SUMARIO
Presidencia
- REAL DECRETO por el que se modifica el Decreto 2950/1975, de 7 de noviembre por el que se reorganiza el Consejo de Comercio Interior y de los Consumidores y se crea el Instituto Nacional del Consumo.
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de contingencia por importe de 62.018.206,67 euros, para financiar a la Seguridad Social las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, y se concede un suplemento de crédito en el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de contingencia por importe de 41.917.737,82 euros, para financiar a la Seguridad Social la prestación económica no contributiva de pago único por nacimiento o adopción de hijo, regulada en la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, y se concede un suplemento de crédito en el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón, para realizar una o varias emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 300.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad de Madrid de una subvención por importe de 42.416.000 euros para la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Madrid.
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Generalitat de Cataluña de una subvención por importe de 42.416.000 euros para la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Barcelona.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre el procedimiento de entrega entre los Estados miembros de la Unión Europea e Islandia y Noruega.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la aplicación de determinadas disposiciones del Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea de 29 de mayo de 2000 y del Protocolo al mismo de 2001.
- ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre España y la Secretaría de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático para albergar la celebración de la reunión que tendrá lugar en Barcelona del 2 al 9 de noviembre de 2009.
Justicia
- Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- REAL DECRETO por el que se establece la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2009.
- REALES DECRETOS por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a:
- Dª. Rakel Mesulam.
- D. Naim Nehama Benmayor.
- Dª. Sibel Benmayor.
- D. Nesim Menahem Levi.
- D. Alp Anjel.
- Dª. Sara Akaltun.
- D. Erol Özlevi.
- D. Yusuf Yosi Özlevi.
- D. Niso Hakim.
- Dª. Eser Zakuto Hakim.
- D. Aydin Mizrahi.
- D. Danyal Navaro.
- D. Avram Rami Hayim.
- D. Moris Sabaner
- Dª. Suzan Sabaner.
- D. Murat Ada.
- Dª. Mine Ada.
- D. Yusuf Öztürkkan.
- D. Lemi Leba.
- D. Erol Kalaçi.
- Dª Nicole Jeanette Rachel Mischel Morely.
- Dª Esther Sisso Benasayag.
- D. Sidney Levy Mordokhay.
- D. Marcos Serruya Fimat.
- Dª Raquel Lancry Bengio.
- D. Jaime Gatenio Lancry.
- D. Abi Gatenio Lancry.
- D. Moises Knafo Cohen.
- D. Salomon Serruya Benaim.
- D. Moises Nahon Benmaman.
- D. Jacob Garzon Chocron.
- D. Amram Sananes Chocron.
- D. Jack Tobias Benoliel.
- Dª Flor Elsie Benoliel Sosa.
- D. Eduardo Moises Tobias Benoliel
- Dª Perla Serruya Fimat.
- Dª Sasha Adato Benzaquen.
- Dª Rossana Levy Mourdokhay.
- Dª Linda Benzaquen Salama.
- Dª Rachel Moryoussef Feredes.
- D. Judah Cohen Benchimol.
- Dª Ethy Oziel Zabner.
- D. Bernardo Oziel Zabner.
- D. Paul Bernard Garzon Herman.
- D. Marcos Oziel Sananes.
- D. Isaac Garzon Chocron.
- D. Ely Chocron Benatar.
- Dª Miriam Chocron Benatar.
- Dª Ilanit Sisso Levy.
- D. Isaac Benjamin Nahon.
- Dª Nelly Benatar Chocron.
- D. Alan Philip Garzon Herman.
- D. Albert Roth Cohen.
- Dª Alegría Azulay Tobelen.
- D. Simon Sisso Benassayag.
- D. Eitan Sisso Levy.
- D. Moises Chocron Carciente.
- Dª Raquel Maman Bensicsu.
- D. Daniel Cohen Hernandez.
- D. Alberto Cohen Nahon.
- Dª Chantal Abittan Bensamoun.
- INFORME sobre la transformación de la Administración de Justicia: nuevas estructuras funcionales y organizativas.
Interior
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato para la adquisición de prendas básicas reglamentarias de uniformidad de la Guardia Civil, por importe de 33.862.135,65 euros.
Educación
- REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Universidades.
Trabajo e Inmigración
- REAL DECRETO por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector del juguete a los cambios estructurales en el comercio mundial.
- REAL DECRETO por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector del mueble a los cambios estructurales en el comercio mundial.
- ACUERDO por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2009 para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas subvenciones adicionales a las establecidas en la Orden TIN/380/2009, de 18 de febrero, para el programa de modernización de los servicios públicos de empleo según la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Industria, Turismo y Comercio
- REAL DECRETO por el que se otorga la primera prórroga a la concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos denominada "Montanazo D".
- REAL DECRETO por el que se otorgan a Petroleum Oil & Gas España,S.A., los permisos de investigación de hidrocarburos denominados "Bezana" y "Bigüenzo".
- ACUERDO por el que se procede a la ordenación de los proyectos o instalaciones presentados al Registro administrativo de preasignación de retribución para las instalaciones de producción de energía eléctrica, previsto en el Real Decreto-Ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social.
- ACUERDO por el que se revoca la Resolución del Ministro de Industria, Turismo y Comercio de 3 de noviembre de 2006 por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por EON contra la resolución de la CNE por la que se autoriza la toma de participación en el capital social de ENDESA.
- ACUERDO por el que se revoca la Resolución del Ministro de Industria, Turismo y Comercio de 19 de octubre de 2007 por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto conjuntamente por ACCIONA y ENEL contra la resolución de la CNE por la que se autoriza la toma de participación en el capital social de ENDESA.
- INFORME sobre el conjunto del sector de energías renovables.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- REAL DECRETO sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.
- ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reparar los daños ocasionados en la pasarela peatonal en el barrio de Fandería, término municipal de Errentería (Guipúzcoa), por un importe de 199.520 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado "Puente sobre el río Iro en Chiclana de la Frontera" en el tramo de costa que discurre por la zona de servidumbre de protección, y se declara de utilidad pública la construcción del tramo con una ocupación de 10.521 metros cuadrados de la zona de dominio público marítimo terrestre.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y los compromisos financieros resultantes de las Conferencias Sectoriales de Agricultura y Desarrollo Rural y de Pesca de 14 de octubre de 2009.
- INFORME sobre los resultados de la reunión de Naciones Unidas sobre cambio climático en Barcelona y las expectativas de cara a la cumbre de Copenhague.
Cultura
- ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para el apeo y análisis de patologías en el forjado de la planta segunda del Archivo Histórico Provincial de Segovia.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en los Estados Unidos Mexicanos a D. MANUEL ALABART FERNÁNDEZ-CAVADA.
CONDECORACIONES
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. CARLOS ESPINOSA DE LOS MONTEROS Y BERNALDO DE QUIRÓS.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al SR. JOSÉ VIEGAS FILHO, Ex Embajador de la República Federativa del Brasil en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al SEÑOR J.G.S.M. VAN HELLENBERG HUBAR, Ex Embajador del Reino de los Países Bajos en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al SEÑOR NIELS PULTZ, Ex Embajador del Reino de Dinamarca en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al SEÑOR GEORGIOS CABRIELIDES, Ex Embajador de la República Helénica en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a la SEÑORA ULRIKE TILLY, Ex Embajadora de la República de Austria en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al SEÑOR PETER GUNNING, Ex Embajador de Irlanda en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al SEÑOR JOSÉ FELIPE MORAES CABRAL, Ex Embajador de la República Portuguesa en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al SEÑOR ANDRÉS RUNDU, Ex Embajador de la República de Estonia en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a la SEÑORA MAIJA LÄHTEENMÄKI, Ex Embajadora de la República de Finlandia en España.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al SEÑOR MAMMAD NOVRUZOGLU ALIYEV, Ex Embajador de la República de Azerbaiyán en España.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Justicia
APROBADO EL PROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
NUEVOS DELITOS
- Captación de menores para espectáculos pornográficos
- El cliente de prostitución con menores o personas que no pueden decidir por si mismas
- Terrorismo: captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación
- Piratería
- Cohecho entre particulares
- Acoso laboral
- Acoso inmobiliario
- Sobornos y fraudes en el deporte
- Ataques informáticos
- Tráfico ilegal de órganos
NUEVAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO
Penas:
- Privación de la patria potestad
- Localización permanente
Medidas de seguridad:
Otras:
- Decomiso ampliado.
- Ampliación de los trabajos en beneficio de la sociedad.
NUEVAS REGULACIONES
- Responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- Prescripción: no prescribirán los delitos de terrorismo con muerte. Otros tipos de delitos tampoco prescribirán antes de cinco años.
- Extranjería: el juez podrá optar entre la cárcel o la expulsión para penas de menos de seis años.
