste en el acondicionamiento de unos nueve kilómetros del camino de servicio asfaltado que parte de El Granado y llega al Complejo del Chanza, con el objeto de dotar al vial de unas características aceptables de trazado. A partir de este tramo se proyecta un nuevo acceso que une el referido camino de servicio con la carretera que une Pomarao con Santiago de Cambas en Portugal, por lo que será necesaria la construcción de un puente sobre el Río Chanza.


Defensa

 

COMPRA DE OCHENTA VEHÍCULOS BLINDADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato para la adquisición de ochenta vehículos blindados, por importe de veinticinco millones de euros, en el marco del Plan de Renovación del material de las Fuerzas Armadas impulsado por el Ministerio de Defensa.

Se trata de adquirir vehículos con un elevado nivel de protección balística y contraminas, que permitan que el movimiento de tropas en zonas de operaciones se realice incrementando las condiciones de seguridad y protección.

Con este expediente de compra se completan los 120 vehículos previstos inicialmente en el Plan de Renovación, incluidas versiones ambulancia (soporte vital avanzado) dotadas del mismo nivel de blindaje.

Previa autorización del Consejo de Ministros de fecha 2 de noviembre de 2007, el Ministerio de Defensa adquirió el pasado mes de diciembre los primeros cuarenta vehículos blindados. Iveco España, que fue la empresa adjudicataria, ya ha entregado diez y está prevista la recepción de los treinta restantes antes de abril de 2008. Los nuevos ochenta vehículos serán entregados a lo largo del presente ejercicio.


Economía y Hacienda

 

APROBADO EL REAL DECRETO DE RECURSOS PROPIOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

  • Actualiza la normativa conforme al acuerdo internacional de capital Basilea II.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de recursos propios de las entidades financieras, con lo que se actualiza la normativa conforme al acuerdo internacional de capital Basilea II.

Su finalidad es ajustar los requisitos mínimos de recursos propios de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión a sus verdaderas necesidades y riesgos. De esta manera, se persigue lograr una mayor armonización en los criterios de solvencia y de supervisión prudencial, lo que redundará en una mayor estabilidad financiera, un incremento de la competitividad y menores riesgos para los consumidores.

Nivel mínimo

El Real Decreto trata, en primer lugar, de reformar el pilar tradicional de la supervisión de la solvencia de las entidades financieras, la exigencia de un nivel de recursos propios mínimo, y lo hace aproximando la medición de riesgos necesaria para el cálculo de dicho nivel a los propios mecanismos de medición de las entidades financieras. Con ello se estimula el desarrollo de adecuados procedimientos internos de gestión de riesgos, premiando a las entidades que han invertido más en este ámbito y que se convierten en ejemplo de buena práctica.

De este modo, tras actualizar la lista de elementos que componen los recursos propios, el Real Decreto define una serie de diferentes métodos de cálculo de los requerimientos de recursos propios para cada uno de los principales riesgos enfrentados por las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión.

Son de especial relevancia las diferentes opciones que se dan a las entidades de crédito para calcular las ponderaciones por el riesgo de sus exposiciones. Existen tres métodos diferentes: el método estándar, el método basado en calificaciones internas (comúnmente conocido como IRB básico) y el método basado en calificaciones internas avanzado ( IRB avanzado).

Métodos de ponderación

El método estándar es el más sencillo y el más similar al modelo actualmente vigente. Las novedades principales son, en primer lugar, el uso de las calificaciones provistas por las agencias de “ratings” como base para determinar las ponderaciones por riesgo de los activos y, en segundo lugar, la mayor diferenciación entre las ponderaciones por riesgo. Comparado con el Real Decreto anterior que ponderaba todos los riesgos corporativos al 100 por 100 (en ausencia de garantías), ahora éstos se ponderan en función de la calificación crediticia o rating de la empresa frente a la cual se tiene la exposición. De este modo la ponderación puede bajar hasta el 20 por 100 si el “rating” es AAA y subir hasta el 150 por 100 si está por debajo de BB-. Además, algunas categorías reciben un trato más ventajoso, como es el caso de las exposiciones minoristas y, bajo ciertas condiciones, de los préstamos a PYMEs.

Los métodos IRB básico y avanzado, sin embargo, están basados en calificaciones internas que cada una de las entidades da a sus propias exposiciones, calculadas a partir de su modelo interno de gestión de riesgos. Para asignar estas calificaciones internas, los modelos toman como referencia las estadísticas propias de la entidad sobre el historial de impago de cada tipo de exposiciones. El método IRB avanzado se diferencia del básico en que una mayor parte de los parámetros necesarios para calcular las ponderaciones por riesgo de los activos es estimada por la propia entidad.

Principio de proporcionalidad

El principio por el que se rige el establecimiento de distintas opciones es el de proporcionalidad, para adaptar la regulación sobre solvencia al tamaño y grado de complejidad de las entidades financieras. Las entidades más reducidas en tamaño y menos complejas pueden optar por el método estándar, mientras que a las más sofisticadas se les premia la inversión realizada en desarrollar un mejor modelo de gestión del riesgo aceptando que lo usen para fines regulatorios, siempre que haya sido validado previamente por su supervisor: Comisión Nacional del Mercado de Valores o Banco de España.

Refuerzo de la supervisión

En segundo lugar, el Real Decreto refuerza la supervisión de la solvencia de las entidades financieras, cambiando la forma de relación entre supervisor y supervisado. Se deja atrás la noción de que mantener un coeficiente de solvencia mínimo es suficiente y se pone en marcha todo un nuevo sistema de revisión supervisora basado en el diálogo continuo supervisor-entidad financiera, tanto para el caso de los riesgos para los que se exige una cifra específica de recursos propios mínimos, como para los demás riesgos enfrentados por la entidad.

De forma paralela, las nuevas exigencias se traducen también en nuevos requisitos organizativos para las entidades financieras, relacionados con sus procedimientos de gobiernos internos, sus capacidades de delegación de ciertas actividades y, sobre todo, su estructura organizativa en cuanto a la medición y gestión de los riesgos que toman.


Disciplina de mercado

La tercera novedad de este Real Decreto es la inclusión de la disciplina de mercado como un controlador adicional al supervisor de la solvencia de las entidades financieras. Se trata de que el escrutinio del mercado ejerza un efecto disciplinario sobre la buena gestión de los riesgos y la solvencia de las entidades financieras. Para conseguirlo se obliga a las entidades a divulgar al público un documento denominado “Información con relevancia prudencial”, que contiene información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo. Se pretende que esta divulgación, junto con la presión de la competencia, aliente la adopción de las mejores prácticas y aumente la confianza de los inversores.


