SUMARIO
Presidencia
- Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de control de precursores de drogas.
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
- REAL DECRETO relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.
- ACUERDO sobre las medidas contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, a los damnificados por las inundaciones que han afectado durante los últimos días del mes de septiembre de 2008 a las ciudades de Ceuta y Melilla y a distintas localidades de las provincias de Córdoba y Sevilla.
- ACUERDO por el que se solicita al Consejo de Estado la emisión de dictamen urgente sobre los proyectos de Reales Decretos siguientes:
- Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la obtención de la declaración de reconocimiento personal prevista en el art. 4 de la Ley.
- Real Decreto sobre condiciones y procedimiento para la concesión de las indemnizaciones a personas fallecidas en defensa de la democracia o que hubiesen sufrido lesiones incapacitantes durante la transición (de 1 de enero de 1968 a 6 de octubre de 1977), de acuerdo con los artículos 10 y la disposición adicional cuarta de la Ley.
- Real Decreto sobre procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por parte de los voluntarios de las Brigadas Internacionales.
- Real Decreto por el que se desarrolla el procedimiento de restitución de documentos y otros efectos custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española a las personas de carácter privado a los que fueron incautados.
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española en 2008, por importe de 18.000.000 euros, al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 8.320.000 euros, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 7.400.000 euros, al Fondo del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 7.380.000 euros, al Fondo Fiduciario España-UNESCO, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española en 2008, por importe de 5.000.000 de euros, al Programa Mundial de Alimentos (PMA) para un programa de lucha contra la desnutrición crónica en América Latina y el Caribe, con Cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 3.000.000 euros, a la Campaña del Milenio del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución voluntaria española de 2008, por importe de 2.000.000 euros, al Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (UNHABITAT) con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española en 2008, por importe de 915.000 euros, al Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE y al Centro de Formación de la OCDE, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución de España en 2008, por importe de 750.000 euros, para la Alianza de las Civilizaciones, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española por importe de 600.000 euros, a la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito para el Programa para la Fiscalización Internacional de las Drogas, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 600.000 euros, a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española, por importe de 500.000 euros, a la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para el Programa Global contra el Terrorismo, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española en 2008, por importe de 330.000 euros, al Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución de España en 2008, por importe de 250.000 euros, al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas contra los Estupefacientes en Afganistán, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución de España en 2008, por importe de 162.666 euros, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO LEY por el que se autoriza a la Administración General del Estado a formalizar un contrato de garantía con el Banco Europeo de Inversiones y se amplía el límite para el otorgamiento de avales fijado en el artículo 54 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender diversos gastos de inversión relativos a la obtención de capacidades CIS para los nodos desplegables de la Unidad Militar de Emergencias (UME).
- ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con la finalidad de incrementar la financiación del programa de desarrollo del misil Meteor.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Adhesión de la República de Albania al Tratado del Atlántico Norte.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Adhesión de la República de Croacia al Tratado del Atlántico Norte.
- ACUERDO por el que se autoriza la aceptación del Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: responsabilidad derivada de emergencias medioambientales, Medida 1 (2005), y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio básico de cooperación entre el Reino de España y la República de Sudán.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a la República Popular China, por importe de 250.000 euros.
Fomento
- REAL DECRETO por el que se aprueba el convenio entre la Administración General del Estado, la Xunta de Galicia y Autopista Central Gallega, Concesionaria Española, Sociedad Anónima, por el que se modifican determinados términos de la construcción, conservación y explotación de la autopista AP-53, Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo, que ostenta dicha sociedad, por la conexión con la autovía AG-59 y su utilización libre de peaje para los movimientos AG-59–Santiago de Compostela e inverso.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Autovía A-73, Burgos-Aguilar de Campoo”, con un presupuesto de 46.926.835,94 euros, Palencia.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Aumento de capacidad en la variante de Benidorm de la carretera N-332”, con un presupuesto de 31.279.932,44 euros, Alicante.
Educación, Política Social y Deporte
- REAL DECRETO por el que aprueban las normas reguladoras de una subvención a conceder de forma directa al Comité Olímpico Español para financiar actividades desarrolladas por el Movimiento Olímpico durante el ejercicio 2008.
Trabajo e Inmigración
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- REAL DECRETO sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
- REAL DECRETO sobre aplicación durante el periodo 2008/2009 del sistema de retenciones a cuenta previsto en el Real Decreto 754/2005, de 24 de junio, por el que se regula el régimen de la tasa láctea.
- ACUERDO por el que se autoriza la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto constructivo de nuevo puente sobre el río Ebro entre los municipios de Sant Jaume d'Enveja y Deltebre, en el delta del Ebro, Tarragona, en el tramo de costa que discurre por la zona de servidumbre de protección, y se declara de utilidad pública la ejecución de dichas obras en la zona de dominio público marítimo-terrestre.
Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Concierto de asistencia sanitaria de los mutualistas de MUFACE y sus beneficiarios en el exterior, para el ejercicio 2009.
ACUERDOS DE PERSONAL
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se renueva el mandato de D. JULIO SEGURA SÁNCHEZ como Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- REAL DECRETO por el que se nombra Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores a D. FERNANDO RESTOY LOZANO .
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República Eslovaca a D. JOSE ÁNGEL LÓPEZ JORRÍN.
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en el Reino de Tonga, con residencia en Nueva Zelanda a D. MARCOS GÓMEZ MARTÍNEZ.
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Misión Especial para Georgia y los Estados del Cáucaso a D. SERVANDO CARLOS DE LA TORRE FERNÁNDEZ DEL POZO.
- REAL DECRETO por el que se designa Embajadora en Misión Especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género a Dª MARÍA JESÚS ALONSO JIMÉNEZ.
Defensa
- REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete Técnico de la Ministra de Defensa al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire a D. FERNANDO LENS ASTRAY.
Sanidad y Consumo
- REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Terapias Avanzadas y Trasplantes a D. AUGUSTO SILVA GONZÁLEZ.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Trabajo e Inmigración
INFORME SOBRE CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS INTERNACIONALES EN PROTECCIÓN FAMILIAR
- El total de ayudas a las familias en 2007 alcanzó 15.862 millones de euros y España alcanza ya los estándares europeos de apoyo a la familia
- El Gobierno pedirá la ratificación de los instrumentos internacionales que certifican la existencia de medidas de protección familiar
España está en condiciones de cumplir, por primera vez, los estándares comparados que garantizan una posición entre los países con un nivel adecuado de prestaciones de ayuda familiar, aunque es preciso seguir avanzando en políticas de apoyo a las familias, según las conclusiones de un estudio realizado por la Subdirección de Estadística del Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Gabinete de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que el Ministro de Trabajo e Inmigración ha presentado al Consejo de Ministros.
De acuerdo con las conclusiones de este informe, el Gobierno pedirá que se levanten las observaciones que pesan al respecto sobre España en la Carta Social Europea y solicitará la ratificación de la Carta Social Europea revisada.
Situación más favorable
Las políticas desarrolladas por el Gobierno en materia de actualización y establecimiento de nuevas prestaciones, las medidas de profundización en la conciliación de la vida familiar y profesional, los beneficios fiscales y otro tipo de ayudas, además de las que facilitan las Comunidades Autónomas, sitúan a España en una posición más favorable en el contexto normativo internacional. El estudio no incluye las ayudas que prestan las Corporaciones Locales.
En el año 2007 el total de ayudas a las familias en España ascendió a 15.862.492.744 euros. De esta cantidad, 2.024.718.583 euros corresponden a prestaciones de la Seguridad Social; 1.473.890.000 euros, a beneficios fiscales; 2.735.421.054 euros, a medidas de ahorro fiscal, y 9.628.463.116 euros, a otro tipo de ayudas como la renta mínima de inserción, las becas o las ayudas a la vivienda.