- Periodo de seguridad: los delincuentes sexuales contra menores tendrán el tratamiento de terroristas.
- La trata de seres humanos se regula independientemente de la inmigración clandestina.
- Endurecimiento de las penas mediante tratamiento específico de los delitos sexuales contra menores de 13 años.
- Organizaciones criminales: se incorporan los grupos crirminales de carácter transitorio.
- Abono de prisión provisional: nadie se verá favorecido por cumplir al mismo tiempo una pena y una prisión preventiva.
MODIFICACIONES
- Propiedad intelectual: los pequeños manteros podrán no ir a la cárcel.
- Especial endurecimiento de las penas en los delitos por corrupción, cohecho, delito fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente.
- La Agencia Tributaria auxiliará a los jueces para el cobro de multas e indemnizaciones por delitos contra la hacienda pública y la Seguridad Social.
- Tráfico de drogas: más facultades a los jueces para individualizar la pena.
- Se completan los delitos contra la comunidad internacional, incorporando el reclutamiento de niños soldados, delitos sexuales en conflictos armados y especial protección de mujeres y niños.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley del Código Penal de 1995.
La reforma representa una respuesta penal ante nuevas formas de criminalidad, como las derivadas de las nuevas tecnologías o el acoso laboral, y ante la demanda social de un tratamiento individualizado para los delincuentes responsables de delitos sexuales y terrorismo, así como una mayor protección de los menores frente a los delitos sexuales.
Asimismo, da cumplimiento a las obligaciones internacionales que España tiene contraídas, y más específicamente en el ámbito de la armonización jurídica europea, que exigen adaptaciones de nuestras normas penales. Es el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas; los delitos contra la libertad e indemnidad sexual; la trata de seres humanos; la corrupción entre particulares; los delitos informáticos; los delitos relativos al mercado y los consumidores; el decomiso de los productos; instrumentos y bienes relacionados con el delito; los delitos de terrorismo; el cohecho; la corrupción de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales; los delitos contra la Comunidad Internacional; los delitos contra el medio ambiente y los delitos de tráfico de drogas.
DELITOS SEXUALES A MENORES DE 13 AÑOS
Será delito la captación de niños para espectáculos pornográficos
Endurecimiento de la respuesta penal para los delitos sexuales, especialmente cuando las víctimas son menores.
- Nuevo capítulo denominado “De los abusos y agresiones sexuales a los menores”, donde se aumentan las penas para estos casos, llegando a los quince años de prisión.
- Se prevé como delito la “captación” de niños para participar en espectáculos pornográficos y la responsabilidad de quien se lucra. Se castiga también al cliente de la prostitución cuando la relación sexual es con menores.
- Los jueces de la jurisdicción penal podrán privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor.
MÁS Y NUEVAS PENAS CONTRA LA CORRUPCIÓN
Se regula el cohecho entre particulares
Con esta reforma el Derecho Penal español contará con los instrumentos necesarios para combatir con mayores garantías de eficacia todos los fenómenos de corrupción cuyo poder destructivo atenta contra el núcleo mismo del Estado de Derecho.
- Se tipifica de forma más exhaustiva el delito de cohecho, incorporando varios instrumentos internacionales.
- Reformas en el ámbito urbanístico:
- Acciones como la ocultación de actos ilícitos observados por la inspección o la omisión de inspecciones obligatorias pasan a tener en sí mismo carácter delictivo.
- Se agravan las penas en correspondencia con la gravedad de este tipo de conductas.
- Lucha contra la corrupción en el sector privado:
- Represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de empresas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho.
- Reforzamiento de las medidas para el seguimiento, embargo, incautación y decomiso de los productos del delito en el marco de una organización criminal.
Además, se produce un incremento de la penalidad y de las multas, y se mejora técnicamente el ya existente delito de corrupción de funcionario público extranjero en las transacciones comerciales internacionales.
- Se produce un aumento de los plazos de prescripción de los delitos, para evitar la impunidad.
- Se tipifican penalmente las conductas más graves de corrupción en el deporte, como los sobornos llevados a cabo, tanto por los miembros y colaboradores de entidades deportivas, como por los deportistas, árbitros o jueces, encaminados a predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una competición deportiva.
- Se regula de forma más adecuada, junto a las asociaciones ilícitas, lo referente a las organizaciones y grupos criminales en general.
AUMENTO DE PENAS PARA LOS DELITOS URBANÍSTICOS
Se castigan las obras ilegales y a las autoridades que las silencien
La reforma aumenta las penas a los delincuentes urbanísticos e impide que sean delitos rentables privándoles de las ganancias. Se castiga también las obras de urbanización ilegales y se regula de forma más precisa la prevaricación urbanística.
- Los jueces deberán imponer multas de hasta el triple de la cuantía del beneficio cuando la multa ordinaria no supere el importe de éste. Las ganancias obtenidas por el delincuente se decomisarán siempre.
- Por primera vez se castigará penalmente a las autoridades y funcionarios que amparen las obras ilegales incumpliendo intencionadamente sus obligaciones.
- Se aumentan las penas de prisión, que podrán ser de hasta cuatro años por cada obra ilegal.
INCORPORACIÓN DEL DELITO DE TRÁFICO ILEGAL DE ÓRGANOS.
Se castiga el tráfico ilegal de órganos y su trasplante
En el marco de los delitos de trata de seres humanos se incluye la obtención o el tráfico ilícito de órganos humanos así como, en estos casos, el trasplante de los mismos. Se trata de proteger plenamente los derechos fundamentales de las víctimas, y no sólo el derecho a la integridad física, sino también su dignidad.
Se castiga a todos aquellos que:
- Promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos ajenos o el transplante de los mismos.
- Al receptor del órgano que conociendo el origen ilícito del mismo consienta en la realización del trasplante.
ATAQUES CONTRA LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Se tipifican como delito los ataques informáticos
Se incluyen como conductas punibles las consistentes en:
- Borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos.
- Obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema de información ajeno.
- El acceso sin autorización vulnerando las medidas de seguridad a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo.
ADAPTACIÓN DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE A LA NORMATIVA COMUNITARIA
Se tipifica el traslado ilegal de residuos
Se agravan las penas con el fin de adaptar la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la Protección del Medio Ambiente mediante el derecho penal, aprobada el 24 de octubre de 2008. Se tipifica:
- El traslado ilegal de residuos.
- La explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa.
- La destrucción o grave alteración del hábitat por la caza y pesca de especies amenazadas.
REORDENACIÓN PENAL DE LOS DELITOS DE TERRORISMO
Se incluye captación, adiestramiento y financiación
Entre las importantes novedades que introduce la presente Ley está una profunda reordenación y clarificación del tratamiento penal de las conductas terroristas. Ahora se incluyen:
- El adiestramiento, captación, adoctrinamiento, integración o participación en organizaciones o grupos terroristas
- Tipificación expresa del delito de financiación del terrorismo
- La conducta imprudente de los sujetos especialmente obligados a colaborar con la Administración en la prevención de dicha financiación en caso de blanqueo de capitales.
Ante la incapacidad del actual delito de asociación ilícita para responder adecuadamente a los diferentes supuestos de organizaciones y grupos criminales se opta por una regulación independiente dentro de los delitos contra el orden público.
- Se tipifican las conductas básicas de constitución, dirección y coordinación, distinguiendo según se trate de cometer delitos Graves u otras infracciones criminales (incluida la reiteración de faltas).
- En un segundo nivel se sitúa las actividades de participación o cooperación, con una respuesta penal inferior, agregando agravaciones específicas en función de tres circunstancias: el tamaño de la organización
- Las penas se elevan cuando la organización tenga por objeto cometer delitos contra la vida o la integridad de las personas, la libertad, la libertad e indemnidad sexuales y la trata de seres humanos.
NUEVO DELITO DE PIRATERÍA
Hasta quince años por actos de piratería
Se regula un nuevo delito de piratería, que antes no existía, bajo el siguiente concepto general: “Se puede hablar de piratería marítima o aérea cuando una o varias personas utilizan la violencia para apoderarse de un buque y aeronave, atentar contra sus tripulantes y/o apoderarse de su cargamento”.
Se establecen penas de prisión (uno a tres años sin violencia; de diez a quince años con violencia) por:
- Apoderarse, dañar o destruir aeronave, buque o similares
- Atentar contra personas, cargamento o bienes que se hallen a bordo de las mismas
- Para quien, con ocasión de la persecución de una conducta de este tipo, se resista o desobedezca a un buque de guerra o aeronave militar:
ACOSO LABORAL E INMOBILIARIO
Serán nuevos delitos de tortura y coacciones
Dentro de los delitos de torturas y contra la integridad moral se incrimina la conducta denominada de acoso laboral.