Economía y Hacienda

 

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

  • Se eliminan las asimetrías entre los requisitos referidos a la financiación ajena de la instituciones de inversión colectiva inmobiliaria y las relativas a las ayudas recogidas en el Plan de Vivienda 2005-2008.
  • Estas instituciones podrán beneficiarse plenamente de las ayudas incluidas en dicho plan, impulsando la inversión y gestión de viviendas de protección pública en arrendamiento.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el artículo 59 del reglamento por el que se desarrolla la Ley de instituciones de inversión colectiva de noviembre de 2003, relativo al régimen aplicable a la financiación ajena recibida por las instituciones de inversión colectiva inmobiliaria.

Con la aprobación del Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda se estableció que la cuantía máxima de los préstamos cualificados para viviendas de protección oficial en arrendamiento sea del 80 por 100 del precio máximo legal que corresponda.

Así, se produce una asimetría, ya que el límite establecido en el Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, que es de un 50 por 100 del activo al saldo vivo de la financiación ajena que estas instituciones pueden recibir, es inferior a los límites máximos de financiación en régimen de protección oficial para la vivienda. Por esta razón, se modifica el artículo 59 de dicho Reglamento para eliminar dicha asimetría, con el fin de que las Instituciones de Inversión Colectiva inmobiliarias, cuyo objeto exclusivo o principal sea la gestión de viviendas de protección oficial, puedan beneficiarse al igual que los particulares.

El objetivo es un mayor impulso para la inversión y gestión de viviendas de protección oficial en arrendamiento.

Asimismo, en esta modificación normativa se aclara el régimen de endeudamiento en el que pueden incurrir estas instituciones de inversión inmobiliarias para resolver dificultades de tesorería, y se establece un límite del 10 por 100 del activo y un plazo de vencimiento de dieciocho meses. El plazo general de un mes establecido para las Instituciones de Inversión Colectiva resultaba insuficiente para este tipo de instituciones especializadas en la inversión inmobiliaria, pues poseen activos mucho menos líquidos y el plazo para realizar una desinversión es mayor.


Economía y Hacienda

 

REGULADAS LAS EMPRESAS Y ENTIDADES QUE PRESTAN SERVICIOS DE INVERSIÓN

  • Mejora las medidas de protección de los inversores e incrementa la competitividad de las entidades financieras españolas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión. Se completa así la incorporación al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria de 10 de agosto de 2006, por la que se aplica otra Directiva de 2004, más conocida como MIFID.

Con la entrada en vigor de este Reglamento, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se eleva la protección de los inversores, ya que las entidades y empresas de inversión tendrán más deberes de información y transparencia, y se incrementa, al mismo tiempo, la competitividad de las empresas financieras y de inversión españolas, pues verán facilitada su actividad en el exterior.

Entre las cuestiones más relevantes de este Reglamento se encuentran:

  • Se regula un nuevo tipo de empresas de servicio de inversión: las empresas de asesoramiento financiero (EAFI), que únicamente prestan este servicio de asesoría y recibir y transmitir órdenes de compra y venta, pero sin captar fondos, ni valores de sus clientes. Hasta ahora estas empresas no estaban sujetas a ningún requisito especial y cualquiera podía actuar bajo la denominación de asesor financiero. A partir de la entrada en vigor de esta normativa, esta actividad estará sometida a la autorización previa y supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y deberá cumplir con las normas de conducta de las empresas de servicios financieros, tales como las obligaciones de información o la realización de test de idoneidad, para asegurar que el asesoramiento que realizan es el adecuado al perfil de cada cliente, entre otras.
  • Se incorporan todas las normas de conducta establecidas en la Directiva. De esta manera, el catálogo de normas a las que se someten las entidades financieras se convierte en derechos concretos para los inversores, cuyo cumplimiento pueden exigir, mientras que a las entidades les confiere una mayor seguridad jurídica en las relaciones con sus clientes. Aquí se incluye toda la normativa relativa a las obligaciones de información a los clientes, incluido el test de idoneidad, así como el régimen para garantizar que las entidades realizan la mejor ejecución posible de las órdenes de sus clientes y asegurar la correcta tramitación de las distintas órdenes que reciben.
  • Se detallan los requisitos de organización exigibles a las entidades que prestan servicios de inversión: contratación de personal adecuado, auditoría interna y gestión de riesgos, exigencia de llevar registros de las operaciones y servicios, y prevención de conflictos de intereses, entre otros.


Industria, Turismo y Comercio

 

NORMAS DE INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ESTACIONES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que se recoge toda la normativa sobre instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos. Con esta regulación se derogan dos Reales Decretos de 1985 y 2003 que contravenían competencias autonómicas, tal y como especifican diversas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

Asimismo, se adapta la normativa a esas sentencias respetando los aspectos legales considerados no contrarios a derecho que quedaron recogidos en un Real Decreto Ley de 2000, que reguló determinados aspectos del régimen jurídico de las inspecciones técnicas de vehículos. Con esta norma se sustituyó el sistema de concesión administrativa previsto hasta ese momento en el Real Decreto de 1985 sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones ITV.

Posteriormente, el Real Decreto Ley, fue objeto de cuatro recursos de inconstitucionalidad promovidos por los Gobiernos de la Generalitat de Cataluña, el Principado de Asturias, Aragón y la Junta de Andalucía. El Tribunal Constitucional, en una sentencia de 2005, resolvió dichos recursos y declaró que corresponde a las Comunidades Autónomas con competencia en materia de industria establecer la habilitación para prestar ese servicio. Esa sentencia también determinó que la competencia para determinar los requisitos técnicos que deben cumplir las estaciones ITV es compartida.

De este modo, con el Real Decreto aprobado hoy tras las derogaciones y cambios, se recoge toda la normativa válida en un único texto.

Competencias autonómicas

El nuevo texto recoge que la ejecución material de las inspecciones será realizada de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la Comunidad Autónoma en ejercicio de sus competencias.

A estos efectos, dicha ejecución material podrá ser realizada por las Comunidades Autónomas directamente, o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas con su propio personal, en régimen de concesión administrativa o autorización. Los informes de las inspecciones, la cumplimentación de las tarjetas ITV y certificados de características, la anotación de las inspecciones técnicas y las reformas de importancia y cuantas operaciones afecten al servicio de inspección deberán ser controladas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

La estación ITV fijará su horario de atención al público, de conformidad con los criterios que al efecto establezca la Comunidad Autónoma. Tanto el horario inicial, como toda modificación del mismo, deberán ser aprobados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente. Además, deberá tener a disposición de los usuarios las condiciones, incluyendo las tarifas desglosadas en sus diversos conceptos, en las que realiza las inspecciones.

La estación ITV deberá suscribir pólizas de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras otorgadas por una entidad debidamente autorizada, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 300.500 euros por línea de inspección, sin que la cuantía de la póliza limite dicha responsabilidad.

Al menos, dos líneas de inspección

El texto también señala que el recinto deberá disponer, al menos, de una línea de inspección para vehículos ligeros y otra para vehículos pesados o universal. En casos excepcionales la Administración competente podrá admitir estaciones ITV con una sola línea universal cuando se sitúen en zonas de población muy dispersa y se justifique la inviabilidad de instalar dos líneas en función de las inspecciones previstas. Igualmente, con carácter excepcional, la Administración competente, en disposiciones que dicte a tal efecto, podrá admitir otras configuraciones.