El estudio presenta un catálogo actualizado y una estimación económica de las prestaciones que las familias españolas recibieron durante 2007 desde diferentes organismos del Estado e incluye también prestaciones facilitadas por las Comunidades Autónomas. Una vez realizado este catálogo, lo contrasta con las exigencias de los principales instrumentos internacionales: Carta Social Europea, Carta Social Europea revisada, Código Europeo de Seguridad Social, Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Código Europeo de Seguridad Social revisado.
España ratificó la Carta Social Europea el 6 de mayo de 1988, pero pesan observaciones sobre el cumplimiento del artículo 16 dedicado al derecho de la familia en relación con su protección social, jurídica y económica, porque hasta ahora el Comité encargado de la supervisión de las ayudas sólo había tenido en cuenta las prestaciones familiares periódicas por hijo a cargo de la Seguridad Social. El artículo 16 citado habla de la protección “mediante prestaciones sociales y familiares, disposiciones fiscales, apoyo a la construcción de viviendas adaptadas a las necesidades familiares, ayudas a los recién nacidos o por medio de cualesquiera otras medidas adecuadas”.
Gasto del 11 por 100
El gasto español en materia de protección y apoyo a las familias se sitúa en torno al 11 por 100 del salario medio por número de hijos menores de dieciocho años, esfuerzo que, sin perjuicio de que sea susceptible de mejora, debe dar respuesta a la suficiencia demandada por el Comité encargado de supervisar la Carta Social.
El Convenio 102 de la OIT y el Código Europeo de Seguridad Social son instrumentos ratificados por España, aunque no en la parte relativa a prestaciones familiares. Con los datos actuales esta situación puede cambiar, pues el convenio 102 de la OIT y el Código exigen dedicar a este tipo de prestaciones un 1,5 por 100 del salario medio por el número de hijos menores de dieciocho años.
En cuanto al más reciente de estos instrumentos, el Código Europeo de Seguridad Social revisado, con un nivel más elevado de protección, establece tres fórmulas alternativas de cálculo para baremar su cumplimiento: 3 por 100 del salario medio por el número total de hijos de todas las personas protegidas; 3 por 100 del salario mínimo por el número total de hijos de todos los residentes, y 1,5 por 100 del Producto Interior Bruto.
PRESTACIONES Y MEDIDAS DE APOYO A LAS FAMILIAS
Más información
Interior
APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE CONTROL DE PRECURSORES DE DROGAS
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Control de Precursores de Drogas, que adaptará la normativa española a la reglamentación de la Unión Europea. Los precursores de drogas son determinadas sustancias químicas de fabricación o suministro legal, pero que pueden desviarse para la fabricación ilícita de estupefacientes y psicotrópicos.
En la actualidad, por razones de seguridad y salud públicas su control está regulado por la Ley de 10 de enero de 1996, sobre medidas de control de sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas. El Proyecto aprobado hoy por el Consejo sustituirá a esta norma y en él se determina el régimen sancionador que será de aplicación a las personas físicas o jurídicas que, al realizar operaciones intracomunitarias (suministro, almacenamiento, fabricación, producción o distribución dentro de la Unión Europea) o extracomunitarias (importación, exportación o intermediación con terceros países) con dichos precursores, cometan infracciones a las obligaciones exigidas al efecto por los Reglamentos comunitarios.
Las infracciones que se recogen en el Proyecto de Ley son muy similares a las establecidas en la Ley de 10 de enero de 1996. En general, las infracciones muy graves son conductas que implican la intención de incumplir la normativa (falsificación de datos o negativa a las inspecciones), las graves son aquellas que vulneran obligaciones formales o documentales, y las leves, los incumplimientos que no estén calificadas como graves o muy graves.
Principales novedades
Las principales novedades del Proyecto de Ley son las siguientes:
- Se rebajan las cuantías de las sanciones de multa, ya que eran totalmente desproporcionadas con respecto a las sanciones que otros Estados miembros venían imponiendo por los mismos hechos.
- Se disminuye el tiempo de duración de la sanción de suspensión de la licencia de actividad exigida para realizar operaciones.
- En las infracciones graves o muy graves se admite la posibilidad de imponer la sanción de multa o la de suspensión de la licencia de actividad, sin perjuicio de poder imponer también ambas a la vez, hasta ahora se imponían las dos sanciones.
Así, por ejemplo:
- El importe de las sanciones leves pasa a ser de 300 hasta 600 euros (actualmente es de hasta 6.000 euros).
- El importe de las sanciones graves pasa a ser de 601 a 6.000 euros (actualmente es de 6.001 a 90.000 euros) y el tiempo de suspensión de la licencia de actividad es de hasta seis meses (actualmente de hasta cinco años).
- El importe de las infracciones muy graves pasa a ser de 6.001 a 30.000 euros (actualmente es de 90.001 a 600.000 euros), y el tiempo de suspensión de la licencia de actividad es de hasta cinco años o retirada de la misma (actualmente de cinco a diez años de suspensión).
La competencia para imponer sanciones por infracciones muy graves corresponde a los Ministros del Interior (operaciones intracomunitarias) y de Economía y Hacienda (operaciones extracomunitarias), y deja de ser competencia del Consejo de Ministros. Para imponer sanciones por infracciones graves y leves la competencia será de los Secretarios de Estado de Seguridad y de Hacienda y Presupuestos, y dejará de ser de los Ministros.
Economía y Hacienda
CONTRATO DE GARANTÍA PARA OPERACIONES DE FINANCIACIÓN EN EL EXTERIOR DE LA UNIÓN EUROPEA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se autoriza la formalización de un contrato de fianza con el Banco Europeo de Inversiones para garantizar los créditos que, con cargo a sus recursos propios, conceda a los Estados de Africa, Caribe y Pacífico (ACP) y a los Países y Territorios de Ultramar relativos al Convenio de Cotonou II.
El mismo se enmarca dentro de la política de cooperación de la Unión Europea, primer donante del mundo. La Unión Europea canaliza parte de los fondos destinados a cooperación a través del Banco Europeo de Inversiones, materializándolos a través de préstamos concesionales para proyectos de inversión, tanto privados como públicos.
En este ámbito, y según el Acuerdo alcanzado en Cotonou en el año 2000, los Estados que participan en el Banco Europeo de Inversiones actúan como garantes en las operaciones relativas a la financiación de ayudas en el marco financiero plurianual 2008-2013 para los Estados de Africa, del Caribe y del Pacífico, entre los que se encuentran los países más pobres del mundo, así como para la asignación de la ayuda financiera para los Países y Territorios de Ultramar que se contempla en el Tratado de la Comunidad Europea.
En virtud de este acuerdo, los Estados miembros de la Unión Europea se comprometen a garantizar el 100 por 100 de cada préstamo con cargo a recursos propios que el Banco Europeo de Inversiones conceda a cualquiera de los 79 países ACP, con un límite del 75 por 100 de la cantidad global desembolsada. Esta garantía permitirá al Banco conceder hasta dos mil millones de euros de préstamos para inversiones productivas durante el sexenio 2008-2013.
Los principales sectores de inversión serán las infraestructuras básicas como acometida y tratamiento de aguas, generación y transporte de energía, infraestructura de transportes, etcétera.
Cada Estado miembro garantizará los préstamos en proporción a su participación en el capital social del Banco Europeo de Inversiones, lo que en el caso de España es, aproximadamente, de un 10 por 100.
Fomento
SE AGILIZA LA CREACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA
- La Agencia podrá desarrollar sus competencias durante 2008 con cargo a los presupuestos de Aviación Civil
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se agiliza la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea facilitando el procedimiento para su financiación durante 2008 hasta que se le asigne, en el siguiente ejercicio, un presupuesto propio. Dicha Agencia podrá desarrollar sus competencias durante 2008 directamente con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Aviación Civil.