Se entiende por tal:
- El hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad.
La reforma también trata de dar respuesta penal a la aparición de conductas acosadoras de hostigamiento y abuso, en la mayoría de los casos con fines especuladores, para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que ésta sea propia o arrendada.
- Se regula expresamente como una forma de coacciones.
- Penas de un año y nueve meses a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses.
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Los pequeños ‘manteros’ podrán no irán a la cárcel
Se reduce la pena a multa o trabajos en beneficio de la comunidad cuando:
- La distribución es al por menor.
- Atendiendo a las características del culpable.
- El beneficio económico sea bajo.
Actualmente la venta al pormenor de CDs en la calle implica, además de una multa de 12 a 24 meses, pena de cárcel de seis meses a dos años.
Con esta reforma NO se despenaliza el "top manta":
- Se mantiene la tutela penal para un bien jurídico digno de protección.
- Únicamente se reduce la pena para las conductas menos graves.
NUEVA MEDIDA DE ‘LIBERTAD VIGILADA’
Terroristas y violadores, alejados de sus víctimas
Los delincuentes más peligrosos podrán ser sometidos a control judicial una vez cumplan las penas de prisión impuestas con una medida de libertad vigilada.
- Será obligatoria para los delincuentes sexuales y terroristas y podrá alcanzar una duración de diez años.
- Se evitará que terroristas, pederastas o violadores puedan residir cerca de sus víctimas o se acerquen a éstas tras salir de la cárcel.
El contenido y duración de la medida dependerá de la peligrosidad del delincuente y consistirá en limitaciones, obligaciones, prohibiciones y reglas de conducta que permitirán:
- El seguimiento telemático permanente del delincuente a través de medios electrónicos, debiendo estar siempre localizado.
- La prohibición de aproximación a las víctimas o residir cerca de ellas.
MAYOR PROTAGONISMO DE LA PENA DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE
Las penas menores de seis meses se podrán cumplir en casa
La reforma da por primera vez una alternativa realista a las penas cortas de prisión (de menos de seis meses) en los casos en que el paso por la cárcel del condenado sea contraproducente para su resocialización.
- Los jueces podrán sustituir las penas de prisión de menos de 6 meses por la localización permanente.
- El penado deberá permanecer en su domicilio o en lugar determinado durante el tiempo de la pena.
EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
El juez podrá optar entre cárcel o expulsión para penas de menos de 6 años
La principal novedad es que se da a los jueces la facultad de sustituir la pena privativa de libertad inferior a seis años por la expulsión del territorio nacional en función de las circunstancias.
- El período en que el reo no puede volver a España pasa de ser inflexible (antes, diez años en todo caso), a graduarse en una horquilla de tres a diez años.
- La expulsión llevará consigo el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tenga por objeto la autorización para residir o trabajar en España.
- Si el expulsado no respeta la prohibición de regreso, cumplirá la pena sustituida (cárcel normalmente) y, si es sorprendido en la frontera, será expulsado directamente por la autoridad.
NUEVO PERIODO DE SEGURIDAD TRAS CUMPLIR LA PENA
Tercer grado más difícil para terroristas, pederastas y delincuentes organizados
El objetivo es primar la seguridad colectiva en aquellos casos en que exista un mayor riesgo de reincidencia, sin renunciar a una pronta resocialización en los demás casos.
- Los pederastas, terroristas y miembros de organizaciones criminales, con condenas superiores a cinco años de prisión, NO podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su condena.
- El régimen del resto de delitos será más flexible, permitiendo que la pena sea compatible con la rehabilitación social del delincuente en cualquier periodo de cumplimiento.
RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
Se regula por primera vez la responsabilidad penal de las empresas
Las empresas que delincan serán multadas, inhabilitadas o, incluso, disueltas. Se establece una regulación pormenorizada y técnicamente muy precisa para asegurar:
- La imputación a las personas jurídicas de aquellos delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su provecho por las personas que tienen poder de representación.
- La obligación de las empresas de ejercer el debido control sobre los que ostentan dicho poder de representación.
También se les podrá imponer directamente multa e inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas públicas, para contratar con las Administraciones Públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social.
La responsabilidad penal de la persona jurídica podrá declararse con independencia de que exista o no responsabilidad penal de la persona física.
PRESCRIPCIÓN
No prescribirán los delitos de terrorismo con muertes
La reforma busca resolver los problemas interpretativos en la regulación actual e incrementar la eficacia del sistema en la respuesta a delitos cuyo descubrimiento e investigación resultan especialmente complejos.
- Precisión en la definición del momento de inicio de la interrupción de la prescripción.
- Descripción de las circunstancias en las que la presentación de denuncias o querellas provocan el efecto suspensivo de la interrupción de la prescripción.
- Se eleva el plazo mínimo de prescripción de los delitos a cinco años.
- No prescribirán los delitos de terrorismo que hubieren causado la muerte de personas.
DELITOS CONTRA LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
Se incorpora el reclutamiento de ‘niños soldado’
Se adecuan los delitos contra la comunidad internacional a los compromisos internacionales. Es de destacar la especial protección penal dispensada a mujeres y niños en conflictos armados. Se castiga expresamente a:
- Quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación, esclavitud sexual, prostitución inducida o forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de agresión sexual.
- Aquellos que recluten o alisten a menores de dieciocho años o los utilicen para participar directamente en dichos conflictos., brindando especial protección a mujeres y niños en conflictos armados.
REESTRUCTURACIÓN DE LOS DELITOS DE TRATA DE SERES HUMANOS E INMIGRACIÓN CLANDESTINA
Quedan separado s ambos fenómenos delictivos
El tratamiento penal, hasta ahora unificado, de los delitos de trata de seres humanos e inmigración clandestina queda separado en vista de las grandes diferencias que existen entre ambos fenómenos delictivos. Para llevar a cabo este objetivo se procede a la creación del Título VII bis denominado “De la Trata de seres humanos”.
Justicia
CREADAS 99 PLAZAS DE FISCALES
- Doce de ellas se destinarán a la lucha contra la violencia de género
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2009, que crea 99 plazas de fiscales de segunda y tercera categoría, por lo que el total de efectivos de la carrera fiscal queda constituido por 2.307 fiscales. Las plazas de nueva creación previstas tendrán efectividad el 30 de diciembre de 2009.
Las 99 plazas creadas se distribuyen de la siguiente forma:
- Órganos centrales del la Fiscalía General del Estado: ocho plazas.
- Comunidad Autónoma de Andalucía: diecisiete plazas.
- Comunidad Autónoma de Aragón: dos plazas.
- Principado de Asturias: una plaza.
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears: tres plazas.
- Comunidad Autónoma de Canarias: cinco plazas.
- Comunidad Autónoma de Cantabria: dos plazas.
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: tres plazas.
- Comunidad Autónoma de Castilla y León: seis plazas.
- Comunidad Autónoma de Cataluña: dieciséis plazas.
- Comunidad Autónoma de Extremadura: dos plazas.
- Comunidad Autónoma de Galicia: tres plazas.
- Comunidad Autónoma de Madrid: dieciséis plazas.
- Comunidad Autónoma de Murcia: tres plazas.
- Comunidad Foral de Navarra: una plaza.
- Comunitat Valenciana: ocho plazas.
- Comunidad Autónoma del País Vasco: tres plazas.
Violencia de género
En particular, once plazas de las señaladas se destinan al servicio de órganos jurisdiccionales especializados en violencia de género, además de una plaza adscrita al fiscal de Sala delegado en esta materia, lo que hace un total de doce plazas para la lucha contra la violencia de género distribuidas así:
- Fiscalía General del Estado: una plaza adscrita al fiscal de Sala delegado contra la violencia sobre la mujer.
- Comunidad Autónoma de Illes Balears: una plaza.
- Comunidad Autónoma de Castilla y León: una plaza.
- Comunidad Autónoma de Cataluña: tres plazas.
- Comunidad de Madrid: tres plazas.
- Comunitat Valenciana: tres plazas.
A estas plazas y por lo que a dotación en materia de violencia de género se refiere, hay que añadir las cuatro que ya se habían creado en el Real Decreto de 30 de enero de 2009, por el que se completa la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para el año 2008, con el fin de atender las plazas exclusivas para los juzgados de violencia sobre la mujer creados en ese año 2008.
Conversión de plazas
Por último, el Real Decreto constituye la Sección Territorial de Fuengirola de la Fiscalía Provincial de Málaga y crea una plaza de fiscal de segunda categoría en la Sección Territorial de Verín de la Fiscalía Provincial de Ourense, mediante la conversión de una de las plazas de abogado fiscal de tercera categoría adscrita a aquélla en la plantilla orgánica.