La normativa también señala que la estación deberá estar ubicada en locales o naves totalmente independientes de cualquier local o nave en el que se realice cualquier otra actividad distinta de la Inspección Técnica de Vehículos.

Además, contará con sistemas telemáticos, para la transmisión de la información de las inspecciones realizadas y para la recepción de información técnica de los vehículos objeto de inspección, con la Administración competente y con el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, de acuerdo con las instrucciones que ésta dicte.

Requisitos de calidad del servicio de inspección

La estación ITV deberá tener en plantilla el personal necesario para realizar todas las funciones de modo que el servicio pueda prestarse en condiciones idóneas de calidad. Habrá en plantilla un número suficiente de inspectores permanentes con conocimientos técnicos de vehículos que les permitan emitir informes sobre la conformidad de éstos con las prescripciones reglamentarias y experiencia suficiente para realizar las inspecciones de forma adecuada. Los inspectores deberán poseer la cualificación profesional necesaria en automoción.

La remuneración de los inspectores no dependerá del número de vehículos inspeccionados o de los resultados de las inspecciones.


Cada estación ITV tendrá un director técnico con titulación de ingeniero o ingeniero

En caso de calibraciones externas, la estación ITV deberá contratar la calibración periódica de sus equipos de medición con un organismo competente, capaz de asegurar la trazabilidad con un patrón nacional o internacional.

Requisitos respecto a los usuarios del servicio

La estación ITV deberá establecer documentalmente un procedimiento para la recepción de todas las quejas y reclamaciones que se produzcan con motivo de las inspecciones realizadas, así como para el estudio y resolución de todas las reclamaciones que se produzcan por disconformidad del usuario con el resultado de la inspección.

Todas las quejas y reclamaciones que se produzcan serán tratadas, estudiadas y resueltas siguiendo los mismos criterios. La estación ITV deberá guardar registros de todas ellas, así como de las acciones tomadas como consecuencia de ellas.

Requisitos respecto a la documentación generada en la estación ITV

La estación ITV deberá implantar un procedimiento adecuado para la correcta recogida, identificación, clasificación, archivado almacenamiento, mantenimiento y consulta de todos los datos relacionados con las inspecciones y con su sistema de calidad. Dichos datos estarán protegidos contra cualquier uso no autorizado y serán accesibles siempre que se necesiten.


Fomento

 

APROBADA LA VENTA DE 158.600 m 2 DE SUELO PORTUARIO EN SEVILLA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Autoridad Portuaria de Sevilla la enajenación de 158.640 metros2 cuadrados de terrenos situados en la Avenida de Las Razas de Sevilla.

La valoración de los bienes se ha efectuado, por una sociedad de tasación independiente, en 52 millones de euros. Al exceder los 18 millones fijados por la Ley de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, de 26 de noviembre de 2003, es el Gobierno quien debe autorizar la enajenación y sus condiciones.

La solicitud cursada por el Ministerio de Fomento deriva del convenio firmado con el Ayuntamiento de Sevilla el pasado mes de octubre de 2007 por el que ambas Administraciones se comprometían a impulsar un proceso de reordenación urbanística en relación con determinados terrenos portuarios cercanos a la Avenida de Las Razas en el término municipal de Sevilla. Dichos terrenos, que habían sido declarados innecesarios para los fines portuarios, se desafectaron del dominio público portuario y se incorporaron al patrimonio de la Autoridad Portuaria, quien procederá a su enajenación, ya se ha efectuado el trámite de comunicación previa a la Dirección General de Patrimonio.

La integración de dichos terrenos en la zona permitirá una operación de remodelación urbanística, que mejorará la calidad del medio urbano y favorecerá la continuidad e interrelación entre la ciudad y el puerto.


Fomento

 

NUEVA CALZADA, SENTIDO SUR, DE LA AUTOVÍA A-4, EN LA VARIANTE DE DESPEÑAPERROS

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de la nueva calzada, sentido sur, de la Autovía A-4 en el tramo Venta de Cárdenas-Santa Elena, denominado Variante de Despeñaperros, en la provincia de Jaén. El presupuesto de licitación asciende a 110.880.292,63 euros.

Las obras contemplan la construcción de la nueva calzada, sentido sur, de Despeñaperros, desde la remodelación del enlace de Santa Elena, en el punto kilométrico (p.k.) 257, hasta la conexión con la actual calzada, sentido Norte, de la A-4 en el túnel de El corzo, situado en el p.k. 246, al sur de la Conexión de Venta de Cárdenas.

Además de la calzada sentido sur, las obras previstas contemplan la remodelación de la margen Este del Enlace de Santa Elena y el nuevo Enlace con la carretera a Aldeaquemada.

Características técnicas

El trazado se inicia al norte del paso superior existente en el actual Enlace de Santa Elena Sur, y se separa del trazado actual rumbo noreste, discurriendo por el término municipal de Santa Elena, a través del Parque Natural de Despeñaperros.

En el p.k. 1,160 salva el barranco del arroyo de las Canteras y la actual calzada sentido Madrid mediante un viaducto de 154 metros (m), tras el cual discurre por el cerro de Las Lomas, cruza el arroyo del Tomizo y, de nuevo, la calzada sentido Madrid, mediante un viaducto de 577 m.

En torno al p.k. 2,50 salva la vaguada del Arroyo del Rey con un viaducto de 560 m y las actuales calzadas de la autovía en ambos sentidos. Entre el p.k. 2,90 y el p.k. 4,70, se aproxima a las calzadas de la actual autovía, discurriendo paralela a ellas por el oeste. En el p.k. 3,88, mediante un paso inferior, cruza la actual calzada sentido Sevilla.

En el p.k. 4,06 salva el actual enlace con la carretera A-6200 a Aldeaquemada, tras el cual cruza el río Despeñaperros, la actual calzada sentido Madrid y la línea de ferrocarril Madrid-Alcázar de San Juan-Córdoba, mediante un viaducto de 379 m.

Seguidamente, la traza se dispone paralela al trazado del ferrocarril y discurre por el túnel de La Cantera, atravesando el Cerro del Castillo mediante el túnel de Despeñaperros, en el p.k. 5,64, a la salida del cual se prevé el cruce con el arroyo de Cuchareros y el río Despeñaperros mediante sendos viaductos de 178 m y 206 m, respectivamente. En el p.k. 8,02 el trazado aprovecha un túnel existente y en el p.k. 8,28, el viaducto de Venta de Cárdenas sobre el río Despeñaperros, tras el cual se prevé el final del tramo.

La sección tipo del tronco de la autovía estará formada por tres carriles de 3,5 m cada uno, arcenes interiores de 1,5 m y exteriores de 2,5 m, bermas exteriores de 1,5 m y mediana estricta de dos metros entre borde de arcén.