Por otra parte, se separan las secretarías del Consejo Rector y de la Comisión de Control de la Agencia, de forma que no recaigan en una misma persona reforzando así la separación entre ambos órganos de la Agencia y la capacidad de control de la Comisión.
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, cuya puesta en marcha anunció la Ministra de Fomento para este mes de octubre, se creará a partir de la escisión de la actual Dirección General de Aviación Civil y asumirá principalmente las competencias inspectoras y sancionadoras de dicha Dirección General en materia de seguridad aérea y de protección de los derechos de los pasajeros.
La creación de la Agencia servirá para flexibilizar y agilizar la gestión, y facilitar el adecuado desenvolvimiento de las actividades relacionadas con el control de la seguridad aérea y permitirá la contratación de más técnicos con experiencia en las diversas áreas de actividad de este sector.
Presidencia
AYUDAS POR LAS INUNDACIONES EN CEUTA, MELILLA, CÓRDOBA Y SEVILLA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que decide aplicar las medidas contempladas en el Real Decreto de 2005 que regula las subvenciones destinadas a paliar situaciones de emergencia causadas por catástrofes naturales, a los damnificados por las terribles inundaciones que afectaron esta misma semana a las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla, así como a varias localidades de las provincias de Córdoba y de Sevilla.
De hecho, en Ceuta se llegó a declarar el Nivel 2 del Plan de Emergencia por Inundaciones y se produjeron cortes en el suministro eléctrico y en las líneas telefónicas, así como restricciones al tráfico marítimo en el Estrecho de Gibraltar. En lo referido a Melilla, las afecciones más importantes fueron provocadas por la crecida del río Oro, que arrastró a su paso todo tipo de materiales, y que obligó a cerrar varios puentes para evitar riesgos a la población.
Las provincias de Córdoba y de Sevilla, por su parte, sufrieron fuertes tormentas que provocaron inundaciones y daños de diversa consideración en las viviendas de los municipios afectados.
En consecuencia, este Acuerdo tiene por objeto que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda a efectuar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños susceptibles de ser resarcidos conforme a las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, reformado por un Real Decreto de 2007, con la máxima urgencia posible.
El Real Decreto en cuestión prevé la concesión de las siguientes ayudas:
- Por destrucción total de vivienda: 15.120 euros.
- Por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 euros.
- Por daños no estructurales en vivienda: 5.160 euros.
- Por daños en enseres: 2.580 euros.
- Por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
- Por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 euros.
- Por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 euros.
Presidencia
PETICIÓN AL CONSEJO DE ESTADO DE DICT AMEN SOBRE MEDIDAS A FAVOR DE LOS PERSEGUIDOS DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA
El Consejo de Ministros ha decidido remitir al Consejo de Estado, para que sean objeto de dictamen, cuatro proyectos de Reales Decretos que desarrollan la Ley de reconocimiento y ampliación de derechos y establecimiento de medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, de 2007. Los Reales Decretos son los siguientes:
- Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la obtención de la declaración de reconocimiento personal prevista en el art. 4 de la Ley.
Esta norma prevé el procedimiento mediante el que puede obtenerse la Declaración de reparación y reconocimiento personal de las personas que padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la guerra civil y la dictadura.
La declaración podrá solicitarse por las personas afectadas y, en caso de que hubieran fallecido, por el cónyuge o persona ligada por análoga relación de afectividad, sus ascendientes, sus descendientes y sus colaterales hasta el segundo grado; o, a falta de estos familiares, por las instituciones públicas en que hubiesen desempeñado cargo o actividad relevante las personas afectadas ya fallecidas.
- Proyecto de Real Decreto sobre condiciones y procedimiento para la concesión de las indemnizaciones a personas fallecidas en defensa de la democracia o que hubiesen sufrido lesiones incapacitantes durante la Transición (de 1 de enero de 1968 a 6 de octubre de 1977), de acuerdo con el artículo 10 y la disposición adicional 4ª de la Ley.
Mediante este Real Decreto se determina el alcance, condiciones y procedimiento para la concesión de las indemnizaciones previstas en la Ley para quienes hubiesen fallecido o sufrido lesiones incapacitantes por su actividad en defensa de la democracia en dicho periodo.
En el caso de fallecimiento la indemnización asciende a 135.000 euros, y en el caso de lesiones incapacitantes, se determina en función del grado de incapacidad acreditado ante los correspondientes órganos de la administración de Seguridad Social.
Proyecto de Real Decreto sobre procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por parte de los voluntarios de las Brigadas Internacionales.
Esta norma determina los requisitos y procedimiento de acceso a la nacionalidad española de los voluntarios de las Brigadas Internacionales que deseen solicitarlo, una vez que la Ley suprimió el requisito de renuncia a su nacionalidad previa.
El Proyecto prevé una cláusula específica para facilitar la tramitación a las personas a quienes les fue concedida la nacionalidad en aplicación del Real Decreto de 19 de enero de 1996, pero que no hicieron efectivo su derecho por tener que renunciar a su nacionalidad.
- Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el procedimiento de restitución de documentos y otros efectos custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española a las personas de carácter privado a los que fueron incautados.
Aunque estrechamente vinculado al desarrollo de la Ley de 2007, este Real Decreto se deriva específicamente de la Ley que crea el Centro Documental de la Memoria Histórica.
Dicha Ley prevé que el Gobierno establecerá el procedimiento para la restitución de documentos y otros efectos custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española a los particulares a los que fueron incautados. El Proyecto de Real Decreto que ahora se remite al Consejo de Estado establece el procedimiento para llevar a cabo dicha restitución.
También precisa que antes de la salida de los documentos del Centro Documental de la Memoria Histórica quedará depositada en el mismo una copia o duplicado.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
NUEVAS CONDICIONES PARA APLICAR LOS PAGOS DIRECTOS A LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA EN 2009
- Se establece la asignación de derechos de pago único a los agricultores que hicieron entregas de uva, posteriormente transformada en mosto no destinado a la vinificación, durante las campañas 2005/2006 y 2006/2007
- Se regula la ayuda a los productores de remolacha azucarera, para un máximo de cinco campañas consecutivas, a partir de la campaña 2009/2010
- Los pagos adicionales en el sector lácteo estarán condicionados a que los ganaderos tengan suscrito un contrato tipo de suministro de leche de vaca
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería, en el que se recoge y actualiza la normativa vigente en esta materia, con lo que facilita su manejo por parte de los destinatarios.
En relación con el régimen del pago único, se incorpora el Reglamento del Consejo por el que se establece la Organización Común del Mercado vitivinícola, que permite a cada Estado miembro la opción de asignar derechos de pago único como medida de apoyo el sector vitivinícola. En base a ello, se establece que en España, durante 2009, se asignarán derechos de pago único a los agricultores que hicieron entregas de uva que posteriormente se transformaron en mosto no destinado a la vinificación, durante las campañas de referencia 2005/2006 y 2006/2007, según determinadas condiciones reguladas en el Real Decreto.
Debido a la integración de este sector en el régimen del pago único se ha ampliado el concepto de hectárea admisible, y la utilización agraria de las tierras dentro de dicho régimen.
Pagos específicos
En relación con los pagos específicos, se regula la ayuda a los productores de remolacha azucarera para un máximo de cinco campañas consecutivas, a partir de la campaña 2009/2010, debido a que en España se ha solicitado y autorizado el abandono de más del 50 por 100 de la cuota. Además, y para facilitar el manejo de la norma, se han consolidado en el texto las ayudas directas acopladas transitorias destinadas al sector de los cítricos y al del tomate para transformación, ayudas que en la campaña 2008 se regularon en una norma aparte.