Este Real Decreto ha sido informado por el Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal y los Fiscales Superiores de las Fiscalías de las Comunidades Autónomas, así como por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de medios personales y materiales de la Administración de Justicia. También se ha dado audiencia a las asociaciones de fiscales, que no han presentado observaciones al proyecto.
Justicia
INFORME SOBRE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL QUE TRANSFORMARÁ LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
- A partir del 1 de enero comenzará la implantación del nuevo sistema, que tendrá lugar, en una primera fase, en la Audiencia Nacional y en las ciudades de Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Logroño, Murcia, Palma de Mallorca, Ceuta y Melilla
El Consejo de Ministros ha recibido del Ministro de Justicia el informe “Transformando la Administración de Justicia: nuevas estructuras funcionales y organizativas”, sobre los cambios que las recientes reformas procesales aprobadas en las Cortes han operado sobre el sistema de justicia y las medidas adoptadas por el Ministerio de Justicia para asegurar su eficacia.
Una sociedad avanzada exige una Administración de Justicia con tiempos de respuesta razonables, que utilice su mismo lenguaje y las mismas herramientas de comunicación. La reforma del sistema de justicia, por tanto, es una tarea crucial e inaplazable que constituye todo un reto de Estado.
Ese cambio programado y urgente, siguiendo el Plan Estratégico de Modernización de la Justicia aprobado por el Consejo de Ministros el 18 de septiembre, pasa necesariamente, y en primer lugar, por una racionalización de los órganos judiciales, una tarea pendiente desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2003.
Así, el pasado mes de octubre el Parlamento aprobó por unanimidad las dos leyes de reforma procesal, una orgánica y otra ordinaria, con el objetivo de implantar la Nueva Oficina Judicial e introducir una serie de reformas procesales para la agilización de la Justicia. Tras muchos años de reformas pendientes, estas nuevas leyes abren un tiempo de cambio para la Justicia y colocan la base normativa del proceso de modernización.
Nueva Oficina Judicial
La Nueva Oficina Judicial es el motor del cambio de este proceso y se concreta en una nueva estructura de órgano judicial sustentada sobre los principios de agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización del trabajo y responsabilidad por la gestión, incorporando además la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
Esto permitirá:
- Que los jueces y magistrados dediquen todo su esfuerzo a la función que les atribuye la Constitución: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
- Potenciar la figura de los secretarios judiciales, como auténticos directores de la Oficina Judicial.
- Especialización en las tareas que se realizan en los órganos judiciales.
- Reestructuración más eficiente del trabajo y de los medios, así como un reparto más preciso y racional de funciones.
Se introducen también una serie de cambios procesales para agilizar la justicia. Entre ellos destaca la nueva competencia del secretario judicial para admitir las demandas o impulsar la ejecución, la creación de la figura del juez de adscripción territorial, la institución de un nuevo depósito para recurrir o las nuevas competencias de procurados y graduados sociales.
Se amplía, además, la cobertura del proceso monitorio y de la tramitación civil como juicio verbal, cuya agilidad y eficacia se pretende potenciar.
Implantación progresiva
Para asegurar la efectividad de todo este conjunto de mejoras funcionales y organizativas, el Ministerio de Justicia ha dispuesto un proceso de implantación progresivo, coordinado y planificado. En este sentido, a partir del 1 de enero comenzará la implantación del nuevo sistema, que tendrá lugar, en una primera fase, en la Audiencia Nacional y en las siguientes ciudades: Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Logroño, Murcia, Palma de Mallorca, Ceuta y Melilla.
El programa de implementación contará, además, con equipos de seguimiento locales y estará soportado por una base normativa, en desarrollo de las leyes de reforma procesal, en las que ya se está trabajando. El cambio exigirá, asimismo, acometer importantes inversiones de adaptación tecnológica y de infraestructuras.
Por último, todo el proceso de implementación de la nueva estructura de la Justicia requerirá un esfuerzo de adaptación cultural y la máxima implicación por parte de los agentes jurídicos y sociales. En este sentido, el Ministerio de Justicia ha elaborado un Programa de Gestión del Cambio, que tiene como objetivo preparar a todos los colectivos profesionales implicados en la transformación. Este Programa se concreta en un conjunto de actividades transversales, que se llevarán a cabo en paralelo al despliegue del nuevo modelo y que inciden en tres frentes: coordinación, sensibilización y comunicación.
Industria, Turismo y Comercio
APROBADO UN CALENDARIO DE ENTRADA DE NUEVAS INSTALACIONES EÓLICAS Y TERMOSOLARES PARA EL PRÓXIMO TRIENIO
- El Gobierno asegura el liderazgo español en energías renovables y la nueva normativa permite la puesta en marcha de instalaciones eólicas y termosolares de forma escalonada en los próximos años para garantizar un crecimiento sostenible y continuado de ambos sectores.
- Se alcanzarán los 3.300 MW de media de instalación anual de energías renovables en la presente legislatura, cifra significativamente más elevada en comparación con las medias de 1.511 MW de la legislatura 2000-2003 o los 2.295 MW de la legislatura 2004-2007.
- Al término del próximo año, España dispondrá de 20.155 MW eólicos y de 861 MW termosolares en funcionamiento, un 15 por 100 por encima del objetivo marcado en el Plan de Energías Renovables 2005-2010
- Se establece un calendario para la puesta en marcha de más de 1.700 MW anuales eólicos hasta 2012 y de 500 MW anuales de instalaciones termosolares hasta 2013.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que posibilita la puesta en marcha de forma escalonada en los próximos tres años de instalaciones eólicas con una potencia de 6.000 MW y de instalaciones termosolares por otros 2.440 MW más.
La nueva norma reafirma la apuesta gubernamental por las energías renovables y asegura el liderazgo de España en el campo de las energías limpias, en el que ocupa uno de los primeros puestos mundiales por potencia instalada en tecnología eólica, y se situará a partir de hoy, como consecuencia del acuerdo aprobado por el Gobierno, en el país líder mundial indiscutible en energía termosolar.
El Acuerdo, por el que se distribuye el orden de entrada en operación de todos los proyectos que han obtenido su correspondiente inscripción en el Registro de preasignación del régimen especial del Ministerio de Industria, elevará hasta los 3.300 MW la media de instalación anual de energías renovables en la presente Legislatura, cuantía que es significativamente más elevada en comparación con las medias de 1.511 MW de la legislatura 2000-2003 o los 2.295 MW de la legislatura 2004-2007.
Asimismo, permitirá la puesta en marcha desde 2009 hasta finales de 2010 de más de 3.700 MW eólicos y de 850 MW termosolares. Con la entrada de estas potencias, al término del próximo año España dispondrá de 20.155 MW eólicos y de 861 MW termosolares en funcionamiento.
Calendario para asegurar el desarrollo sostenible del sector
El Gobierno entiende que la mejor manera de garantizar el desarrollo de las energías renovables, tan necesarias en un país con una fuerte dependencia exterior en materia energética como el nuestro, es garantizar que su progreso se haga de forma continua y ordenada, a través de una normativa que asegure su evolución de forma razonable y asumible.
Por eso, el Acuerdo establece la entrada ordenada en los próximos años de la potencia de las tecnologías eólica y solar termoeléctrica inscrita en el Registro de preasignación de régimen especial, creado por el Real Decreto Ley 6/2009.
En dicho Real Decreto Ley se contemplaba la posibilidad de establecer un calendario de puesta en marcha escalonada de la potencia inscrita para aquellas tecnologías que superasen el objetivo establecido por el Plan de Energías Renovables para 2010, a fin de preservar la estabilidad técnica y económica del sistema eléctrico. Éste ha sido el caso de la eólica y termoeléctrica, que tendrán un potencia prerregistrada por encima de los 6.000 y 2.300 MW, cuando para alcanzar los objetivos de potencia instalada a 2010 bastaba con 3.700 y 489 MW, respectivamente.
Por ello, se estable una hoja de ruta para la puesta en marcha de más de 1.700 MW anuales eólicos hasta 2012, lo que supone mantener el ritmo de instalación de los últimos años. De igual manera, se fija en 500 MW anuales las instalaciones termoeléctricas que se pondrán en marcha hasta 2013; es decir, se instalará cada año la misma cantidad que el Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010 preveía para el total acumulado en 2010.
Consecuencias positivas para el sector
El acuerdo aprobado hoy permite a los promotores de las instalaciones tener un horizonte previsible durante los tres próximos años, lo que les permitirá hacer sus programaciones empresariales con tiempo suficiente.
Además, introduce la certidumbre necesaria para los promotores y la industria asociada a estos importantes sectores de las energías renovables, a la vez que racionaliza el incremento anual del coste eléctrico que para los consumidores supone la puesta en marcha de estas instalaciones.