Las obras se completan con el acondicionamiento de las instalaciones, la señalización, el drenaje y el refuerzo del firme del Túnel del Corzo en la calzada sentido norte, la señalización, balizamiento, defensas y ordenación ecológica, estética y paisajística de la nueva calzada Sur y de los Enlaces de Santa Elena y Aldeaquemada.

Mapa tramo Despeñaperros


Fomento

 

TRAMO SANTA CILIA-PUENTE LA REINA DE JACA DE LA AUTOVÍA A-21, EN HUESCA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras del tramo, situado en la provincia de Huesca, Santa Cilia-Puente la Reina de Jaca, de la Autovía A-21 Jaca-Límite provincial de Navarra. El presupuesto de licitación asciende a 40.363.027,54 euros.

Las obras tienen como finalidad la construcción de uno de los once tramos en los que se ha dividido el trazado de la variante de la carretera N-240, Autovía A-21, integrante de la vía Pirenaica; concretamente, el tramo Santa Cilia-Puente la Reina de Jaca, en la provincia de Huesca, conectando con la red viaria existente y, a la vez, permitiendo el paso a dichos núcleos de población a través de dos enlaces.

Características técnicas

El inicio del trazado se sitúa 700 metros (m) al norte de Santa Cilia y a unos 300 m al este de la carretera Santa Cilia – Somanés, conectando con el tramo Jaca (Oeste) – Santa Cilia dentro del término municipal de Santa Cilia. Desde aquí continua hacia el oeste paralelo a la N-240, por la margen derecha del río Aragón.

A continuación, entra en el término municipal de Puente la Reina de Jaca y cruza el río Aragón Subordán, finalizando a 1 km al oeste de la carretera que discurre entre Puente la Reina de Jaca y Santa Engracia de Jaca, conectando con el tramo siguiente de la A-21, Puente la Reina de Jaca – Fago (L.P. Zaragoza).

A lo largo del trazado se prevén dos enlaces, uno en Puente la Reina de Jaca y otro en Santa Cilia, así como dos viaductos principales, uno para salvar el río Aragón Subordán, de unos 460,85 m de longitud, y otro para salvar el barranco de Jesús, de unos 38,30 m.

Las obras se completarán con la reposición de carreteras y caminos rurales, así como de la totalidad de servicios afectados.

Mapa tramo Santa Cilia


Fomento

 

VARIANTE DE LA N-340 A SU PASO POR L'ALDEA, EN TARRAGONA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de la Variante de la N-340, a su paso por L´Aldea. El tramo, situado en la provincia de Tarragona, cuenta con un presupuesto base de licitación de 36.695.939,09 euros. Se trata de desviar el alto número de vehículos pesados que atraviesan a diario la localidad, mejorando la seguridad vial y la comodidad de los usuarios.

Características técnicas

El trazado previsto para la Variante de L´Aldea, con sección de carretera convencional, se inicia a la salida del puente sobre el río Ebro que forma parte de la Variante de Amposta, con sección de autovía con dos calzadas de dos carriles cada una.

El Enlace Sur es el primero de los tres que presenta el trazado. Se trata de un enlace con glorieta inferior, con dos estructuras en la variante para el cruce sobre la misma. En esta zona se prevé la reposición de la actual N-340, pasando a través de la rotonda y conectándola con la carretera de acceso a Amposta, donde se proyecta una segunda glorieta a la que se conecta el ramal de acceso a la Autopista AP-7 y se da acceso a una industria enclavada en este punto y a la Torre de la Candela.

El trazado se aproxima a la Autopista AP-7, con un paso inferior en el punto kilométrico (p.k.). 1,74 para la reposición de la vía pecuaria denominada colada de la Burjassenia y un paso superior, en el p.k. 2,64, para la reposición de un camino que da continuidad a otro paso existente sobre la autopista.

A la altura del p.k. 3,7 cruza la línea de ferrocarril a Tortosa y la N-235, donde se sitúa el segundo enlace del tramo denominado enlace de Mercaderías que permite la conexión de la variante con dicha carretera. Se trata de un enlace con una glorieta en la N-235 coincidente con la actual intersección de entrada al polígono industrial. El ramal bidireccional que conecta la variante con la glorieta dispuesta en la N-235 cruza también el barranco Pixadors mediante un viaducto.

A continuación, la variante discurre dentro del SAU de Mercaderías, entre el p.k. 4,7 y el p.k. 5,8, por la banda reservada para ella. Coincidiendo con el final del SAU, la traza cruza una nueva vía pecuaria denominada colada de L'Aldea que se repone mediante un paso superior en el p.k. 5,82.

Tras un nuevo paso superior en el p.k. 6,18 para la reposición de un camino, la variante cruza el barranco de Mas Roig en el p.k. 7,14 y en el p.k. 7,3 se dispone un paso inferior para la reposición de un camino.

El tercer y último enlace de la variante se sitúa en el p.k. 7,6, constituyendo el final del trazado previsto. Se trata de un enlace con un paso bajo la variante, que permite la conexión de la misma con la N-340 y con la red de caminos municipales. Se disponen vías de servicio a ambos lados de la carretera, que permiten los accesos a las propiedades colindantes.

Mapa Variante N-340 L'Aldea
Fomento

 

VARIANTE SUROESTE DE TALAVERA DE LA REINA

El Ministerio de Fomento ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de la Variante Suroeste de Talavera de la Reina, en la provincia de Toledo, con un presupuesto de licitación que asciende a 30.800.542,23 euros. El tramo objeto de la actuación pertenece al itinerario de la carretera N-502 que discurre entre Ávila y Córdoba, donde, a su paso por Talavera de la Reina se va a sustituir la actual travesía por una variante de unos seis kilómetros de longitud.

Características técnicas

El trazado previsto corresponde a la Variante Suroeste de Talavera de la Reina, entre el enlace actual con la N-V y el punto kilométrico (p.k.) 122,500, aproximadamente, de la N-502, al sur de la localidad.

Tras el enlace inicial con la A-5 y la N-V, la traza se dirige hacia el sur y se desplaza hacia la derecha en sentido del recorrido, para cruzar el arroyo de Batadiez mediante un viaducto.

A continuación, cruza la línea ferroviaria Madrid-Cáceres concretamente, el tramo Talavera de la Reina-Chozas, mediante una estructura que deja espacio suficiente tanto para la línea actual, como para las actuaciones previstas en la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura.

Tras el enlace previsto con la carretera CM-4101, la traza salva el arroyo del Bárrago mediante un viaducto, cruza la Colada del Camino de Calera con una estructura y se dirige hacia el norte, hasta cruzar el río Tajo.

La variante finaliza con una glorieta a nivel. Entre el viaducto sobre el río Tajo y la glorieta final se salva el Cordel del Puerto de San Vicente sin afectarlo.