En la ayuda específica al cultivo del algodón ha sido necesario adaptar la normativa a las modificaciones introducidas por el Reglamento del Consejo de julio de 2008, y se establecen programas nacionales de reestructuración para este sector.
Se ha simplificado la gestión de las primas por sacrificio de animales bovinos cuando el sacrificio se haya realizado en España. Con la publicación de la nueva normativa, los ganaderos sólo tendrán que hacer esta solicitud una vez al año, frente a las cuatro veces que estaban establecidas anteriormente, y no tendrán que aportar los códigos de identificación individual de los animales por los que se solicita la prima, los cuales se obtendrán a partir del sistema de bases de datos de identificación bovina (SITRAN).
En los pagos adicionales en el sector lácteo se ha incorporado como condición para la concesión de dicho pago que los agricultores que entreguen leche a compradores tengan suscrito un contrato tipo de suministro de leche de vaca.
Condicionalidad
La nueva normativa introduce cambios en la condicionalidad y se establece que el responsable de cumplir con los requisitos legales de gestión y/o las buenas condiciones agrarias y medioambientales en cualquier momento del año sea el agricultor que presentó la solicitud única en ese año, incluso cuando se transfiera total o parcialmente la explotación. También se establece que las parcelas utilizadas para justificar los derechos de ayuda deberán estar a disposición del agricultor el 31 de mayo del año en que se solicita la ayuda.
Debido a que en el “chequeo médico” de la reforma de la política agrícola común la Comisión Europea ha propuesto que a partir de 2009 los derechos de retirada de tierras se conviertan en derechos de ayuda normales, para la campaña 2009/2010 se ha establecido una excepción en lo que respecta a la utilización de los derechos de retirada de tierras, por lo que los agricultores no estarán obligados a retirar las tierras de la producción para poder percibir el importe fijado por dichos derechos.
Se han suprimido del Plan de regionalización productiva los índices de barbecho, que ya no serán necesarios cumplir para percibir los pagos por superficie a los cultivos herbáceos en el secano. Asimismo, se ha actualizado la lista de variedades de trigo duro que pueden utilizarse para solicitar la ayuda específica a la calidad en la campaña 2009/2010.
Sector del azúcar
Por razones de urgencia, se ha modificado la normativa que regula el régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar con la finalidad de ampliar las opciones para la concesión de las ayudas de diversificación. De este modo, estas ayudas no se limitarán únicamente a las medidas incluidas en los ejes 1 y 3 del Reglamento del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, sino también a otras medidas diferentes de éstas, siempre de acuerdo con los criterios establecidos en el Tratado de la Comunidad Europea.
El nuevo Real Decreto se publicará con una antelación de casi un mes respecto al que reguló la “Solicitud Única” de 2008 y con más de cuatro meses de anticipación sobre la fecha inicial en la que el agricultor o ganadero deberá presentar su “Solicitud Única”, el 1 de febrero de 2009.
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ha realizado un gran esfuerzo para adelantar la publicación del texto, de manera que las administraciones implicadas de las Comunidades Autónomas y las entidades colaboradoras dispongan del tiempo suficiente para realizar una mejor planificación de la campaña de solicitudes de la Política Agrícola Común de 2009. Con ello los agricultores y ganaderos podrán tomar con tiempo las decisiones de su explotación de cara a la próxima campaña, así como recibir un servicio más eficaz y de mayor calidad de sus administraciones, lo que redundará en una mejor gestión y un pago más rápido de sus ayudas.
Esta disposición se publica cuando en estos momentos está abierta la negociación del denominado “Chequeo Médico” de la Política Agrícola Común. Cuando concluya el proceso de negociación con la publicación de los Reglamentos del Consejo, será necesario realizar sólo algunos ajustes en el actual Real Decreto, ya que la mayoría de los cambios afectarán a los años 2010 y sucesivos.
En el año 2008 presentaron la Solicitud Única un total de 954.166 productores, que comenzarán a recibir, a partir del próximo día 1 de diciembre y hasta el 30 de junio de 2009, ayudas por un valor total aproximado de 5.230 millones de euros.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
MAS DE 55 MILLONES EN CONTRIBUCIONES A PROGRAMAS HUMANITARIOS Y DE COOPERACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado quince propuestas de concesión de contribuciones de España a Fondos y Programas internacionales a realizar durante el presente ejercicio 2008, por importe conjunto de 55,2 millones de euros, con cargo a la dotación presupuestaria del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) en materia de cooperación.
Detalle de las contribuciones
- 18.000.000 euros al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Se trata de una contribución de carácter general al Fondo, que irá acompañada en 2008 de otras contribuciones a los Fondos Fiduciarios Temáticos de la Organización por valor de 40.000.000 euros. Se basa en la coincidencia de los fines del Fondo con varios de los objetivos prioritarios de la Ayuda Oficial al Desarrollo española.
- 8.320.000 euros a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH).
Se justifica en el compromiso de España con la promoción y defensa de los derechos humanos, que constituyen una de las prioridades de nuestra política exterior y de nuestra política de cooperación internacional al desarrollo. La contribución se desglosa como sigue:

3. 7.400.000 euros al Fondo Comité Internacional de la Cruz Roja. En los últimos años España ha participado muy activamente en los principales debates de temas humanitarios que auspicia el Comité y se ha comprometido con el Presidente Kellenberger a aumentar la contribución española a las actividades humanitarias de la Cruz Roja Internacional.
La distribución del importe total de la contribución es la siguiente:

4. 7.3080.000 euros al Fondo Fiduciario España-UNESCO . La aportación irá destinada a promover los siguientes objetivos:
- En el ámbito de la educación se desea reforzar el trabajo de ciertos institutos y centros dependientes de UNESCO, en especial, del INTERNATIONAL BUREAU OF EDUCATION, con una aportación de 350.000 euros; del INSTITUTO INTERNACIONAL DE PLANIFICACIÓN EDUCATIVA, con una aportación de igual valor; del INSTITUTO DE UNESCO PARA ESTADÍSTICAS, con otra aportación de 350.000 euros, y de la OFICINA REGIONAL DE EDUCACIÓN PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE, con una aportación de 550.000 euros.
- En el ámbito de la preservación del medio ambiente y los lugares naturales se persigue apoyar el trabajo integrador en las Reservas de la Biosfera, en dos ámbitos geográficos: Asistencia Post-desastre para el Parque Nacional de Siberut, Provincia de Sumatra Oeste (Indonesia), con una aportación de 430.000 euros, e Integración, conservación y desarrollo en las Reservas de la Biosfera de la Amazonía (ICD-AMAZONIA), con una aportación de 100.000 euros.
- En el área cultural, de ciencia, de comunicación y de educación superior se apoyan proyectos que ya han venido siendo financiados con cargo a aportaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en 2006 y 2007 tales como el Programa Internacional para el Desarrollo de la Comunicación; la Plataforma Audiovisual de UNESCO; las convenciones internacionales relacionadas con patrimonio mundial, patrimonio intangible y diversidad; la Alianza de Civilizaciones; la Alianza Global para la Diversidad Cultural; el IESALC o Instituto Internacional de Educación Superior para América Latina y el Caribe; el desarrollo de políticas científicas en África; el TTISSA o Programa de apoyo a la formación de docentes en África, y la Cooperación internacional entre Comisiones Nacionales de UNESCO. En este sentido, el paquete de aportaciones alcanza un valor de 4.500.000 euros
Asimismo, se realizará una contribución voluntaria no asignada por valor de 750.000 euros.
5. 5.000.000 euros al Programa Mundial de Alimentos para un Programa de Lucha contra la Desnutrición Crónica en América Latina y el Caribe. Su distribución es la siguiente:
- Desarrollo de la capacidad en apoyo a los programas de protección social basados en la alimentación en America Latina y Caribe: 2.500.000 euros.