La entrada en funcionamiento de estas instalaciones supondrá el mantenimiento y desarrollo del tejido industrial renovable y de su empleo asociado, con importantes inversiones durante los próximos años en un sector el de las renovables, que constituye uno de los principales vectores de salida de la coyuntura económica actual.
De igual manera, es un importante paso para el cumplimiento de los compromisos asumidos por España ante la Unión Europea en materia de producción de energía de origen renovable en 2020, que se materializará en el próximo Plan de Energías Renovables 2011-2020, actualmente en elaboración.

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DEL SECTOR DE ENERGÍAS RENOVABLES
Por otro lado, el Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Industria, Turismo y Comercio sobre la situación de las energías renovables en España.
Las renovables aportan ventajas incuestionables para mejorar la dependencia energética de España y ahorro de importaciones, ya que son autóctonas y sustituyen energías fósiles que adquirimos a terceros países. Asimismo, son beneficiosas para el medio ambiente, no se agotan y permiten el desarrollo tecnológico industrial.
El caso más significativo de desarrollo industrial y tecnológico es la energía eólica: invierte unos 175 millones al año en I+D, exporta por valor de 2.500 millones anuales y presenta un saldo positivo en la balanza comercial y ha contribuido a la generación de empleo cualificado.
España es el tercer país del mundo por potencia instalada en energía eólica, tras Estados Unidos y Alemania; el cuarto, en energía fotovoltaica, y nuestras empresas son líderes mundiales en el sector.
Las renovables también presentan retos de cara al futuro, entre los que destaca la dificultad para integrarlas en el sistema eléctrico, ya que su carácter intermitente (no siempre pueden aportar energía) dificulta su gestión. Esta circunstancia ha hecho que España sea también un país líder en la integración y gestión de este tipo de energías y Red Eléctrica de España, empresa encargada de gestionar el sistema eléctrico, cuenta con un centro específico para el control de las energías renovables.
Trabajo e Inmigración
DESARROLLO DE LOS PLANES DE APOYO A LOS SECTORES DEL JUGUETE Y DEL MUEBLE
- Incluyen medidas destinadas a facilitar la adaptación laboral de ambos sectores a los cambios estructurales en el comercio mundial y afectan a casi 150.000 trabajadores
El Consejo de Ministros ha aprobado dos proyectos de Reales Decretos por los que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral de los sectores del mueble y del juguete a los cambios estructurales en el comercio mundial.
El fenómeno de la globalización, que por una parte supone una fuente de oportunidades económicas, representa también una amenaza para los sectores menos competitivos de la economía española, sobre todo pequeñas y medianas empresas que son intensivas en mano de obra y que constituyen la base fundamental del empleo y la actividad económica en nuestro país.
Para paliar las consecuencias negativas del proceso de adaptación de las empresas de los sectores más afectados, el Gobierno acordó con los interlocutores sociales la puesta en marcha de planes de apoyo relativos a los cuatro sectores industriales más afectados por los cambios estructurales en el comercio mundial: textil y confección, calzado, curtidos y marroquinería, juguete y mueble.
Sectores más competitivos y mantenimiento de empleo
Estos planes de apoyo se concretan en un conjunto de medidas industriales y sociolaborales con un doble objetivo: hacer más competitivos a estos sectores y adaptarlos al nuevo escenario de competencia, manteniendo el mayor número de empresas y puestos de trabajo en el sector, e intentar evitar las consecuencias negativas que puedan derivarse para los trabajadores y los territorios.
Los planes de apoyo relativos a los sectores textil y de la confección y calzados, curtidos y marroquinería están en plena ejecución una vez aprobados los Reales Decretos que desarrollaban las medidas sociolaborales.
Con la aprobación de los relativos al mueble y al juguete se cierra el ciclo de medidas de apoyo a sectores afectados por la globalización, entre ellas las destinadas a la modernización y mejora de la competitividad, así como las de cobertura social para los trabajadores que resulten excedentes en los ámbitos de la recolocacion, el fomento del empleo, formación profesional, desempleo, FOGASA y Seguridad Social.
El número de trabajadores empleados en ambos sectores es de, aproximadamente, 150.000, de los que la mayoría, 140.000, pertenecen al sector del mueble y se distribuyen por toda la geografía española, sobre todo en Comunidad Valenciana, Andalucía y Cataluña. Por su parte, el sector del juguete da empleo a un colectivo de en torno a 5.400 personas, concentradas fundamentalmente en la Comunidad Valenciana.
Apoyar la reinserción laboral
Los proyectos hoy aprobados desarrollan un conjunto de bonificaciones y de subvenciones con las que se pretende, por un lado, evitar la salida del mercado de trabajo de este colectivo de trabajadores, lo que implicaría una gran pérdida e infrautilización de capital humano, y, por otro, hacer un esfuerzo especial para que los trabajadores de mayor edad, que tienen escasas posibilidades de reinserción laboral, se integren en el mercado de trabajo.
Estas medidas cuya finalidad esencial es apoyar decididamente la reinserción laboral de los trabajadores que resulten excedentes son:
- Formación de los trabajadores.
- Bonificación de cuotas por mantenimiento del empleo, a través de la contratación indefinida, de los trabajadores de 55 o más años.
- Bonificación de cuotas por la contratación indefinida de trabajadores excedentes del sector.
- Subvenciones durante el proceso de búsqueda de empleo.
- Subvenciones para facilitar la movilidad geográfica.
- Subvenciones para facilitar la inserción laboral de los trabajadores de 52 o más años.
- Subvenciones para promocionar el empleo autónomo.
- Subvenciones especiales para los trabajadores de 55 o más años.
Apuesta por políticas activas
Hay que destacar que las medidas incluidas apuestan por las políticas activas de empleo frente a otras medidas consideradas en procesos de reestructuración anteriores, donde se incidía más en políticas de protección pasivas. En lugar de una cultura de la prejubilación, se aprueba un amplio panel de políticas activas, algunas muy novedosas, como las relativas al proceso de búsqueda de empleo, al impulso de la movilidad geográfica y a la compensación de las diferencias salariales para impulsar la aceptación de empleos con salarios inferiores.
Sólo en último extremo se consideran unas ayudas especiales para los trabajadores de 55 o más años que, pese a todas las políticas activas de empleo, no hayan conseguido recolocarse, pero siempre con la obligación de mantenerse dispuestos a integrarse en el mercado de trabajo al tener la consideración también esas ayudas especiales de políticas activas.
Las medidas del sector mueble tienen un coste de 76 millones de euros en los siete años en que surtirán efectos, de los que 43,5 millones se financiarán con los vigentes programas de empleo y los otros 32,5 millones lo harán a través de la dotación presupuestaria para facilitar el ajuste de los sectores afectados por cambios estructurales en el comercio mundial, establecida por un Acuerdo de Consejo de Ministros del 9 de junio de 2006 y cuya cuantía es de 140 millones de euros.
El coste para el sector juguete es de 6,7 millones de euros, de los cuales 4,4 millones serán con cargo a los vigentes programas de empleo y los otros 2,3 millones se financiarán con cargo a la dotación presupuestaria.
Trabajo e Inmigración
MÁS DE 1,6 MILLONES PARA MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se distribuyen territorialmente 1.640.280 euros para el programa de modernización de los servicios públicos de empleo, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Este Acuerdo formaliza los compromisos financieros resultantes del acuerdo de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Estos fondos, adicionales a los ya distribuidos, financiarán el incremento de trabajo que se derivará de la ampliación de los potenciales beneficiarios del Programa de Desempleo e Inserción que hubieran extinguido por agotamiento la prestación por desempleo contributiva o el subsidio por desempleo desde el 1 de enero de 2009, en lugar del 1 de agosto de 2009 inicialmente previsto en la normativa.
Las cantidades que corresponden a las Comunidades Autónomas son las siguientes :

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DE LA CONFERENCIA DEL CLIMA DE BARCELONA
El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino sobre los resultados de la pasada Conferencia sobre Cambio Climático organizada por Naciones Unidas en Barcelona, durante la primera semana de noviembre.
Esta Reunión, que acogió a más de cuatro mil delegados de más de 170 países, ha permitido a los representantes profundizar en los elementos principales de los documentos técnicos de negociación para alcanzar un entendimiento común sobre las propuestas que estarán en la mesa de negociación en la próxima Conferencia de las Partes (COP 15), que tendrá lugar en Copenhague del 7 al 18 de noviembre.
La Reunión de Barcelona ha permitido analizar las dificultades existentes para alcanzar el próximo mes de diciembre un acuerdo global, jurídicamente vinculante, sobre el futuro régimen de cambio climático que debe sustituir al Protocolo de Kioto, como respalda la Unión Europea.