A lo largo del trazado se prevén varias estructuras de diferente tipología:

  • Dos pasos superiores (uno de ellos sobre el ferrocarril).
  • Cinco pasos inferiores.
  • Cuatro viaductos para el cruce de arroyos y ríos.
  • Estructuras para dos cruces sobre acequias o canales,

La sección tipo corresponde a una carretera de una calzada con arcenes de 1,50 m y bermas en el tronco de un metro de ancho.

Mapa Variante Talavera de la Reina


Fomento

 

OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA RONDA ESTE DEL CUARTO CINTURÓN DE ZARAGOZA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras complementarias del proyecto Cuarto Cinturón de Zaragoza, tramo Ronda Este. El presupuesto de licitación asciende a 11.972.262,85 euros. Estas obras complementan las del Cuarto Cinturón de Zaragoza, tramo Ronda Este, desde el punto kilométrico (p.k.) 13,5 al 19,5.

Características técnicas

Las obras previstas se localizan en el tramo Ronda Este de la Autovía Cinturón de Zaragoza, entre el enlace con la N-232, a continuación del el tramo anterior (Ronda Sur) y la A-2, cerrando el Cinturón. Incluye además, la Variante de la N-II desde su conexión con la Ronda Este hasta el cruce con la carretera de Villamayor.

El trazado tiene una longitud total de 9.640 m, de los que 6.536 m corresponden al tramo de la Ronda Este del Cuarto Cinturón y 3.104 m, a la Variante de la N-II.

Se disponen tres enlaces a lo largo de la Ronda Este, con la N-232, con la Variante de la N-II y con la conexión de la carretera de Montaña A-123 y un enlace en la Variante de la N-II con la antigua nacional.

Se proyecta una estructura sobre el río Ebro de 396 m de longitud, un falso túnel de 585 m para minimizar las afecciones al Barrio de Santa Isabel, un paso superior en el p.k. 2,55 de la Variante de la N-II para reposición de camino, así como ocho pasos inferiores y una red de caminos agrícolas para garantizar la permeabilidad entre las propiedades colindantes.

La sección prevista consta de dos calzadas separadas de dos carriles de 3,5 m de anchura, arcenes exteriores de 2,5 m. e interiores de un metro y bermas de un metro, con mediana variable entre bordes de plataforma.

Las obras complementarias previstas son las siguientes:

  • Construcción de una pasarela peatonal sobre la Variante de la N-II, a la altura del p.k. 0,36, para garantizar la permeabilidad del Cinturón a los peatones, y otra en el p.k. 5,56, sobre el falso túnel, para garantizar la permeabilidad de la Avenida de Santa Isabel a los peatones.
  • Construcción de aceras entre pasarelas hasta conectar con el entramado urbano.
  • Conexión exclusiva para autobuses. Con el fin de resolver el problema del transporte urbano en la zona próxima a la boca sur del falso túnel, se prevé adosar un carril de 3,5 m de anchura de uso exclusivo de autobuses, que une la glorieta de la antigua N-II con la glorieta del enlace de la Variante de la N-II, conectándolo con la Avenida de Movera. Se dispondrán aceras de tres metros de ancho y la iluminación correspondiente.
  • Construcción de un paso inferior en el p.k. 0,12 de la N-II que permitirá conectar la Avenida de Movera con el resto de viales municipales al otro lado de la autovía, garantizando la permeabilidad entre ambas márgenes.
  • Refuerzo del túnel de Santa Isabel para permitir el cruce de un futuro vial municipal.
  • Iluminación de la Rotonda Este y de la N-II en su tramo urbano.
  • Colocación de cableado de fibra óptica de comunicaciones.
  • Caminos agrícolas de servicio para complementar los ya existentes.

Mapa Ronda Este Zaragoza
Cultura

 

INFORME SOBRE LA CREACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE LA MODA Y DEL MUSEO NACIONAL DE ETNOGRAFÍA

  • Ambos serán de titularidad estatal. El primero tendrá su sede en Madrid y el segundo en Teruel.
  • Proyecto para ceder temporalmente las colecciones del Museo Nacional de Reproducciones Artísticas a la Universidad Complutense de Madrid.

El Consejo de Ministros ha remitido un Informe del Ministro sobre la creación de dos nuevas Instituciones culturales: el Centro Nacional de la Moda y el Museo Nacional de Etnografía, con la finalidad de ampliar y modernizar la oferta museística en España y facilitar el acceso de la ciudadanía al patrimonio cultural. Ambos tendrán la categoría de museos de titularidad estatal.

El origen común de estos dos nuevos museos es el actual Museo del Traje -Centro de Investigación del Patrimonio Etnográfico-, que ha experimentado una notable transformación desde su creación en el año 2004, lo que ha supuesto una particular evolución de los dos grandes ejes que sustentan sus colecciones: la moda y la etnografía.

La experiencia acumulada en el desarrollo de la institución, el incremento de sus fondos y la diversa evolución de esos dos principales ejes sobre los que se asienta, ponen en evidencia la necesidad de conferir una mayor identidad a ambas líneas de actividad, dotándolas de sedes diferentes.

El Centro Nacional de la Moda tendrá su sede en Madrid y el Ministerio está negociando con el Ayuntamiento su ubicación en el espacio Matadero-Madrid. Será una institución cultural dinámica e interactiva que, a partir de la colección de moda contemporánea actualmente albergada por el Museo del Traje, tendrá como principales objetivos:

  • Constituirse como un lugar de relación entre moda y modernidad.
  • Impulsar el nuevo diseño de moda en España.
  • Difundir las características particulares de la historia de la moda española y revalorizar la historia del vestido como expresión social y de creación artística, así como de las numerosas industrias y actividades relacionadas.
  • Mostrar la visibilidad internacional de la moda de España en colaboración con todos los agentes pertenecientes a este sector.

El Museo Nacional de Etnografía estará situado en Teruel y alojará los fondos actualmente existentes en el Centro de Investigación del Patrimonio Etnográfico del Museo del Traje. Sus objetivos serán los siguientes:

  • Mostrar desde una perspectiva antropológica la unidad y diversidad delas manifestaciones culturales en España.
  • Conservar, proteger y promover el conocimiento del patrimonio etnológico, integrado por todos aquellos testimonios que son o han sido expresión relevante de la cultura de los pueblos de España en sus aspectos materiales, sociales o espirituales.
  • Potenciar la investigación en el ámbito del patrimonio etnológico español, convirtiéndose en un centro de referencia nacional e internacional, lo que configura al museo como Centro de Investigación del Patrimonio Etnográfico.

Museo de Reproducciones Artísticas

Por otra parte, y en consonancia con el resto de iniciativas , se contempla la puesta en valor de las colecciones pertenecientes al Museo Nacional de Reproducciones Artísticas. Este Museo reúne una excelente colección de reproducciones de obras maestras, principalmente de escultura, que van desde el Arte Egipcio y Caldeo-Asirio, pasando por el Arte Clásico Greco-Romano, el Arte Medieval Románico-Gótico, el Renacimiento y el Barroco hasta llegar al siglo XIX, logradas mediante la técnica del vaciado.