- Desarrollo de la capacidad en el marco de los programas integrados de suministros de micronutrientes en América Central y Belice: 2.500.000 euros
6. 3.000.000 euros a la Campaña del Milenio del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Entre 2007 y 2009 el centro de atención de la Campaña se centra básicamente en veintitrés países del África Subsahariana, del Sudeste asiático, de Europa y del Norte de América. Las actuaciones se orientan principalmente hacia países con buenas expectativas de crecimiento económico y en los que todavía no se ha explotado todo el potencial de apoyo social y político a los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
7. 2.000.000 euros al Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (UNHABITAT). La contribución se basa en la identidad de los objetivos de UNHABITAT con varias de las prioridades señaladas en el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008. En particular, aparecen dentro del sector de necesidades sociales básicas, entre las que se incluyen la habitabilidad básica y el acceso al agua y saneamiento como objetivos prioritarios. Además, el trabajo de UNHABITAT se centra también en cuestiones relacionadas con la sostenibilidad medioambiental, recogida como prioridad transversal en el Plan Director de la Cooperación Española. En la actualidad España es el cuarto donante en cuanto a contribuciones voluntarias y el primero en aportaciones a fondos fiduciarios del Organismo. En reconocimiento a su nuevo papel de donante relevante y activo, UNHABITAT solicitó a España que acogiera la segunda reunión de coordinación de donantes, que tendrá lugar en Sevilla en octubre de 2008.
8. 915.000 euros al Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE y al Centro de Formación de la OCDE. La propuesta de contribución se distribuye del siguiente modo entre ambas organizaciones: Comité de Ayuda, 465.000 euros para trabajos de los diferentes grupos y redes; Centro de Desarrollo, 450.000 euros, destinados a financiar la publicación "Perspectiva Económica Latinoamericana" (350.000 euros) y "Perspectiva Económica Africana" (100.000 euros)
9. 750.000 euros para el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para la Alianza de Civilizaciones. Se trata de un Fondo constituido en la Secretaría General de Naciones Unidas. en orden a financiar las actividades del Alto Representante de la Alianza. Este Fondo Fiduciario se nutre de aportaciones voluntarias y está operativo y abierto a eventuales contribuciones. Como Estado inspirador y copatrocinador junto con Turquía de la iniciativa para una Alianza de Civilizaciones, España se ha mostrado comprometida activamente con el Fondo Fiduciario desde su creación, compromiso que justifica sobradamente la realización de la contribución.
10. 600.000 euros a la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para el Programa de Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de las Drogas. La contribución se destina a la financiación de los proyectos de la ONUDD dirigidos al control de las drogas en su más amplio sentido: proyectos integrales de promoción de la salud; análisis estadísticos; educación preventiva; tratamiento y rehabilitación; reinserción social y desarrollo alternativo en zonas productoras de drogas, que incluyen la capacitación de mano de obra y la promoción de microempresas. Dichos proyectos, además luchar contra las consecuencias directas de las drogas, contribuyen igualmente a disminuir algunas de las consecuencias inducidas del fenómeno, que son objeto de atención prioritaria de la ONUDD: crimen organizado, blanqueo de capitales, corrupción o terrorismo.
11. 600.000 euros a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruza Roja y de la Media Luna Roja. Está integrada por 186 Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, una Secretaría en Ginebra y más de sesenta delegaciones para apoyar las actividades que se llevan a cabo en todo el mundo, si bien hay más Sociedades en formación. La contribución española se justifica por idénticas razones a las expuestas en relación con la contribución al Comité Internacional de la Cruz Roja y va destinada, en parte, al presupuesto general de la organización (400.000 euros) y, en parte, al Fondo de Emergencia de Catástrofes (200.000 euros), reserva común de fondos sin asignación específica que se utiliza para iniciar la intervención en casos de emergencias.
12. 500.000 euros a la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para el Programa Global contra el Terrorismo. Según España ha expresado a la ONUDD, la contribución servirá para actividades en Iberoamérica, así como al seguimiento del ”Plan de Acción de Madrid”, aprobado en la Mesa Redonda Ministerial de Madrid para los Estados de África Central y Occidental, celebrada en mayo de 2006, y a programas de asistencia técnica en el Magreb. Su justificación es análoga a la expresada en relación con la contribución a ONUDD-PNUFID. Únicamente es de señalar que, en relación al Programa contra el Terrorismo, España es el duodécimo contribuyente a nivel mundial (cuarto, en el año 2007).
13. 330.000 euros al Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza. Este Instituto, establecido en 1969, es uno de los cuatro institutos especializados del Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos creados por acuerdo entre España, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Turquía y Yugoslavia. Su fin es el fomento de la cooperación entre los países del Mediterráneo a través, por una parte, de la formación superior especializada y complementaria, tanto científica como económica, a los futuros responsables de los sectores agrarios y, por otra parte, del apoyo a la investigación dirigida al desarrollo del sector agroalimentario y del ámbito rural. Incidentalmente, la contribución va dirigida también a solucionar los graves problemas presupuestarios del Instituto.
14. 250.000 euros al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas contra los Estupefacientes en Afganistán. A través de él se financian proyectos y actividades dirigidos a la consecución de los objetivos marcados por la Estrategia Nacional de Control de Drogas del Gobierno afgano. La contribución española al Fondo es coherente con nuestro compromiso con la estabilización y reconstrucción de Afganistán, especialmente por cuanto va dirigida a la lucha contra uno de los principales factores de riesgo para la misma como es la industria del narcotráfico. En este sentido, es de tener en cuenta que a lo largo de los últimos años el fenómeno del cultivo de opiáceos ha resurgido de forma notable en la provincia de Badghis, en la que España ha concentrado sus esfuerzos de reconstrucción.
15. 162.666 euros al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) . La contribución estará destinada al programa de apoyo a la asistencia jurídica de la Oficina del ACNUR en España.
Educación, Política Social y Deporte
MÁS DE 900.000 EUROS PARA EL COMITÉ OLÍMPICO POR LAS OLIMPIADAS DE PEKÍN
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede una subvención de 961.135 euros al Comité Olímpico Español para financiar gastos derivados de la participación española en los juegos olímpicos de Pekín 2008 celebrados este verano.
Con esta subvención, la financiación total que ha recibido el Comité Olímpico Español por parte del Consejo Superior de Deportes, dependiente del Ministerio de Educación, Política Social y Deportes, para financiar actividades desarrolladas por el movimiento olímpico durante el ejercicio de 2008 asciende a 2.261.135 euros.
Los 961.135 euros servirán para atender los gastos de desplazamiento, uniformidad y seguros de quienes integraron el equipo español en los Juegos Olímpicos de Pekín. Hasta la capital china se desplazó una delegación oficial compuesta por 490 personas, entre deportistas, equipo técnico y personal de apoyo.
Fomento
CONVENIO PARA CONECTAR LA AUTOVÍA AUTONÓMICA AG-59 CON LA AUTOPISTA ESTATAL AP-53
- Los recorridos por la AP-53 desde la autovía AG-59 hacia Santiago de Compostela, e inversos, serán libres de peaje.
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto, un convenio entre el Ministerio de Fomento, la Xunta de Galicia y Autopista Central Gallega, Concesionaria Española, S.A. (Acega), que tiene por objetivo conectar la autovía autonómica AG-59 con la autopista de peaje de titularidad estatal AP-53. La conexión se realizará mediante un enlace de nueva construcción. Serán libres de peaje los recorridos por la AP-53 desde la autovía AG-59 hacia Santiago de Compostela e inversos.