Esta revisión de las expectativas va a suponer durante las próximas semanas una intensificación de los encuentros multilaterales y bilaterales para concretar una mayor definición de resultados para Copenhague.
El Consejo de Ministros ha respaldado impulsar una política proactiva encaminada a reforzar la presión política para que en Copenhague se adopte un acuerdo político global al más alto nivel, que contenga los elementos clave del futuro régimen de cambio climático y que dé credibilidad al proceso.
Economía y Hacienda
84,8 MILLONES PARA FINANCIAR INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE METROPOLITANO DE BARCELONA Y MADRID
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de dos subvenciones nominativas, por importe de 42.416.000 euros cada una, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2009, destinadas a la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Barcelona y Madrid.
La Administración General del Estado firmó sendos convenios, uno con la Generalitat de Cataluña el día 19 de diciembre de año 2006 (periodo 2007-2010) y otro con la Comunidad de Madrid el día 1 de diciembre del año 2008 (periodo 2008-2010), destinados ambos a la cofinanciación de infraestructuras del transporte metropolitano.
Estas subvenciones se enmarcan en la política del Gobierno de incentivar el uso del transporte colectivo urbano y metropolitano mediante la cofinanciación de determinadas infraestructuras de transporte acometidas por las Administraciones Territoriales, en este caso, las Comunidades Autónomas de Cataluña y Madrid.
Economía y Hacienda
NUEVA REGULACIÓN DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Consejo de Defensa del Contribuyente y que constituye la última fase de la Ley General Tributaria.
El artículo 34.2 de la Ley General Tributaria del 17 de diciembre de 2003, confirió al Consejo para la Defensa del Contribuyente la función de velar por los derechos de los contribuyentes, atendiendo a las quejas formuladas por éstos y realizando sugerencias y propuestas para la mejora del funcionamiento de la Administración tributaria.
Tras la mejora regulatoria que supuso para los procedimientos tributarios la Ley General Tributaria, era necesaria la adaptación y modernización de la regulación del Consejo de Defensa del Contribuyente para acomodarlo a los nuevos retos que exige la actual realidad jurídico-económica y social.
Se introducen, de este modo, modificaciones que refuerzan la configuración del Consejo como órgano asesor y de defensa de los derechos de los contribuyentes, reconociendo su independencia.
Al mismo tiempo, se pretende conseguir una mayor seguridad jurídica en las relaciones entre el ciudadano y la Administración Tributaria al regularse el ámbito de las quejas y sugerencias, así como cuestiones tan importantes como la legitimación para interponerlas y los supuestos de inadmisión. También se han regulado las cuestiones procedimentales para cubrir las lagunas que existían en la normativa anterior.
Educación
APROBADO EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se fija el reglamento del Consejo de Universidades.
El Consejo de Universidades es una pieza clave en el funcionamiento del sistema universitario español. Es el órgano de coordinación académica, así como de cooperación, consulta y propuesta en materia universitaria. Está constituido por un presidente, que es el Ministro competente en materia universitaria, los rectores de las universidades españolas y cinco miembros designados por el presidente.
Funciones del Consejo
El Consejo de Universidades fue creado por la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Universidades aprobada en 2007, que estableció las principales funciones y normas de funcionamiento del Consejo:
- Servir de cauce para la colaboración, la cooperación y la coordinación en el ámbito académico.
- Informar las disposiciones legales y reglamentarias que afectan al sistema universitario en su conjunto.
- Prestar el asesoramiento que en materia universitaria le sea requerido por el Ministerio de Educación, la Conferencia General de Política Universitaria o, en su caso, los órganos competentes en materia de universidades de las Comunidades Autónomas.
- Formular propuestas al Gobierno en materias relativas al sistema universitario y a la Conferencia General de Política Universitaria.
- La verificación de la adecuación de los planes de estudios a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno para los títulos oficiales, así como su acreditación.
Esta misma Ley dispuso entre las actividades del Consejo la elaboración de su propio Reglamento y su elevación al Ministro competente en materia de universidades para su aprobación por el Gobierno. Este Reglamento repite las funciones, composición y reglas básicas de funcionamiento que la Ley asigna al Consejo y realiza pequeñas concreciones en cuanto a los miembros, ya que especifica que uno de los cinco miembros que designa el Presidente lo será a propuesta de la Ministra de Ciencia e Innovación entre sus Directores Generales.
Además, precisa el régimen de toma de posesión cese y sustitción de los rectores como miembros del Consejo y especifica sus derechos y obligaciones.
Economía y Hacienda
APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA FINANCIAR PRESTACIONES
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 103.935.944,49 euros, con la siguiente distribución:
- 62.018.206,67 euros para un suplemento de crédito en el Ministerio de Trabajo e Inmigración con objeto de financiar a la Seguridad Social las pensiones no contributivas por jubilación o invalidez, según lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- 41.917.737,82 euros para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio de Trabajo e Inmigración con el fin de compensar a la Seguridad Social la prestación económica no contributiva de pago único por nacimiento o adopción de hijo.
Todas las prestaciones que abona la Seguridad Social en su vertiente no contributiva no se financian con cuotas de trabajadores y empresarios, sino con aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
PLAZOS Y PERIODOS PARA EL DESACOPLE DE LAS AYUDAS AGRÍCOLAS EN 2010 Y EN 2012
- Los agricultores españoles recibirán la notificación antes de final de enero de 2010 y tendrán hasta el 30 de abril para comunicar a la Administración cualquier incidencia o circunstancia que sea objeto de alegación.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010. Esta norma concreta las condiciones de cálculo de los nuevos derechos de pago único (desacoplados de la producción) que deben recibir los agricultores españoles en los años 2010 y 2012, bajo el marco de la última reforma denominada coloquialmente “el chequeo médico de la Política Agrícola Común”.
Algunas decisiones son fijas en cumplimiento de la norma de la Unión Europea y otras suponen un margen de flexibilidad para España. En este sentido se adoptó una decisión en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural de 20 de abril de 2009 que supone la introducción paulatina, desde 2010 hasta 2012, de todos los regimenes de ayudas acoplados a la producción dentro del régimen de pago único, a excepción de la prima por vaca nodriza y de la ayuda específica al cultivo del algodón.
La Política Agrícola Común cuenta con más de 45.000 millones de euros para el conjunto de los agricultores de la Unión Europea, de los que algo más de 5.100 millones de euros corresponden a la agricultura española. De estos, el Régimen de pago único en España supone cerca de 3.600 millones.
Períodos de desacople
Los sectores que se desacoplan totalmente en 2010 en España son los siguientes: la prima específica a la calidad del trigo duro, los pagos por superficies de cultivos herbáceos, la ayuda al olivar y los pagos por ganado ovino y caprino.
En 2012 se desacoplarán la prima a las proteaginosas, la ayuda específica al arroz; la ayuda por superficie a los frutos de cáscara; las ayudas a los productores de patata para fécula; la ayuda para la transformación de forrajes desecados; la ayuda a la transformación de lino y cáñamo; la ayuda a las semillas y la prima por sacrificio establecida en el caso del ganado bovino.
Desde finales de este año hasta el 30 de enero de 2010, más de 610.000 agricultores recibirán comunicaciones de las Comunidades Autónomas, con los importes que se desacoplarán en 2010 y que superan los 750 millones de euros. El cálculo se realizará considerando la media de las subvenciones cobradas por los agricultores en 2007 y 2008 en cada sector. Para los cálculos que se realicen en 2011, con efectos de 2012, también se usarán los mismos años de referencia.
Pago único
Si los beneficiarios ya tuvieran derechos de pago único, se incrementará su valor añadiendo a los mismos el importe de referencia comunicado. Si no tuvieran derechos de pago único, se les asignará un número de derechos igual al número de hectáreas, que se incluyan en la solicitud única de ayudas que se presente en el año 2010 (o en 2012 en su caso), que sean admisibles. En este caso, el valor de cada derecho se establecerá dividiendo el importe de referencia entre el número de derechos establecido.
La norma también recoge la asignación de derechos de pago único a los viticultores que hayan participado en el régimen de arranque o en la ayuda por destilación de alcohol de uso de boca, así como la integración de las frutas y hortalizas en el régimen de pago único y el establecimiento de los pagos transitorios para los sectores de cítricos y tomates enviados a transformación, que finaliza con el desacoplamiento en el 2011. Un tercer sector que se integra es el del tabaco, finalizado el período transitorio (2006 a 2009) en donde la ayuda integrada en el régimen de pago único se incrementa hasta el 45 por 100.
De igual modo, el Real Decreto establece las normas de asignación de los derechos procedentes de la reserva nacional. En este aspecto se destaca a los agricultores considerados prioritarios según el artículo 16 de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural. de 13 de diciembre de 2007.