Dada la relevancia de estas colecciones y la necesidad de acometer una correcta conservación, exhibición y difusión de las mismas, hasta ahora depositadas en la sede del Museo del Traje, se plantea la posibilidad de cederlas con carácter temporal a la Universidad Complutense de Madrid. A tal efecto se firmará un protocolo general que permita desarrollar las actuaciones administrativas y técnicas necesarias para dicha cesión.


Industria, Turismo y Comercio

 

ABERTIS AUTORIZADA A LA COMPRA DE ACCIONES DE HISPASAT

El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición por Abertis Telecom de las acciones de las que Ensafeca Holding Empresarial y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria son titulares en Hispasat. La eficacia de este acuerdo está condicionada a la notificación y, en su caso, autorización de la operación por las autoridades de defensa de la competencia.

Hispasat es la compañía concesionaria del servicio de gestión del segmento espacial de la posición orbital geoestacionaria atribuida actualmente al Estado español, conforme al acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de julio de 1997. En virtud de dicho acuerdo, “las acciones de la compañía serán nominativas y todos los actos y negocios jurídicos que impliquen su enajenación, gravamen o alteración en la composición accionarial deberán ser autorizados por el Consejo de Ministros”.

El pasado 30 de noviembre de 2007 fue presentada ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la solicitud de autorización de una operación de transmisión de acciones de Hispasat por Ensafeca Holding Empresarial, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Abertis Telecom.

En concreto, solicitaban la aprobación del Consejo de Ministros para la transmisión del total de las acciones de las que Ensafeca y BBVA son titulares en Hispasat, a favor de Abertis. Estas acciones constituyen el 28,4 por 100 del capital de Hispasat.


Administraciones Públicas

 

TRASPASO A CATALUÑA DE LA PRESA DE LA LLOSA DEL CAVALL

El Consejo de Ministros, ha aprobado un Real Decreto sobre ampliación de medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por un Real Decreto de 1985 en materia de obras hidráulicas, en virtud del acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat de Cataluña en su reunión del 29 de mayo de 2006.

Presa de la Llosa del Cavall (Lleida)

La ampliación de medios materiales consiste en el traspaso de los bienes integrantes de la presa de la Llosa del Cavall (Lleida), ubicada en el río Cardanes, perteneciente a la cuenca hidrográfica interna de Cataluña del río Llobregat.

En la mencionada reunión de la Comisión Mixta se estableció el compromiso de entregar la carretera que conduce a dicha infraestructura, debidamente reparada y efectuados previamente los trabajos de acondicionamiento en la presa y su entorno. Dado que en aquel momento dichas obras de acondicionamiento no habían concluido, la Administración General del Estado y la Generalitat de Cataluña adquirieron el compromiso de posponer la efectividad de este traspaso hasta el día siguiente de la publicación simultánea de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.

Estas obras han supuesto una inversión de 7.433.027,20 euros y han sido financiadas en su totalidad por el Ministerio de Medio Ambiente.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

LA RENOVACIÓN DEL PARQUE DE MAQUINARIA AGRÍCOLA BENEFICIARÁ A UN MAYOR NÚMERO DE AGRICULTORES

  • Se incorporan como nuevas máquinas susceptibles de ayuda los equipos de aplicación de fitosanitarios y las abonadoras que ofrezcan una buena distribución

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola, con el objeto de beneficiar a un mayor número de agricultores. Además, se incorporan como nuevas máquinas susceptibles de ayuda, los equipos de aplicación de fitosanitarios y las abonadoras que ofrezcan una buena distribución.

La nueva norma recoge que la ayuda por beneficiario podrá alcanzar como máximo hasta doce mil euros para la adquisición de nuevos tractores, treinta mil euros para equipos automotrices de recolección, o el 30 por 100 de la inversión en el resto de máquinas automotrices y en los casos de máquinas arrastradas.

Para acceder a la ayuda es necesario ser titular de una explotación agraria, ser titular del nuevo tractor o máquina y de la máquina achatarrada, cumplir las normativas comunitarias aplicables a las inversiones para la medida de modernización de las explotaciones agrarias y comprometerse a no enajenar el nuevo tractor o la nueva máquina durante un periodo de cinco años.


Requisitos

En cuanto a los requisitos del tractor y máquinas automotrices, éstos deberán tener más de quince años de antigüedad, excepto los equipos de recolección, que podrán ser de diez años, computados entre la fecha de su primera inscripción como alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola y la fecha de solicitud de la ayuda.

También deberá estar inscrito en dicho Registro durante el último año bajo la titularidad del solicitante de la ayuda, salvo en los casos de transmisión de la explotación o en los casos de primera incorporación de jóvenes.

Asimismo, tendrá que estar en condiciones de uso y no de abandono, ser entregado a un centro autorizado de tratamiento o en una instalación de recepción y causar baja definitiva en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, con una anotación en que se haga constar que ha sido achatarrado y, finalmente, causar baja definitiva en el Registro de vehículos, si estuviera inscrito en él.

Sobre los requisitos del nuevo tractor o máquina, éste debe ser adquirido en fecha posterior a la solicitud de la ayuda y quedar inscrito, como de primera adquisición, en el Registro correspondiente.

Dado que durante el pasado año se produjo una auténtica avalancha de solicitudes, por lo que quedaron bastante sin poderse aprobar, el Real Decreto contempla estos casos para facilitar la tramitación de estos expedientes durante este año.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación difundirá y actualizará a través de su página www.mapa.es, la relación de abonadoras y de equipos de tratamientos fitosanitarios seleccionados para estas ayudas, de acuerdo con los criterios elaborados conjuntamente por la Dirección General de Agricultura y las Estaciones de ensayos específicas para este tipo de máquinas.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

NUEVAS CONDICIONES SOBRE IDENTIFICACIÓN Y ETIQUETADO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE HUEVOS

  • Se establece como novedad, en el etiquetado de los estuches de huevos la necesidad de incluir la explicación del código impreso en los huevos destinados al consumidor final.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las condiciones de aplicación, en el territorio nacional, de la normativa comunitaria para la comercialización de huevos.

La nueva normativa mantiene la clasificación tradicional de los huevos en categoría A (destinados a consumo humano directo) y B (sólo aptos para la industria) y fija las características cualitativas que deben presentar los primeros, en cuanto a las condiciones de la cáscara, la altura de la cámara de aire, la yema y la clara entre otras.

Se mantiene, asimismo, la clasificación por peso de los huevos de categoría A con las mismas denominaciones usadas hasta el momento, XL, L, M y S, y se señala que las prácticas de lavado y limpieza de los huevos en las granjas y centros de clasificación no están permitidas en el país.

Igualmente, se fijan las condiciones para la autorización de la actividad de los distintos operadores, los registros que deben mantenerse a lo largo de la cadena, así como las autoridades y exigencias de inspección, que forman parte del resto del articulado de las normas europeas.