En base a este convenio, la Xunta de Galicia construirá el enlace de conexión de la autopista AP-53, Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo, con la autovía AG-59. El enlace constará de cuatro ramales de incorporación y salida de la AP-53, en sentidos Santiago de Compostela y Ourense.
El nuevo enlace, que mejorará las comunicaciones de Santiago de Compostela, pasará a integrarse en la concesión que ostenta Acega que desde la puesta en servicio del enlace, asumirá su conservación y explotación.
La Xunta de Galicia compensará a Acega por los gastos adicionales de conservación y mantenimiento derivados del flujo de vehículos libres de peaje entre el nuevo enlace y Santiago de Compostela, así como por la conservación del nuevo enlace.
Fomento
AUTORIZADO EL INCREMENTO DE LA CAPACIDAD DE LA VARIANTE DE BENIDORM EN LA CARRETERA N-332
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras para el aumento de la capacidad de la variante de Benidorm (Alicante), en la carretera N-332. El presupuesto base de licitación asciende a 31.279.932,44 euros.
Las obras consisten en duplicar la calzada de la actual variante de Benidorm, de 6,18 kilómetros de longitud, con un trazado coincidente con la misma, entre el enlace sur de acceso a Benidorm y el enlace con la autopista de peaje AP-7. La actuación discurre al noroeste de Benidorm, con dirección suroeste-noroeste.
Las obras incluyen cinco enlaces coincidentes con los ya existentes. Además, se realizarán catorce estructuras, de las cuales cinco son viaductos; cuatro, pasos superiores y cinco, pasos inferiores.
Los cinco enlaces son los siguientes:
- Enlace sur de acceso a Benidorm. Actualmente constituye una de las entradas a Benidorm desde la variante existente. El nuevo enlace se ha proyectado teniendo en cuenta el existente y la futura variante de Villajoyosa. Presenta cinco ramales y una glorieta. Con estos nuevos ramales desaparecen los existentes. El nuevo enlace permitirá el movimiento Valencia-Benidorm y Benidorm-Valencia.
- Enlace de Finestrat. El enlace existente conecta la variante con el municipio de Finestrat, permitiendo los movimientos siguientes: Alicante-Benidorm y Alicante-Finestrat, Valencia-Benidorm y Valencia-Finestrat y Benidorm-Valencia y Finestrat-Valencia. Este enlace es incompleto ya que no permite los movimientos Benidorm-Alicante y Finestrat-Alicante. El nuevo enlace consta de tres nuevos ramales, además de los existentes, que permitirán estos movimientos.
- Enlace de Terra Mítica. Este enlace coincide prácticamente con el existente salvo en dos ramales, que se modifican ligeramente, debido a la duplicación de la actual variante, reduciendo el radio de los mismos. Mediante este enlace se conecta la variante con el Parque Temático Terra Mítica.
Enlace de La Nucía. Este enlace sirve de conexión de la variante con la carretera que conecta Benidorm con la Nucía. Se ha rediseñado el margen derecho (sentido Alicante-Valencia) de dicho enlace para poder proyectar el ramal de trenzado, eliminando los ramales que permitían los movimientos Alicante-La Nucía, Alicante-Benidorm, Benidorm-Valencia y La Nucía-Valencia. Este ramal queda como camino de servicio, que comunica con las edificaciones próximas a la zona, y se proyectan dos nuevos al otro lado de la glorieta. Los otros dos ramales existentes se modifican, ya que quedan dentro de la calzada proyectada, disminuyendo el radio de la curva de los mismos.
- Enlace de acceso a la autopista de peaje AP-7. Se trata del enlace que conecta la variante con la carretera de acceso a la autopista de peaje AP-7. Se sustituye por una glorieta a distinto nivel, con dos obras de paso.

Fomento
TRAMO BÁSCONES DE VALDIVIA-AGUILAR DE CAMPOO DE LA AUTOVÍA A-73, EN PALENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras del tramo Báscones de Valdivia-Aguilar de Campoo de la Autovía A-73 en la provincia de Palencia. El presupuesto base de licitación asciende a 46.926.835,94 euros.
Este tramo se concibe como una alternativa de alta capacidad para los tráficos de corto y largo recorrido que quieran acceder bien a Aguilar de Campoo, o bien al corredor de la A-67, asignando, de esta forma, la prioridad a los movimientos con origen o destino Santander.
Características técnicas
El tramo, con una longitud de seis kilómetros, contempla un enlace de tipo intercambiador con la A-67, cuatro viaductos sobre el río Camesa, así como un tramo en túnel de unos 275 metros de longitud.
La permeabilidad transversal queda resuelta mediante el diseño de un total de cuatro pasos superiores y uno inferior a lo largo del tronco de la autovía A-73, dos pasos superiores sobre la A-67 y un paso inferior pertenecientes al enlace, así como un paso superior para la reposición de la actual N-627 sobre la A-67.
El trazado comienza a la altura del núcleo de Báscones de Valdivia, a unos 700 metros al sur del mismo. En su tramo inicial el eje discurre con un marcado sentido Este-Oeste entre las localidades de Rebolledo de Inera y Renedo de la Inera. El tronco en esta zona presenta una sección tipo de dos calzadas de siete metros cada una, separadas por una mediana de diez metros de anchura, y con arcenes de 2,5 metros (exterior) y un metro (interior).
A la altura del punto kilométrico (p.k.) 3,35 se incluye un nuevo carril adicional en ambas márgenes de la autovía, y en torno al p.k. 3,6 la sección transversal se amplía hasta adoptar una mediana de 15 metros. De esta forma, comienza el tramo en túnel que discurre entre los puntos kilométricos 3,75 y 4,30, con una sección tipo constante de tres carriles por calzada.
La definición del tronco de la autovía termina tras salir del mismo (p.k. 4,48), en el punto en que comienza la conexión tipo enlace sobre la A-73 y la A-67. A la altura de este nudo se cruza sobre el cauce del río Camesa y sobre el trazado de la actual línea de ferrocarriles Palencia-Santander. Ambos condicionantes se ven salvados mediante un único viaducto sobre los mismos, lo cual supone cuatro estructuras independientes sobre las cuales se apoyan los distintos ramales previstos a esta altura.
Acceso a Aguilar de Campoo
Una vez salvada la A-67, a través de un paso superior se llega a la glorieta que distribuye los tráficos hacia el núcleo urbano de Aguilar de Campoo. El tramo mantiene un separador de un metro de anchura entre arcenes interiores por sentido.
La tipología del enlace sustituye uno de los lazos por un ramal semidirecto direccional. De esta manera se favorecen las relaciones hacia el norte, así como se asigna la prioridad al tráfico de largo recorrido en el eje Madrid-Santander. Con este objetivo se ha dotado, además, de doble carril a los ramales correspondientes a los movimientos entre Burgos y Santander en ambos sentidos de circulación.
Estos dos últimos ramales se prolongan a lo largo del tronco de la A-67, sobre la que se desarrollan las conexiones con los mismos en forma de confluencia o bifurcación en cada caso.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
AUTORIZADAS LAS OBRAS DEL NUEVO PUENTE SOBRE EL EBRO ENTRE SANT JAUME Y DELTEBRE (TARRAGONA)
El Consejo de Ministros ha autorizado en su reunión de hoy la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto constructivo de Nuevo Puente sobre el río Ebro entre los municipios de Sant Jaume y Deltebre, en el Delta del Ebro, en Tarragona.
Se trata del tramo de costa que discurre por la zona de servidumbre de protección y se declara de utilidad pública la ejecución de dichas obras en la zona de dominio público martímo-terrestre.