Cesiones de derechos
Por último, se fijan las normas que regulan las cesiones de derechos de pago único. Con objeto de flexibilizar el régimen se han reducido las retenciones, que serán solo del 3 por 100 en caso de profesionales de la agricultura (en el sentido de la citada Ley de 2007) o explotación prioritaria (según la Ley de modernización de explotaciones agrarias de 1995). Se mantiene los casos en los que no se aplicará retención alguna, como herencias o jubilaciones y agricultores que inician la actividad.
Este Real Decreto será complementado con otro, actualmente en tramitación, en el que se regularán las ayudas que todavía permanecen acopladas a la producción para los años 2010 y 2011, o bien recibirán una ayuda específica de acuerdo con el artículo 68 del Reglamento comunitario de 19 de enero de 2009.
Dada su importancia, hay que destacar que este texto satisface en gran medida las posturas defendidas por España y lo configura como un ejercicio de revisión y consolidación de los pagos por la Política Agrícola Común.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
11,5 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROGRAMAS DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y DE PESCA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución y los compromisos financieros resultantes de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, celebrada el 14 de octubre de 2009.
En este marco se ha acordado la territorialización de 11.405.615 euros, de los que corresponden diez millones de euros para recursos hídricos, 405.615 euros para paliar los daños ocasionados por las sequías y un millón de euros para planes nacionales de cultivos marinos.
Recursos hídricos
En el capítulo de recursos hídricos de programas operativos, y concretamente para infraestructuras relacionadas con la evolución y adaptación de la agricultura y la selvicultura, se ha acordado el reparto de diez millones de euros.
Este crédito corresponde a la aportación del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en cofinanciación con las Comunidades Autónomas y el FEADER, en los programas de desarrollo rural para el periodo 2007-2013, en la medida “Gestión de los Recursos Hídricos”.
Cultivos marinos
En este apartado se ha aprobado la segunda distribución del presupuesto del ejercicio 2009 entre Comunidades Autónomas, destinado a la línea de actuación de Planes Nacionales de Cultivos Marinos, que asciende a un millón de euros correspondiente al ejercicio 2009.
Con este nuevo reparto la asignación total de la línea de actuación de Planes Nacionales de Cultivos Marinos habrá alcanzado la cuantía de 2,9 millones de euros en 2009.
En la actualidad hay en marcha un total de catorce Planes Nacionales de Cultivos Marinos, en los que participan diez Comunidades y Ciudades Autónomas a través de sus centros de investigación y organismos públicos: Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Cataluña, Baleares, Comunidad Valenciana, Ceuta y Canarias.
Las líneas de trabajo estudiadas en estos Planes Nacionales son la incorporación de nuevas especies como lenguado, pulpo, erizo y corvina; la optimización de las condiciones de producción; la gestión ambiental de la acuicultura; la calidad y seguridad alimentaria, y los aspectos sanitarios relacionados con la producción.
Ayudas a los sectores agrícola y ganadero
Por otro lado, se ha destinado un total de 405.615 euros para paliar los daños ocasionados por las sequías y para ayudas a los titulares de las explotaciones ganaderas que durante el año 2007, y particularmente a partir del segundo semestre, soportaron excepcionales incrementos en los costes de producción como consecuencia de las elevadas cotizaciones de los cereales debido a la coyuntura internacional, lo que se tradujo en un encarecimiento de los piensos para el sector ganadero.
Interior
COMPRA DE PRENDAS BÁSICAS REGLAMENTARIAS DE UNIFORMIDAD DE LA GUARDIA CIVIL
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio del Interior a adquirir prendas de uniformidad reglamentaria básica para el personal del Cuerpo de la Guardia Civil, durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012, por un importe total de 33.862.135,65 euros.
El contrato prevé el suministro de los siguientes tipos de prendas:
- El vestuario de los alumnos de Centros de Enseñanza (Academia de Guardias y Cabos de Baeza y Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro).
- La reposición de prendas que ya utilizan los componentes del Cuerpo y es necesario sustituir por su frecuente uso y estado de deterioro.
- La dotación de prendas de nueva uniformidad, según lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil.
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto (en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición) y por concurso (por lo que se adjudicará a la proposición más ventajosa con arreglo a los criterios establecidos en el Pliego correspondiente).
Industria, Turismo y Comercio
REVOCACIÓN DE DOS RESOLUCIONES SOBRE LA TOMA DE PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE ENDESA
Con el objetivo de cumplir con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 17 de julio de 2008, el Consejo de Ministros ha acordado revocar la resolución del Ministro de Industria, Turismo y Comercio del 3 de noviembre de 2006, por la que se resolvió el recurso de alzada interpuesto por EON contra la resolución de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) por la que se autorizó la toma de participación en el capital social de ENDESA, y otra del 19 de octubre de 2007, por la que se resolvió el recurso de alzada interpuesto conjuntamente por las empresas Acciona y Enel contra la resolución de la Comisión Nacional de Energía de 4 de julio de 2007 por la que se autorizaba a dichas empresas la toma de participación en el capital social de Endesa.
Recurso de EON
El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía dictó Resolución el 27 de julio de 2006 por la que se otorgaba la autorización solicitada por la compañía Eon Zwölfte Werwaltungs GMBH para realizar la operación de toma de participación en el capital social de ENDESA, condicionándola al cumplimiento de diecinueve condiciones.
EON interpuso recurso de alzada ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio contra la citada Resolución y la Subsecretaria del Ministerio, por delegación del Ministro, estimó parcialmente el recurso de alzada interpuesto por EON contra la citada Resolución de la Comisión en el sentido de modificar, anular o mantener varias de las condiciones interpuestas por la CNE.
La Comisión Europea declaró que las condiciones interpuestas por la Comisión Nacional de la Energía en la operación EON/ENDESA, posteriormente modificadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, eran incompatibles con el artículo 21 del Reglamento Comunitario de 2004 sobre el control de las concentraciones entre empresas.
El 6 de marzo de 2008 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas declaró que el Reino de España había incumplido las obligaciones que le incumben, al no haber retirado las condiciones declaradas incompatibles con el Derecho comunitario. Posteriormente, el 17 de julio de 2008 dicho Tribunal dictó sentencia por la que declaró el incumplimiento de las obligaciones resultantes de los artículos 43 y 56 del Tratado de las Comunidades Europeas al haber posibilitado legalmente el sometimiento a autorización previa de la Comisión Nacional de Energía la adquisición de ciertas participaciones en las empresas que realicen determinadas actividades reguladas del sector de la energía, así como la adquisición de los activos precisos para desarrollar tales actividades.
Mediante una carta del 31 de julio de 2009 la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea señaló que, aunque las referidas condiciones en el caso EON-ENDESA no llegaron a ser aplicadas, debido a la retirada de la oferta de compra por parte de EON, no han sido, sin embargo, derogadas por las autoridades españolas.
Recurso de Acciona y Enel
Por otra parte, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía dictó una Resolución el 4 de julio de 2007, por la que otorgaba autorización a Acciona para adquirir hasta el 25,01 por 100 del capital y a Enel, hasta el 74,99 por 100. Dicha autorización estaba sujeta al cumplimiento de doce condiciones.
Acciona y Enel interpusieron conjuntamente recurso de alzada ante el Ministro de Industria, Turismo y Comercio contra la citada Resolución de la Comisión Nacional de la Energía. También en este caso la Subsecretaria del Ministerio, por delegación del Ministro, estimó parcialmente el recurso de alzada interpuesto conjuntamente por Acciona y Enel contra la citada Resolución de la Comisión, en el sentido de modificar, anular o mantener las condiciones impuestas en ella, fijando las condiciones que finalmente habían de cumplirse.
La Comisión Europea declaró que las condiciones impuestas por la CNE en esta operación, posteriormente modificadas por el Ministerio, eran incompatibles, al igual que en el otro caso, con el artículo 21 del Reglamento Comunitario de 2004 sobre el control de las concentraciones entre empresas, y requirió la retirada de dichas condiciones antes del 10 de enero de 2008.
También el 17 de julio de 2008 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas declaraba el incumplimiento de las obligaciones resultantes de los mismos artículos del Tratado de las Comunidades Europeas al haber posibilitado legalmente el Reino de España el sometimiento a autorización previa de la Comisión Nacional de Energía la adquisición de ciertas participaciones de las empresas que realicen determinadas actividades reguladas del sector de la energía, así como la adquisición de los activos precisos para desarrollar tales actividades.
Igualmente, mediante una carta del 31 de julio de 2009 la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea señaló que, mientras no se retiren formalmente las condiciones, la situación de incertidumbre legal permanece, ya que la entidad que controla a Endesa se encuentra formalmente sujeta a las mismas.