Marcado y estuchado

En cuanto a las obligaciones de marcado de los huevos, éstas no difieren demasiado con las existentes hasta la fecha. Los huevos deben ir identificados con el código del productor y el sistema de cría de las gallinas ponedoras: ecológicas, camperas, en suelo o en jaula.

También se recogen los requisitos del etiquetado de los estuches, en los que debe figurar la fecha de consumo preferente, la categoría de calidad y peso, la fecha de duración mínima y la explicación del significado del código del productor que figura en cada huevo.

En el Real Decreto, y siguiendo las directrices comunitarias, se exceptúa de las obligaciones de marcado a los pequeños productores que vendan sus productos directamente al consumidor final en las granjas o en mercados públicos locales, considerando las particularidades de dichos productores.

También se detallan las condiciones de identificación de los huevos de categoría B (los destinados a uso industrial), de forma que se diferencien claramente de los destinados a consumo directo.

Código de información

Como novedad, en el etiquetado de los estuches de huevos se deberá incluir la explicación del código impreso en los huevos destinados al consumidor final. La finalidad de la mención propuesta es la de garantizar y clarificar la información a los consumidores así como la uniformidad en la formula escogida para todos los operadores del sector. A partir de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, todos los estuches comercializados deberán incluir la siguiente mención: “Primer dígito: forma de cría de las gallinas. Dos letras siguientes: Estado miembro de producción. Resto de dígitos: granja de producción.”

El texto aprobado también incluye como novedad el desarrollo de los requisitos mínimos para el uso de otras menciones de carácter voluntario en el etiquetado de huevos, en particular, las que se refieren a determinadas características o condiciones de producción de los huevos o de mantenimiento de las gallinas.

Extra o extra fresco

Se establecen las condiciones para las utilizar la mención “extra” o “extra fresco” cuando los huevos se comercializan en los nueve días siguientes a la fecha de puesta. También se prevé la posibilidad de mencionar la fecha de puesta, el tipo de alimentación de las gallinas o hacer referencia a que han sido criadas en jaulas especialmente acondicionadas.

Para poder utilizar estas menciones los operadores interesados deberán presentar un “pliego de condiciones” que deberá ser aprobado por la autoridad competente de cada Comunidad Autónoma. En él se detallarán las condiciones específicas, así como el sistema de control que garantice la veracidad de estas indicaciones. La propia autoridad o un organismo independiente de control debidamente acreditado deberá realizar estos controles.

De esta manera se garantiza una información suficiente y veraz al consumidor final, garantizando sus derechos, así como la libre y justa competencia entre los operadores del sector.

También se determina un período transitorio de seis meses, tras la entrada en vigor del Real Decreto, para aquellos productores o marcas que viniesen utilizando menciones facultativas, hasta la puesta en marcha de los nuevos requisitos.


Segundo productor europeo

La producción de huevos en España es una de las principales producciones ganaderas, ya que nuestro país es el segundo productor europeo, tras Francia, con más de 380.000 toneladas anuales y 1.758 explotaciones comerciales.

Asimismo, España exporta anualmente más de 173.000 toneladas de huevos, lo que da idea de la competitividad y calidad de la producción española de huevos.


Medio Ambiente

 

MODIFICADO EL PROYECTO DE SANEAMIENTO DEL SISTEMA SAJA-BESAYA (CANTABRIA)

El Consejo de Ministros ha autorizado una modificación en el proyecto de colectores secundarios del interceptor general del Saja-Besaya, tramo II: El Cueto-Sorravides, perteneciente al saneamiento general de la cuenca del Sistema Fluvial del Saja-Besaya, en Cantabria. La inversión asciende a 957.525 euros.

El objetivo de la modificación es introducir las mejoras necesarias para incrementar al máximo la eficacia del proyecto. Los cambios propuestos radican, fundamentalmente, en lo siguiente:

  • Realizar el paso del colector secundario de Barreda a través del canal de abastecimiento de la factoría Solvay
  • Ejecutar 176 metros de longitud del colector del Cabo
  • Desplazar las partes aéreas de las estaciones de bombeo nº 1 y nº 2 de Santillana del Mar a zonas no anegables, para evitar problemas de los elementos eléctricos
  • Cambiar los puntos de enganche de la línea eléctrica, la cual será subterránea en vez de aérea por exigencias urbanísticas
  • Desplazar la parte aérea de la estación de bombeo nº 4 de Santillana para alejarla de la zona anegable
  • Ejecutar la acometida eléctrica desde una línea de alta tensión por lo que deberá modificarse la línea de alimentación así como la incorporación de un transformador en un módulo preparado al efecto.

Estas actuaciones forman parte del Programa A.G.U.A. del Ministerio de Medio Ambiente, que incluye proyectos de mejora de gestión y del suministro de agua acordes con las necesidades existentes y futuras ligadas al desarrollo de los territorios de forma sostenible en términos económicos, sociales y ambientales, incluso en situación de sequía, así como medidas para la preservación del dominio público hidráulico y de los espacios asociados a los mismos.


Medio Ambiente

 

RESTAURACIÓN FORESTAL DE ZONAS DE CANARIAS AFECTADAS POR INCENCIOS E INUNDACIONES

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia autorizadas por la Ministra de Medio Ambiente para la restauración forestal y medioambiental de diversas zonas de Canarias que resultaron dañadas por incendios forestales e inundaciones entre 2006 y 2007. El importe total de estas actuaciones asciende a 11.031.976 euros.

Incendios

Durante los últimos días del mes de julio y primeros del mes de agosto de 2007 se declararon en el archipiélago canario diversos incendios forestales que afectaron con especial intensidad a las islas de Gran Canaria, Tenerife y La Gomera. Miles de hectáreas se vieron seriamente dañadas en estas tres islas, lo que provocó grandes afecciones en la masa forestal.

La inversión de las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Medio Ambiente asciende a 5.120.652 euros en Tenerife; 1.940.440 euros, en Gran Canaria y 350.000 euros, en La Gomera.

Las tareas de restauración forestal y medioambiental se concentran prioritariamente en la recuperación de la cubierta vegetal, como tratamientos selvícolas sobre los pies que han sobrevivido al fuego, procediendo a la retirada y al procesado de madera quemada y a la ejecución de las actuaciones necesarias en pistas forestales y sus márgenes, y actuando con la mayor rapidez posible para prevenir daños mayores de tipo erosivo, facilitar la regeneración natural y evitar el ataque de enfermedades o plagas forestales.

Además, en las zonas afectadas incluidas dentro de espacios de la Red Natura 2000 se llevarán a cabo tratamientos selvícolas para la recuperación y regeneración de los hábitats donde existen endemismos y especies en peligro.

Por otra parte, el 10 de septiembre de 2006 se declaró un incendio en el término municipal de Valverde, en la isla de El Hierro, que recorrió una superficie forestal de 1.466, 79 hectáreas, afectando en gran medida al municipio de Frontera. Las obras de restauración emprendidas en esta zona, con una inversión de 487.000 euros, persiguen la implantación y futuro desarrollo de un bosque que proteja el suelo de los procesos erosivos.