Administraciones Públicas
CONCIERTO DE ASISTENCIA SANITARIA DE LOS MUTUALISTAS DE MUFACE EN EL EXTERIOR
- Nueva convocatoria para la firma del concierto de asistencia en el exterior para los próximos tres años con un presupuesto de 41,1 millones de euros
- El Concierto cubre las prestaciones sanitarias de los cerca de siete mil beneficiarios de MUFACE destinados y/o residentes en más de cien Estados
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del concierto de asistencia sanitaria de los mutualistas de MUFACE y sus beneficiarios destinados y/o residentes en el exterior para el ejercicio de 2009 y las eventuales prórrogas para 2010 y 2011, con un presupuesto total estimado de 41.108.040 euros.
La Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado (MUFACE) facilita la asistencia sanitaria de los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, de manera directa o por concierto con otras entidades o establecimientos públicos o privados.
MUFACE ha mantenido la tradición desde su creación de prestar esta asistencia en el ámbito nacional a través de convenios con entidades públicas con competencias de gestión en la asistencia sanitaria o conciertos con entidades de seguros, que no implican como norma general la necesidad de un desembolso inicial por parte del titular para abonar la asistencia recibida.
En el exterior, MUFACE prestaba la atención hasta el 1 de enero de 2006 a través de una póliza suscrita con una entidad de seguros. A partir de esa fecha se implantó un nuevo sistema de cobertura sanitaria en el extranjero para los cerca de siete mil beneficiarios de MUFACE residentes en el exterior, en más de cien Estados, inspirado en el régimen de concierto, habitual en la forma de prestación de la asistencia sanitaria de la Mutualidad General.
N ueva convocatoria del concierto de asistencia en el exterior
Al finalizar este año el vigente concierto, efectivo desde el año 2006 y prorrogado en 2007 y 2008, se hace necesario convocar un procedimiento concurrencial para la suscripción de un nuevo acuerdo relativo la prestación de la asistencia sanitaria en el exterior.
El objeto del concierto es facilitar asistencia sanitaria en cualquier país del mundo, incluida España, a los beneficiarios de MUFACE. Además, el próximo año se ampliará la cobertura de asistencia por maternidad en el exterior a las parejas de los mutualistas, por similitud a lo incluido en el ámbito nacional.
El acuerdo prevé un sistema de acceso a los medios sanitarios inspirado en el principio de libre elección por el mutualista de los profesionales y centros sanitarios donde desee ser atendido. Asimismo, se respeta el mandato de equivalencia con la cobertura que se presta en el ámbito nacional.
La nueva convocatoria marca que el concierto tendrá una duración de tres años, aunque requerirá de prórroga expresa en 2010 y 2011, y fija un nuevo capítulo sobre el régimen jurídico del acuerdo y la resolución de conflictos.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
FLEXIBILIZADA LA APLICACIÓN DE RETENCIONES A CUENTA EN EL PERIODO DE TASA LÁCTEA 2008/2009
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica los importes retenidos a cuenta del pago de la tasa láctea para el periodo 2008/2009. De esta forma, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino flexibiliza la aplicación del actual sistema.
En los dos últimos períodos de tasa láctea, 2006/2007 y 2007/2008, la producción de leche se ha situado por debajo de la cuota asignada a España. Esta tendencia se mantiene durante el período actual, 2008/2009, en el que, además, la cuota láctea de España se ha incrementado en un 2 por 100.
En la actualidad, cuando un ganadero supera su cuota, el comprador le practica una retención del 10 por 100 del importe de la tasa láctea, es decir, de 0,028 euros/kg, desde el primer kilogramo de cuota rebasada. Con el Real Decreto aprobado el ganadero podrá producir leche por encima de su cuota, sin que se le apliquen retenciones, hasta ciertos límites, en función de la cuota que tenga asignada.
Así, los ganaderos que dispongan de una cuota igual o inferior a 200.000 kg, podrán producir hasta el 20 por 100 por encima de su cuota sin pagar retenciones. Los que dispongan de una cuota superior a 200.000 kg pero igual o inferior a 300.000 kg, podrán producir hasta un 10 por 100 por encima de su cuota sin pagar retenciones. Por último, aquellos ganaderos que tengan una cuota de más de 300.000 kg sólo tendrán que abonar retenciones si superan su cuota en más de un 5 por 100.
Con este cambio, y tomando como referencia el período 2007/2008, 7.600 ganaderos dejarían de abonar retenciones a cuenta por un importe superior a 5,3 millones de euros.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
NUEVO REQUISITO ZOOSANITARIO PARA LOS ANIMALES Y LOS PRODUCTOS DE LA ACUICULTURA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.
De esta forma, se recoge en una sola norma lo previsto en otras tres Directivas anteriores, incorporando medidas adicionales de sanidad animal y de ordenación del sector de la acuicultura, y ampliando su contenido a otras especies y enfermedades.
Además, se adapta a las nuevas necesidades de la actual producción acuícola comunitaria un sector en constante crecimiento, en especial de cara a las producciones mediterráneas de dorada y lubina. Con ello se mejora la normativa existente que había sido diseñada para producciones no mediterráneas, como el salmón o la trucha y las ostras y mejillones.
La nueva normativa establece requisitos de registro y autorización sanitaria para todas las empresas de producción y para todas las zonas de cultivo de los moluscos.
Registro de los movimientos de animales
Además, señala que se deberán registrar todos los movimientos de animales de acuicultura, las mortalidades que se observen, aplicando sistemas de vigilancia sanitaria permanentes. Igualmente, establece la necesidad de poner en práctica los requisitos para la elaboración de códigos de buenas prácticas para prevención de introducción de enfermedades.
El nuevo texto incluye como novedad a los crustáceos y sus enfermedades y establece una clasificación de las principales enfermedades, dividiéndolas en exóticas, emergentes y endémicas e incorpora una clasificación sanitaria de las explotaciones en función de su estado sanitario.
En cuanto al sistema de declaración oficial, el Real Decreto especifica que serán las Comunidades Autónomas las que podrán realizar las declaraciones del estatus sanitario de sus explotaciones o zonas, y no será necesario hacerlo a través de la Comisión Europea como se efectuaba hasta ahora.
Defensa
INCREMENTO DE FINANCIACIÓN PARA EL PROGRAMA DE DESARROLLO DEL MISIL METEOR
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto para ejercicios futuros, a fin de incrementar la financiación del programa de desarrollo del misil METEOR, para dar cobertura al realineamiento de las actividades de desarrollo.
El programa METEOR tiene como objetivo el desarrollo de un misil aire-aire de alcance mayor que el visual, siendo los países participantes Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Suecia y España. El MOU y el contrato principal se firmaron en el año 2002, mientras que la fecha efectiva del comienzo de los trabajos el 1 de enero de 2003.
Como parte importante del programa se contemplaba el uso del avión EF-2000 como plataforma de ensayos del misil. Sin embargo, los retrasos habidos en el desarrollo del avión han hecho imposible disponer de ellos en la configuración adecuada para instalar el misil METEOR, por lo que a partir de 2005 se planteó la necesidad de sustituir el avión EF 2000 por otra plataforma. Finalmente, en el año 2007 se acordó sustituir el EF-2000 por los aviones Tornado y el Gripen, como únicas plataformas de desarrollo del misil METEOR.
El replanteamiento del programa y la sustitución de plataformas requieren nuevas inversiones a realizar durante los años 2009 al 2014, que supondrán un incremento de 41.720.000 euros respecto de los importes inicialmente autorizados. Los países participantes en el proyecto (Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Suecia) ya han autorizado el incremento de financiación.
Defensa
APROBADOS GASTOS DE INVERSIÓN PARA LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN DE LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto para ejercicios futuros para atender gastos de inversión destinados a financiar la Obtención de Capacidades CIS para los Nodos Desplegables de la Unidad Militar de Emergencias (UME).