Industria, Turismo y Comercio
CONCESIÓN DE DOS PERMISOS DE INVESTIGACIÓN DE HIDROCARBUROS Y PRÓRROGA DE LA EXPLOTACIÓN DE UN YACIMIENTO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que otorga, por un periodo de seis años, a la empresa Petroleum & Gas España S.A. los permisos de investigación de hidrocarburos “Bezana”, situado en la Comunidad Autónoma de Cantabria y con una superficie de 87.780 hectáreas, y “Bigüenzo”, situado en la Comunidad de Castilla y León (Burgos) y con una superficie de 91.654,50 hectáreas. La cantidad a invertir por la empresa durante los seis años de vigencia de los permisos asciende a 6.316.094 euros, con el consecuente efecto de arrastre positivo en la generación de empleo.
Yacimiento en Tarragona
Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado otro Real Decreto por el que se otorga la primera prórroga a la concesión de explotación del yacimiento de hidrocarburos denominado “Montanazo-D” por un periodo de diez años, contados a partir del 5 de enero de 2010. Las empresas titulares de esta explotación son Repsol Investigaciones Petrolíferas S.A., Petroleum Oil & Gas España S.A., Cepsa E&P S.A. y CNW Oil España S.A. La primera concesión de explotación del yacimiento fue otorgada mediante un Real Decreto del 7 de diciembre de 1979 por un periodo de treinta años.
El yacimiento está situado en el Mar Mediterráneo, frente a la provincia de Tarragona, y cuenta con una superficie de 3.259,50 hectáreas. El resultado de los trabajos de investigación llevados a cabo en Montanazo-D ha puesto de manifiesto la existencia de reservas adicionales. De esa zona procede la mayor parte de la producción de crudo en España (más de un 80 por 100).
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL RÍO IRO, EN CHICLANA DE LA FRONTERA
El Consejo de Ministros ha autorizado la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto denominado: “Puente sobre el río Iro en Chiclana de la Frontera”, en el término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz) en el tramo de costa que discurre por la zona de servidumbre de protección. Asimismo, se declara de utilidad pública la ejecución de las obras contenidas en el mismo, que ocupan 10.521 metros cuadrados de la zona de dominio público marítimo-terrestre.
El proyecto consiste en la construcción de un puente sobre el río Iro, a su paso por el núcleo urbano de Chiclana de la Frontera, para conectar la antigua carretera N-340 de acceso al polideportivo municipal con la zona de Huerta Alta, situada en la carretera de Medina. La longitud total de la actuación es de 775 metros.
El tramo sobre el río se corresponde con una longitud de 501 metros, constituida por trece vanos, de los cuales el primero es de 36 metros de luz y el último, de 25 metros. El resto corresponde a cuarenta metros de luz.
La estructura tiene un ancho de 21 metros, en el que se incluyen dos carriles de 3,25 metros cada uno en cada sentido y aceras en ambos lados.
Debido a la baja capacidad portante del terreno, la cimentación se proyecta mediante pilotes moldeados hormigonados de un metro de diámetro, cuya longitud final dependerá de los estudios geotécnicos y geológicos.
Sometida la petición a la reglamentaria información pública, no se presentaron alegaciones durante el plazo concedido. Efectuada la información oficial, emitieron informe con carácter favorable el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. El 8 de enero de 2008 fueron sometidas a la aceptación del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera las condiciones y prescripciones por las que podría otorgarse la concesión solicitada.
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
REPARACIÓN DE LA PASARELA PEATONAL EN EL BARRIO DE FANDEIRA, EN ERRENTERIA (GUIPÚZCOA)
El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de emergencia para la reparación de los daños ocasionados en la pasarela peatonal situada en el barrio de Fandeira, término municipal de Errenteria (Guipúzcoa). El importe de esta actuación es de 199.520 euros.
El Ayuntamiento de Errenteria había comunicado la preocupación de los técnicos por la curvatura que se había producido en la barandilla de la pasarela. En la inspección que realizó el Servicio de Costas de Guipúzcoa se observó el movimiento que en unos días se había producido en la estructura. Por lo que se comunicó al citado Ayuntamiento la necesidad de tomar, en el ámbito de sus competencias, las medidas que estimara oportunas, por lo que éste procedió al cierre total de la pasarela.
Las obras de emergencia que se plantean consistirán en la sustitución del tablero de la pasarela peatonal que cruza la ría Oiartzun, sin modificar los estribos, en la reposición de los servicios que sufran desperfecto, en la introducción de tubos vacíos para servicios y en la realización de una prueba de carga de la pasarela, una vez terminada.
Economía y Hacienda
AUTORIZACIÓN DE DEUDA A ARAGÓN
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Aragón a realizar una o varias emisiones de deuda pública, hasta un importe máximo de trescientos millones de euros.
La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas establece que éstas precisarán autorización del Estado para la realización de operaciones de crédito público. La operación de endeudamiento autorizada hoy corresponde a las necesidades de financiación previstas en el Programa Anual de Endeudamiento de dicha Comunidad Autónoma.
Justicia
NACIONALIDAD ESPAÑOLA A 61 MIEMBROS DE LA COMUNIDAD SEFARDÍ
El Consejo de Ministros ha concedido la nacionalidad española, por carta de naturaleza, a 61 miembros de la comunidad sefardí, 41 de nacionalidad venezolana y veinte de nacionalidad turca.
En todos ellos concurren como circunstancias excepcionales el mantenimiento de profundos e intensos lazos emocionales, históricos y afectivos con el Reino de España, conservando la tradición de su procedencia española, con el consiguiente reflejo cultural de sus costumbres y el mantenimiento del idioma español.
La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.
Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).
Asuntos Exteriores y de Cooperación
PROTOCOLO SOBRE GESTIÓN INTEGRADA DE LAS ZONAS COSTERAS DEL MEDITERRÁNEO
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma ad referéndum del Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.
El Protocolo relativo a la Gestión integral de zonas costeras del Mediterráneo al Convenio para la protección del medio marino y la región costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) fue adoptado en la Conferencia de Plenipotenciarios celebrada en Madrid los días 20 y 21 de enero de 2008, y fue firmado “ad referéndum” por España.
Entroncado con los principios y planteamientos promovidos en el Convenio de Barcelona, este Protocolo se centra en la necesidad de coordinar las actuaciones de las Partes para gestionar de manera coherente el medio costero, a fin de preservar los recursos naturales, la biodiversidad y el patrimonio cultural, y garantizar el desarrollo sostenible en un entorno particularmente frágil e interrelacionado en el que resultarían insuficientes los enfoques meramente nacionales o regionales.
El texto proporciona mecanismos que posibiliten la puesta en marcha de la gestión integrada ajustándose a un modelo similar al seguido por la vigente normativa española sobre costas, con la que resulta plenamente compatible.
Sanidad y Política Social
MODIFICADA LA REGULACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSUMO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Decreto de 7 de noviembre de 1975 por el que se reorganizó el Consejo de Comercio Interior y de los Consumidores y se creó el Instituto Nacional del Consumo.
El Instituto Nacional del Consumo constituye un organismo autónomo que ha venido realizando desde su creación funciones y actividades relacionadas con la información, los ensayos comparativos, la formación de los consumidores y sus asociaciones, el fomento del Sistema Arbitral del Consumo, la cooperación con entidades del sector privado, público y de organismos internacionales, así como con la prestación servicios en materias de su competencia a las distintas administraciones públicas, y fundamentalmente a la Administración General del Estado. En el desarrollo de su labor este organismo cuenta con la cooperación y asistencia de los agentes y administraciones implicadas en la defensa del consumidor y usuario.
Para alcanzar de manera óptima los objetivos para los que fue creado, y dado que este organismo cumple las condiciones tanto legales como materiales para ostentar la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado, prevista en la vigente Ley de Contratos del Sector Público, es necesario dotar al Instituto Nacional de Consumo de los instrumentos necesarios.
En este sentido, el Real Decreto aprobado hoy añade al Decreto de 1975 su consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado, como instrumento jurídico destinado a facilitar las relaciones entre las diferentes Administraciones Públicas y aquellos organismos que han sido creados para desarrollar y ejecutar determinado tipo de actividades con características especiales.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en los Estados Unidos Mexicanos.-
D. MANUEL ALABART FERNÁNDEZ-CAVADA
Nacido el 13 de septiembre de 1947 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en el Servicio Diplomático en 1972.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Irán, Estados Unidos y Portugal. En 1988 fue nombrado Embajador de España en Guinea Ecuatorial y, posteriormente, Embajador de España en Malasia. En 1996 pasó a ocupar el puesto de Director General de Política Exterior para África, Asia y Pacífico. Fue Embajador de España en la República Argentina y desde 2005 era Embajador de España en Arabia Saudí.