Inundaciones

Asimismo, el Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia para la restauración de cauces y reparación de los daños causados por las inundaciones registradas los días 26, 27 y 28 de enero de 2007 en El Hierro, por un importe total de 3.133.884 euros. El fuerte temporal registrado en esas fechas tuvo episodios de intensas lluvias, con más de 500 litros por metro cuadrado en un solo día, que afectaron a toda la isla y sobrepasaron cualquier tipo de previsión.

Estas lluvias produjeron múltiples desbordamientos en cauces de barrancos que arrasaron viviendas, vehículos, establecimientos mercantiles y explotaciones agrícolas y ganaderas, y causaron importantes daños en infraestructuras públicas, especialmente en la red viaria, en cauces de barrancos, en redes de saneamiento, en estaciones depuradoras y desaladoras, en costas y playas y en infraestructuras forestales. Las actuaciones en la zona son necesarias para mejorar su respuesta hidráulica ante avenidas extremas.


Economía y Hacienda

 

28 MILLONES PARA LA COMUNIDAD VALENCIANA Y CANARIAS PARA HACER FRENTE A INUNDACIONES E INCENDIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado dos créditos extraordinarios en el Presupuesto de Administraciones Públicas, por importe total de 28.380.000 euros, financiados con cargo al Fondo de Contingencia, destinados a la Comunidad Valenciana, a la Comunidad Autónoma de Canarias y a la provincia de Castellón.

Comunidad Valenciana

De ellos, 20.150.000 euros se destinan a reparar daños causados por las intensas tormentas de lluvia y viento e inundaciones que afectaron a la Comunidad Valenciana del 11 al 19 de octubre de 2007, según lo establecido en el Real Decreto por el que se aprobaron medidas urgentes y se concedieron subvenciones destinadas a sufragar daños en infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales.

Comunidad Autónoma de Canarias y Provincia de Castellón

De la cantidad restante, 5.250.000 euros son para financiar las actuaciones relativas a incendios de la Comunidad Autónoma de Canarias, y 2.980.000 euros van destinados a las subvenciones por el mismo concepto en la provincia de Castellón, según lo establecido en los Reales Decretos aprobados para adoptar medidas urgentes y sufragar daños en infraestructuras, equipamientos municipales y red viaria.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

AVANCES EN EL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE CANALES DE VACUNO PESADO Y EN EL REGISTRO DE LOS PRECIOS DE MERCADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se completa la aplicación del modelo comunitario, clarificando el sistema de clasificación de canales de vacuno pesado, así como el posterior registro de sus precios.

Conforme la nueva normativa, se establece el empleo obligatorio de las subclases para determinar la conformación cárnica y se fija un período transitorio de seis meses, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto, para su implantación. La utilización de las subclases será, sin embargo, voluntaria para establecer el estado de engrasamiento. También plantea, con carácter voluntario, la realización de la clasificación de canales de vacunos de peso vivo inferior a 300 Kg.

El Real Decreto simplifica el faenado y reduce el número de presentaciones autorizadas, a efectos de registro de precios, para facilitar la normalización y ganar transparencia en la comercialización en el mercado cárnico. No obstante, una vez clasificada la canal y registrado su peso, se podrá realizar el posterior acondicionamiento de la misma para adaptarse a las presentaciones que demande el mercado.

Por otra parte, se establece un régimen de autorización de clasificadores, que ordena su actividad, incluyendo los criterios para su cualificación, entre los que se encuentra superar un curso teórico-práctico. Además, se crea un Registro Nacional de Clasificadores de Canales de Vacuno.

El nuevo Real Decreto sienta las bases legales para la implantación de las técnicas de clasificación automatizada en España, con objeto de lograr una adaptación a las últimas novedades en esa materia.


Agricultura, Pesca y Alimentación

 

CONTROL DE LOS PANELES DE CATADORES DE ACEITE DE OLIVA VIRGEN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la normativa básica sobre las condiciones que deben cumplir los paneles de catadores de aceite de oliva virgen, autorizados para la realización del control oficial, por las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, así como los criterios de seguimiento y control del rendimiento de los mismos. Además, se constituye el sistema de control anual de dichos paneles así como el procedimiento de comunicación a la Unión Europea de la lista de éstos.

La autorización de los paneles de catadores se efectuará por el órgano competente de las Comunidades Autónomas y por los órganos competentes de la Administración General del Estado en el caso de importaciones y exportaciones. A éstos últimos también les corresponde la coordinación de los controles de los paneles autorizados, y la designación del Laboratorio Nacional de Referencia.

Los paneles de catadores deberán proceder de acuerdo con la normativa actualmente vigente para la realización de las sesiones de cata y poseer la infraestructura necesaria para ello: método de análisis y normas que lo complementan, sala de catas suficientemente equipada, sala de preparación de muestras y lugar de almacenamiento de muestras en condiciones tales que eviten su deterioro sensorial.

Adscrita al Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación existirá una mesa de coordinación de análisis de aceite de oliva, presidida por el Director General de Industria Agroalimentaria y Alimentación, integrada por representantes de la Administración General del Estado con competencias en esta materia y de las comunidades autónomas que decidan participar, cuya composición y funciones se establecerá reglamentariamente.

A efectos de coordinación, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por orden ministerial, podrá encomendar al Laboratorio Arbitral Agroalimentario las funciones correspondientes como laboratorio nacional de referencia en materia de análisis de aceite de oliva.

En la elaboración de este Real Decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados y ha sido informado por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.


Trabajo y Asuntos Sociales

 

EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL REALIZARÁ DOS CONTRATOS DE CARÁCTER INFORMÁTICO

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación de servicios para atender necesidades informáticas y de administración electrónica para el Servicio Público de Empleo Estatal.

Durante los últimos años el Servicio Público de Empleo Estatal ha centrado sus esfuerzos en la aplicación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación para mejorar las relaciones con las administraciones públicas y beneficiar con ello a los ciudadanos.

Los expedientes presentados ante el Consejo de Ministros se realizan por concurso abierto y darán continuidad a los trabajos que actualmente se desarrollan por contratos vigentes hasta el 30 de septiembre. Los nuevos contratos tienen cobertura hasta finales de septiembre del año 2010 y sus presupuestos se han fijado en 33,7 millones de euros para el primero y de 28 millones, para el segundo.

Contratos de emergencia para la sede de Huesca

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha sido informado sobre los contratos de emergencia realizados como consecuencia del incendio que tuvo lugar el pasado día 13 de diciembre de 2007 en el local de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Huesca.

Los daños producidos en el inmueble, en sus instalaciones y equipamientos dejaron la sede inutilizable para el desarrollo de la actividad laboral y para la prestación del servicio público a los ciudadanos, y ha sido necesaria una serie de actuaciones cuyo valor asciende a casi 456.000 euros.

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