Estas inversiones del Ministerio de Defensa permitirán a la Unidad Militar de Emergencias el desarrollo de sus Sistemas de Información y Telecomunicaciones con el fin de dotar a sus “Nodos Desplegables”, es decir, a los sistemas de información y telecomunicaciones que apoyan a la Unidad cuando se despliega en situaciones de emergencia, de las capacidades necesarias para ejercer la gestión y el mando y control en situaciones de emergencia sobre el terreno.
El coste total que supone para el Ministerio de Defensa el programa de Nodos CIS Desplegables asciende a 59.652.357,85 euros, gasto que se distribuye en diez anualidades: años 2011 a 2020 ambos inclusive.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CONVENIO DE COOPERACIÓN CON SUDÁN
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio Básico de Cooperación entre el Reino de España y la República de Sudán
A ntecedentes
El actual Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008, redactado y aprobado a raíz del mandato recogido en la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo de 7 de julio de 1998, indica que la Cooperación Española atenderá de modo preferente a los Países Menos Avanzados, la mayor parte de los cuales se encuentran en África Subsahariana. Dentro de ellos, Sudán ocupa los puestos 147 en el Índice de Desarrollo Humano 2007/08 (de un total de 177 países) y 69 en el Índice de Pobreza Humana, en el que figuran los 108 países considerados en desarrollo.
Es de destacar que con anterioridad a la inclusión de Sudán en el Plan, ya existían antecedentes de cooperación española con el mismo, que se remontan a junio de 2004, en el contexto de la crisis humanitaria en la región de Darfur. En ese momento, y fruto de una decisión política, España decide sumarse al esfuerzo colectivo de la comunidad internacional y responder solidariamente a esta crisis humanitaria.
El Convenio precisa las áreas de interés principal en las que se basará la cooperación bilateral al desarrollo entre ambos países, con actuaciones dirigidas a la promoción del desarrollo humano y a la erradicación de la pobreza.
En el texto se establecen las áreas de interés principal en relación con la cooperación al desarrollo, se regulan los instrumentos y modalidades establecidos para llevar a cabo las acciones de cooperación previstas, así como los privilegios y facilidades concedidos a los expertos técnicos y cooperantes enviados por cada país al territorio del otro, una previsión relativa a financiación y, por último, otras consideraciones en relación con el establecimiento de una Comisión Mixta de Planificación, Seguimiento y Evaluación, a la que se asignan un serie de funciones concretas.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
AYUDA DE EMERGENCIA A CHINA
El Consejo de Ministros ha tomado razón de una ayuda humanitaria de emergencia por importe de 250.000 euros, concedida a los damnificados por el terremoto ocurrido el 12 de mayo de 2008 en la República Popular China.
La ayuda consistió en el envío, por vía aérea, de medicamentos, cuatro kits de obstetricia y un Kit Sanitario de Emergencia Internacional, con un presupuesto de 250.000 euros con cargo a las consignaciones presupuestarias que para este fin tiene concedidas la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Se trata de la segunda ayuda de emergencia concedida a la República Popular China en relación con el terremoto de 12 de mayo, tras la otorgada por el Consejo de Ministros el pasado 29 de agosto.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACEPTACIÓN DEL ANEXO AL PROTOCOLO AL TRATADO A NTÁR TICO SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El Consejo de Ministros ha autorizado la aceptación del Anexo VI del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente: Responsabilidad Derivada de Emergencias Medioambientales (Medida 1 (2005), y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.
El Tratado Antártico, firmado en Washington en 1959 por doce países registró la adhesión de España el 31 de marzo de 1982. En la actualidad son 46 el total de Estados miembros, de los que solamente tienen capacidad decisoria 28, entre ellos España.
Desde sus orígenes ha ido desarrollando un conjunto de Medidas, Decisiones y Recomendaciones en las distintas reuniones Consultivas, además de Acuerdos internacionales propiamente dichos: el de Conservación de la Flora y Fauna Antárticas, de 1964; el de Conservación de las Focas Antárticas, de 1972, y el de la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, de 1980.
El ámbito de aplicación del Anexo se extiende a las emergencias medioambientales en el Área del Tratado Antártico relacionadas con los programas de investigación científica, el turismo y las demás actividades gubernamentales y no gubernamentales en el área para las cuales se requiera informar por adelantado.
Además, se regulan las medidas preventivas que deben adoptar los operadores de los países contratantes para reducir el riesgo de emergencias medioambientales y el impacto perjudicial que puedan tener. Estas medidas preventivas podrán comprender: a) estructuras o equipos especializados incorporados en el diseño y la construcción de instalaciones y medios de transporte; b) procedimientos especializados incorporados en el funcionamiento o mantenimiento de instalaciones y medios de transporte; y c) formación especializada del personal.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en la República Eslovaca.-
D. JOSE ÁNGEL LÓPEZ JORRÍN
Nacido el 1 de abril de 1948 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1974 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Perú, Venezuela y Países Bajos. Fue Subdirector General de Servicio Exterior y de Europa Occidental. En 1997 fue nombrado Embajador de España en Bosnia y Herzegovina, y, posteriormente, Embajador de España en Bulgaria. Fue Vocal Asesor en la Dirección General de Política Exterior para Europa y América del Norte, y en 2006 pasó a ocupar el puesto de Embajador en Misión Especial Encargado para la Coordinación de la Presidencia Española de la OSCE en 2007.
Embajador en Misión Especial para Georgia y los Estados del Cáucaso.-
D. SERVANDO CARLOS DE LA TORRE FERNÁNDEZ DEL POZO
Nacido el 4 de noviembre de 1942 en Madrid, es Licenciado en Derecho y en Ciencias Política y Sociología, e ingresó en 1973 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Tanzania, Japón, Unión Soviética y representación permanente de España en la OTAN. Fue Representante Permanente Adjunto ante la Organización para la Seguridad y Cooperación para Europa, Jefe del Servicio de Análisis en el Gabinete de Análisis y Previsión de Política Exterior, y Segundo Jefe en la Embajada de España en Austria. En la actualidad era Representante Permanente Adjunto ante los Organismos Internacionales con sede en Viena.
Embajadora en Misión Especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género.-
Dª. MARÍA JESÚS ALONSO JIMÉNEZ
Nacida el 14 de enero de 1956 en Madrid, es Licenciada en Derecho e ingresó en 1983 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en Turquía, Países Bajos y Representación Permanente de España ante la OTAN. Fue Directora Adjunta en la Escuela Diplomática, Subdirectora General de Europa Oriental y Vocal Asesora del Departamento de Política Internacional y Seguridad del Gabinete de la Presidencia del Gobierno. Desde 2005 era Embajadora de España en la República del Camerún.
Defensa
Director del Gabinete Técnico de la Ministra de Defensa al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire.-
D. FERNANDO LENS ASTRAY
Nacido el 20 de mayo de 1949 en Santiago de Compostela, casado, con tres hijos.
Ha estado destinado en el Centro Logístico de Armamento y Experimentación y en la Base de Área de Torrejón como Coronel Jefe del Ala número 12. Ha sido representante del Jefe del Estado Mayor de la Defensa en el Mando Aliado de la OTAN en Europa y en la actualidad era Jefe del Estado Mayor del Mando Aéreo de Combate.
Sanidad y Consumo
Director General de Terapias Avanzadas y Trasplantes.-
D. AUGUSTO SILVA GONZALEZ
Nacido el 16 de octubre de 1953 en Pontevedra, es Doctor en Biología por la Universidad Complutense de Madrid e Investigador Científico del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Ha sido Jefe Adjunto Interino de Inmunología de la Clínica Puerta de Hierro, Vicedirector del Centro de Investigaciones Biológicas y Subdirector General del Instituto de Salud Carlos III. En la actualidad era Subdirector General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa del Instituto de Salud Carlos III y Vocal del Comité de Ética del CSIC.